Formas de cobrar herencia y ponerla a salvo de posibles embargos

Hasta donde yo se, hacienda ya cobra por lo que calculan ellos que cuesta el piso cuando lo heredas.

Esto es, si el piso ellos consideran que vale 120.000€, te dicen que pagues en cash los impuestos. ¿Que no tienes dinero porque solo has heredado el piso? Pues mala suerte, pídalo al banco.

Y una vez pagado, entonces ya haces lo que quieras con el piso, lo vendes, te metes dentro, o lo que te de la gana. Pero primero paga.
 
Hasta donde yo se, hacienda ya cobra por lo que calculan ellos que cuesta el piso cuando lo heredas.

Esto es, si el piso ellos consideran que vale 120.000€, te dicen que pagues en cash los impuestos. ¿Que no tienes dinero porque solo has heredado el piso? Pues mala suerte, pídalo al banco.

Y una vez pagado, entonces ya haces lo que quieras con el piso, lo vendes, te metes dentro, o lo que te de la gana. Pero primero paga.
No te has enterado de lo que va el hilo.
No hablo del Impuesto de sucesiones que en Madrid es residual casi sino de deudas que tenga con Hacienda algún heredero.
 
Nadie en su sano juicio tiene ya dinero en cuentas en España y si me apuras en la UE, no se llama alzamiento de bienes no tener pasta al alcance de estos ladrones, se llama supervivencia, te dejarán sin comer si pueden con tal de seguir regando de millones a las taifas de políticos, funcivagos y demás ralea zángana.

Recientemente supe del caso de un chico que debía algunas multas de parquímetro en Madrid, ni siquiera de conducción, esta en paro, no tiene ninguna ayuda, tenía en la cuenta 300€ que le había dejado su padre para tirar el mes, pues ha llegado el Ayuntamiento de Madrid y se lo ha embargado todo sin explicaciones, ha reclamado al defensor del pueblo porque el salario mínimo es inembargable pero como no tiene ingresos no puede demostrar que ese dinero es inembargable, o sea que estando en paro y sin subsidios cualquier dinero es embargable.

Así funcionan esto me gusta la fruta, si te tienen que dejar sin comer o en la calle se la rezuma dejar a la gente con la cuenta a cero y allá te las ventiles.

Ni cinco a esta panda de mangantes taaaaan de izquierdas y luego tan sinvergüenzas.

(Esto ocurrió en Madrid a los pocos meses de irse Carmena, o sea que me da lo mismo Podemos que PP, todos progres ladrones de cosa)
 
Nadie en su sano juicio tiene ya dinero en cuentas en España y si me apuras en la UE, no se llama alzamiento de bienes no tener pasta al alcance de estos ladrones, se llama supervivencia, te dejarán sin comer si pueden con tal de seguir regando de millones a las taifas de políticos, funcivagos y demás ralea zángana.

Recientemente supe del caso de un chico que debía algunas multas de parquímetro en Madrid, ni siquiera de conducción, esta en paro, no tiene ninguna ayuda, tenía en la cuenta 300€ que le había dejado su padre para tirar el mes, pues ha llegado el Ayuntamiento de Madrid y se lo ha embargado todo sin explicaciones, ha reclamado al defensor del pueblo porque el salario mínimo es inembargable pero como no tiene ingresos no puede demostrar que ese dinero es inembargable, o sea que estando en paro y sin subsidios cualquier dinero es embargable.

Así funcionan esto me gusta la fruta, si te tienen que dejar sin comer o en la calle se la rezuma dejar a la gente con la cuenta a cero y allá te las ventiles.

Ni cinco a esta panda de mangantes taaaaan de izquierdas y luego tan sinvergüenzas.

(Esto ocurrió en Madrid a los pocos meses de irse Carmena, o sea que me da lo mismo Podemos que PP, todos progres ladrones de cosa)
Claro dinero en cuenta te lo soplan a menos que demuestres que es un SMI.
Si te lo dio tu progenitora pues te lo embargan.

A ver si alguien se le ocurre cómo escapar de esa situación de cobrar herencia teniendo multas o deudas con la Hacienda.
 
Claro dinero en cuenta te lo soplan a menos que demuestres que es un SMI.
Si te lo dio tu progenitora pues te lo embargan.

A ver si alguien se le ocurre cómo escapar de esa situación de cobrar herencia teniendo multas o deudas con la Hacienda.

Pilla la pasta y vete de España.
 
O sea que según heredas no se puede hacer hasta que no llega Hacienda y te cobra lo que debes?

Si tienes una deuda con hacienda, te cobran con los bienes presentes o futuros que tengas, mientras la deuda no prescriba.

O sea, si tu hoy les debes 10.000 y tienes las cuentas a cero,pero la semana que viene heredas 5.000, hacienda podría tirar de ello.

Paga un asesor, crea empleo.
 
Si tienes una deuda con hacienda, te cobran con los bienes presentes o futuros que tengas, mientras la deuda no prescriba.

O sea, si tu hoy les debes 10.000 y tienes las cuentas a cero,pero la semana que viene heredas 5.000, hacienda podría tirar de ello.

Paga un asesor, crea empleo.
No me dices nada nuevo.
Pregunto aquí para no pagar a un asesor.
 
Pregunto aquí para no pagar a un asesor.

Consulta con un asesor y págale con un cheque sin fondos, total, from the lost to the river! meparto:meparto:meparto:

Ya en serio. Es un tema muy complicado y tendrás que consultar con expertos.
Consultar aquí está bien para sacar ideas, pero llevarlas a cabo, en estos asuntos tan delicados, es otra cosa.
 
Podría valer esto (sólo como un ejemplo de lo que no se debe hacer).
Si fuesen 3 hermanos, el que tiene deudas renuncia a la legítima y el testador (esto hay que prepararlo antes) deja el tercio de libre disposición o parte a sus hijos o a alguien de su confianza Con el tercio de mejora, incrementa la parte de los otros 2.
 
No me dices nada nuevo.
Pregunto aquí para no pagar a un asesor.

Lo entiendo, como ha mencionado otro forero, una vez que se ha hablado aquí de lo básico y si no te aclaras con la Ley general tributaria y los reglamentos, lo más sensato es rascarse el bolsillo, míralo como una inversión, en vez de un gasto.
Yo creo que lógicamente la legislación tiene previstas este tipo de triquiñuelas desde los sumerios, pero bueno, hay quien se lo lleva a paraísos fiscales para escapar del radar de la AEAT, también habrá quien transforma la herencia en cash y la reparte en vida y esas cosas.
 
La pregunta primera es saber el valor de lo heredado, igual no merece la pena el riesgo.
 
Mediante abogados se llega a un acuerdo, a lo que tu tengas derecho lo puedes reclamar en cash, lo malo es que el precio de las propiedades es el catastral, ahora si a los otros herederos les conviene, pues te pueden dar algo mas cercano al precio de mercado. En el acto de la firma de renuncia, no despues.

Que se me corrija si me equivoco, ademas que hay mas formulas.

Eso se hace sin abogado, si los familiares estan bien avenidos.

Si renuncias a la herencia no la asumes en tu patrimonio. La asume quien acepta, y si este te da algo, si no es de estranquis, seria una donacion.
 
Si tienes acreedores previos , no puedes renunciar a la herencia. Esa renuncia es nula si hay acreedores.

O sea, que teniendo deudas es obligatorio aceptar una herencia, aun si esta esta expuesta a deudas del causante?

Donde aparece eso?
 
O sea, que teniendo deudas es obligatorio aceptar una herencia, aun si esta esta expuesta a deudas del causante?

Donde aparece eso?

LO QUE DEBE SABER ANTES DE RENUNCIAR A UNA HERENCIA | Notario en Madrid, Esteban Sánchez Sánchez. Notaría Madrid. España, Notary public.

No cabe la renuncia en fraude de acreedores. El heredero que haya sustraído u ocultado bienes de la herencia pierde la facultad de renunciarla. Además, si el heredero repudia la herencia en perjuicio de los acreedores éstos pueden pedir al Juez que los autorice para aceptar la herencia en su nombre.

Lo único es que los acreedores no tienen por que saber que vas a recibir una herencia ni que vas a renunciar y por lo tanto no pueden ejercer esa acción.
 
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