¿Habéis visto el Ibex 35? Mayo 2013. Pepón cabrón, sufre el atracón y saluda a la afición bajista +

Ni que lo digas!!!:Aplauso:

Vaya ojo ha tenido claca.

Lo del gato ya es de chiste...:XX::XX:..haciendo lo contrario que predice te forras!!!

Por eso lo tengo en nomina, lo cobra bien eso si eh.

PD: Un pepon se balanceaba sobre el ibex35, como veia que el oso no llegaba, mando llamar a otro pepon.

VERDE ESPAÑA. Verde esperanza.
 
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AL final va a resultar que el jato es un regalo del cielo, y que el único algoritmo que necesitaba conseguir Borne para operar es el siguiente:



MyTrade = -1 * JatoTrade



Y no necesitas ningún hardware para ejecutarlo ...
 
Hoy me ha dado por hacerme sangre y comprobar lo que ya imaginaba pero no había constatado si pudiese ser una excepción. Las pérdidas patrimoniales no pueden ser compensadas con ganancias generadas en menos de un año.

Así pues, palmo con Técnicas 18.000 euros y Hacienda me da una palmadita en la espalda. Y este año, que está siendo homérico, llevo un poco más de 10.000 euros, por los que voy a tener que tributar cada céntimo.

Por supuesto, CAF ya ni tocarlas. Al menos vendidas dentro de 9 meses la casta no se llevará un % enorme.

3.000 eurillos me ha robado Montoro esta mañana...

¿Comoooor ? No me diga.
El año pasado tuve que vender con pérdidas (que en la declaración de este año no he podido compensar)
Y ahora llevo beneficios (pero de menos de un año)
Para compensar esas minusvalías ¿Tengo que mantenerlas un año? :´(
 
A ver si lo he entendido. Si yo esté año afloro minusvalías generadas por venta de acciones compradas el año pasado. Y a su vez tengo ganancias por compraventa de acciones este mismo año. ¿Puedo compensar esas cantidades en la declaración del año que viene?


Sí, eso sí.

Digo que minusvalías ya ejecutadas, que hasta ahora tenían 4 años para compensarse, ahora pueden compensarse SÓLO con ganancias generadas por activos que se tengan durante más de un año.
 
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El DAX 8.340, progenitora mía, a ver si se pasa maese a comentarnos algo, que debe estar flipando con sus pantallitas.
 
¿Comoooor ? No me diga.
El año pasado tuve que vender con pérdidas (que en la declaración de este año no he podido compensar)
Y ahora llevo beneficios (pero de menos de un año)
Para compensar esas minusvalías ¿Tengo que mantenerlas un año? :´(


Correcto.

Dé las gracias a Montoro y el agujero zain que es su administración (y su forma de administrarla).

En mi caso particular, es un cambio legislativo que me afecta en bastante dinero, la verdad.
 
Hoy aún no ha aparecido..uhhmmm que raro...😀

a ver que se inventa esta vez...

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EN cuanto se nos olvide un poco aparecerá con que llevaba un largo desde 8.200. Es lo bueno de que la gran bajista y la gran alcista en realidad pasen por todos los puntos del chart.
 
Todo sea dicho, es lo que he deducido googleando un poco bastante... Si alguien sabe más y tiene a bien corregirme, se lo pido por favor.

Por cierto:

Las pérdidas a corto plazo podrán compensarse con hasta el 10% de la base imponible general. En el caso en que quedaran perdidas a corto pendientes de compensar se modifica el artículo 48 b) de la Ley del IRPF, añadiendo que si tras dicha compensación quedase saldo negativo, su importe se compensará en los cuatro años siguientes.
 
Sí, eso sí.

Digo que minusvalías ya ejecutadas, que hasta ahora tenían 4 años para compensarse, ahora pueden compensarse SÓLO con ganancias generadas por activos que se tengan durante más de un año.

Lamento ensuciar el hilo sólo para decir que me acuerdo de la querida progenitora del Montoro, pero no me he podido reprimir...

Creo que voy a chapar la cuenta en uno de los brokers y a cancelar cipoteca, me saldrá más rentable.
 
Hoy me ha dado por hacerme sangre y comprobar lo que ya imaginaba pero no había constatado si pudiese ser una excepción. Las pérdidas patrimoniales no pueden ser compensadas con ganancias generadas en menos de un año.

Así pues, palmo con Técnicas 18.000 euros y Hacienda me da una palmadita en la espalda. Y este año, que está siendo homérico, llevo un poco más de 10.000 euros, por los que voy a tener que tributar cada céntimo.

Por supuesto, CAF ya ni tocarlas. Al menos vendidas dentro de 9 meses la casta no se llevará un % enorme.

3.000 eurillos me ha robado Montoro esta mañana...

Bueno, leída su información, me veo obligado a dejar de mirar las Gamesas hasta, al menos, febrero de 2014.
Mi mejor operación desde que ando en esto: Fills de Pilingues.
 
He vendido todas las philips que compre a 21.15 el 26 de abril las he vendido a 21.20. Recupero inversión y pago comisiones.

Solo he sacado el dividendo de 0,75 que solo me ha llegado la mitad por las rentenciones de holanda y españa.
 
IRPF 2012 (el de este año) y 2013 (a realizar el próximo) en adelante:

Vamos a ver si así está más claro. Lo he entresacado del foro de Rankia y me parece que queda bien:



_____________

Podrás compensar estas pérdidas que me comentas hasta 4 años después (en tu caso, hasta 2016) con beneficios que hayas tenido este año, o durante los próximos. La cuantía a compensar puede ser el total de las ganancias obtenidas.

Por ejemplo, si durante 2012 has tenido beneficios de 500€ y pérdidas por 400€, podrás compensarte la totalidad de las pérdidas y sólo tributarás por 100€ de beneficios.

Pero debes de tener en cuenta una cosa, a partir de 2013 (la declaración a realizar en 2014), las pérdidas generas en un periodo superior al año (en tu caso, las pérdidas derivadas del fondo de inversión) se tendrán que compensar con ganancias generadas en más de un año; y las pérdidas generadas en un periodo inferior al año (en tu caso con los CFDs) se tendrán que compensar con ganancias generadas en un periodo inferior al año.

"Las pérdidas que nos queden pendientes de compensar, de los ejercicios 2009 a 2012, si se incluian en la base imponible del ahorro, seguirán compensándose con saldos positivos en las ganancias y pérdidas de la base del ahorro (que serán obligatoriamente plusvalías con un período de generación superior al año); y si eran de la base imponible general (periodo de generación inferior al año) se compensarán primero con saldos positivos de ganancias y pérdidas de la base general y luego con las rentas generales, con el límite del 25% de éstas."

___________

IRPF 2013 (2014):

Las ganancias patrimoniales se sumarán a los rendimientos del trabajo y se integrará en la base imponible general; o en el caso de tener pérdidas patrimoniales generadas en un periodo inferior al año, las podrás compensar primero con saldos positivos de ganancias y pérdidas de la base general y luego con las rentas generales, con el límite del 25% de éstas. En este artículo lo puedes leer de una forma más detallada:


_______________

Si durante 2012 no has tenido ningún beneficio patrimonial no puedes compensar estas pérdidas. Pero las puedes guardar para compensar con beneficios que tengas durante los próximos 4 años.

El caso en que las podrás compensar con rentas generales (con el límite del 25% de éstas) es a partir de 2013 (declaración a realizar en 2014); y sólo podrá ser para las pérdidas con periodo de generación inferior a un año.

Ejemplo: en la Declaración de la Renta de 2012 no puedes compensar las pérdidas, y las dejas a compensar en los próximos años. En la Declaración de la Renta de 2013 no has tenido pérdidas, solo beneficios de 200€ con periodo de generación superior al año. Te compensas los 200€ de pérdidas del fondo de inversión (más de un año) con los beneficios de 200€ con periodo de generación superior al año; y las pérdidas de 200€ de CFDs (menos de un año), con hasta un 25% de las rentas generales
 
Yo que empecé en 2011 pero ha sido en 2012 donde más he tradeado y siendo el primer año... he tenido pérdidas, el Montonto nos va a dar por el ojal aunque cierre este 2013 en verde (toquemos madera) por no poderlas compensar con las pérdidas de 2012.

Subirá mi base de renta general... y tendré que pagarles los puro coches, las mar1 y palos en vinagre.

Toda actividad económica en este país está parasitada y trabada por la casta. Angustia.
 
Lo que pasa es que las TRE que tuve en 2011 también las tuve menos de un año. ¿Afecta eso en algo?

Gracias a quien sepa la respuesta.
 
___________

IRPF 2013 (2014):

Las ganancias patrimoniales se sumarán a los rendimientos del trabajo y se integrará en la base imponible general; o en el caso de tener pérdidas patrimoniales generadas en un periodo inferior al año, las podrás compensar primero con saldos positivos de ganancias y pérdidas de la base general y luego con las rentas generales, con el límite del 25% de éstas. En este artículo lo puedes leer de una forma más detallada:
_______________

Esta parte es la que más me interesa. Pero se deja el cómo tributan las minusvalías generadas en más de un año durante 2013 ( en la declaración a presentar el 2014 ). Pienso que solo puedes compensarlas con plusvalías generadas también en más de un año, y si no tienes, quedan pendientes de compensar en años siguientes con ese mismo tipo de plusvalías ( > 1 año ). Pero a ver si alguien me lo puede confirmar o no.
 
Lo que pasa es que las TRE que tuve en 2011 también las tuve menos de un año. ¿Afecta eso en algo?

Gracias a quien sepa la respuesta.

No estoy muy puesto, pero las perdidas de unas acciones de una empresa se pueden compensar si han sido compradas > 2 meses después, eso era así independientemente de si han sido de menos de 1 años o más.

O sea que si compras 1 enero y vendes 1 eneros porque salta el sl y tienes vamos 1000 euros de perdidas. Si no compras al menos el 2 de marzo no te puedes deducir esos 1000 euros.


Pero si ahora parece ser que engloban.

Ganancias perdidas patrimoniales< 1 año
Ganancias perdidas patrimoniales >= 1 año
Porque encima las preferentes van por el tema de dividendos que va por otro tema que las ganacias patrimoniales.

Con los que preferentistas tampoco se van a deducir nada.

Vamos que vamos a palmar pasta si o si, y sino ya vendra Montoro a pedir su parte.
 
buenos dias bienamadas gacelillas 😉

es aqui donde se ignora la existencia de la jran bajista ? 😛ienso:
 
Vamos a dejar correr las Arcelor y a ver cuánto tarda en sobar las 10,80 euros.
 
Qué ilusión: mi primer "siyalodecíayo"...



En cuanto al Jato mejor haber esperado un poco... que ahora viene en modo justiciero.
 

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