Copaternidad: nace en Barcelona una niña por contrato
Una mujer que había congelado óvulos y un hombre que quería ser padre sin pasar por una relación sentimental firman un contrato antes del nacimiento. El resultado: una niña nacida en Barcelona, 3,1 kilos, con pensión alimenticia, reparto de gastos y un listado de domicilios pactado de antemano. Una agencia intermedia el proceso, que se presenta como una fórmula para quienes quieren criar sin convivir. El revuelo viene por otro lado: si esto resuelve el problema de los hombres que no encuentran pareja o si, por el contrario, les convierte en pagadores sin voz ni voto sobre el hijo.
Qué es exactamente la copaternidad y qué se firma
El planteamiento es sencillo de enunciar y complicado de ejecutar. Dos adultos sin vínculo sentimental acuerdan tener un hijo y repartirse las obligaciones: quién paga qué, cuánto de pensión, en qué ciudades vive la criatura y cómo se organizan las estancias. La mujer aporta los óvulos que había congelado; el hombre, su deseo de paternidad. Entre medias, una agencia que pone en contacto a las partes.
La defensa del modelo se apoya en una idea: separar la crianza del conflicto de pareja. Sin convivencia, sin reproches domésticos, sin el desgaste que arrastra un
divorcio. El hijo tendría dos progenitores implicados y cero guerras sentimentales. Sobre el papel, suena casi higiénico.
El contrato privado que un juez puede ignorar
Aquí empieza el problema real, y no es menor. Un acuerdo firmado ante notario entre particulares vale lo que vale: nada frente a un juez cuando está en juego el interés de un menor. La experiencia de quien ha pasado por tribunales de familia es tozuda. La custodia, la residencia del niño, los traslados de provincia o los cambios de colegio acaban decidiéndose en sede judicial, no en un folio privado.
El argumento que más se repite entre quienes han vivido un divorcio contencioso es que el contrato se esfuma en cuanto una de las partes decide incumplirlo. Y que quien suele salir peor parado es el progenitor que no tiene la custodia física. La pensión se paga igual; las decisiones sobre el día a día, no.
¿Es esto una solución para los hombres que no encuentran pareja?
La pregunta que sobrevuela el asunto es si la copaternidad funciona como salida para hombres que no han logrado formar una familia por las vías tradicionales. La respuesta que da el propio material es más bien tibia. Tener un hijo no es un derecho a satisfacer, sino una responsabilidad de por vida; y quien busca paternidad sin los roces de una relación estable puede encontrarse con que ha comprado precisamente la parte más ingrata del trato.
Hay quien sostiene que el modelo convierte al padre en un proveedor económico con visitas pautadas, sin autoridad real sobre la educación del menor. Enfrente, la lectura opuesta: si dos adultos se organizan y el niño crece con dos figuras presentes, el formato importa menos que el contenido.
El interés superior del niño, ese gran ausente
La objeción más repetida no va contra los adultos, sino contra el crío. Un menor criado bajo un contrato de reparto, con domicilios alternos y padres que nunca compartieron casa, afronta preguntas que nadie le ha preparado para responder: por qué sus progenitores no viven juntos, qué pasa cuando uno de los dos incumple lo pactado, cómo se explica en el colegio.
Hay quienes advierten de que lo que sostiene a un niño no es la fórmula jurídica, sino la estabilidad afectiva. Un contrato no la garantiza. Tampoco la impide. La duda razonable es qué ocurre cuando el acuerdo se rompe y el menor queda en medio de dos adultos que solo compartían un papel.
Queda por ver cómo evoluciona este primer caso y si la agencia que lo gestiona publica las condiciones completas. De momento, lo único verificable es que la niña ya ha nacido, pesa 3,1 kilos y tiene dos progenitores que firmaron un contrato antes de que ella existiera. El resto es interpretación.