Os recuerdo que el RD 463 se ha modificado con el RD 465, restringiendo aun más la libertad de circulación en vehículo particular, y es a lo que hace referencia el OP al iniciar el hilo.
Circulan por whatsapp criterios interpretativos de algunas fuerzas policiales, que no se han actualizado al RD 465. A día de hoy, está PROHIBIDO ir acompañado en el coche salvo causa justificada (por ejemplo, realizar un trabajo que precise de dos personas), y llevar a otra persona al trabajo parece que no es una causa justificada, aunque sea tu familiar (salvo que sea menor, mayor o tenga algún tipo de discapacidad).
El problema de todo esto es que CAUSA JUSTIFICADA entra dentro de la discrecionalidad del agente de turno. Esta mañana el Director Adjunto de la Policía Nacional afirmó que el periodo de "gracia" se había terminado, que se iba a pasar de informar a sancionar.
Así que cada uno actúe según su criterio, pero se arriesga a ser multado.