Inmobiliaria: Natalia, de 24 años, vive de alquiler con su progenitora en un piso en Moratalaz de renta antigua

Bloque de viviendas antiguas en Moratalaz, escenario del piso de renta antigua que centra el debate por la vivienda
RESUMEN DEL DEBATE · elaborado con IA

Renta antigua: 100 euros al mes en Moratalaz contra 2.000 de mercado España no arrastra un problema de renta antigua: arrastra dos, y se estorban entre sí. Por un lado, contratos firmados hace cuatro décadas que fijan alquileres de 100 euros al mes en pisos que hoy se anunciarían por veinte veces esa cifra.

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CRÓNICA DEL DEBATE POR TRAMOS
  1. El hilo pasa de la renta antigua a la herencia y a Franco (27 Sep 2026 – 27 Sep 2026)
  2. El hilo salta a la ley anti desahucios y al voto de Junts (27 Sep 2026 – 28 Sep 2026)
  3. El hilo deriva a la Guerra Civil y a una acusación sin pruebas (28 Sep 2026 – 30 Sep 2026)

Máximo Décimo Hispanio

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Subrogacion hasta los nietos YA, real decreto cuanto antes para que sigan viviendo en alquiler perpetuo


 
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Y qué si viven en un piso de renta antigua? Los propietarios bien sabían lo que firmaban en su tiempo, alquilando por cuatro cortesana un piso que les había costado tres cortesana. Los inquilinos de renta antigua no son okupas ni delincuentes; firmaron un contrato legal aceptado libremente por las dos partes.

Pero ahora los herederos, ésos que no han hecho otra cosa en la vida que heredar, se rasgan las vestiduras porque no pueden subirles la renta antigua de 500 euros a 3000 euros: menuda injusticia!
 
la vivienda en madrid alquiler piso francoAlfonso J. Ussía: «Antes la cancelación era un […]. Hoy es un síntoma de hipocresía».Antes de empezar, nos sentamos en un banco a charlar un rato y lo cierto es que, tanto fuera como con la cámara delante, la honestidad de Alfonso J. Ussía (Madrid, 1983) no se esconde. El escritor radiografía una España que ha sustituido la cortesía por la «metástasis del cinismo», moviéndose con naturalidad entre la crítica a una política «torrentizada» y el recuerdo de esas noches al límite junto a Antonio Vega. Es un encuentro sin anestesia sobre el peso del apellido, la trampa del bienestar y la libertad de un hombre que prefiere la autenticidad de su hipoteca en Conde de Casal a la hipocresía digital, brindando siempre por un Purgatorio donde las copas se sirvan sin medidor.Una entrevista de Mateo Luqué.







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Y qué si viven en un piso de renta antigua? Los propietarios bien sabían lo que firmaban en su tiempo, alquilando por cuatro cortesana un piso que les había costado tres cortesana. Los inquilinos de renta antigua no son okupas ni delincuentes; firmaron un contrato legal aceptado libremente por las dos partes.

Pero ahora los herederos, ésos que no han hecho otra cosa en la vida que heredar, se rasgan las vestiduras porque no pueden subirles la renta antigua de 500 euros a 3000 euros: menuda injusticia!
Gracias al PSOE que califico de aberracion las rentas de Franco, estan empezando a salir de esos pisos, amigo, es el pogre pero mejor volver a Franco, me parece
 
A ver si lo entiendo: ¿los mismos que braman porque hay que eliminar las herencias porque son injustas y fomentan la desigualdad reclaman que los alquileres de renta baja se hereden a perpetuidad? Los mismos?

rojos y sus rojadas.
 
A ver si lo entiendo: ¿los mismos que braman porque hay que eliminar las herencias porque son injustas y fomentan la desigualdad reclaman que los alquileres de renta baja se hereden a perpetuidad? Los mismos?

rojos y sus rojadas.
Nadie explica por qué una vivienda no puede ser un bien especulativo.
Si la ley permitiera vivir en el camping en un terreno público, hoy mismo cogía una tienda de campaña.
Pero eso es cosa de rojos. Gñee
 
Gracias al PSOE que califico de aberracion las rentas de Franco, estan empezando a salir de esos pisos, amigo, es el pogre pero mejor volver a Franco, me parece
 
Van a conseguir que un contrato de alquiler permanente de esclavitud infinita por un piso en móstoles pagando la mitad de tu sueldo de por vida sea un logro social histórico.

Los judíos del psoe son unos genios
 
 
Y qué si viven en un piso de renta antigua? Los propietarios bien sabían lo que firmaban en su tiempo, alquilando por cuatro cortesana un piso que les había costado tres cortesana. Los inquilinos de renta antigua no son okupas ni delincuentes; firmaron un contrato legal aceptado libremente por las dos partes.

Pero ahora los herederos, ésos que no han hecho otra cosa en la vida que heredar, se rasgan las vestiduras porque no pueden subirles la renta antigua de 500 euros a 3000 euros: menuda injusticia!
La que se rasca las vestiduras es la viega cuando se le ha agotado el contrato que HEREDO
 
Y qué si viven en un piso de renta antigua? Los propietarios bien sabían lo que firmaban en su tiempo, alquilando por cuatro cortesana un piso que les había costado tres cortesana. Los inquilinos de renta antigua no son okupas ni delincuentes; firmaron un contrato legal aceptado libremente por las dos partes.

Pero ahora los herederos, ésos que no han hecho otra cosa en la vida que heredar, se rasgan las vestiduras porque no pueden subirles la renta antigua de 500 euros a 3000 euros: menuda injusticia!
No.
No es que no puedan subirle la renta. Que también.

Es que no pueden hacer libre uso y disposición de su bien. Y mientras que haya seguridad jurídica y derechos a la propiedad privada, el titular de un bien podrá hacer lo que le de la gana con él.

Actualmente y tras la modificación (curiosamente por un gobierno pogre) de la ley de arrendamientos urbanos. Primero por el llamado "Decreto Boyer (1985)" y luego por la "LAU de 1994", las prórrogas forzosas se terminaron al igual que la congelación de la renta.

Que haya caraduras que quieran alargar más prebendas del antiguo régimen no implica que la ley no se tenga que cumplir. (curiosamente los pogre defendiendo una ley Franquista. Es curioso...)

Todas las Maricarmen que hay. Han tenido muchos años para adaptarse y dejar de vivir en pisazos por el 10% de la renta real.
 
derecho de tanteo y retracto es una figura jurídica que otorga a ciertos titulares (como inquilinos, copropietarios o administraciones públicas) la preferencia para adquirir un inmueble en las mismas condiciones ofrecidas a terceros, regulada principalmente en el artículo 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y el artículo 1521 del Código Civil.

La distinción fundamental radica en el momento de ejercicio:

Derecho de tanteo: Se ejerce antes de la venta. El propietario debe notificar al titular su intención de vender, indicando precio y condiciones, otorgándole un plazo para igualar la oferta y adquirir la propiedad.
Derecho de retracto: Se ejerce después de la venta, actuando como garantía si no se respetó el tanteo. Permite al titular subrogarse en la posición del comprador y anular la transacción si hubo omisión en la notificación o si la venta se realizó a un precio o condiciones más favorables para el tercero.
Los plazos de ejercicio varían según el tipo de titular y finca:

Inquilinos urbanos (LAU): 30 días naturales desde la notificación para el tanteo, y 30 días desde el conocimiento de la venta para el retracto.
Copropietarios (Código Civil): 9 días naturales desde la notificación para el tanteo, y 9 días desde la inscripción registral para el retracto.
 
Si es lista, que use sus veinticuatro años para echarle el lazo a uno con casa propia. Hay unos cuantos pisos bastante pudientes en la parte de abajo cerca de la m30.
 
Repetimos la jugada. Hay que polarizar el pais y fragmentar el voto, cosa que viene bien para dejar a los rojos en la cuneta... Perdón, en el silencio

Lo malo, que esas dos sacarán pues Tito oposición y van a la voz de su amo
 

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