En la
Declaración 1/2004, de 13 de diciembre, sobre el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, por el contrario, el Tribunal Constitucional consideró suficiente el recurso al artículo 93 para su ratificación. Este artículo es calificado de "bisagra" mediante la cual la Constitución misma da entrada en nuestro sistema constitucional a otros ordenamientos jurídicos a través de la cesión del ejercicio de competencias,
con los límites materiales que se imponen implícitamente a la propia cesión, esto es, el respeto de la soberanía del Estado, de nuestras estructuras constitucionales básicas y del sistema de valores y principios fundamentales consagrados en nuestra Constitución, en el que los derechos fundamentales adquieren sustantividad propia (art. 10.1 CE), límites que el Tribunal considera escrupulosamente respetados en el Tratado citado.