Consultorio de derecho laboral.

Lian

Madmaxista
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Ayer surgió un debate entre varios colegas sobre los cursos de formación dentro de la jornada de trabajo. Y había uno de ellos que decía que un conocido suyo, en su empresa, les obligan a hacer el curso fuera de horario de trabajo. Esto no es legal, verdad? lo digo porque a mayores, para mas narices, según explicaba en el convenio tienen bien especificado que los cursos deben ser impartidos dentro del horario laboral y voluntario fuera de el con la consiguiente remuneración o días/horas de descanso a compensar.

Yo aparte de que ya lo sabía, lo he estado mirando por internet y esto es así tal cual, hay muchas webs donde lo explican, pero si hay un abogado laboralista que esté mas al día de estas cuestiones, lo podría aclarar?
 

Yotao

Himbersor
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16 Mar 2020
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Ayer surgió un debate entre varios colegas sobre los cursos de formación dentro de la jornada de trabajo. Y había uno de ellos que decía que un conocido suyo, en su empresa, les obligan a hacer el curso fuera de horario de trabajo. Esto no es legal, verdad? lo digo porque a mayores, para mas narices, según explicaba en el convenio tienen bien especificado que los cursos deben ser impartidos dentro del horario laboral y voluntario fuera de el con la consiguiente remuneración o días/horas de descanso a compensar.

Yo aparte de que ya lo sabía, lo he estado mirando por internet y esto es así tal cual, hay muchas webs donde lo explican, pero si hay un abogado laboralista que esté mas al día de estas cuestiones, lo podría aclarar?
Es legal que en empresas quieran hacer cursos fuera de la jornada laboral, pero NO ES OBLIGATORIO ACUDIR para el trabajador.
Si es una formacion obligatoria para el puesto de trabajo, se puede exigir el que se haga en horario laboral, que es lo que corresponde y hay que hacerla.
Se puede llegar a acordar si es fuera de horario, el cambiarla por tiempo equivalente de descanso.

Si es una formacion complementaria o de otra indole y no obligatoria, la pueden poner fuera de horario laboral, pero no hay obligacion de acudir.
Si quieren obligar a hacerla, dentro del horario laboral.

Ojo al precio. En algunos convenios existe la "hora de formacion" cuando se acude fuera del horario laboral y es inferior al precio de la hora extra ordinaria
 

Cathar

Madmaxista
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13 Ene 2013
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Occitania del sud. Reialme d'Espanha.
¡Hola y gracias por aportar luz!

Tres dudas:

Mi mujer trabaja en un gulag catalán. (No es broma).
Dejando anécdotas de lado.

-Le pagan las horas extras con un mes de atraso de media (y la cantidad....).
Este mes, ya ni eso. ¿Se puede denunciar? Puesto que reclama a la misma, pero de nada sirve.

-No existen sindicatos en la empresa ¿Puede una persona constituirse como enlace sindical en dicha empresa? Más que nada para fastidiarlos.

-Mi mujer está de baja, después de llevar más de cinco meses a 13-15 horas diarias en dicha empresa. Ha sufrido una lesión. El médico le ha comentado que va para medio plazo según sepamos por la radiografía.

Se encuentra a la espera de unas entrevista en otras empresas, pues en esta, ni seriedad, ni futuro, ni nada.
Sí, marcha de esta. ¿Puede reclamar a la empresa directamente horas extras, vacaciones no disfrutadas este año o mejor por abogado viendo el plan de negreros que llevan?

Muchas gracias
 

Yotao

Himbersor
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16 Mar 2020
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¡Hola y gracias por aportar luz!

Tres dudas:

Mi mujer trabaja en un gulag catalán. (No es broma).
Dejando anécdotas de lado.

-Le pagan las horas extras con un mes de atraso de media (y la cantidad....).
Este mes, ya ni eso. ¿Se puede denunciar? Puesto que reclama a la misma, pero de nada sirve.

-No existen sindicatos en la empresa ¿Puede una persona constituirse como enlace sindical en dicha empresa? Más que nada para fastidiarlos.

-Mi mujer está de baja, después de llevar más de cinco meses a 13-15 horas diarias en dicha empresa. Ha sufrido una lesión. El médico le ha comentado que va para medio plazo según sepamos por la radiografía.

Se encuentra a la espera de unas entrevista en otras empresas, pues en esta, ni seriedad, ni futuro, ni nada.
Sí, marcha de esta. ¿Puede reclamar a la empresa directamente horas extras, vacaciones no disfrutadas este año o mejor por abogado viendo el plan de negreros que llevan?

Muchas gracias
Muy buenas!
Se puede reclamar.
En este caso haciendo un requerimiento a inspeccion de trabajo.
Si cada vez que lo hacen se notifica a inspeccion, ira subiendo el tramo de sancion hasta que a empresa entre en vereda y abone las horas con el cierre de mes.
A ninguna empresa con ese tipo de practicas le gusta tener a inspeccion encima.
Judicialmente no es interesante si lo pagan con un mes de atraso. Va a cobrar antes si quiera de que den la cita para hacer la demanda de cantidades.
En cuanto al importe de las horas, debe ser lo que marque el convenio y de no haberlo ni haber pacto interno, el minimo es el mismo importe que la hora ordinaria.

Siempre que hay empresa con trabajadores por cuenta ajena puede haber enlace sindical.
Dependiendo del numero de trabajadores pueden ser hasta tres. A partir de 50, ya es para comite de empresa.
Ojo no haya enlace y sea el sobrino del jefe. Es muy tipico y se hace para controlar el cotarro.
Que no sea solo por fastidiar. Con ganas se pueden hacer muchas cosas.
Huye de sindicatos subvencionados.

En el finiquito le deben abonar todo el trabajo realizado no retribuido asi como las vacaciones pendientes.
Si no se esta deacuerdo con el finiquito, se puede reclamar la diferencia.
Lo puede hacer uno mismo, pero te recomiendo hacerlo con abogado si desconoces como funciona el tema.
Para reclamar cantidades hay hasta un año natural.
No confundir esto con un despido, para reclamar un despido son 20 dias laborables.
Que vaya haciendo acopio de fichajes, partes de trabajo o cualquier otra cosa que pueda acreditar el tiempo extra que vaya a reclamar.

Nos tiene que quedar algo muy claro. Si una empresa no paga o no concede algo que por derecho nos corresponde, solo se le puede obligar judicialmente.
Apelando a la buena fe, se reclama primero a la empresa. Primero verbalmente es lo mas habitual y despues por escrito con acuse de recibo.
Si vemos que, o no hay intencion, o nos han dado largas y estamos cerca de agotar plazos, no queda otra que gastar cuartos en reclamarles
 

Cathar

Madmaxista
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Occitania del sud. Reialme d'Espanha.
Muy buenas!
Se puede reclamar.
En este caso haciendo un requerimiento a inspeccion de trabajo.
Si cada vez que lo hacen se notifica a inspeccion, ira subiendo el tramo de sancion hasta que a empresa entre en vereda y abone las horas con el cierre de mes.
A ninguna empresa con ese tipo de practicas le gusta tener a inspeccion encima.
Judicialmente no es interesante si lo pagan con un mes de atraso. Va a cobrar antes si quiera de que den la cita para hacer la demanda de cantidades.
En cuanto al importe de las horas, debe ser lo que marque el convenio y de no haberlo ni haber pacto interno, el minimo es el mismo importe que la hora ordinaria.

Siempre que hay empresa con trabajadores por cuenta ajena puede haber enlace sindical.
Dependiendo del numero de trabajadores pueden ser hasta tres. A partir de 50, ya es para comite de empresa.
Ojo no haya enlace y sea el sobrino del jefe. Es muy tipico y se hace para controlar el cotarro.
Que no sea solo por fastidiar. Con ganas se pueden hacer muchas cosas.
Huye de sindicatos subvencionados.

En el finiquito le deben abonar todo el trabajo realizado no retribuido asi como las vacaciones pendientes.
Si no se esta deacuerdo con el finiquito, se puede reclamar la diferencia.
Lo puede hacer uno mismo, pero te recomiendo hacerlo con abogado si desconoces como funciona el tema.
Para reclamar cantidades hay hasta un año natural.
No confundir esto con un despido, para reclamar un despido son 20 dias laborables.
Que vaya haciendo acopio de fichajes, partes de trabajo o cualquier otra cosa que pueda acreditar el tiempo extra que vaya a reclamar.

Nos tiene que quedar algo muy claro. Si una empresa no paga o no concede algo que por derecho nos corresponde, solo se le puede obligar judicialmente.
Apelando a la buena fe, se reclama primero a la empresa. Primero verbalmente es lo mas habitual y despues por escrito con acuse de recibo.
Si vemos que, o no hay intencion, o nos han dado largas y estamos cerca de agotar plazos, no queda otra que gastar cuartos en reclamarles
Muchísimas gracias por las aclaraciones.
Es el guion a seguir.
Esperaremos a ver estos días como va la paga extra, como se soluciona la lesión y, por tanto, la baja y las nuevas entrevistas. ¡Ya comentaré como queda todo!.
 

Hyoga

Lonchafinista
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25 Jul 2023
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Interesante hilo.
A ver un par de dudas

Trabajando en productividad se pueden reclamar horas extras?
Es decir por trabajar más horas comisiono más por ende cobro más. Si reclamo las horas me quitarán esa comisión. Sería legal todo esto?

Por otro lado a veces nos ponen a turnos y otras a jornada partida, en el contrato no especifica nada pero yo me podría negar a trabajar por turnos si ahora estamos a jornada partida?
 

Ben Hogan

Forero Paco Demier
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29 Jun 2023
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Preguntas sobre pluriactividad....

- Autónomo (desde hace un par de años), que va a trabajar por cuenta ajena (a jornada completa).

¿tendría derecho a algún tipo de bonificación en la cuota de autónomos? (teniendo en cuenta que lleva dos años en el reta..)
¿si dentro de X tiempo, es despedido de la empresa, tiene derecho a paro?
¿a efectos de días cotizados totales, se le computan los días naturales, o le van contando "doble"?

Alguna ventaja, bonificación, o cualquier detalle importante que debería saber sobre esta situación?
 

Yotao

Himbersor
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16 Mar 2020
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Interesante hilo.
A ver un par de dudas

Trabajando en productividad se pueden reclamar horas extras?
Es decir por trabajar más horas comisiono más por ende cobro más. Si reclamo las horas me quitarán esa comisión. Sería legal todo esto?

Por otro lado a veces nos ponen a turnos y otras a jornada partida, en el contrato no especifica nada pero yo me podría negar a trabajar por turnos si ahora estamos a jornada partida?
Me imagino que cobras prima por pieza trabajada o algo asi no?
Tienes que tener fijadas por convenio la cantidad de horas anuales de jornada. A partir de esa jornada, es hora extra y suele estar tambien fijado su importe.
Aunque no cumplas la jornada anual estipulada, se estipula que la vas a realizar de forma teorica a razon de una media de 40 horas semanales, y por eso se considera tambien hora extra toda aquella que se realiza poor encima de esas 40h.
Lo normal seria cobrar la hora extra, y ademas la prima habitual.

En cuanto al horario, si haceis habitualmente el cambio entre jornada partida y turnos, poco que rascar.
La mayoria de convenios contempla esos horarios como habituales y la empresa posiblemente lo pueda justificar por necesidades productivas.

Sin embargo, si que se puede reclamar como MSC art.41 et, si llevas años con el mismo horario y de pronto deciden cambiartelo.
Si solo te afecta a ti, individual y por tu cuenta la reclamacion.
Si afecta a un 10% de la plantilla o mas de 30 trabajadores, se puede hacer colectiva.
La empresa debe justificar los motivos o se lo pueden echar atras.
Si lo tiene justificado, no te queda otra que tragar o pedir irte indemnizado con 20 dias por año.
Tienes 20 laborables para impugnar la medida tomada por la empresa desde que te dan notificacion por escrito de dicho cambio o desde que te anuncian tu nuevo horario
 

Hyoga

Lonchafinista
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25 Jul 2023
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Me imagino que cobras prima por pieza trabajada o algo asi no?
Tienes que tener fijadas por convenio la cantidad de horas anuales de jornada. A partir de esa jornada, es hora extra y suele estar tambien fijado su importe.
Aunque no cumplas la jornada anual estipulada, se estipula que la vas a realizar de forma teorica a razon de una media de 40 horas semanales, y por eso se considera tambien hora extra toda aquella que se realiza poor encima de esas 40h.
Lo normal seria cobrar la hora extra, y ademas la prima habitual.

En cuanto al horario, si haceis habitualmente el cambio entre jornada partida y turnos, poco que rascar.
La mayoria de convenios contempla esos horarios como habituales y la empresa posiblemente lo pueda justificar por necesidades productivas.

Sin embargo, si que se puede reclamar como MSC art.41 et, si llevas años con el mismo horario y de pronto deciden cambiartelo.
Si solo te afecta a ti, individual y por tu cuenta la reclamacion.
Si afecta a un 10% de la plantilla o mas de 30 trabajadores, se puede hacer colectiva.
La empresa debe justificar los motivos o se lo pueden echar atras.
Si lo tiene justificado, no te queda otra que tragar o pedir irte indemnizado con 20 dias por año.
Tienes 20 laborables para impugnar la medida tomada por la empresa desde que te dan notificacion por escrito de dicho cambio o desde que te anuncian tu nuevo horario
Te agradezco mucho, me has sacado de duda con el tema turnos.
Respeto a las horas al final pierdo yo, si las reclamo supongo me pagarán el mínimo de mi convenio y a tomar leches la productividad. Mejor me estoy quieto y a seguir remando
 

Yotao

Himbersor
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16 Mar 2020
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Te agradezco mucho, me has sacado de duda con el tema turnos.
Respeto a las horas al final pierdo yo, si las reclamo supongo me pagarán el mínimo de mi convenio y a tomar leches la productividad. Mejor me estoy quieto y a seguir remando
No tienes por qué perder.
Si es que quieres comentarlo... Como te las abonan hasta ahora?
Fichais o fichais lo que le da la gana al jefe?

Si te las pagan por encima de convenio y ha sido constante en el tiempo ese precio, es condicion mas beneficiosa y ese seria el precio hora a reclamar y no el de convenio.
Esto se aplica a varias premisas del entorno laboral.
Es reclamable que una empresa te quite algo que ha estado dando de forma sostenida en el tiempo. Servicio de comedor, descansos retribuidos.... Entre otras.
Las primas de produccion, posiblemente igual, pero tendria que saber mas.
Muchas primas estan estan estipuladas en convenio. Algunos convenios de metal, calzado, automocion...
De hecho contemplan hasta un plus cuando no se pagan primas por produccion
 

Hyoga

Lonchafinista
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25 Jul 2023
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No tienes por qué perder.
Si es que quieres comentarlo... Como te las abonan hasta ahora?
Fichais o fichais lo que le da la gana al jefe?

Si te las pagan por encima de convenio y ha sido constante en el tiempo ese precio, es condicion mas beneficiosa y ese seria el precio hora a reclamar y no el de convenio.
Esto se aplica a varias premisas del entorno laboral.
Es reclamable que una empresa te quite algo que ha estado dando de forma sostenida en el tiempo. Servicio de comedor, descansos retribuidos.... Entre otras.
Las primas de produccion, posiblemente igual, pero tendria que saber mas.
Muchas primas estan estan estipuladas en convenio. Algunos convenios de metal, calzado, automocion...
De hecho contemplan hasta un plus cuando no se pagan primas por produccion
Nunca me han pagado las horas ni fichamos.
Ahora como novedad a los nuevos si les pagan las horas extras según convenio porque ellos no llegan a esa media de productividad. Por eso me entran las dudas, al final ellos producen menos que yo y quizás cobren lo mismo trabajando más horas pero haciendo menos esfuerzo. Igual yo estoy bien en la empresa, es solo que tenía curiosidad

Te vuelvo a agradecer el interés porque cuesta encontrar foreros serios por aquí.

Un saludo