Hola a todos. Os pongo en situación en la que está un colega a ver qué opináis. Ha publicado su vivienda en varios portales para venderla como particular. Entre otras personas de han interesado inmobiliarias para enseñar ellas el piso tmb. Él ha aceptado que la enseñen, siempre y cuando la cantidad que se lleve él sea la que tiene publicada.
Pues bien parece ser que ha salido un comprador de una de estas visitas con inmobiliaria. Y ahora resulta que el comprador se ha puesto en contacto directamente con mi colega para puentear la inmobiliaria. Parece ser que el comprador no ha firmado registro de visita y mi colega según dice no ha firmado nada con la inmobiliaria. Él se lo está pensando y no sabe qué hacer. Yo le he dicho que mejor hacer las cosas bien ...
Qué puede pasar en un caso así si supuestamente ninguno de los 2 ha firmado nada?
Por invocación.
En primer lugar y respondiendo a la pregunta, lo que os
puede pasar es
multón incumplimiento de contrato y denuncia a ámbos y me explico.
Me chirría un poco que tú no hayas firmado absolútamente nada. Igual no te acordabas, pero cuando vas a ver una casa te piden el nombre, algún documento, y una firmita. Y eso que firmas hace que no puedas comprar la casa sin la inmobiliaria. Por otro lado, el vendedor también firma un contrato con la inmobiliaria por el cual, si es muy simple (y la mayoría lo son), habrá firmado para que, durante un año, la inmobiliaria trate de vender la propiedad en exclusiva. Digo lo de simple porque seguro que a cambio de esa exclusividad no habrá pedido nada.
En cualquier caso, en general, a los simples las inmobiliarias le dicen que, si en ese año no pueden vender, el contrato se extingue. Los hay muy simples que firman que incluso tras ese año deben pasar x meses.
Así que lo primero que debeis hacer es:
1. Confirmar que tú (comprador) no firmaste absolútamente nada y tu nombre no está en ninguna parte.
2. Mirar bien el contrato del vendedor y los plazos.
Vamos a suponer pues, que te llevó una becaria y no firmaste nada. En mi caso lo que suelo hacer es firmar con nombre falso y "uy se me ha olvidado el DNI pero no se preocupe que me lo sé de memoria". Alguna vez ha ido un familiar o amigo/a de confianza.
Yo dudo que ese año (+periodos si los hubiera) ha pasado ya, pero en ese caso puedes firmar a futuro. Osea, vais a una gestoría (debeis acordar quien la paga), y firmais para comprar la casa un día que sea posterior al dia en el que el contrato con la inmobiliaria se extinga. Tú pones una entrada, que se la queda la gestoría hasta que el comprador entregue la vivienda, y cuando llegue el día haceis el papeleo pertinente.
En cualquier caso, me va a doler la boca de repetir lo importante de que ni tú hayas firmado nada ni el comprador se cuele con las fechas.
PS: Una vez me ocurrió un caso donde el comprador, tras ponerse deacuerdo conmigo, quiso cobrarme lo mismo que la inmobiliaria CON DOS narices. Lo ideal es ir a medias incluso con la gestoría, pero estamos en España.
EDITO: Clarificación de la palabra "multón". No es "multa" en el sentido policial pero os pueden llevar a juicio por lo civil por incumplimiento de contrato.