Consultorio de derecho laboral.

jolu

Será en Octubre
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Hola:
Pues la situación difiere si tienes un trabajo atiempo completo o tiempo parcial.
Si tienes un trabajo a tiempo completo, la base reguladora será la de la última nómina.
Si tienes un trabajo a tiempo parcial, la base reguladora será la media de los últimos tres meses.

En caso de defunción la base reguladora será de 0 euros porque a los muertos no se le paga.
respecto a la incapacidad permanente según el tipo de incapacidad así será no es lo mismo una pacial que una absoluta.
Para el paro se toman los últimos 6 meses cotizados.
Un saludo.
Osea que si a 18 de julio tengo una reducción de jornada del 50% por conciliación familiar y tengo la certeza que el 1 de septiembre voy a coger una baja, es suficiente con que me ponga al 100% todo el mes de agosto para cobrar la base reguladora del último mes (agosto), mientras dure la baja.
¿Es así?
 
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Mi empresa va aplicar un cambio de condiciones, reduciendo un 20% el sueldo, el que no este de acuerdo se le despide con 20 días por año trabajado Máximo 7 años, yo tengo 53 años y no se, si me conviene acogerme al despido, tengo a mi madre muy mayor que necesita que se esté pendiente de ella, ya no puede vivir sola. La pregunta es que me conviene más?? Acogerme al despido voluntario o seguir trabajando?? y si existen ayudas para complementar la falta de ingresos??
 

Incorrezto

Ξηστως
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En tierra quebrada.
Mi empresa va aplicar un cambio de condiciones, reduciendo un 20% el sueldo, el que no este de acuerdo se le despide con 20 días por año trabajado Máximo 7 años, yo tengo 53 años y no se, si me conviene acogerme al despido, tengo a mi madre muy mayor que necesita que se esté pendiente de ella, ya no puede vivir sola. La pregunta es que me conviene más?? Acogerme al despido voluntario o seguir trabajando?? y si existen ayudas para complementar la falta de ingresos??
podrías pedir la ayuda para mayores de 52 años al acabarse el paro. quizá algo más por cuidar a un dependiente.

en todo caso, la salud mental tras aceptar una rebaja de sueldo no puede ser buena.
 

Eshpañavabien

Madmaxista
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Por la parte de arriba.
Suponiendo que realmente haya varios contratos encadenados con causa legal, lo cual suele ser difícil de cumplir, no hay limitación en cuanto al número de contratos, es por duración total sumada:

Los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales *, sea directamente o a través de ETT, con mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.

(* exceptuando contratos formativos, de relevo, de interinidad, contratos temporales de programas públicos de empleo-formación, y contratos temporales de itinerario personalizado por empresas homologadas de inserción).

Por otro lado, sí se tiene derecho a la indemnización por fin de contrato temporal, aunque se rechace la prórroga, de 12 días/año u otra superior si la marca el convenio.
 

coleccionador

Madmaxista
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8 Jun 2011
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Hola.
Según tengo entendido tras un ERTE se pierde el salario de los días de vacaciones proporcionales a los días de ERTE por lo que se podrían coger esos días de vacaciones sin salario.
Es así?
Un saludo
 

jolu

Será en Octubre
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Atika, en caso de baja por enfermedad:

¿Cuanto tiempo atrás se cuenta de base de cotización para saber lo que vas a cobrar durante el tiempo que dure la baja?

Y ya que estamos, ¿ y en caso de defunción, incapacidad permanente, paro, y otros que se te puedan ocurrir?

Gracias por tu colaboración en este foro.
Hola:
Pues la situación difiere si tienes un trabajo atiempo completo o tiempo parcial.
Si tienes un trabajo a tiempo completo, la base reguladora será la de la última nómina.
Si tienes un trabajo a tiempo parcial, la base reguladora será la media de los últimos tres meses.
En caso de defunción la base reguladora será de 0 euros porque a los muertos no se le paga.
respecto a la incapacidad permanente según el tipo de incapacidad así será no es lo mismo una pacial que una absoluta.
Para el paro se toman los últimos 6 meses cotizados.
Un saludo.

Osea que si a 18 de julio tengo una reducción de jornada del 50% por conciliación familiar y tengo la certeza que el 1 de septiembre voy a coger una baja, es suficiente con que me ponga al 100% todo el mes de agosto para cobrar la base reguladora del último mes (agosto), mientras dure la baja.
¿Es así?

Recupero pregunta a tu vuelta de vacaciones.
 

Leovigildo

Madmaxista
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26 Jul 2011
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Hola a todos, pues ya volví de vacaciones. Si alguien necesita algo y puedo ayudarle ya sabe.
Bueno, pues viendo que se ofrece ayuda aprovecho.

¿Consejos para encontrar trabajo en España dada la situación que hay hoy en día? ¿Qué portales de empleo son los más comunes más allá del habitual Injofobs o Monster?

Aclarar que jamás de los jamases he trabajado en España y a efectos es como si fuera un extranjero más, toda mi experiencia laboral ha sido ganada trabajando en el extranjero.
 
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4 Ene 2012
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Lo vuelvo a consultar
Mi empresa va aplicar un cambio de condiciones, reduciendo un 20% el sueldo, el que no este de acuerdo se le despide con 20 días por año trabajado Máximo 7 años, yo tengo 53 años y no se, si me conviene acogerme al despido, tengo a mi madre muy mayor que necesita que se esté pendiente de ella, ya no puede vivir sola. La pregunta es que me conviene más?? Acogerme al despido voluntario o seguir trabajando?? y si existen ayudas para complementar la falta de ingresos??
 

jolu

Será en Octubre
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Lo vuelvo a consultar
Mi empresa va aplicar un cambio de condiciones, reduciendo un 20% el sueldo, el que no este de acuerdo se le despide con 20 días por año trabajado Máximo 7 años, yo tengo 53 años y no se, si me conviene acogerme al despido, tengo a mi madre muy mayor que necesita que se esté pendiente de ella, ya no puede vivir sola. La pregunta es que me conviene más?? Acogerme al despido voluntario o seguir trabajando?? y si existen ayudas para complementar la falta de ingresos??
Si me dijeras que tienes 63 años, pero con 53 años, ¿te vas a ir a la calle con +-15 mil euros?

Lo que ocurre es que me temo que dentro de 6 meses o un año tu empresa repetirá la jugada y los que se vayan lo harán con menos pasta.

No dices en que sector trabajas y claro, no es lo mismo que lo hagas en un videoclub que en una multinacional de alimentación.

Tendrías que valorar el futuro real de tu empresa y ver si puede aguantar esta situación actual 1 año, al menos.

Doy por hecho que la opción de coger finiquito y emprender otra aventura laboral no la contemplas, al menos no la comentas.

Refieres la necesidad de cuidar a tu madre, no sabemos si por cariño o por salir beneficiado en la herencia (supuesta herencia compartida) o por ambas cosas. Entiendo que es por cariño, pero si la herencia es jugosa, huye de tu empresa, coge finiquito, paro y cuida a tu madre.

Y sobre las ayudas, ¿Tu madre es jovenlandesa, saltavallas o zíngara?. Si la respuesta es NO, para ti no hay ayudas.
Había una tal "ayuda de dependencia" que se regatea y entrega cuando tu madre tenga 156 años. Todo es cuestión de esperar.

Tomes le decisión que tomes, espero que aciertes.
 

Mangosta

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Buenos días

Mi sobrino tenía un contrato temporal que fue suspendido a finales de marzo. Intentaron coaccinarlo para que firmara de mutuo acuerdo la finalización pero al creer que había gato encerrado no firmó, por lo que simplemente procedieron a darlo de baja de la SS sin arreglarle el paro. Según el SEPE no puede cobrar el subsidio por desempleo por falta de requisitos.

Ha intentado contactar con el SEPE y solicitado la prestacion una y otra vez pero siempre le es denegada

¿Cómo es esto posible? Tiene derecho a algo?
 

Güandas

Lonchafinista
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28 Ago 2020
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Buenos días

Mi sobrino tenía un contrato temporal que fue suspendido a finales de marzo. Intentaron coaccinarlo para que firmara de mutuo acuerdo la finalización pero al creer que había gato encerrado no firmó, por lo que simplemente procedieron a darlo de baja de la SS sin arreglarle el paro. Según el SEPE no puede cobrar el subsidio por desempleo por falta de requisitos.

Ha intentado contactar con el SEPE y solicitado la prestacion una y otra vez pero siempre le es denegada

¿Cómo es esto posible? Tiene derecho a algo?
Tiene derecho a ponerse el cubreboca.
 

Incorrezto

Ξηστως
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1 Feb 2016
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En tierra quebrada.
alguien sabe si los autónomos que retrasaron el papeleo de los impuestos ya han tenido que presentar primer y/o segundo trimestre?

me refiero en concreto a los que interrumpieron su actividad.