Pepe Criminólogo
Madmaxista
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¿Derecho procesal?Tres preguntas sencillas:
¿Vd. sabe algo derecho procesal penal y de cómo funciona el muy complicado asunto de la prueba?
¿Vd. sabe algo de cómo se valoran las pruebas practicadas en un plenario?
¿Vd. se ha leído todo el sumario, los rollos de sala, las transcripciones de las actas del juicio y, sobre todo las sentencias entendiendo lo que lee?
Bien, cuando, lo haya hecho entenderá dos cosas:
1.- En el curso del plenario se practicó prueba para desvirtuar la posibilidad de que las declaraciones de Miguel Ricart hubieran sido prestadas bajo vicios de la voluntad y del consentimiento (Torturas y/o coacciones), quedando perfectamente probado que no ocurrió ni lo uno ni lo otro en ninguna de sus declaraciones.
2. - La condena no se fundamento exclusivamente en la auto-inculpación de Miguel Ricart, sino que concurrió un complejo y largo entramado de lo que se llama prueba indicaría que, por consistente y reiterada, acreditó perfectamente los extremos probados sobre los hechos.
Hay que leer más antes de emitir juicios de valor que no se sustentan más allá de ls consignas grupales.
¿Qué tal la opinión de un catedrático de derecho procesal?