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Lo malo que te pueden dejar en pelotas y luego tienes que asesinarles jajaja.Eso se hace sin abogado, si los familiares estan bien avenidos.
Si renuncias a la herencia no la asumes en tu patrimonio. La asume quien acepta, y si este te da algo, si no es de estranquis, seria una donacion.
Estás hablando de una herencia con deudas.LO QUE DEBE SABER ANTES DE RENUNCIAR A UNA HERENCIA | Notario en Madrid, Esteban Sánchez Sánchez. Notaría Madrid. España, Notary public.
No cabe la renuncia en fraude de acreedores. El heredero que haya sustraído u ocultado bienes de la herencia pierde la facultad de renunciarla. Además, si el heredero repudia la herencia en perjuicio de los acreedores éstos pueden pedir al Juez que los autorice para aceptar la herencia en su nombre.
Lo único es que los acreedores no tienen por que saber que vas a recibir una herencia ni que vas a renunciar y por lo tanto no pueden ejercer esa acción.
Puedes renunciar a ella pero tus acreedores pueden reclamarla para satisfacer la deuda.O sea, que teniendo deudas es obligatorio aceptar una herencia, aun si esta esta expuesta a deudas del causante?
Donde aparece eso?
Pero eso sería antes de renunciar, una vez que has renunciado ya no tienes nada, nada te pueden reclamar. Obvio.Puedes renunciar a ella pero tus acreedores pueden reclamarla para satisfacer la deuda.
No estoy seguro de eso, hablo sin saber mucho pero me suena que tus acreedores pueden reclamar la herencia si tú renuncias a ella.Pero eso sería antes de renunciar, una vez que has renunciado ya no tienes nada, nada te pueden reclamar. Obvio.
Una vez has renunciado cómo van a ir a pedir nada?No estoy seguro de eso, hablo sin saber mucho pero me suena que tus acreedores pueden reclamar la herencia si tú renuncias a ella.
Habla de ambas circunstancias.Estás hablando de una herencia con deudas.
El caso que planteo es que el heredero tenga deudas propias.
Correcto, antiguamente las de tráfico prescribían si pasaba cierto tiempo, creo que 4 años si no se volvían a notificar, pero hubo una reforma y ya son forever.Creo que las deudas con Hacienda nunca prescriben una vez reclamadas legalmente. A no ser que mueras y nadie acepte tu herencia, si la hubiere.
Éste tio maneja pasta, no me cabe duda.Mediante abogados se llega a un acuerdo, a lo que tu tengas derecho lo puedes reclamar en cash, lo malo es que el precio de las propiedades es el catastral, ahora si a los otros herederos les conviene, pues te pueden dar algo mas cercano al precio de mercado. En el acto de la firma de renuncia, no despues.
Que se me corrija si me equivoco, ademas que hay mas formulas.