España ya permite la eustaquia a personas con trastornos psicologicos de personalidad

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Pasillo de hospital con una camilla vacía junto a una ventana, luz natural tenue, ilustración editorial sobre el debate en un

Un foro debate la eutanasia en trastornos de personalidad​

En un hilo de foro se sostiene que la eutanasia, que en el papel dejó de ser un recurso exclusivo para enfermos terminales, alcanza ya a personas con **trastornos psicológicos de personalidad**. Los participantes citan el caso de una **mujer de 23 años** con tentativas de suicidio previas que le dejaron secuelas físicas graves. Según esos mensajes, el marco legal español se situaría en la órbita de **Países Bajos, Canadá o Suiza**, donde la prestación se ha ido ampliando. Son afirmaciones de los usuarios, no hechos verificados.

La discusión que plantean no es si existe el derecho a morir —señalan que nadie lo niega del todo—, sino **quién decide que una vida ya no merece ser vivida**. Y sostienen que ese terreno se mueve solo en una dirección.

De los casos límite al supuesto ampliado​

El mecanismo se describe en el hilo con precisión casi mecánica: primero se muestra la punta, el caso que conmueve y abre el debate; después se normaliza; al final, el supuesto se ensancha sin que nadie vote nada. Recuerdan que en **2019** la eutanasia se presentaba como excepción para situaciones extremas o terminales. Lo que se discute ahora, dicen, es otra cosa.

El paralelismo que más se repite es el del **divorcio** y el del **aborto**: ambos nacieron como salida para dramas concretos —violencia, riesgo vital— y acabaron convertidos en trámite ordinario, según los mensajes. El argumento que esgrimen no es moral, es de pendiente: **ninguna de esas ventanas se ha cerrado nunca**. Siempre se ha ampliado.

¿Qué se considera un trastorno mental a efectos legales?​

Aquí está el nudo, según los participantes. Un usuario sostiene que buena parte de los trastornos de personalidad se consideran **exógenos o ligados a trauma**, y se manifiestan en la adolescencia o la edad adulta. Es decir: no serían una condena biológica, sino una respuesta a un entorno. Si eso es así, la pregunta incómoda que lanzan es por qué la salida es la muerte y no el tratamiento.

Hay quien sostiene en el hilo que la psiquiatría acabaría decidiendo **quién merece vivir y quién no**, con el riesgo de arrastrar en el mismo saco a personas con autismo, depresión o estrés postraumático. En contra pesa un dato que circula con insistencia entre los usuarios: la ansiedad y buena parte de las depresiones estarían **sobrediagnosticadas**, y muchos profesionales cuestionan ya que sean enfermedades y no síntomas de un entorno tóxico —familiar, escolar o laboral—.

El juramento y el sanitario que se aparta​

El otro frente es el profesional. Se señala en el hilo que se está **apartando a los sanitarios que se niegan** a participar, igual que ocurrió con los objetores al aborto. El juramento hipocrático —no dar veneno a nadie— quedaría, en la práctica, subordinado a la norma, según esos mensajes.

La objeción de conciencia existe sobre el papel. La pregunta que se lanza es cuánto dura un médico en según qué servicio cuando la ejerce. Ese es el cálculo que, dicen, nadie publica.

El censo que nadie ha visto​

Una de las sospechas más repetidas en el hilo es la existencia de **registros de pacientes con problemas mentales** en la sanidad pública y en aseguradoras privadas. Si esos listados existen, el salto a usarlos como criterio es corto, sostienen.

La tesis más dura que circula afirma que la eutanasia aplicada a perfiles psicológicos es **eugenesia encubierta**, y que el objetivo son los perfiles que no encajan en el sistema. Es una acusación grave, sin prueba aportada, y como tal se formula en el hilo: como sospecha, no como hecho.

El artículo 666 y la voluntad anulada​

El detalle jurídico que ha salido a la luz es el **artículo 666 del Código Civil**, el que se usa para impugnar testamentos de personas declaradas incapacitadas. La lectura que hacen es incómoda: si a alguien se le diagnostica un trastorno mental, ¿pierde la capacidad de expresar su voluntad? ¿Se le puede negar lo más básico mientras se le concede, en paralelo, el derecho a morir?

La contradicción que ven es evidente. A la misma persona se le trataría como a un niño para decidir su vida y como a un adulto para decidir su muerte.



El precedente neerlandés se cita como aviso: allí se prometió que nunca se aplicaría a menores y en cinco o seis años empezó a aplicarse, según los mensajes. Con estos mimbres, lo razonable, dicen, es esperar que el supuesto siga ensanchándose. Lo que no está escrito en ninguna ley es dónde se para.
💬 LO QUE DICEN LOS FOREROS
«Paso con el divorcio, con el aborto y ahora con la eutanasia. Pasan de la prohibición, a permitirlo en algunos casos y luego a hacerlo libre»
— Pressak · Patrón de ampliación progresiva
«Hay cientos de miles de psiquiátricos sueltos por las calles que deberían estar encerrados de por vida como antiguamente»
— pechetero · Crítica a la desinstitucionalización psiquiátrica
📊 OPINIONES
Peso aproximado de cada postura en el debate. No es una encuesta.
Es eugenesia encubierta y debe pararse45%
Es un derecho para casos sin salida20%
El problema es la ampliación del supuesto25%
La psiquiatría no debe decidir quién vive10%
📌 DATOS
En 2019 la eutanasia se presentaba como exclusiva para casos extremos o terminales, según los mensajes del hilo
En Países Bajos se prometió que nunca se aplicaría a menores y en cinco o seis años empezó a aplicarse, según los mensajes del hilo
El artículo 666 del Código Civil se usa para impugnar testamentos de personas incapacitadas, según los mensajes del hilo
❓ PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué dice el artículo 666 del Código Civil sobre la voluntad?
Según los mensajes del hilo, es el precepto que se utiliza para impugnar testamentos otorgados por personas declaradas incapacitadas. La crítica que hacen es que permite negar la voluntad de alguien por el hecho de tener un diagnóstico de enfermedad mental, aunque esa persona pueda expresarla con normalidad.
📅 EVOLUCIÓN
2019 La eutanasia se presenta como recurso exclusivo para casos extremos o terminales
2021 Entra en vigor el marco legal que permite la prestación en España
2024 Se documenta la aplicación a una mujer de 23 años con trastorno psicológico y tentativas previas
2025 Se señala el apartamiento de sanitarios que se niegan a participar
2026 El supuesto se discute ya fuera del enfermo terminal, con el precedente neerlandés como aviso
▶ VÍDEOS
💬 POR QUÉ PARTICIPAR
✓El paralelismo completo entre la ampliación de la eutanasia y la del divorcio y el aborto, con el detalle de cómo se abrió cada ventana
✓El caso concreto que ha servido de puerta de entrada: una mujer de 23 años con tentativas previas y secuelas físicas graves
✓El uso del artículo 666 del Código Civil para anular la voluntad de personas con diagnóstico mental, citado como contradicción legal
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Descargo de responsabilidad: Este artículo resume un debate público sobre eutanasia y salud mental. No constituye asesoramiento médico, psiquiátrico ni jurídico. Si usted o alguien de su entorno atraviesa una crisis, contacte con un profesional sanitario o con los servicios de atención telefónica a la conducta suicida.
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