Sánchez anuncia una ley del porno y el foco se va al DNI
El Gobierno aprobará una
ley para proteger a los menores del porno en internet. Lo anunció Pedro Sánchez, que avisó de una
«auténtica epidemia» de menores con acceso a contenidos pornográficos. Del contenido de la norma se sabe, de momento, eso y poco más. Y bastó ese anuncio para que la conversación derivara al terreno donde se decide todo: si para verificar la edad de un menor habrá que identificar antes a cualquier adulto que quiera entrar en internet.
Ahí está el nudo. La objeción más repetida no discute el problema, discute el remedio: los instrumentos para filtrar contenido ya existen y se llaman
control parental. Instalarlo y configurarlo es tarea de los padres, y ninguna ley sustituye esa supervisión. Desde esa premisa, la pregunta se vuelve incómoda: si la solución técnica está en casa, ¿por qué hace falta una norma que obligue a identificarse?
¿Qué ha anunciado el Gobierno sobre el porno y los menores?
Una ley para limitar el acceso de los menores a contenidos pornográficos en internet, anunciada por el presidente del Gobierno y presentada como una «epidemia» que afecta a los más jóvenes. El anuncio no viene acompañado, en lo que se conoce, de articulado ni de reglamento de desarrollo. Ese vacío condiciona cualquier análisis: sin texto legal y sin la norma que lo despliegue, lo que queda es interpretar la intención.
Lo apuntaba una de las intervenciones más sensatas del asunto: sin leer la exposición de motivos y el reglamento, cualquier pronóstico es especulación. Y las especulaciones, cuando el objeto es el control de internet, vuelan solas. El núcleo técnico de la medida apunta a sistemas de
verificación de edad, un mecanismo que, según una de las intervenciones, ya funciona en Francia desde hace años y que obliga a resolver una pregunta previa: cómo se acredita que quien está al otro lado es mayor de edad.
Control parental: el argumento que desactiva la medida
Filtrar lo que llega a un dispositivo es una función que existe, es gratuita y depende de quien tiene la tutela del menor. De ahí sale la objeción central contra el anuncio: el problema no es de herramientas, sino de supervisión, y una ley no cría a nadie. Las soluciones de filtrado doméstico cubren navegación, tiendas de aplicaciones y tiempo de uso, y su eficacia depende de que alguien las active. La discusión se desplaza, en cualquier caso, a un terreno que tiene poco que ver con los niños: la
privacidad de los adultos que sí son mayores de edad.
¿Por qué se teme que el DNI acabe siendo obligatorio en internet?
Porque verificar la edad exige, en algún punto, comprobar quién está al otro lado. Los sistemas que se manejan pasan por una identidad digital o por un documento, y esa pieza es la que dispara las alarmas: una vez que existe el mecanismo para acreditar edad, existe también el mecanismo para acreditar identidad en cualquier otro servicio.
La objeción dominante, por tanto, no es el porno. Es que la excusa del porno sirva para normalizar la identificación previa al acceso. La tesis que más circula sostiene que el objetivo real no es saber quién eres —eso ya se puede averiguar por otras vías— sino que cada cual interiorice que escribir según qué contra el Gobierno tiene consecuencias. La
autocensura, en esa lectura, no la impone el Estado: la ejecuta el propio usuario antes de teclear. De ahí el temor a que el sistema salte del contenido adulto a cualquier servicio con comentarios.
El precedente chino y los filtros que ya identifican
La referencia que recorre toda la conversación es China, donde se ha prohibido el anonimato en internet. Los recortes de prensa que se comparten (BBC, El Economista, Okdiario, El Comercio) describen un sistema en el que las autoridades pueden acceder a la identidad de quien publica comentarios críticos con el régimen, con el efecto de autocensura que eso genera. El paralelismo es discutible, pero funciona como argumento: identificación previa hoy, control del discrepante mañana.
A esa vigilancia por documento se añade otra que no necesita DNI. Los filtros de realidad aumentada de
TikTok y Snapchat asocian, según se apunta, el rostro del usuario a su número de teléfono y entregan esa combinación a terceros. El resultado es el mismo por otra puerta: la cara acaba funcionando como documento y el rastro ya no depende de que alguien enseñe un papel.
ID2020, CBDC y crédito social: qué hay detrás de las sospechas
En el terreno de la especulación se cruzan varios conceptos que el anuncio no menciona: ID2020, la etiqueta con la que se agrupan los proyectos internacionales de identidad digital; las CBDC, las monedas digitales de banco central; y la huella de carbono como métrica de comportamiento individual. El escenario que resume esa línea es una parodia fechada en
verano de 2028, en la que un cliente no puede pagar dos cervezas de litro porque su perfil registra una sanción por entrar en páginas prohibidas y haber delatado, en su momento, a un familiar.
Nada de eso consta en el anuncio del Gobierno español. Son hipótesis que circulan sin respaldo documental y que mezclan proyectos reales de identidad digital con temores sobre su uso final. Conviene distinguir las dos cosas, aunque solo sea para no regalar argumentos a quien prefiera despachar el asunto entero como paranoia.
VPN, saltarse el control y qué puede pasar después
La pregunta práctica, la que se hará cualquiera con un poco de maña, es cómo se elude. La respuesta más repetida es la
VPN, que enmascara la conexión y deja la verificación en papel mojado, salvo que se persiga también su uso. Hay quien va más allá y plantea formas de comunicación fuera de internet, por radio o por redes alternativas, para quienes no quieran identificarse.
Y luego está el argumento que desactiva el consuelo: la trazabilidad ya existe sin DNI. Google y las plataformas construyen perfiles cruzados con datos de uso, ubicación y contactos que ningún documento añade. Quien crea que no enseñar el DNI le devuelve el anonimato se equivoca de época. La diferencia que introduce la ley no es que te conozcan, sino que te obliguen a firmarlo.
Con el texto sin publicar, cualquier pronóstico va con red. Lo más probable es que la verificación de edad llegue en alguna forma, limitada al acceso a contenido adulto, y que la disputa sobre su alcance se resuelva en el reglamento antes que en la ley. El historial de estos proyectos invita a otra lectura: los sistemas de identificación rara vez se quedan en el servicio para el que fueron creados. Cuál de las dos cosas ocurra depende de un texto que aún no existe.