La cuenta extranjera "de moda"

ciberobrero

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Que cantidad en una transferencia hace saltar las alarmas en hacienda?
 

elKaiser

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No hay ninguna violación del 'derecho internacional', el cual –por cierto– no se ocupa de estas cosas. Los emisores de las tarjetas a que me refiero, que son quienes las pueden anular para su uso en determinados países, son VISA, MasterCard, etc. entidades que también trabajan en España y están sujetas al control (y a las eventuales represalias) de las autoridades anti-lavado de España.

Tu prueba a sacar más de 10000 euros en efectivo de España, y te enterarás de la realidad de la 'libre circulación de capitales'...
Con BTC esos límites te los puedes pasar por el arco del triunfo y las autorizaciones previas de la HP a paises "malos" pues también.

Como CM te has quedado anquilosado, actualízate.
 

Barruno

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Por si a alguien le interesa copio aquí la información que me han enviado de NN para lidiar con el fisco:

[.....]

Para su comodidad, en su Área de Clientes encontrará la información y documentación necesarias para cumplimentar el Modelo 720. Además, puede encontrar más información sobre el Modelo 720 en el siguiente enlace: [Modelo 720. Declaración Informativa. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero. - Trámites - Sede Electrónica - Agencia Tributaria].

Dada la complejidad que puede tener en ocasiones el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Modelo 720, y las sanciones y costes que acarrea su incumplimiento o cumplimiento defectuoso, le recomendamos que consulte su caso particular con su asesor fiscal.
A raiz de vuestros comentarios acabo de leer en la web de Aeat que si eres autonomo o empresa, y recoges la informacion de la cuenta en el balance y la contabilidad,estas EXONERADO de presentar el 720.
Vosotros sabiais esto?
Me parece increible que no me haya enterado hasta ahora.
Es un puñetero coladero de narices y yo sin enterarme.
Asi que ya sabeis... si sois autonomos y quereis sacar la pasta sin presentar el 720 (y señalaros), utilizar este subterfugio que brinda la norma.

Dice que no tienen obligacion sobre cuentas (tambien hay lo mismo sobre valorrs e inmuebles):

Aquéllas de las que sean titulares laspersonas físicas residentes en territorio español que desarrollen una actividad económica y lleven su contabilidad de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Comercio, registradas en dicha documentación contable de forma individualizada e identificadas por su número, entidad de crédito y sucursal en la que figuren abiertas y país o territorio en que se encuentren situadas.



¿Lo sabiais?
¿Sabeis si hay que cumplir mas requisitos a parte de estos que aparentemente son bastante simples?
 
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sergioahullana

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Esto es cierto y seguro alguien que confirme por favor? Recoges la información de la cuenta en el balance y la contabilidad en España, pero no se quieren enterar de lo que tienes afuera??
Entiendo que es si tienes balance fuera de España, verdad?
 
Última edición:

Barruno

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Esto es cierto y seguro alguien que confirme por favor? Recoges la información de la cuenta en el balance y la contabilidad en España, pero no se quieren enterar de lo que tienes afuera??
Entiendo que es si tienes balance fuera de España, verdad?
Tu pones en tu contabilidad esa cuenta, como pones la del bbva o la caixa, y yastá.
Nada mas.
Se supone que es asi.
El párrafo es clarisimo, a falta que alguien que sepa mas diga algo mas.

Lo unico, éso sí, que deberia ser con pasta que hayas ganado en el megocio, no con ahorros "normales" que nada tengan que cer con el negocio. Aunque eso se arregla rapido: vacias la cta del dinero que haya y la vuelves a llenar haciendo traspasos con pasta que hayas ganado p.e. el año pasado.
El tema es que esa pasta tiene que estar "afecta" al negocio.
 

crocodile

Será en Octubre
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Por si a alguien le interesa copio aquí la información que me han enviado de NN para lidiar con el fisco:

Información Fiscal de su Cuenta de Ahorro Online

Estimado Sr. ...

Como sabe, Nationale-Nederlanden Bank es una entidad de crédito domiciliada y residente en los Países Bajos. Por tanto, su Cuenta de Ahorro Online de Nationale-Nederlanden es una cuenta de ahorro situada en el extranjero a efectos de la normativa fiscal española.

En este sentido, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas están obligados, bajo determinadas circunstancias, a informar a las autoridades fiscales españolas sobre sus bienes y derechos situados en el extranjero mediante la presentación de la declaración informativa denominada Modelo 720. La presentación del Modelo 720 debe realizarse de forma telemática en todo caso.

La legislación fiscal actual obliga a la presentación del Modelo 720 en tres casos, que le resumimos a continuación:

(i) Si el saldo total de todas sus cuentas financieras (crédito, débito, de valores, etc.) situadas en el extranjero a 31 de diciembre o el saldo medio de esas cuentas durante el último trimestre del año oportuno hubiese excedido de 50.000.

(ii) Si, habiendo presentado en algún ejercicio previo el Modelo 720 respecto de sus cuentas financieras, se produce un aumento en el saldo de sus cuentas financieras (crédito, débito, de valores, etc.) situadas en el extranjero de más de 20.000 en comparación con el saldo declarado a través del último Modelo 720.

(iii) Si se ha cancelado una cuenta situada en el extranjero declarada en un Modelo 720 correspondiente a un ejercicio previo.

El plazo de presentación de esta declaración con respecto al año 2019 finaliza el próximo 31 de marzo de 2020, por lo que es importante que verifique si tiene la obligación de proporcionar información a las autoridades fiscales españolas sobre sus cuentas financieras en el extranjero (entre ellas, su Cuenta de Ahorro Online de Nationale-Nederlanden), de acuerdo con las circunstancias anteriores.

Si su Cuenta de Ahorro Online tiene varios titulares, y siempre que se dé alguno de los casos mencionados anteriormente, cada uno de los titulares estará obligado a incluir en su declaración los saldos totales de la Cuenta de Ahorro online.

También tendrán la obligación de presentar el Modelo 720, siempre que se cumpla alguna de las circunstancias citadas en los apartados (i), (ii) y (iii) anteriores, quienes tengan la condición de autorizado, representante, beneficiario o titular real de la Cuenta de Ahorro Online.

Para su comodidad, en su Área de Clientes encontrará la información y documentación necesarias para cumplimentar el Modelo 720. Además, puede encontrar más información sobre el Modelo 720 en el siguiente enlace: [Modelo 720. Declaración Informativa. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero. - Trámites - Sede Electrónica - Agencia Tributaria].

Dada la complejidad que puede tener en ocasiones el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Modelo 720, y las sanciones y costes que acarrea su incumplimiento o cumplimiento defectuoso, le recomendamos que consulte su caso particular con su asesor fiscal.
Entonces si meto la pasta en abril cuando tengo que informar a los sicarios de la AEAT, antes de marzo de 2021?
Gracias de antemano.