Consultorio de derecho laboral.

cesareduc

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Muy buenas. Trabajo en la C. de Madrid de educador de menores. En mi nómina aparece un plus, 'de festivos', de 2.80 euros. (la en presa viene de Andalucía, y como allí suelen trabajar, trabajar 2 días librar 5, aquí que hacemos unas jornadas normales, 40 horas semana en 5 días, pues se han pillado los dedos con los festivos.) Pregunto al jefe de alli y me dice que con ese plus están hechos los 14 festivos. Sé que como mucho paga el que deba trabajarlos, no por supuesto el festivo, que o me lo deben o me lo pagan. Tampoco quiero insistir porque son Lentejas, pero por asegurarme. Gracias y un saludo.
 

RAYO777

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Pues independientemente de tu auto respuesta, yo no veo ninguna irregularidad: Estás de baja, es normal que estés en casa descansando y que tu actividad la lleve otro compañero, pensar lo contrario sería pensar que hay una caza de brujas contra ti.
Otra cuestión diferente es el derecho a la intimidad en las comunicaciones vs el control del uso de los medios tecnológicos por parte del empresario que, efectivamente, se responde con la sentencia que has copiado.
Un saludo.
Muchas gracias por tu comentario.
Saludos!
 

atika

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10 Mar 2008
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Presidiendo el Senado galáctico
Muy buenas. Trabajo en la C. de Madrid de educador de menores. En mi nómina aparece un plus, 'de festivos', de 2.80 euros. (la en presa viene de Andalucía, y como allí suelen trabajar, trabajar 2 días librar 5, aquí que hacemos unas jornadas normales, 40 horas semana en 5 días, pues se han pillado los dedos con los festivos.) Pregunto al jefe de alli y me dice que con ese plus están hechos los 14 festivos. Sé que como mucho paga el que deba trabajarlos, no por supuesto el festivo, que o me lo deben o me lo pagan. Tampoco quiero insistir porque son Lentejas, pero por asegurarme. Gracias y un saludo.
No entiendo ni la consulta, ni veo pregunta alguna ¿Puedes volverlo a explicar todo pero redactado de forma más clara y concisa, por favor? Si no, no voy a poder ayudarte.
gracias.
 

jolu

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Atika, tenemos un forero ,Papá Maravilla, que puede entar en la guandoca acusado de malos tratos. Es profesor y tiene plaza como funcionario (o es estatutario?).
¿Podría perder su empleo?

¿Que ocurre a los empleados públicos (funcionarios o estatutarios) que son condenados y tienen que pasar una larga temporada en la guandoca?
¿Pierden su plaza?
 

atika

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Atika, tenemos un forero ,Papá Maravilla, que puede entar en la guandoca acusado de malos tratos. Es profesor y tiene plaza como funcionario (o es estatutario?).
¿Podría perder su empleo?

¿Que ocurre a los empleados públicos (funcionarios o estatutarios) que son condenados y tienen que pasar una larga temporada en la guandoca?
¿Pierden su plaza?
Pues mira, a esa pregunta no te la se responder porque no es derecho laboral, sino administrativo. No Es mi especialiad, y tampoco conozco la respuesta exacta.
Lo siento. Un saludo.
 

RAYO777

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3 Dic 2010
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Buenas noches, otra cuestión peliaguda: llevo un mes de baja y acabo de presentar parte de baja para otro mes. Ahora me sale mi empresa con que me retiran el coche de empresa porque estoy de baja. El coche es Retribución en especie que se refleja en nómina del que tengo una parte de uso privativo. En el primer mes de baja no me han dicho nada del coche, ahora si, ¿Tengo o no razón en que esa medida supondría una modificación sustancial en las condiciones? ¿Puede o no hacerlo?
Gracias de antemano a las respuestas, todas son bienvenidas.Gracias.
 

Zawer74

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13 Abr 2008
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Donde querido líder perdio el mechero
Hola Atika.

Mi mujer esta cobrando el paro desde hace 7 meses.
Ha recibido una oferta de "trabajo" a tiempo parcial de 8 horas a la semana.El contrato seria por un año.
Sabemos que puede seguir cobrando la prestacion por desempleo pero descontando la parte proporcional a las horas trabajadas.

Bien, mi pregunta es la siguiente:
- si "dimite" o se va de ese trabajo a tiempo parcial ¿en que situacion se encontria con respecto al SEPE, perderia el derecho a la prestaciòn por total, por la parte proporcional a las 8 horas, recibiria la prestaciòn que la corresponde sin ningùn tipo de descuento?

Muchas Gracias
 

atika

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10 Mar 2008
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Buenas noches, otra cuestión peliaguda: llevo un mes de baja y acabo de presentar parte de baja para otro mes. Ahora me sale mi empresa con que me retiran el coche de empresa porque estoy de baja. El coche es Retribución en especie que se refleja en nómina del que tengo una parte de uso privativo. En el primer mes de baja no me han dicho nada del coche, ahora si, ¿Tengo o no razón en que esa medida supondría una modificación sustancial en las condiciones? ¿Puede o no hacerlo?
Gracias de antemano a las respuestas, todas son bienvenidas.Gracias.
A ver que la cosa se complica. ¿La retirada del coche es durante el periodo que estás enfermo o perpetua?

Lo que está claro es que si el vehículo es retribución en especie y como tal lo refleja el contrato, más que optar por decir que es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, lo que presentaría yo es una demanda por impago de salario en especie, y que fuerce a la empresa a darte el coche, más si no te han notificado por escrito dicho cambio.
habría que analizar varios documentos para poder darte una respuesta jurídica en condiciones en ese caso.

Si el uso del vehículo está ligado a la actividad laboral tendría sentido que te lo retirasen y pasase al que te sustituye hasta que te reincorpores a tu puesto de salario.

Si el vehículo es salario en especie puro y duro, reclamación por impago salarial.

hay que ver lo que dice el convenio por si te complementan o no el salario en caso de baja, porque si no dice nada y la baja no es por un accidente laboral, a partir del día 21 de la baja la ley obliga a pagarte solo el 75%, puede ser que ese 25% que falta se atribuyese al valor de uso del coche... No se hay mil historias y estas son solo algunas de las que se me ocurren.

En todo caso: Prudencia, y si la cosa se complica como yo no hago análisis de convenios y documentos por aquí, te tocará ir al preceptivo letrado que te asesore.

Un saludo y ya nos vas contando si quieres.
 

RAYO777

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A ver que la cosa se complica. ¿La retirada del coche es durante el periodo que estás enfermo o perpetua?
Seria en el periodo de baja

Lo que está claro es que si el vehículo es retribución en especie y como tal lo refleja el contrato,No consta en contrato ni en ningún documento,solo en la nomina como retribución en especie más que optar por decir que es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, lo que presentaría yo es una demanda por impago de salario en especie, y que fuerce a la empresa a darte el coche, más si no te han notificado por escrito dicho cambio.
habría que analizar varios documentos para poder darte una respuesta jurídica en condiciones en ese caso.

Si el uso del vehículo está ligado a la actividad laboral tendría sentido que te lo retirasen y pasase al que te sustituye hasta que te reincorpores a tu puesto de salario.Si,el uso es de comercial pero no hay ningún sustituto

Si el vehículo es salario en especie puro y duro, reclamación por impago salarial.

hay que ver lo que dice el convenio por si te complementan o no el salario en caso de baja, porque si no dice nada y la baja no es por un accidente laboral, a partir del día 21 de la baja la ley obliga a pagarte solo el 75%, puede ser que ese 25% que falta se atribuyese al valor de uso del coche... No se hay mil historias y estas son solo algunas de las que se me ocurren.

En todo caso: Prudencia, y si la cosa se complica como yo no hago análisis de convenios y documentos por aquí, te tocará ir al preceptivo letrado que te asesore.MI abogado dice que tienen que comunicarme las nuevas condiciones con quince días de antelación.LO que sucede con estas movidas es que si quieres reclamar de verdad,el final es la cola del paro

Un saludo y ya nos vas contando si quieres.
Muchas gracias por tu desinteresada respuesta,ayudas mucho
 

atika

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Presidiendo el Senado galáctico
Dentro de poco tengo un juicio contra mi empresa privada de supermercados por vulneración de derechos en que no me reconocen la antiguedad y la retribución correspondiente, solicito que se me abone a patir de ahora lo que me corresponde por antiguedad y una indemnización bien razonaba de 10.000 euros. Voy yo solo y la demanda la hice yo y me la admitieron, todo bien...

Ahora me llega notificación de que la empresa me va a interrogar sobre el contenido de los hechos y demás... No tengo problema con eso...

Mi pregunta es si podría presentar el día del juicio como prueba un cd con grabación en video y audio de una conversación de 2012 cuando me cogí la reducción de jornada por guarda legal, momento en el que ya no se me subió el sueldo en los siguientes años... donde un jefe anterior, no el de ahora, dice precisamente que por cogerme la reducción y acogerme a la ley no voy a subir de tramo retrubitivo etc, además de otras perlas como que tarde o temprano me despedirán y que si quiero trabajar con la ley me vaya a trabajar al Ministerio, etc...

Mi idea es presentarlo el día del juicio cuando mencionen los medios de prueba y solicitar su admisión, aunque en la demanda no menciono nada de la grabación... Había pensado en llevar el cd y mi propio ordenador para mostrarlo ahí si me lo aceptan.. y hacer una especie de dosier con los minutos concretos y frases que considero importantes, ya que es una grabación de media hora por lo menos...

Como lo véis, podría hacerlo así, quizá no me lo acepten, pero por intentarlo? porque la empresa va fuerte.
¡Ole tu arte!

Ahora: Si, puedes presentar la prueba en juicio, es más, debes presentarla en juicio. Y efectivamente debes de llevar un medio reproductor de la misma, y llevar una copia en CD o pen drive.
Esto es lo que dice laboro de las pruebas audiovisuales, debes leerlo: Las grabaciones ocultas y los emails en juicios laborales.

Por si no te lo han explicado:
Antes de entrar a juicio habrá un intento de mediación entre el secretario y los letrados. Como en tu caso no hay letrado, pasarás a hablar directamente con el secretario. Insiste en tu derecho a la defensa porque hay secretarios que se pueden poner muy pesados en que no celebras sin letrado.
Una vez fracasada la mediación, si no hay acuerdo pasas a la sala de vistas.
Recuerda has de ocupar los asientos de la derecha del juez (Según miras de frente al juez lo que queda a tu izquierda). Según el juez te dejará o no sentarte en el estrado enfrente del otro abogado o no. Si no te deja, siéntate en el primer banco de la izquierda y cada vez que hables te pones de pie.
Insístele al juez que vas a ejercer tu derecho a la defensa y que te de turno de palabra. Si no te da turno de palabra presenta recurso de reposición y di que está vulnerando tu derecho a la defensa. Si te contesta y sigue sin darte la razón le dices, le planteo queja a efectos de que conste en acta para el posterior recurso. (no creo que tengas que llegar a este extremo, sería muy fuerte y el juez poco "humano")

La primera fase del juicio es la de alegaciones:

Te toca hablar a ti primero. Lo que harás primero es Decir literalmente: "Con la venia de su señoría, para ratificarme en el escrito de demanda y alegar para ello.... (Y sueltas un breve resumen de la demanda diciendo lo que pides)" OJO: hay jueces que solo permiten que te ratifiques en la demanda y te cortarán. No hay problema. Habla la la otra parte y sigue el juicio. No cometas el error de novato de decir lo de me ratifico y hacer una pausa prolongada, porque el juez puede entender que no quieres decir más y darle a palabra a la otra parte. Hazlo todo del tirón y sin preguntar. Si el juez quisiera cortarte, ya lo hará.
Has de terminar tus alegaciones iniciales diciendo algo así como: "por todo lo anterior señoría y previo recibimiento del pleito a prueba, solicitar una sentencia estimatoria de la demanda." Esto es importante, porque has de solicitar el recibimiento del pleito a prueba. Si no lo haces podría llegar a entenderse que no propones prueba y no dejarte presentar ninguna, pero muy canalla habría de ser el juez, para que yendo solo no te permita presentar prueba por no solicitar el recibimiento a prueba, aunque cosas peores servidor ha visto.

Cuando acabes, hace sus alegaciones la otra parte.

Cuando acabe, el juez te preguntará qué prueba presentas: a lo cual tu has de decir según el tipo de prueba que presentes:

1º Documental: Si presentas algún documento por escrito. Recuerda llevar un índice de la prueba presentada. Como mínimo has de llevar, contrato, nóminas y lo que tú veas. Algunos juzgados no te dejan presentar una prueba superior a 50/25 folios en el acto. De ser así tendrías que presentarla por anticipado. Recuerda el índice y llevarla foliada.
2º Testifical: De fulano de tal. Recuerda que tus testigos han de esperar fuera en la puerta de la sala de vistas a ser llamados.
3º Audiovisual: Un archivo de audio, de video (o lo que sea). Si el juez te hace preguntas, le explicas lo que es y lo más importante: qué pretendes probar con ello.

Si necesitas una prueba que tenga que aportar la empresa la puedes pedir por escrito hasta 5 días antes de la celebración del juicio, pero por razones obvias te aconsejo hacerlo con la máxima antelación posible. Yo por ejemplo le pediría que aportase las últimas nóminas de los trabajadores que al igual que tú perciban ese complemento actualizado.

Si no te admiten la prueba pasa lo mismo que al principio: presentas recurso de reposición y si te lo desestima (que lo hará) presentas queja para que conste en acta para presentar posterior recurso al TSJ (para este recurso si necesitas abogado obligatoriamente)

Una vez admitidos los medios de prueba te pasarán la documental de la otra parte para que la mires detalladamente. OJO: no te van a dar más de 5 minutos para hacerlo. Pasa lo mismo que antes. Si son 500 folios y el juzgado no lo permite, las entregaran por anticipado y te lo notificarán. Sinceramente no creo que se pasen.
Luego para interrogar a los testigos: Quien haya propuesto a los testigos los interroga primero.
La prueba audiovisual: Llévala preparada para que solo sea darle al play.

Una vez presentada la prueba el juez te preguntará que si reconoces la prueba documental de la empresa: NO, NO LA RECONOZCO SEÑORÍA. Si el juez no pregunta lo primero que harás en la fase de conclusiones es decir: "Antes de nada señoría decir que no reconozco la prueba de la empresa"

Una vez que acaba la celebración de la prueba, se abre el turno de conclusiones.

Las conclusiones son para que analices la prueba, no para que contestes a lo que te haya dicho el otro letrado en la contestación a tu demanda. (El contesta en el acto, no por escrito)
Se breve y conciso en las conclusiones.
Llévate un breve guión tanto de las alegaciones iniciales como de las conclusiones.
Las conclusiones son algo así como: "Señoría, como se ha podido ver en la prueba audiovisual, la empresa me amenazó con no pagarme si me acogía a mi derecho a la reducción de jornada"... "como puede ver en las nóminas del resto de trabajadores, a todos se lo pagan y a mi no" etc... "se observa claramente que se ha vulnerado el derecho a la igualdad recogido en el artículo 14 de la constitución"

Y acabas, "por tal motivo señoría solicito una sentencia estimatoria de la demanda en la que (y exponer las pretensiones que tengas)"

Si estás en la Comunidad de Madrid, me gustaría ir a ver tu juicio. Si es así (Y quieres) envíame MP.

Por lo demás espero que esta mini guía que he hecho para ti te sirva de algo, aunque intuyo que lo que te digo ya lo sabrías.
 
Última edición:

atika

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Presidiendo el Senado galáctico
Hola Atika.

Mi mujer esta cobrando el paro desde hace 7 meses.
Ha recibido una oferta de "trabajo" a tiempo parcial de 8 horas a la semana.El contrato seria por un año.
Sabemos que puede seguir cobrando la prestacion por desempleo pero descontando la parte proporcional a las horas trabajadas.

Bien, mi pregunta es la siguiente:
- si "dimite" o se va de ese trabajo a tiempo parcial ¿en que situacion se encontria con respecto al SEPE, perderia el derecho a la prestaciòn por total, por la parte proporcional a las 8 horas, recibiria la prestaciòn que la corresponde sin ningùn tipo de descuento?

Muchas Gracias

En mi exclusivo criterio: Si dimite no estaría en una situación de desempleo INVOLUNTARIO, puesto que ella es la que ha dimitido, con lo que perdería el derecho a la prestación por desempleo por el porcentaje de las horas que tuviese en el contrato que dimitió con respecto a una jornada completa. El resto entiendo que o seguiría cobrando.

Pero ¿Porqué no pides hora en el SEPE y les formulas la pregunta?

Un saludo.
 

Zawer74

¡¡¡Hola chochos!!!
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Donde querido líder perdio el mechero
En mi exclusivo criterio: Si dimite no estaría en una situación de desempleo INVOLUNTARIO, puesto que ella es la que ha dimitido, con lo que perdería el derecho a la prestación por desempleo por el porcentaje de las horas que tuviese en el contrato que dimitió con respecto a una jornada completa. El resto entiendo que o seguiría cobrando.

Pero ¿Porqué no pides hora en el SEPE y les formulas la pregunta?

Un saludo.
Muchas gracias Atika, pedimos cita telefonica el miercoles pero nos dieron la cita para el viernes (mañana) a las 13:45. Por otro lado la empresa presionaba para contestar.

Gracias de nuevo ¡¡
 

atika

Madmaxista
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Presidiendo el Senado galáctico
Muy buena información. Te pongo una serie de dudas:

-Sobre lo del derecho a defensa, yo puse en la demanda que me acogía a mi derecho de representarme a mi mismo sin abogado. Otras demandas que he hecho contra la empresa por sanciones siempre lo he hecho así y siempre me han acogido bien allí y me han apoyado bastante por ejemplo el secretario o secretaria judicial para llegar a un acuerdo justo y evitar el juicio y así he conseguido buenos acuerdos, ya que le aprietan un poco las tuercas a la empresa y de primeras les "obligan" a ofrecer...

OK Supongo que no habrá problema entonces

En este caso yo creo que les apretarán para que me reconozcan la antigüedad y acordemos una parte de la indemnización. Lo cual estaría bien... La primera vez que fui a juicio en la demanda no puse que iría sin abogado y sí me pusieron pegas y se pusieron "hostiles" en que no iba a saber y que me pondrían una multa por temeridad si no quería acuerdo... De hecho, yo me negué a lo que me ofrecían, lo cual es un error, ya que digamos que los juicios están montados en 10 minutos para acordar... todo está montado para que yo y la empresa ganemos algo y perdamos algo... Por ejemplo, el año pasado en acuerdo me devolvieron un mes de dos de suspensión de empleo y sueldo y me rebajaron la sanción... y así otras tantas veces... Por lo que entiendo que en este caso, iría muy contra de la empresa el juicio si es por culpa de la empresa que no hay acuerdo, si no ofrecieran nada... Yo lo he hecho en plan para que mínimo de den la antiguedad, y luego la indemnización es algo secundario, es algo para que noten presión y no les quede otra que aceptar el mínimo, que es el reconocimiento del derecho, y probablemente les insten allí a acordar un porcentaje de la cantidad...

Es buena táctica. Muchas veces así se hace. no siempre se puede pactar, tenlo en cuenta. En tu caso seguro que te ofrecen algo, pero se exigente, si no sigue adelante con la vulneración de derechos fundamentales. No pinta mal.

-El Ministerio Fiscal supuestamente va según me notificaron y según pusieron a velar por que se me resarza como es debido, por lo que entiendo que habrá más presión contra la empresa, además que supongo que a la empresa le beneficia acordar antes que ir a juicio porque se le podría poner en su contra y sobre todo con el Fiscal ahí pendiente, ya que en la notificación que me mandaron ponían que el Fiscal podría tomar medidas contra la empresa si lo considera por lo penal...

Cierto, no te lo dije, pero en todos los juecios donde hay menores o vulneración de derechos fundamentales se presenta el ministerio fiscal. si no lo citas tu en la demanda, lo hace el letrado de la administración de justicia de oficio. Es difícil, aunque no imposible, que el ministerio fiscal inice actuaciones penales, muy grave habría de ser... OJO el fiscal puede estar citado, pero, al menos en Madrid, la inmensa mayoría de veces no comparece.

-Luego sobre el tema de las alegaciones al principio no se muy bien qué decir... Yo lo que sabía es que había que ratificarse y solicitar el recibimiento del pleito a prueba... Nada más. Realmente la demanda es muy detallada y muy argumentada y con muchas pruebas documentales y quizá como dices, el juez me corte y no me deje decir mucho más, tampoco tenía pensado hacerlo. No sé que piensas sobre eso. Probablemente al no ser abogado quizá sea demasiado pretencioso extenderme en esa parte, sobre todo porque irán con el tiempo justo a terminarlo todo cuanto antes...

Entonces ratifícate en la demanda y si no hay nada en lo que extenderse o explicar, solicita directamente el recibimiento del pleito a prueba

-La empresa yo creo que va a tener difícil rebatir la demanda con argumentos sólidos y pruebas, ya que atufa a mala fe por su parte, ya que yo solicité antes de poner demanda por escrito a la empresa la antiguedad alegando las razones y me contestaron denegándomelo diciendo que no se cumplen los requisitos del Convenio, pero sin decir qué requisitos son (tanto el escrito como la contestación forman parte de la documental de la demanda). Luego, como argumento en la demanda, digo que en el convenio no aparece nada ni está regulado el incremento salarial por unos requisitos, sino simplemente se entiende que es por la antiguedad... y luego aporto documentos de la empresa de publicidad y su página web o twitter donde afirman que sus trabajadores ascienden "en base a la antiguedad" hasta un máximo de 5 años el sueldo base... Por lo que objetivamente por argumentos, les tengo pillados. Han citado como testigo al representante de los trabajadores de UGT (a favor de la empresa) que en realidad es alguien que ya conozco y que ha engañado a algunos compañeros que fueron despedidos, por ejemplo diciéndoles que les representaría en el SMAC y luego no aparecía...

A ver, lo tienes que enfocar del siguiente modo: señoría a todos se lo han dado, pero a mi por querer ejercer el derecho a la reducción de jornada me lo han denegado. (Esto en conclusiones).
Con respecto al de UGT días antes del juicio habla con él y dile: mira que cuando haya elecciones quedaría muy mal que alguien fuese diciendo que los delegados de ugt declaran en contra de sus trabajadores. Tambien puedes emplear una táctica un poco más sucia: Afiliate a ugt :XX: Ve y le dices: me voy a afiliar a ugt, apartir de ahora vas a ser mi representate sindical compañero... Y a ver si declara en tú contra. (Luego te desafilias por supuesto. Y si declara en tu contra: Guerra sucia a ugt: Te afilias a otro sindicato y trata de ganar las elecciones


-El tema de la grabación sería para alegar que desde que me cogí la reducción no me aprueban una valoración anual personal que hace el jefe de tienda... ya que desde 2013 no la "apruebo" y ellos alegarán seguro que por eso no me han incrementando el sueldo, aunque es irrisorio este argumento porque está claro que sería por antiguedad y si la empresa alegara que no me suben el sueldo porque no apruebo esta valoración yo diría que eso demostraría lo arbitraria que es la política retributiva de la empresa y cómo va contra los derechos de igualdad retributiva... ya que la valoración es una valoración que hace el jefe de tienda, que no es más que un mero trabajador como yo, más arriba en la escala, pero un trabajador, y que un trabajador decida sobre quién cobra o no un sueldo es cuanto menos arbitrario y considero que va en contra de los derechos de los trabajadores... ya que tampoco hay unos parámetros fijos para decir si apruebas o no, el te pone una serie de puntuaciones según considera en diferentes cosas ya no tanto del trabajo diaro, sino de tu personalidad, o tu actitud... En mi caso simplemente me dicen que los les gusta mi actitud (que yo sé que es por acogerme a mis derechos aunque no lo dicen) y así lo ponen en el informe. Pero realmente mi trabajo lo hago fetén, soy correcto y educado con todo el mundo, no me llego mal con nadie y los clientes están encantados conmigo por lo general, de hecho no han podido hacerme un despido disciplinario porque cumplo a rajatabla el convenio y no tengo faltas, aunque muchas veces intentan imputármelas, sin éxito.

La grabación es una de las pruebas fundamentales que tienes para probar que están vulnerando tus derechos fundamentales, no entres en decir si el jefe está o no en la empres ahora, lo pones y listo.

Mi duda de aportar o no la grabación es que es una grabación de 2013, cuando estaba en otra tienda y con otro jefe, el cual ya fue despedido, por lo que no se si me acusarán de temeridad o si no me la aceptaran ya se tuerza el juicio en mi contra, ya que para mi lo principal es que me vean comedido y hablar solo de lo que he puesto en la demanda y lo que pueda demostrar... básicamente que la subida de sueldo no está regulada por ningún requisito ni convenio más allá de la mera antiguedad que sí es algo que publicita la empresa en diversos medios... Pienso que quizá no será buena idea lo de la grabación, quizá lleve el CD y el portatil en una maleta si viera que todo se tuerce de primeras y no se toma en consideración mi demanda y sus argumentos, entonces sí... cuando lo viera ya todo más perdido y ya diera igual...ç

Rarísimo sería que te acusasen de temeridad por lo que describes.

-Lo de las nóminas de otros no tengo, pero en la demanda sí que expliqué todo el tema de cantidades y porcentajes y sí metí una captura de una de mis nóminas explicando los conceptos y otras imágenes con tablas de la empresa con todos los salarios según la antiguedad, desde los 2 años hasta los 5 años, con todas las cantidades...

Eres libre de pedirlas como prueba anticipada

-Yo la verdad creo que juicio no va a haber porque mi voluntad es la de acordar y un mínimo, algo, tienen que ofrecer... les instarán a ello, y si no lo hacen el juicio irá en su contra y yo me encargaré de decir al juez que mi voluntad era la de acordar pero la empresa no ha ofrecido nada... Pero vamos, que entre reconocer la antiguedad y pagar 5000 o 3000 euros, para ellos será mejor que arriesgarse a perder y pagar 10.000, sobre todo más por orgullo y ya que tendré a mi favor haber ganado con todas las letras un juicio por vulneración de derechos contra la Empresa, sin contar con las medidas que puedan tomar contra la empresa si es Fiscal quiere ir por ese camino... Y sé que la justicia puede ser muy ambigua y las interpretaciones de los jueces muy peculiares, así que si ellos van a malas en las negociaciones o no ofrecieran nada, probablemente perderían el juicio porque es que tampoco tienen argumentos válidos, lo que digan o la explicación que den para decir que no me reconocen el salario según la antiguedad o los "requisitos" no está regulado por convenio por lo que dará igual lo que digan o lo que hable el representante de los trabajadores... y además, pesa sobre ellos todas las manifestaciones públicas que demuestran que sí es por antiguedad...

Pero vamos, que si voy a juicio, sin problemas, yo ya fui a uno completo con abogado, el cual me representó por una sanción, bastante mal por cierto sin aportar argumentos y sin ir a saco contra la empresa, era de CCOO y realmente yo creo que lo habría hecho mejor.
Como descargo del compañero te diré que todos tenemos días malos, yo el primero. Todo influye: el juez, tu ánimo, los argumentos... Seguro que yo mismo he podido hacer mejor algunos juicios.

Espero que te sirva. Un saludo.