o sea, no solo se pasan por el forro el RDL en su articulado sino que encima se lo pasan en el importe de la sanción.
como molan.
esto es para que pagues y luego lo cuentes
compañero, aquí está todo lo que necesitas:
HE AQUÍ "EL RECURSO" (en edición)
si lo redactas bien y entregas en plazo pasarán dos cosas:
- reculan y archivan
- pasan de tu trastero y siguen adelante
si siguen adelante tienes el recurso de reposición potestativa, que es básicamente lo mismo pero cambiando el encabezado y añadiendo las alegaciones presentadas y las causas por las que te las hayan tumbado, que serán de lo más JAJAJAJA
si tumban tu último recurso la sanción ya es firme y el funcionario acaba de cometer un delito de prevaricación administrativa al emitir un acto sancionador firme por unos hechos que no son constitutivos de infracción, fundamentándose en una legislación que no es tal...Y LO SABE.
de nueve a quince años de inhabilitación.
si tumban tu recurso de reposición será porque creen que no vas a llegar al contencioso administrativo y porque el funcionario instructor CREE que luego no le meterás una denuncia por prevaricación.
un contencioso administrativo contra esto, habiendo agotado todos los recursos, habiendo expuesto el asunto sin irte por las ramas, no solo estará ganado 100% sino que al ser tan grosero antijurídico condenarán a la administración a abonar las costas de tu abogado.
y lo digo porque lo SÉ.
y luego, con la sentencia del contencioso en la mano (esto no es necesario pero hace más daño) denuncias al funcionario por prevaricación.
y ya le llegará.