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El borrador del ‘Decreto mar1carmen’ de Sumar: Vivienda podrá expropiar si el inquilino tiene más de 70 años.
El borrador de Sumar que expropia viviendas si el inquilino pasa de 70
Un borrador de Sumar abriría la puerta a que la administración expropie el uso de una vivienda —no la propiedad— cuando el inquilino supere los 70 años. El documento circula ya con nombre propio: el Decreto Maricarmen, bautizado por el público antes de existir como norma. Según la información publicada por Artículo 14, a partir de un texto al que ha tenido acceso, se trata de un borrador. Ni ley, ni real decreto, ni anteproyecto. Ese matiz no es menor. Sobre él se ha montado un pulso económico que apunta en una dirección incómoda: si expropiar sale más barato que alquilar, el propietario deja de alquilar. Y quien pierde es justo el anciano al que la medida decía proteger.
Qué plantea el borrador del Decreto Maricarmen
El texto incluiría la expropiación del uso de la vivienda con un justiprecio pagado al propietario a precio de mercado. La administración se quedaría con la gestión; el dueño, con el dinero. De ahí sale la sospecha que más se repite: una suerte de inmobiliaria estatal bajo control público y en manos de un cargo del partido. Nada de esto está aprobado. Ni siquiera está claro que vaya a estarlo.
Desde Sumar se ha prometido obligar al Gobierno a firmarlo «por mucho que la vicepresidenta se oponga», según el relato que circula. En el propio debate, en cambio, se da por hecho que la aritmética no da. Mucha promesa y ningún papel firmado. El borrador, hoy, es un documento de trabajo con más recorrido en redes que en el Boletín Oficial.
Por qué los propietarios dicen que no alquilarán a mayores de 60
El rechazo no es ideológico, es aritmético. Un arrendador mira el calendario y, según los cálculos que se repiten, ve esto: cinco años de prórroga legal obligatoria tras el contrato, siete si el dueño es una sociedad o un gran tenedor, más el tiempo que se pueda ganar en los juzgados. El cálculo que se repite en los círculos de inversión lo resume sin adornos: si el inquilino ronda los 60, el objetivo del propietario se convierte en que no cumpla los 70 dentro del piso.
De ahí la advertencia en cadena: se dejará de alquilar a partir de cierta edad. Unos fijan el corte en 60, otros en 65, otros en 70. Da igual la cifra. El efecto es el mismo. Un perfil con pensión estable, sin hijos a cargo y con historial de pago razonable pasa a ser el más caro de asegurar. La conclusión más citada es también la más elemental: no hay expropiación posible sin contrato previo. Y sin contrato, no hay inquilino al que proteger.
La fisura interna: prohibir el desahucio y expropiar por desahucio
El borrador no solo incomoda fuera. También se sostiene mal por dentro. Se ha señalado que sus puntos 3 y 4 se contradicen entre sí: si se prohíbe desahuciar, no puede a la vez expropiarse por desahucio. La objeción práctica es aún más simple. El inquilino de 72 años fallece a los dos, o enferma y termina en una residencia. ¿Qué hace el Estado con el piso expropiado entonces? ¿Lo devuelve, lo realquila, lo mete en una cartera pública?
El documento, según quienes lo han leído, no responde. Y ahí aparece el diagnóstico que mejor ha envejecido: hay una fisura sin plan. La expropiación resuelve el problema del inquilino vivo y no dice nada del inquilino que deja de serlo.
El artículo 14 de la Constitución y la discriminación por edad
La objeción jurídica es la que más ruido hace. El artículo 14 de la Constitución garantiza la igualdad ante la ley «sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social». La edad no aparece en la lista, y ahí está a la vez el problema y la salida.
Un texto que fija derechos en función de haber cumplido 70 años trata de forma distinta a dos inquilinos idénticos por una circunstancia personal. La justificación que se invoca es la vulnerabilidad residencial del mayor. Como principio, se defiende. Como redacción, está por ver.
La alternativa que gana enteros: avalar al inquilino en vez de expropiar
Frente a la expropiación, la propuesta con más recorrido es más barata y no toca la propiedad: que el Estado avale al inquilino frente al arrendador. El único riesgo real que frena un alquiler es el impago; si lo asume la administración, el cálculo cambia de signo. Alquilar a un pensionista con aval público deja de ser una apuesta y pasa a ser un contrato con garantía.
Hay quien sostiene que una medida así movilizaría cientos de miles de viviendas cerradas y presionaría el precio a la baja. Es una hipótesis sin prueba empírica en el material disponible, pero tiene una virtud que al borrador le falta: no necesita excluir a nadie para funcionar.
El umbral del gran tenedor y la letra pequeña fiscal
En zona tensionada, el umbral que define al gran tenedor ya baja a cinco viviendas, y la diferencia fiscal entre un particular con siete pisos y una sociedad con cincuenta es el ejemplo que se pone en el hilo. El desglose, que en el hilo queda solo apuntado, remite a bases imponibles, deducciones y tributos patrimoniales que juegan a distinto ritmo según cómo se titule la cartera.
Nada de eso altera la aritmética del casero con un solo piso. La norma se piensa para el grande y la sufre el pequeño. Ese es el patrón que se repite.
Con estos mimbres, lo razonable es esperar que el borrador no llegue al final del camino tal como está escrito. Es probable que se quede en munición política: titular, promesa y foto, y luego el paso a otra cosa. La reserva es obvia y no conviene disimularla: el mismo Gobierno que hoy parece incómodo con el texto puede acabar firmando una versión descafeinada para contentar a su socio. Mientras tanto, cada anuncio de este tipo cierra un tramo más del mercado de alquiler justo para quienes menos margen tienen.
💬 LO QUE DICEN LOS FOREROS
«Yo pensaba que no podrian estropear mas el mercado de la vivienda, pero me han sorprendido, lo han conseguido otra vez.... Ahora saldran mas viviendas del mercado, y las que queden subiran el precio....»
— electric0 · Efecto contrario en el alquiler
«si el estado quiere defender a los inquilinos, que los avale frente a los propietarios... en 30 dias salen 500,000 viviendas de alquiler y pregandose por bajar el precio»
— politicodemadreputa · Aval público como alternativa
«Estás tu que alquilo a alguien cercano a los 60, tiene 5 años legales de prórroga, 7 si es sociedad o gran tenedor, puede ganar tiempo en juzgados fácil 5 años.»
— Dj Puesto · Cálculo real del propietario
📊 OPINIONES
Peso aproximado de cada postura en el debate. No es una encuesta.
Nadie alquilará a mayores de 6045%
Es demagogia que no se aprobará25%
Mejor avalar al inquilino20%
Discrimina por edad y es inconstitucional10%
📌 DATOS
El borrador de Sumar permitiría expropiar el uso de la vivienda si el inquilino supera los 70 años
El umbral de gran tenedor en zonas tensionadas baja a 5 viviendas
La prórroga legal del alquiler es de 5 años, y de 7 si el propietario es sociedad o gran tenedor
El propietario cobraría un justiprecio a precio de mercado
En el hilo se compara un particular con 7 pisos frente a una sociedad con 50
El borrador del ‘Decreto Maricarmen’ de Sumar: Vivienda podrá expropiar si el inquilino tiene más de 70 años. ▶️Artículo14 accede al borrador. Por Mercedes Serrallerhttps://t.co/A91dw0rk4J
✓El cálculo de por qué un contrato puede alargarse hasta una década entre prórrogas legales y tiempo ganado en juzgados, y cómo eso cambia la decisión del casero
✓La comparación fiscal entre un particular con 7 pisos y una sociedad con 50, con el umbral de gran tenedor fijado en 5 viviendas en zona tensionada
✓La contradicción interna del borrador: prohibir el desahucio y, a la vez, expropiar por desahucio, con el caso del inquilino que fallece o entra en residencia
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Descargo de responsabilidad: Este artículo se basa en un borrador no aprobado y en informaciones publicadas; no constituye asesoramiento jurídico ni anticipa el contenido final de ninguna norma.
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