600 euros por bañar al perro en el río Aller y hasta 6.000 por pescar
Bañarse en el río Aller con la perra cuesta, según el aviso que recibió un bañista habitual,
600 euros. Pescar en esa misma zona, entre
3.000 y 6.000. No lo anuncia un cartel: lo dijeron dos agentes del SEPRONA que, siempre según ese relato difundido en redes, se acercaron a la orilla para echarlo del cauce con el argumento de que molestaba a las truchas. La escena condensa un patrón: el uso recreativo del río ha dejado de ser paisaje y se ha convertido en expediente con tarifa.
Conviene separar los supuestos, porque no son lo mismo. La sanción por pescar en un tramo truchero tiene encaje normativo: hay cotos, licencias y vedas, y quien pesca sin título lo sabe. Lo del baño es lo que ha encendido la mecha.
¿Por qué se multa el baño y no la pesca?
La respuesta corta, según un participante del debate: porque en invierno la trucha está en los frezaderos, desovando. La trucha común autóctona está en peligro de extinción en Andalucía —precisa ese mismo participante, que sitúa el caso en esa comunidad—, y un perro removiendo el fondo en plena freza se interpreta como una agresión directa al desove. Bajo esa lógica, el río no es un espacio de ocio compartido: es una instalación reproductiva con acceso restringido.
El contraargumento tiene siglos de recorrido. Desde que existen las truchas y los seres humanos, unos se han bañado y las otras han sobrevivido, se argumenta en el intercambio;
cuatro mil años de remojo no han extinguido nada. La discrepancia real no es si el río se cuida, sino si el instrumento para cuidarlo es una sanción de 600 euros o una señalización decente y una campaña de información. Porque nadie discute la freza; lo que chirría es enterarse de ella por un agente en la orilla.
El río como recurso con peaje
Hay una lectura económica, apuntada en el hilo, que va más allá del celo medioambiental. Los cotos de pesca se pagan, y durante la temporada el pescador con licencia espera un cauce sin bañistas que le espanten la captura. Los ayuntamientos, según esa misma interpretación, prefieren visitante que pernocte, coma y consuma en el pueblo antes que excursionista que llegue en coche, se moje y se vuelva. Es un patrón que se repite: el monte y el río gratuitos son un problema de gestión; el mismo paraje con ticket es un activo turístico.
De ahí que la prohibición se venda como
valorización del territorio y se cobre en la caja del hotel en lugar de en la del SEPRONA. El resultado práctico es el mismo: quien no paga, se va. Y el pequeño negocio de la zona —camping, restaurante, bar— pierde al cliente de paso sin ganar al de habitación.
Del monte privado a La Pedriza: multas y advertencias
Los casos se acumulan. Una quedada con altavoz enchufado a la batería del coche en una finca particular, en pleno monte y en época de cría, terminó con una advertencia de
6.000 euros que, según el relato, finalmente no se tramitó; eran quince personas, sin fuego ni camping gas. En La Pedriza, perteneciente a la Comunidad de Madrid, las multas por bañarse o meter a la mascota en el agua vienen de antes de la pandemia. Y en Ordesa, otro bañista recuerda la visita de unos agentes por tener los pies metidos en el río.
El patrón que denuncian los participantes es siempre el mismo: norma poco visible, sanción altísima y discrecionalidad en la orilla. Y, según el relato de otro participante, un tramo de río lleno de señales de prohibido vacía de bañistas un paraje que hasta hace poco era el plan de verano de familias enteras, con el cierre consiguiente de negocios del entorno.
Drones, orégano y footing: el efecto contagio
El malestar no se agota en el río. En el mismo intercambio se citan otras normas que se perciben igual de arbitrarias: la prohibición de coger orégano en el monte, las restricciones para volar drones de hasta 250 gramos que, según un participante, en otros países europeos apenas tienen límites, o una multa a un corredor por hacer footing en la calzada de la que otro mensaje se hace eco. La queja de fondo es la misma: la sensación de que todo lo que no está expresamente permitido se considera punible, y de que la carga recae siempre sobre el particular.
En ese caldo de cultivo caben también derivas que conviene no mezclar: comparaciones con la gestión de fronteras o con políticas fiscales que no tienen relación con un cauce truchero y que se cuelan en cualquier conversación sobre multas.
Con la temporada de freza, la presión normativa y la preocupación que el hilo expresa por la trucha autóctona sobre la mesa, lo razonable es esperar más vigilancia en los ríos y más avisos en la orilla. Que esas advertencias se conviertan en expedientes de 600 euros dependerá de cosas que no salen en el BOE: cuánta gente siga plantándose en el cauce con la toalla al hombro.