La ley de censura de Sánchez choca con cuatro principios de la Constitución, según un usuario
¿Se puede aprobar una ley que los propios informes jurídicos señalan como contraria a la Carta Magna y seguir adelante como si nada? Eso es exactamente lo que, a la fecha de esta discusión, plantea el proyecto normativo del Gobierno para controlar las redes sociales. Según un usuario del foro, los propios servicios jurídicos advierten de que el texto «vulnera 4 principios constitucionales». Cuatro. No uno, no dos. Cuatro. Y el Ejecutivo sigue adelante con el decreto, convencido de que la política es un estado de excepción permanente donde la ley es un estorbo.
La reacción no se hizo esperar. Buena parte del análisis sostiene que esto no es un accidente técnico, sino la enésima prueba de que el ordenamiento jurídico se ha convertido en papel mojado cuando estorba al poder. «Como si que una ley sea inconstitucional fuese motivo para no aplicarla», resume con retranca una de las intervenciones más repetidas. La ironía es amarga: en teoría, un vicio de inconstitucionalidad debería paralizar cualquier norma antes de que toque la calle. En la práctica, se aprueba, se aplica y ya veremos qué dice el Tribunal Constitucional dentro de unos años, cuando el daño esté hecho.
Qué principios constitucionales se vulneran y por qué importa
El artículo 14 de la Constitución consagra la igualdad ante la ley «sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social». Los informes jurídicos señalan que el texto choca frontalmente con este principio, además de con otros tres que no se detallan en la discusión pero que bastan para que el propio aparato del Estado ponga el grito en el cielo. La paradoja es que el Tribunal Constitucional que debería resolver el conflicto está integrado por magistrados cuyo nombramiento depende de los mismos partidos que impulsan la norma. Hay quien lo dice sin anestesia: «¿Y de quién depende el Constitucional?». La respuesta, por conocida, no deja de ser incómoda.
El precedente más citado es la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, aprobada en 2004. Varias voces recuerdan que ya entonces se advirtió de su inconstitucionalidad por trato desigual ante la ley, y que el Constitucional acabó avalándola. Ese episodio funciona como profecía: si una norma con problemas de encaje constitucional salió adelante, esta también lo hará. La diferencia, argumentan algunos, es que ahora el control sobre la información es el objetivo directo, no un efecto colateral.
El precedente de los confinamientos: ilegales, pero aplicados
La pandemia dejó un manual de instrucciones. Los confinamientos domiciliarios fueron declarados ilegales por el Tribunal Constitucional, pero se aplicaron durante meses con el aplauso de buena parte de la población. «¿Pasó algo a alguno de los perpetradores? Nada de nada», resume una intervención que conecta directamente con el debate actual. El paralelismo es evidente: si una medida inconstitucional se puede imponer sin consecuencias para quien la firma, ¿qué incentivo hay para respetar la Carta Magna?
La respuesta que da el análisis más duro es que ninguno. El poder ejecutivo controla Hacienda, la Agencia Tributaria y las fuerzas de seguridad. Con esos mimbres, la legalidad formal es un adorno. «Si la AEAT le dice a tu banco que te bloquee las cuentas, el banco obedece sin rechistar», señala una de las intervenciones. La conclusión es que la separación de poderes no es un principio operativo, sino una reliquia retórica que se invoca en los discursos y se ignora en la práctica.
La trampa del decreto ley y el calendario electoral
El instrumento elegido, el decreto ley, permite aprobar la norma sin pasar por el filtro parlamentario ordinario. Es la vía rápida para esquivar debates incómodos y enmiendas. Varias voces apuntan a que el Gobierno acumula frentes abiertos: la financiación de medios, la vuelta de las mascarillas, la verificación de edad para acceder a contenido para adultos, el conflicto de Muface y la reforma de Correos. Demasiados frentes para un solo decreto.
El cálculo más optimista para el Ejecutivo asume que las elecciones no llegarán hasta que tenga los números atados. El más pesimista sostiene que a Sánchez le quedan meses, no años, y que la caída de Maduro en Venezuela arrastraría inevitablemente al Gobierno español. Entre ambos escenarios, una certeza: los tribunales ya tienen demandas sobre la mesa presentadas por Manos Limpias, Iustitia Europa y la UACD. La partida se juega en los juzgados, no en el Congreso.
El problema de fondo: una Constitución que solo se aplica a unos
El argumento más repetido es que la Constitución se ha convertido en un arma arrojadiza según convenga. «Es su constitución y se la follan cuando quieren», resume una intervención que condensa el sentir general. La crítica no distingue entre partidos: se señala que tanto el PP como el PSOE han colocado magistrados afines en el Constitucional cuando han tenido ocasión. El resultado es un tribunal que avala lo que sus promotores necesitan que avale.
La pregunta que sobrevuela todo el análisis es si queda algún mecanismo institucional capaz de frenar una norma que los propios juristas del Estado consideran inconstitucional. La respuesta que da la experiencia reciente es que no. Los confinamientos ilegales se aplicaron. La ley de violencia de género con dudas constitucionales salió adelante. La ley de censura de las redes seguirá el mismo camino. Y dentro de unos años, cuando el Constitucional se pronuncie, el daño será irreparable y nadie habrá pagado por ello.
Al final, la conclusión es la de siempre: la Constitución es un texto magnífico que solo se aplica cuando no molesta. Cuando molesta, se aprueba un decreto, se aplica y se espera a que el tiempo y la burocracia hagan su trabajo. La democracia, dicen, es el menos malo de los sistemas. A este paso, vamos a echar de menos hasta eso.