Por mencionar algunos aspectos de la ley que ha impuesto en Galicia:
"No será necesario, por tanto, pasar al estado de alarma para control de epidemia, manteniendo activo un derecho excepcional, cuando la legislación de derecho común, especialmente sanitarios y normativos sobre protección civil y seguridad pública, les permiten afrontar la situación existente a los poderes públicos, singularmente el Estado y las comunidades autónomas, con sus poderes ordinarios, es decir, según las reglas ordinarias de distribución de competencias.”
Lo que muchos llevamos advirtiendo mucho tiempo, BORREGOS. Las restricciones de los políticos con motivo de la esa época en el 2020 de la que yo le hablo ya las han acaparado PARA SIEMPRE. Y ahora se autoarrogan el derecho a imponerte restricciones, sanciones y obligaciones sobre tu propio cuerpo cuando les venga en gana con motivo de "salud publica". Esto incluye:
• “incautación o inmovilización de productos”
• “cierre de empresas”
• La imposición de cuarentenas “sometimiento a medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la vacunación o inmunización”
• Restricciones del derecho de reunión, “incluidas las reuniones privadas entre no convivientes”.
Esta Ley invade competencias de los jueces ya que vulnera la condición 4º de Ley 29/1998 que concede a los Juzgados la adopción de medidas sanitarias excepcionales que restrinjan derechos fundamentales.
Ley 29/1998, para “la adopción de medidas coercitivas que puedan comprometer la integridad física”: “La Administración solo puede imponer la vacunación obligatoria, previa autorización judicial”
Condición 4º: “corresponderá a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo la autorización o ratificación judicial de las medidas que las autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental”.
Además, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE) establece: ningún país de la Unión Europea -ni la UE tampoco, debe discriminar a aquellas personas que no quieran ponerse la banderilla, la que sea, contra el el bichito. Lo señala en la resolución 2361 (2021), de 27 de enero: “La Asamblea insta a los Estados miembros y a la Unión Europea a (…) asegurarse de que los ciudadanos estén informados de que la vacunación NO es obligatoria y de que nadie es presionado política, socialmente o de otro modo para vacunarse, si no desean hacerlo ellos mismos”.Y el punto siguiente de la resolución (7.3.2): “velar por que nadie sea discriminado por no haber sido medicado, por posibles riesgos para la salud o por no querer ser medicado”.
Los gallegos en especial y los españoles en general (ya que si cuela, habra otras comunidades que imiten este aberrante modelo) deberiamos estar ya en las calles por esto.
Yo lo tengo claro, al que pretenda obligarme, sea empresa, sea gobierno, sea quien sea, lo llevaré a los tribunales hasta donde haga falta. Y estas leyes merecen desde YA que la gente se movilice y defienda sus derechos y libertades.