El crimen 'casi-perfecto' de Anglés: sin huella 20 años después de Alcàsser (V)

Tomide

Himbersor
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Si he entendido bién.

¿Dispone de información acerca de personas directamente relacionadas con su desaparición y muerte?

Me resultaría de interés que desarrollara tal afirmación, pues el conocer que existen terceros que como mínimo estarían relacionados con hechos de los cuales a día de hoy se investigan, sin duda se trataría de una información de gran valor.

Si lo estima por privado estoy pendiente de estos, gracias.

Un saludo.
Como usted bien debe saber, las fuentes no se comparten. Por discreción, respeto y por seguridad.
Si en el ejercicio de su profesión, la cual desconozco, prevalece el secreto profesional amparándose por tanto este constitucionalmente en el Art.20 de la Constitución, entiendo que por motivos estrictamente de carácter profesional no revele dato o información alguna respecto a lo que usted afirma.

Si por el contrario su profesión es la de criminologo como en su nick se puede llegar a desprender, y no es periodista, ni magistrado, ni eclesiástico, sepa que con objeto de dirimir esta salvedad, la LeCrim recoge en su articulo 262 la responsabilidad y obligación legal de cualquier otro ciudadano a fin de evitar la comisión de hechos delictivos, encubrirlos o minorar sus consecuencias, de denunciar estos los hubiere presenciado o no.

De ahí el interés ya que públicamente ha realizado una afirmación y comentario que, intuyo de una manera involuntaria, pone de manifiesto que usted es conocedor de informaciones que le indican que existen personas directamente relacionadas con la desaparición y muerte de una persona, entiendo que de Anglés en relacion a intervenciones anteriores objeto del debate.

Una posibilidad que de la que advertí a INTERPOL a principios de 2013. Desgraciadamente no se pudo obtener ADN.



Información más reciente me indica que hay personas directamente relacionadas con su desaparición y muerte. Que hablen y digan dónde están sus restos depende de que confiesen los que lo saben, ante los medios, ante el juez o en su lecho de muerte.


Además que pudiera incurrir en multa tras la nueva reforma de la LeCrim en Ley Organica de 8/2021, si se demostrara que de esta presunta informacion que usted dice conocer, se desprende también que existe contra victima menor de edad el delito de homicidio.
(Recordemos que Angles mantiene una causa aún abierta.)

Creo que usted no es consciente del gran valor que su información pudiera tener ante las autoridades, ni de la gravedad que tendria sobre su persona el no poner en conocimiento de estas lo que usted presuntamente afirma conocer, sepa que aunque no confiesen los que presuntamente usted dice que lo saben, depende incluso mas si cabe de que usted advierta de tal extremo y denuncie la perpretacion de dicho supuesto flagrante delito que inclusive, puede ser perseguido de oficio si cualquier tercero aportara prueba de tales declaraciones que en este foro se recogen.

Le recuerdo que por mensaje privado puede hacerme llegar cualquier consulta o estimación al respecto que crea conveniente.

Un saludo.
 

Pepe Criminólogo

Madmaxista
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23 Feb 2013
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Si en el ejercicio de su profesión, la cual desconozco, prevalece el secreto profesional amparándose por tanto este constitucionalmente en el Art.20 de la Constitución, entiendo que por motivos estrictamente de carácter profesional no revele dato o información alguna respecto a lo que usted afirma.

Si por el contrario su profesión es la de criminologo como en su nick se puede llegar a desprender, y no es periodista, ni magistrado, ni eclesiástico, sepa que con objeto de dirimir esta salvedad, la LeCrim recoge en su articulo 262 la responsabilidad y obligación legal de cualquier otro ciudadano a fin de evitar la comisión de hechos delictivos, encubrirlos o minorar sus consecuencias, de denunciar estos los hubiere presenciado o no.

De ahí el interés ya que públicamente ha realizado una afirmación y comentario que, intuyo de una manera involuntaria, pone de manifiesto que usted es conocedor de informaciones que le indican que existen personas directamente relacionadas con la desaparición y muerte de una persona, entiendo que de Anglés en relacion a intervenciones anteriores objeto del debate.


Además que pudiera incurrir en multa tras la nueva reforma de la LeCrim en Ley Organica de 8/2021, si se demostrara que de esta presunta informacion que usted dice conocer, se desprende también que existe contra victima menor de edad el delito de homicidio.
(Recordemos que Angles mantiene una causa aún abierta.)

Creo que usted no es consciente del gran valor que su información pudiera tener ante las autoridades, ni de la gravedad que tendria sobre su persona el no poner en conocimiento de estas lo que usted presuntamente afirma conocer, sepa que aunque no confiesen los que presuntamente usted dice que lo saben, depende incluso mas si cabe de que usted advierta de tal extremo y denuncie la perpretacion de dicho supuesto flagrante delito que inclusive, puede ser perseguido de oficio si cualquier tercero aportara prueba de tales declaraciones que en este foro se recogen.

Le recuerdo que por mensaje privado puede hacerme llegar cualquier consulta o estimación al respecto que crea conveniente.

Un saludo.
El hecho de que usted me solicite esa información públicamente en lugar de hacerlo privadamente ya ES información suficiente para que me ponga en guardia. Poco que añadir. Respecto a los desastres y diluvios que pueden ocurrir de no comunicar a las autoridades esas informaciones: se asombraría usted de lo que todos los días y a todas horas sucede con ciertas informaciones en los CCyFFSS que nunca llegan a conocimiento judicial, pero supongo que usted ya está al cabo de la calle de cómo funciona ese negociado.
 

Aresti

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No entiendo. La que había dicho que aa estaba muerto es el propio Antonio, ahora cambiada a anaalma (Antonia Angles Martins).

Tengo mis serías dudas si este foro es algo público o una coña marinera estilo south park o los Simpsons. Esto daría para otro debate. Supongo que el Mississippi ya hizo perder mucho tiempo.
 

Juanito5000

Himbersor
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La llamada que se hizo, seria por que un juez pediria pinchar ese telefono, la he oido en un reportaje de eiTb, algo sospechaban.
Las pistolas no se cuales son, y los papelitos imagino que era el papelito de AA o MR, un recibo sino recuerdo mal.

No entiendo como un yonkarra, como vemos un par de posts arriba, no haya cantado, a el le importa solo el dinero y la dr0ja.
 

Woonie

Abrid bien el cul0.
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10 Ago 2017
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Si no hubo salto de AA no hubo fuga.
Si no hubo fuga, no hubo fugado.
Si al fugado lo enfilan gracias a unos papeles que desafían a la lluvia, vientos huracanados y demás, ya me dirás.
Si esos papeles mismos no los ve ni el juez, sino que la GC sale escopetada al cuartel a empezar una investigación sin garantía alguna, otra irregularidad más.
Entonces de que narices habla el sumario de "hechos probados"?
 

Lombroso

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Si en el ejercicio de su profesión, la cual desconozco, prevalece el secreto profesional amparándose por tanto este constitucionalmente en el Art.20 de la Constitución, entiendo que por motivos estrictamente de carácter profesional no revele dato o información alguna respecto a lo que usted afirma.

Si por el contrario su profesión es la de criminologo como en su nick se puede llegar a desprender, y no es periodista, ni magistrado, ni eclesiástico, sepa que con objeto de dirimir esta salvedad, la LeCrim recoge en su articulo 262 la responsabilidad y obligación legal de cualquier otro ciudadano a fin de evitar la comisión de hechos delictivos, encubrirlos o minorar sus consecuencias, de denunciar estos los hubiere presenciado o no.

De ahí el interés ya que públicamente ha realizado una afirmación y comentario que, intuyo de una manera involuntaria, pone de manifiesto que usted es conocedor de informaciones que le indican que existen personas directamente relacionadas con la desaparición y muerte de una persona, entiendo que de Anglés en relacion a intervenciones anteriores objeto del debate.


Además que pudiera incurrir en multa tras la nueva reforma de la LeCrim en Ley Organica de 8/2021, si se demostrara que de esta presunta informacion que usted dice conocer, se desprende también que existe contra victima menor de edad el delito de homicidio.
(Recordemos que Angles mantiene una causa aún abierta.)

Creo que usted no es consciente del gran valor que su información pudiera tener ante las autoridades, ni de la gravedad que tendria sobre su persona el no poner en conocimiento de estas lo que usted presuntamente afirma conocer, sepa que aunque no confiesen los que presuntamente usted dice que lo saben, depende incluso mas si cabe de que usted advierta de tal extremo y denuncie la perpretacion de dicho supuesto flagrante delito que inclusive, puede ser perseguido de oficio si cualquier tercero aportara prueba de tales declaraciones que en este foro se recogen.

Le recuerdo que por mensaje privado puede hacerme llegar cualquier consulta o estimación al respecto que crea conveniente.

Un saludo.
En síntesis, tenemos a una serie de usuarios que han fundado colectivos y/o asociaciones en busca de la verdad del caso Alcàsser. Las acciones que han llevado a cabo enfocadas a esclarecer al caso han consistido en varias subidas a la Romana para grabar un vídeo de Youtube. Bueno, también han redactado y publicado artículos que dan vergüenza ajena de leer, como el que insinúa que las niñas fueron asesinadas para despellejarlas y construir tambores con los que tocar la Muixeranga. Parece un chiste de humor oscuro, pero no.

Ahora viene lo bueno: afirman tener pruebas (que no sospechas o indicios) de que los condenados son inocentes y, además, saben nombres y apellidos de implicados en los hechos. Sin embargo, no presentan esta información en los juzgados, porque ni siquiera están personados. Su actitud es pues la de encubridores, por no hablar de lo poco ético que es tener pruebas de que un inocente ha estado en prisión más de 20 años y no haber dicho ni mu.

Lo anterior solo me puede llevar a pensar una cosa: a esta panda la verdad del caso le importa un pimiento.
 

Lombroso

Madmaxista
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Si no hubo salto de AA no hubo fuga.
Si no hubo fuga, no hubo fugado.
Si al fugado lo enfilan gracias a unos papeles que desafían a la lluvia, vientos huracanados y demás, ya me dirás.
Si esos papeles mismos no los ve ni el juez, sino que la GC sale escopetada al cuartel a empezar una investigación sin garantía alguna, otra irregularidad más.
Entonces de que narices habla el sumario de "hechos probados"?
1) El salto solo lo defienden los Anglés, nadie más.
2) Al fugado no lo enfilan por los papeles, sino a su hermano.
3) El juez sí ve esos papeles.
4) Hay un mandamiento de entrada al domicilio de los Anglés firmado por Su Señoría, ergo la investigación no la empieza la GC escopetada.
5) El sumario no habla de hechos probados, tal extremo se detalla en la Sentencia.

Si tiene alguna duda más, puede consultarme.
 

ander77

Cuñado nija
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La llamada que se hizo, seria por que un juez pediria pinchar ese telefono, la he oido en un reportaje de eiTb, algo sospechaban.
Las pistolas no se cuales son, y los papelitos imagino que era el papelito de AA o MR, un recibo sino recuerdo mal.

No entiendo como un yonkarra, como vemos un par de posts arriba, no haya cantado, a el le importa solo el dinero y la dr0ja.
Sólo hay tres razones por las cuales Ricart no habla:
1. Fue culpable.
2. Está pactado.
3. Miedo, se protege a él o a su hija.

Seguramente, sean las 2 primeras.
 

Woonie

Abrid bien el cul0.
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10 Ago 2017
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1) El salto solo lo defienden los Anglés, nadie más.
2) Al fugado no lo enfilan por los papeles, sino a su hermano.
3) El juez sí ve esos papeles.
4) Hay un mandamiento de entrada al domicilio de los Anglés firmado por Su Señoría, ergo la investigación no la empieza la GC escopetada.
5) El sumario no habla de hechos probados, tal extremo se detalla en la Sentencia.

Si tiene alguna duda más, puede consultarme.
1.El salto lo defiende Boloix, la GC y la acusación popular.
2.Nadie lleva papeles de mayo del 92 en el bolsillo en noviembre del 92. El hermano era lelo, imposible culpabilizarlo.
3.El juez no ve ni los papeles ni una cantidad considerable de objetos que si aparecen en el acta de levantamiento de la GC.
4.Primero se va sin papeles y como no les abren, acuden al juzgado.
5.La sentencia se basa en el sumario.

Lo dicho, desinformador profesional, búsquese otro trabajo.
 

Lombroso

Madmaxista
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20 Dic 2012
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1.El salto lo defiende Boloix, la GC y la acusación popular.
2.Nadie lleva papeles de mayo del 92 en el bolsillo en noviembre del 92. El hermano era lelo, imposible culpabilizarlo.
3.El juez no ve ni los papeles ni una cantidad considerable de objetos que si aparecen en el acta de levantamiento de la GC.
4.Primero se va sin papeles y como no les abren, acuden al juzgado.
5.La sentencia se basa en el sumario.

Lo dicho, desinformador profesional, búsquese otro trabajo.
No tiene la más mínima noción de Derecho Procesal. Dese una leída o vea algún video de yutú y a ver si entiende lo de "los papeles y el juzgado".

Por cierto, hablando de Boloix y de papeles, ¿qué me cuenta del espectáculo del mandamiento judicial "sin fecha"?