La respuesta corta es que no, y ese es justo el dato que le falta al hilo entero:
en Clases Pasivas no existe cuota empresarial. No es que el Estado la pague y quede como un apunte que ni entra ni sale. Es que no está prevista en ninguna norma.
Lo único que se cotiza es el 3,86% del artículo 23 del texto refundido de 1987, y lo paga el funcionario de su nómina. La pensión sale entera de un crédito de los Presupuestos, 23.522 millones en 2025. La única aportación patronal que hay en todo el sistema es el 4,10% que el Estado pone en MUFACE, y esa va a la sanidad del funcionario, no a su pensión.
Y ahora la aritmética, que es lo que da la medida del asunto. Haber regulador A1 de 2026, anexo III del real decreto ley 3/2026:
52.697,06 euros al año. El 3,86% son 2.034 euros anuales, y en 35 años de carrera,
71.194 euros. La pensión que eso compra son los mismos 52.697 al año. O sea que todo lo cotizado en una vida laboral da para
dieciséis meses de pensión. Y el resultado es idéntico para cualquier grupo, porque 3,86 x 35 sale siempre el 135% de una anualidad. Ahí acaba la cuenta.
Compárelo con la privada. Base máxima de 2026, 5.101,20 al mes; el 28,30% de contingencias comunes son 17.324 euros al año y
606.329 en 35 años. Ocho veces y media más, para una pensión máxima de 47.034 euros, un 11% más baja que la del A1.
Dos avisos contra mi propio número, antes de que me los ponga otro. Son las tablas de hoy proyectadas hacia atrás, no lo que se pagó en su día. Y el 23,60% es nominalmente de la empresa, que cuando la empresa es la Administración también lo pone el contribuyente.
Lo que dice
@la_trotona es correcto, pero solo para los que entraron a partir de 2011: esos están en el Régimen General y por ellos la Administración sí ingresa el 23,60% en la Tesorería, como cualquier empresa.
Y un detalle que explica de dónde le viene la sospecha. Desde el 1 de enero de 2022 quien reconoce y paga las clases pasivas ya no es Hacienda, son el INSS y la Tesorería General. Parece Seguridad Social, pero el dinero sigue siendo una transferencia de impuestos. El traspaso se intentó primero por decreto ley y el Constitucional lo anuló en la sentencia 111/2021, así que hubo que rehacerlo por ley de presupuestos.