noinversor
Madmaxista
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A ver ,calma y por partes.
Un contrato verbal es perfectamente válido .Lo que trae cuando hay problemas son las dificultades para demostrar a) que el contrat existe b) qué es lo que contiene.
Por a) no hay problema si tienes los recibos del dinero entregado y si en el concepto pone alquiler.
El problema está en b) .La LAU 1994 permite al arrendador recuperar la casa para uso propio antes de 5 años,siempre que el contrato de alquiler contenga una cláusula que especifique ese caso. Como el contrato es verbal ,es tu palabra contra la suya .No puedes demostrar que lo pactasteis ni él que no lo pactasteis.Cuando no hay pacto explícito aplica la prórroga a 5 años.Si os metéis en juzgados a saber lo que sale,pero aunque sólo sea por la lentitud de la justicia lleva las de perder el arrendador ,que tiene más prisa.
En fin,yo lo negociaría.
Un contrato verbal es perfectamente válido .Lo que trae cuando hay problemas son las dificultades para demostrar a) que el contrat existe b) qué es lo que contiene.
Por a) no hay problema si tienes los recibos del dinero entregado y si en el concepto pone alquiler.
El problema está en b) .La LAU 1994 permite al arrendador recuperar la casa para uso propio antes de 5 años,siempre que el contrato de alquiler contenga una cláusula que especifique ese caso. Como el contrato es verbal ,es tu palabra contra la suya .No puedes demostrar que lo pactasteis ni él que no lo pactasteis.Cuando no hay pacto explícito aplica la prórroga a 5 años.Si os metéis en juzgados a saber lo que sale,pero aunque sólo sea por la lentitud de la justicia lleva las de perder el arrendador ,que tiene más prisa.
En fin,yo lo negociaría.