Caso Asunta Basterra: Se ha ocultado información decisiva.

Orlandito

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La presente información ha sido desarrollada por Marina y por mí. Tengo que aclarar que el hallazgo decisivo lo realizó Marina. Lo que al principio era una deducción, que aunque muy fundamentada y potente no dejaba de ser una conjetura, ha acabado convirtiéndose en un hecho. Esto es un resumen. Marina pondrá aquí en breve un escrito muy detallado, con mapas y fotos, que servirá para dar contexto a quienes no estén muy enterados sobre el caso.
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Tanto la sentencia del juicio como el TSXG dan validez al testimonio de C.B, que según concluyen, demuestra que Alfonso mintió sobre sus actividades esa tarde, lo que a su vez demostraría que es culpable de, al menos, planear el crimen. C.B aseguró haber visto esa tarde a Asunta con su padre a una hora, compatible, eso interpretan, con los demás datos conocidos. Dicha compatibilidad no se deriva de lo afirmado por la testigo, muy poco precisa en cuanto a horarios, sino de una interpretación muy abierta de un pequeño pedazo de información, un ticket de compra, cuya hora tampoco pudo ser verificada con la suficiente precisión, según la Guardia Civil.

Nosotros afirmamos la existencia de una prueba que sirve para verificar con la máxima precisión el relato de C.B, y que dicha prueba le fue ocultada al jurado, al tribunal y al TSXG.

Afirmamos la existencia de una o más grabaciones de cámaras de seguridad que recogen el paso de C.B y su novio cuando caminaban por la calle General Pardiñas, tras salir de la tienda Sportown. La existencia de esas grabaciones se deduce de:

1) El relato de la testigo y su novio acerca de sus actividades y movimientos esa tarde.

2) Al menos en un caso, del testimonio explícito del juez instructor, Vázquez Taín:

Del auto de apertura de juicio oral (páginas 9-10):

Pero por encima de todo, existe una prueba directa de una testigo totalmente creíble. Dicha testigo es indudable que pasó por el lugar, pues está acreditado mediante un recibo de compra y posteriormente se le ve en una cámara de General Pardiñas.

TRIBUNAL DEL JURADO 0004900 /2013 XDO. DE INSTRUCIÓN N. 2 SANTIAGO DE COMPOSTELA


Consideramos que la cámara a la que se refiere el juez instructor es, casi con total seguridad, la del banco Sabadell, situada en el número 20 de la calle General Pardiñas. Esa misma cámara grabó a Rosario a las 6:09:45 de la tarde, cuando se dirigía al garaje. Es decir, que tenemos una diferencia exacta de minutos de la misma cámara entre el paso de Rosario y los testigos.

Dicha cámara está aproximadamente a 60 metros, no más de un minuto caminando, del lugar donde la testigo afirmó haber visto a Asunta y Alfonso, y puede, por tanto, determinar casi con exactitud la hora a la que la testigo pudo verlos. Dependiendo de la hora de la grabación, hay distintas posibilidades.

1) La cámara grabó a la testigo antes de las 6:20. Este caso apoyaría la tesis de la acusación.

2) La cámara grabó a la testigo entre las 6:45 y las 6:55. Esta sería la hora más favorable para Rosario, ya que sería compatible con su declaración de que volvió con Asunta y la dejó en Santiago, tras conectar a la alarma de Teo a las 6:33.

3) La cámara grabó a la testigo entre las 6:20 y las 6:45. En esta caso la acusación tendrá que elegir. O Asunta estaba en el coche con su madre, o en la calle con su padre. No se pueden sostener las dos cosas a la vez.

Para nosotros es evidente que existe información decisiva, que dicha información le fue ocultada al jurado, y nos parece bastante razonable suponer que dicha información se ocultó debido a que no encajaba con las tesis de la acusación. La cita del juez instructor demuestra que él conocía al menos una grabación, y es razonable suponer también que la fuente fue la Guardia Civil. Desconocemos si la fiscalía estaba al tanto.

Alguien debería preguntarle al juez instructor por este asunto. Y también al Ministerio del Interior. Los periodistas deberían empezar a preguntar a quienes les puedan facilitar información sobre esto que afirmamos.
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He presentado aquí un escrito que realizamos ya hace un par de meses, y lo he hecho a propósito. Este escrito fue realizado cuando nuestra deducción no era más que eso, una deducción.

Desde entonces han cambiado las cosas. Ahora sabemos que al menos existe una grabación. Y sabemos la hora que refleja dicha grabación. Nuestra fuente es completamente fiable.

Seguiremos.
 
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-H-

Madmaxista
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Muy interesante...
Mandarlo a la prensa, alguien lo publicará
 

Orlandito

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Eso vamos a hacer. Si quereis colaborar, si conoceis a algún periodista o medio, toda ayuda es bienvenida.

Todo esto es fiable, y puede ser un escándalo. Tengo ganas de escuchar las explicaciones de Vázquez Taín.
 

Buster

Será en Octubre
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Aunque no existiese el testimonio de Clara, el jurado que juzgó el caso habría condenado igualmente a Alfonso Basterra. Recordemos que el fiscal le dijo al jurado que no necesitaba que situasen a Alfonso en Teo ya que llegaba con que razonaran que había habido un plan conjunto para asesinar a Asunta.

De hecho el TSXG ha modificado la sentencia y ha dicho que Alfonso no estuvo en Teo o que al menos no hay pruebas de ello. Por lo tanto el testimonio de Clara ha pasado a ser irrelevante de cara a la condena.

Demostrar que hubo un plan conjunto era el nudo gordiano de este caso y de ese nudo la parte más complicada era dar una explicación creíble a las dudas que las sedaciones previas planteaban: ¿Por qué estuvieron dándole Orfidal a Asunta durante meses? ¿Realmente estaban probando los efectos que tendría el medicamento sobre su organismo después de que el supuesto intento de asesinato de principios de julio fallase? ¿Realmente fueron tan simples que no se dieron cuenta que el medicamento dejaría rastros en el organismo que serían detectados en las pruebas forenses practicadas al cadáver? Etc, etc, etc.

Al jurado no se le dio ninguna otra explicación para las sedaciones previas que el asesinato. Si la defensa de Alfonso Basterra hubiese proporcionado otro móvil (fines sensuales evidentemente), el jurado se habría encontrado con una situación muy diferente ya que habría tenido una explicación para las sedaciones previas y podría haber dejado de lado a Alfonso el día del crimen ya que no había pruebas que lo incriminasen directamente.

Belén Hospido hizo una malísima defensa. Su obligación debería haber sido presentar a Rosario como la responsable única del asesinato pero no lo hizo porque la defensa de Alfonso Basterra estaba supeditada (y financiada, no lo olvidemos) a la defensa de Rosario Porto. Las defensas fueron conjuntas y a la postre ir de la mano significó que la inevitable caída de Rosario arrastró también a Alfonso.

Rosario en un primer momento (primera declaración) intentó cargarle el asesinato a Alfonso. Alfonso, en cambio, teniéndolo más fácil para hacer lo mismo en ningún momento lo intentó.

Por ejemplo Alfonso se podría haber ratificado sobre lo que dijo en su primera declaración: después de comer juntos y pasar la tarde despidió en la puerta a Rosario y Asunta con un par de besos, que salieron juntas de su casa. Eso, sumado a una pregunta concreta a la perito que declaró sobre la hora de la ingesta de lorazepam el día 21, podría haber generado muchísimas dudas al jurado.

La pregunta concreta a la que me refiero es: ¿es compatible la hora estimada de la muerte y los restos de lorazepam encontrados en la orina con que a Asunta le diesen el Orfidal a las 5:45pm?

Recordemos que la perito declaró lo siguiente:

"Toxicóloga: Creo que era sobre las 5 de la tarde, creo recordar, que andaba sin dificultad por la calle.

Fiscal: ¿Eso es compatible con que se lo hubieran dado poco antes?

Toxicóloga: Poco antes sí, porque el tiempo que tarda en llegar a la sangre no hay ningún efecto. Y el primer efecto va a ser un efecto leve.

Fiscal: ¿Es posible haberla visto caminando por la calle en torno a las 6:20?

Toxicóloga: Si la administración de la sustancia hubiese sido a las 5 de la tarde, 5:30 de la tarde, podría vérsela caminando. Los síntomas van apareciendo secuencialmente."
Si Belén Hospido hubiese establecido como posible que a Asunta le hubiesen dado el orfidal a las 5:45pm habría creado la duda razonable sobre si a Asunta le dieron el orfidal estando en casa del padre o no. Belén no hizo la pregunta y el jurado, en su veredicto, dijo que era un hecho probado que a Asunta le dieron el Orfidal estando en casa de Alfonso.

Este caso ha dejado demasiadas preguntas en el aire como para considerarse cerrado por mucho que la justicia haya dictado sentencia.
 
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Marina

Madmaxista
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[/COLOR]subo el pdf porque creo que es mas claro:

Caso Asunta y testimonio de C.B.pdf - Google Drive

Dada la trascendencia de la declaración de la testigo C.B, y las dudas y la confusión acerca de la misma, nos proponemos aclarar la cuestión. El testimonio de C.B sitúa a Alfonso y Asunta en la calle, muy cerca de la ruta del Mercedes de Rosario, y muy cerca del momento en que dicho vehículo pasaba por la zona. Teniendo en cuenta que una parte importante de la sentencia está basada en la declaración de la testigo, es de la máxima importancia comprobar su fortaleza.
¿Es posible verificar la declaración de la testigo de forma que sepamos con certeza si pudo ver a Asunta antes de que esta subiera al coche, o si por el contrario esta ya estaba de camino a Teo en el momento en que declaró haberla visto?


La respuesta es


1- Importancia del testimonio de C.B
Es evidente la relevancia del testimonio de C.B, que dijo haber visto a Alfonso en la calle con Asunta a una hora en que Alfonso había declarado estar en casa. Esto demostraría que Alfonso mintió, que salió esa tarde de casa, que estuvo con Asunta cerca de donde pasaba el Mercedes de Rosario, y que probablemente se la entregó a esta, o incluso subió al coche con ellas:
En este sentido es preciso hacer especial referencia a la declaración de una testigo que afirma haber visto a D. Alfonso la tarde en que falleció Asunta sobre las 18 : 00 en el centro de Santiago de Compostela. Este hecho de ser cierto en todo caso reforzaría los indicios en su contra por entrar en contradicción con sus anteriores manifestaciones y situarlo con la menor una hora más tarde y por tanto más próximo al momento de su muerte. Por ello, consideramos que esta manifestación debe ser tomada con prudencia, puesto que lo cierto es que se trata de un medio más de prueba a valorar en su conjunto. Es preciso contrastar esta afirmación con otros elementos de prueba de carácter más objetivo a fin de depurar su valor.

AUTO Nº4/2014 AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6 (DESPL) A CORUÑA Pag. 10

Hasta la aparición de esta testigo nada situaba a Alfonso en el lugar del crimen, ni fuera de su casa, y su participación se reducía a la compra de Orfidal y a que posiblemente había participado en las sedaciones previas.
Dada la importancia de la declaración de esta testigo, afirma el auto que debe ser tomada con prudencia y que hay que confirmarla con elementos mas objetivos. Pero se limitaron a conseguir un ticket de compra del que no confirmaron ni la exactitud de la hora.. (2ª Prueba que confirmaría o negaría su testimonio pág. 10)
La relevancia de la testigo es tal que incluso se cuestionan las grabaciones de las cámaras situadas a ambos lados de la calle de Alfonso, que dificultan entrar o salir de su casa sin ser visto, y en las que Alfonso no aparece hasta cerca de las 22 horas.
Su presencia en República de El Salvador apunta a que Alfonso salió de casa evitando las cámaras de seguridad, y trasladó a Asunta hasta el vehículo que Rosario sacaba del garaje. No fueron al garaje juntos, supuestamente porque Alfonso conocía las cámaras de General Pardiñas, por eso lleva a la niña donde las cámaras no le pueden ver. Pero acreditado que salió por una testifical (C.B)

TRIBUNAL DEL JURADO 0004900 /2013 XDO. DE INSTRUCIÓN N. 2 SANTIAGO DE COMPOSTELA (pag 10)​


A partir de ese testimonio el juez incluso plantea en el auto que Alfonso pudo viajar en la parte de atrás del mercedes, argumento que sería posteriormente aceptado por el jurado.

Se dice al menos, pues las cámaras no son claras respecto del asiento de atrás del vehículo y podría ir Alfonso. (ibíd)
La declaración de C.B también tiene una trascendencia vital en la sentencia:

También considera probado el Jurado que don A.B. fue a la casa de Montouto con Asunta y doña R. En contra de la versión ofrecida por doña Rosario, según la cual, después de recoger el coche en el garaje se acercó a casa para coger una bolsa y entonces Asunta decidió ir con ella a Teo, considera el Jurado que lo que realmente ocurrió es que doña R. recogió a Asunta y al acusado en la calle Doctor Teixeiro y ello lo infieren del testimonio de doña C.B.L. que sitúa a Alfonso Basterra con Asunta en torno a las 18 : 22 horas, a escasos metros del lugar por donde R. pasó con el coche al salir de su garaje. Recordemos que doña R. manifestó que había salido con el coche por la calle General Pardiñas, giró hacia Montero Ríos y volvió a girar hacia la calle Doctor Teixeiro. Pues bien, la testigo doña C.B. manifestó que ese día vio al acusado con Asunta por la tarde, en el cruce de la calle General Pardiñas y la calle República del Salvador cuando éstos subían por esta última calle hacia la de Doctor Teixeiro y que estaba segura de que los vio el sábado 21 por la tarde después de las 17:30 horas y antes de las 19 horas cuando salió de la tienda de Sportown, situada en la calle General Pardiñas, donde su novio acababa de comprar unas zapatillas deportivas. También declaró que no saludó a Asunta porque cuando llegó a su altura, ésta estaba de espaldas esperando para cruzar la calle.

La testigo manifestó que conocía muy bien a Asunta porque, al menos, durante dos o tres años habían ido juntas a clase de francés en la Alianza Francesa y que conocía a su padre porque la iba a recoger y que estaba completamente segura de que eran ellos a quienes vio el día 21 por la tarde. Contó que, al día siguiente, se enteró por su hermana de la noticia de la muerte de Asunta y le comentó que la había visto el día anterior en la calle.

Por su parte, el Jurado también se basa en la declaración de don A.N.P. prestada en el juicio, novio de doña C.B., quien manifestó que el sábado 21 de septiembre de 2013 había ido a la tienda Sportown, situada en la calle General Pardiñas, a hacer una compra con su novia Clara y que el día siguiente su novia le dijo que la niña a la que habían dado de baja de la suscripción de la vita la había visto el día anterior cuando estaban de compras.

Las declaraciones de ambos testigos están corroboradas por la prueba documental consistente en el ticket de compra de las zapatillas deportivas de la tienda Sportown (folio 1344 bis), en el cual figura como fecha de compra el 21/9/2013 y la hora las 18 : 21. La defensa de don A. B. ha señalado, al emitir su informe, que la testigo se confunde de día porque la hora que figura en el ticket es incompatible con el paso del vehículo por la Galuresa. Sin embargo, ello no es así, porque, en primer lugar, desconocemos si el horario registrado por la caja de la tienda se corresponde con la hora real ya que no pudo ser comprobado por la Guardia Civil; en segundo lugar, porque la distancia en coche desde la calle Doctor Teixeiro a la zona de la Galuresa es muy escasa; en tercer lugar, porque el ticket de compra no sólo señala la hora, sino también el día de compra que no es otro que el 21 de septiembre. Por último, la testigo recuerda que se enteró al día siguiente del fallecimiento de Asunta y que le comentó a su hermana y a su novio que la había visto el día anterior con su padre y es evidente que la noticia de la muerte es lo suficientemente impactante como para recordar la fecha en la que había visto por última vez a Asunta.

Estas pruebas ponen de manifiesto que don A. miente cuando dice que estuvo en su casa toda la tarde y que no salió desde el mediodía hasta las nueve y media de la noche y que también miente cuando dice que hasta que ingresó en Teixeiro pensaba que Asunta se había quedado en casa estudiando y que no sabía que había ido a Montouto. Por otro lado, sitúan a la víctima y a su padre a escasos metros del recorrido seguido por la madre en coche cuando recogió a Asunta para subir a Montouto y en la hora en la que, efectivamente, la subió.

A partir de ello, entiende el Jurado que don A. también subió a Montouto porque no sólo no hay ningún contraindicio que demuestre que el acusado estuvo en su piso antes de las 20:47 horas, sino también porque las imágenes de las cámaras de grabación no permiten ver si iba algún ocupante en el asiento trastero del Mercedes, es decir, no descartan que estuviese ocupado.

Por tanto, las pruebas valoradas por el Jurado ponen de manifiesto que el acusado don A. B. ha mentido sobre un punto muy relevante como es el referido a lo que él estaba haciendo durante el intervalo de tiempo en que, según el informe de autopsia, se produjo la muerte de la menor. Los testimonios de doña C.B. y de don A.N., así como la prueba documental, prueban que la coartada alegada por el acusado es falsa y lo sitúan en la calle en el momento en que la menor fue trasladada a Montouto.

SENTENCIA n° 365/2015 (pág, 25-27)

En definitiva, la declaración de C.B sitúa a Alfonso en la calle y por extensión en el coche y en el lugar donde se comete el crimen.


2- Dudas sobre el testimonio

Las dudas sobre el testimonio se apoyan en que C.B. vio a Asunta y a Alfonso después de salir de Sportown donde habían comprado unas zapatillas. En el ticket vienen dos horas, las 18 : 21, es de presumir que es la hora de la venta, cuando se registró la venta por medio de lectura del código de barras o tecleando, y las 18 : 22:23, la hora de apertura de la caja. Y ESA HORA ES INCOMPATIBLE CON LAS HORAS DE LAS CAMARAS EN LAS QUE SUPUESTAMENTE SE VE A ASUNTA.

Las 18 : 22 es una hora que, a priori, “interesa” a todos.

• Para la defensa de Alfonso: A esa hora Asunta está en el coche con su madre según muestran varias cámaras y es imposible que la testigo la viera con Alfonso en la calle, excepto que Asunta no fuera en el coche. La hora desacreditaría el testimonio.

• Para la defensa de Rosario: Al ser una hora contradictoria con otra información, y si para darle veracidad la acusación plantea que el reloj de la caja estaba adelantado, hay que aceptar que podía estar atrasado, y por tanto abrir la posibilidad de que la testigo los viera más cerca de las 19 horas, dando por buena la posibilidad de que Rosario trajera a Asunta de vuelta a Santiago y fuera vista con el padre después de regresar.

• Para la acusación/instrucción: Al ser una hora tan próxima al momento en que Rosario recogió a Asunta, una variación de unos minutos no descartaría necesariamente el testimonio y confirmaría que Alfonso participó en el crimen. (Tesis que finalmente fue aceptada por el jurado) Pero indudablemente la demostración de ese error de la caja recaía en la instrucción, que debió confirmar por todos los medios la compatibilidad de la hora reflejada en el ticket.​

Los tiempos de Rosario:

-A las 18 : 09 Rosario es grabada por una cámara de calle General Pardiñas, dirigiéndose a su garaje. Rosario sale del garaje, sola, en su Mercedes, a las 18 : 15

-A las 18 : 20, ya con Asunta en el coche, pasa por delante de la cámara de Bankia

-A las 18 : 24 la cámara de una estación de servicio graba el Mercedes y lo que parecen dos figuras dentro. Enfrentada a esa información, es cuando Rosario admite que Asunta viajaba con ella, ya que hasta entonces había declarado que se había quedado en casa.

-A las 18 : 33 se desconecta la alarma del chalet de Teo. (Desde Bankia hasta el chalet se tarda aproximadamente 13 minutos) lo que confirmaría la coherencia del trayecto.​

A las 18 : 20 horas el Mercedes es captado por la cámara de Bankia y se dirije al chalet. Asunta, por tanto, se aleja definitivamente del punto donde C.B. ve a Asunta y a su padre minutos después.
¿Cuántos minutos?
Si C.B. y su amigo recogen el ticket a las (18 : 22:21), salieron a la calle (18 : 23) y caminaron hasta al cruce donde la testigo vio a Asunta (unos 65 metros), pudieron tardar un minuto en ese trayecto (16:24); más 2-3 minutos que tardaría Asunta en llegar al punto de encuentro con Rosario, subir al coche y llegar al lugar en el que la cámara de Bankia capta el coche donde irían las dos. Estaríamos en las 16:26 horas, como muy pronto. Pero la cámara que graba su paso señala las 16:20.
6 MINUTOS (al menos) QUE HACEN INCOMPATIBLE LA HORA DEL TICKET CON LA DE LA CÁMARA DE BANKIA.

Conocer la hora exacta en la que C.B. pudo ver a Asunta abriría varias opciones. Es lo mínimo que se puede pedir para despejar las dudas sobre un testimonio que sirve de base para declarar culpable a alguien.
3- Prueba 1, que confirmaría o negaría el testimonio de C.B.

Dado que la hora del ticket no pudo ser verificada, según los investigadores por haber transcurrido varios meses desde el momento en que se emitió hasta que obtienen el ticket, (Confirmar la exactitud de esa hora será el desarrollo de la prueba 2 pág. 10) hay que buscar otros elementos que sitúen o descarten a C.B. y a su novio en el lugar en el momento en que Asunta y su padre pudieron cruzarse con ellos.

Las cámaras que han sido decisivas en el resto del caso, tanto para situar a Asunta en el coche con su madre, como para confirmar horas de llegadas y salidas, no se han usado para situar a C.B. en el lugar y hora.

¿Qué ocurrió después de que salieran de la tienda? Según declaraciones de la testigo:

-Probablemente entre las 18 : 00 y las 18 : 30 salieron de la tienda y se dirigieron, subiendo por la calle General Pardiñas, hacia el parque de La Alameda, donde estuvieron con varios amigos hasta poco antes de las 19:00 horas, cuando su madre llamó a C.B y esta se marchó.

-Cuando C.B y su amigo llegaron al cruce entre calle General Pardiñas y calle República del Salvador, la testigo vio a Asunta y su padre. Según declaró, estos iban dirección a calle Doctor Teixeiro.

-Asunta y su padre estaban parados en la acera, esperando la luz del semáforo para cruzar la calle General Pardiñas y seguir por calle República Argentina. C.B y su amigo, que subían por el lado izquierdo de la calle General Pardiñas, pasaron por detrás de Asunta y su padre y cruzaron al otro lado, atravesando calle República del Salvador para seguir por calle General Pardiñas, en dirección a La Alameda.

También declaró que no saludo a Asunta porque cuando llegó a su altura, esta estaba de espaldas esperando para cruzar la calle.

SENTENCIA n° 365/2015 (pág, 23)
Por tanto, después de cruzarse con Asunta y su padre, continuaron por General Pardiñas.

EL ESPACIO

Las distancias implicadas en la reconstrucción de los pasos de la testigo no son grandes. Entre la tienda Sportown (calle General Pardiñas 32) y el parque La Alameda, hay unos 350 metros, aproximadamente 5 minutos a pie. Entre la tienda y el cruce con calle República El Salvador hay unos 65 metros, aproximadamente un minuto caminando. Desde ese cruce hasta el garaje del Mercedes de Rosario hay unos 120 metros.
(plano 2)


LAS CÁMARAS, EL FACTOR IGNORADO EN ESTE TESTIMONIO:

Aunque la testigo apareció dos meses después, las grabaciones de 37 cámaras fueron recogidas y analizadas en los días posteriores al 21 de septiembre para intentar captar imágenes de Asunta, Alfonso o Rosario. Entre ellas, hay varias cámaras de la calle General Pardiñas, que es la calle donde estaba el garaje del Mercedes de Rosario.
En la calle General Pardiñas, justo después de pasar el cruce con calle República Argentina en dirección a la Alameda, a apenas 40 metros del mismo, hay dos bancos, uno frente a otro, que cubren las dos aceras. (plano 1, foto 1, 2 y 3) A mano izquierda hay una oficina de Banco Sabadell, y en la acera contraria, prácticamente enfrente, una oficina de Bankinter. Cerca ya del garaje del Mercedes hay una oficina de Caixabank en el lado derecho, justo después está la cámara de Opticalia, que apunta a la calle. Después está la cámara de la joyería Jael, que registró el Mercedes entrando y saliendo.

Entre el cruce y el garaje de Mercedes hay al menos cinco cámaras en poco más de 100 metros. Cuatro de ellas en la acera de la derecha y una, la de Banco Sabadell, en la izquierda. Una o más cámaras tuvieron que grabar de forma obligatoria a C.B y su novio cuando subían por General Pardiñas. De su declaración se deduce que subían por la acera de la izquierda. Es en la acera izquierda de la calle donde se encuentra Sportown, y es en la acera izquierda dónde según su testimonio se encontró de espaldas con Asunta y Alfonso, que cruzaban en el otro sentido, y por donde cruzó la calle República del Salvador, así que probablemente continuó por la acera izquierda mientras continuaba por General Pardiñas. La cámara que con más claridad los pudo registrar es la de Banco Sabadell, aunque es probable que fuesen registrados también por alguna de las otras.

Es decir, que:

-Hay una o más grabaciones que registran a C.B y su amigo no más de un minuto o minuto y medio después de pasar por el lugar por donde afirmaba ella haber visto a Alfonso y Asunta.

-La hora de esa grabación puede aclarar si el testimonio de C.B encaja con el resto de datos.

-Aunque la hora de esa cámara no fuese correcta, es muy sencillo sincronizarla con otras cámaras. Habría sido un asunto de rutina sincronizar todas las cámaras casi al segundo cuando se recogieron las grabaciones. Incluso hoy en día es posible sincronizar varias cámaras con una de ellas, con un margen de error de algunos segundos.

-Además, la cámara del Banco Sabadell grabó a Rosario (Foto 1) caminando por la acera de enfrente, lo que demuestra que esa cámara cubre toda la calle, y que debió grabar a cualquiera que pasase por delante, por una acera u otra.

-Aunque la grabación de las cámaras no puede demostrar que la testigo vio a Alfonso y Asunta, si puede demostrar que es compatible temporalmente. Por otra parte, la grabación si puede demostrar que el testimonio es incompatible, y por tanto, no se podría sostener a la vez que Asunta fue vista con su padre y que viajó en el Mercedes con su madre.
Se podría alegar que tal vez la testigo no continuó por calle General Pardiñas. Tal vez cambió de dirección justo después de cruzarse con Asunta y cruzar por el paso de peatones, y en vez de continuar por esa calle, giró a la izquierda, hacia calle República del Salvador. Esto, aunque sería teóricamente posible, es más que dudoso, por las siguientes razones:

1) La testigo declaró que se dirigían al parque La Alameda, y la ruta más corta es por General Pardiñas. Cualquier cambio significa dar un rodeo bastante importante.

2) La testigo no insinuó siquiera, en ninguna de sus declaraciones, haber cambiado de dirección al cruzarse con Asunta. De sus declaraciones se desprende que cruzaron la calle y continuaron por la dirección que llevaban.


La confirmación de ese “núcleo” insalvable de cámaras que necesariamente graban a quien pasa nos las da el juez Vázquez Taín, que atribuye a Alfonso la cualidad de sortear las cámaras pero que elude ese trayecto por ser insalvable:

Alfonso salió de casa evitando las cámaras de seguridad, y trasladó a Asunta hasta el vehículo que Rosario sacaba del garaje. No fueron al garaje juntos, supuestamente porque Alfonso conocía las cámaras de General Pardiñas,

TRIBUNAL DEL JURADO 0004900 /2013 XDO. DE INSTRUCIÓN N. 2 SANTIAGO DE COMPOSTELA (pag 10)

De todos modos, más allá de las argumentaciones, la revisión de las grabaciones despejaría cualquier duda. Pero como confirmación independiente tenemos la certeza de que al menos una cámara grabó a C.B y su amigo.


LA FUENTE DE QUE DICHA GRABACIÓN EXISTE ES NADA MENOS QUE EL JUEZ VÁZQUEZ TAÍN. EN SU AUTO DE APERTURA DE JUICIO ORAL (PÁGINAS 9-10):

Pero por encima de todo, existe una prueba directa de una testigo totalmente creíble. Dicha testigo es indudable que pasó por el lugar, pues está acreditado mediante un recibo de compra y posteriormente se le ve en una
cámara de General Pardiñas.

TRIBUNAL DEL JURADO 0004900 /2013 XDO. DE INSTRUCIÓN N. 2 SANTIAGO DE COMPOSTELA

Es decir, el juez instructor es consciente de la existencia de una grabación de la testigo en un lugar por donde pasó uno o dos minutos después del supuesto avistamiento de Asunta y su padre. Sin embargo, esa grabación no ha sido mostrada en el juicio, y ni el fiscal ni las partes han hablado de ella. Resulta notable, ya que podría haber ayudado a aclarar una cuestión decisiva en el caso. Surgen una serie de preguntas:

1) ¿Visionó el juez instructor la grabación en cuestión o se fio de lo que le contaban los investigadores de la Guardia Civil?

2) ¿Informaron estos al juez de la hora que señalaba dicha grabación y su encaje con los demás horarios o pasaron por alto el hecho y el juez no preguntó?

3) ¿Se le “escapó” al juez instructor, en una redacción apresurada, una información confidencial de la Guardia Civil?

4) ¿Se proporcionaron a las defensas las grabaciones completas de las cámaras o fueron editadas previamente? ¿Está la grabación que recoge a la testigo en poder de las defensas?

5) ¿Por qué no informaron los investigadores, y en su caso el juez instructor, de que la grabación validaba o invalidaba la declaración de la testigo.

No resulta rebuscado sospechar que las imágenes de dicha grabación no fueron mostradas en el juicio porque no encajan con las tesis de la acusación, y que se ha hurtado a los jurados una prueba decisiva para la consideración de la culpabilidad de alguno de los acusados.

Es posible que investigadores, fiscal y juez instructor considerasen que su trabajo estaba realizado cuando entregaron copia de esa grabación (si lo hicieron) a las defensas, y que era trabajo de estas buscar los datos que pudiesen beneficiar a sus clientes. Si los abogados recibieron las grabaciones de 37 cámaras, varias horas de cada una, es probable que se viesen desbordados por el volumen de información y no repararan en esa grabación en concreto y su importancia.


4- EL TICKET DE COMPRA

El amigo de C.B recordaba haber comprado unas zapatillas deportivas, aunque no había guardado el ticket de compra. Al parecer la Guardia Civil averiguó las zapatillas que había comprado el testigo enseñando fotografías de distintos modelos a C.B, y se supone que después lo confirmaron con el testigo. A partir del modelo preguntaron en la tienda, y desde la central de Sportown les remitieron copia del ticket de la única venta de ese modelo de zapatillas que habían vendido esa tarde.

Según refleja la prensa, en el juicio:

“El teniente que instruyó el atestado de la noche de autos ha reconocido esta mañana que nunca se llegó a comprobar si existía algún desfase en la caja registradora, porque habían pasado tres meses cuando acudieron a la tienda para tratar de hacerse con el tique”.
Es decir, según los investigadores nunca se comprobó si la hora de la caja podía ser correcta o tenía algún retraso o adelanto.

El testimonio de C.B en el juicio provocó reacciones dispares en abogados y periodistas. Mientras algunos periodistas y la defensa de Basterra interpretaban la hora del ticket como la demostración de que la testigo no podía haber visto a Asunta y Alfonso, ya que a las 18 : 22 la niña y Rosario viajaban en el Mercedes, otros periodistas y las acusaciones lo interpretaban de forma distinta. Para ellos lo relevante era la firmeza de la testigo, que hacía creíble su testimonio, y la hora del ticket no era decisiva, ya que el reloj de la caja podía estar desfasado unos minutos respecto a la hora real. Según los investigadores, no se había comprobado la hora debido al tiempo transcurrido, y por tanto había incertidumbre en cuanto a ese dato. La confianza de la testigo en su testimonio, y el que el desfase temporal no fuese mayor a unos pocos minutos, llevó a suponer que la hora del ticket estaba desfasada cuatro o cinco minutos sobre la hora real, algo no extraño en cajas o cámaras, y que la testigo habría visto a Asunta y su padre sobre las 18 : 18 o 18 : 19, lo que encajaría con que la cámara de Bankia grabara al Mercedes (se supone que ya con Asunta dentro) a las 18 : 20:00 y la cámara del Parlamento (que según los investigadores señalaba la hora correcta) a las 18 : 20:24.

Resulta evidente que si la hora del ticket fuese correcta, si a las 18 : 22 se estaba abriendo la caja, C.B no podría haber visto a Asunta y su padre antes de las 18 : 24, lo que, asumiendo que el Mercedes fue grabado varios minutos antes camino de Teo, puede significar dos cosas:

1) La testigo hizo una identificación errónea. Pudo equivocarse y confundir a padre e hija con otras personas, o pudo confundir el día, o su imaginación pudo jugarle una mala pasada. El hecho es que ni Alfonso ni Asunta estaban en el cruce cuando la testigo pasó por allí.

2) La testigo vio realmente a Alfonso y Asunta sobre las 18 : 24 en ese cruce. Eso implica que no era Asunta quien viajaba con Rosario en el Mercedes. Lo que a su vez implica que Rosario mintió al decir que Asunta viajaba con ella, y que iba sola, o con otra persona que no era Asunta, en el coche.


No hay más. En caso de haber confirmado la hora del ticket, los investigadores tendrían que haber elegido una de estas opciones. Pero claro, no hubo lugar a tal, ya que, según contaron, ni se confirmó ni se impugnó la hora del ticket, lo que no deja de resultar chocante. El investigador que declaró en el juicio alegó el tiempo transcurrido para no haber realizado investigación alguna.


Pero el tiempo transcurrido no fue obstáculo para que, por ejemplo, a instancias del abogado de Ramiro Cerón declararan varios testigos (el camarero y el propietario del restaurante; el dependiente del Corte Inglés; familiares, etc) y se buscaran grabaciones de las cámaras del centro comercial o se realizaran algunas pruebas periciales de posicionamiento del móvil, verificación de las fechas de las fotos de los móviles y su subida a Facebook, y que llevaron a concluir, con una alta probabilidad, que el citado no había estado esa tarde en Santiago.

Resulta extraño que pudiendo hallarse ante un dato incierto, pero que podía confirmar el testimonio de la testigo, no se realizase ni siquiera el intento de confirmar la hora. Podría haberse contactado con el proveedor del software (probablemente la caja es una TPA conectada a un servidor central), incluso con el fabricante del hardware. Podría haberse comprobado la hora en todas las tiendas Sportown para ver si había desfases, y si los había en cuantas de ellas. Incluso hablar con los propios trabajadores, que suelen saber si la hora que marca las caja es exacta..

Parece ser que ni siquiera realizaron la comprobación más obvia, si en diciembre, cuando declaró la testigo, la caja de la tienda marcaba la hora correcta. Si ni siquiera hicieron eso, resulta más que sorprendente, y si lo hicieron y no proporcionaron esa información, no resulta descabellado suponer que fue porque no encajaba con sus supuestos. Resulta razonable alegar que el desfase horario en diciembre no tiene porque ser el mismo que había en septiembre, pero habría resultado interesante conocer el dato.


5- Prueba 2, que confirmaría o negaría el testimonio de C.B


¿SE PUDO EN SU DÍA, INCLUSO HOY, VERIFICAR LA EXACTITUD DE LA HORA QUE MARCA EL TICKET?

-Sí

C.B y su novio pagaron la compra en metálico y por ello no quedó otro rastro que la hora que marca el ticket. En el caso de haber pagado con tarjeta podríamos contrastar las horas y tendríamos una fuente fiable de la hora en la que se realizó el pago.

Pero si en la misma tienda, el mismo, día se realizaron otras compras en las que se usaron tarjetas de crédito o débito, o incluso pagos realizados los días anteriores o posteriores:

- Indicarían a que hora se realizó la operación bancaria reflejada en el ticket del banco emisor.
- También hay registro de la entidad cobradora, pagadora y de la TPV. Hay registro de la hora en que se solicita la operación y se verifican los datos y el saldo, y posteriormente del momento en que se realiza la operación y se bloquea ese saldo en el caso de las tarjetas de débito, aunque el cargo en cuenta se haga con posterioridad.
Además si las compras que se hicieron con tarjetas, de crédito o débito eran de varias entidades financieras es sumamente sencillo contrastar las horas y saber la hora REAL en que se realizaron las operaciones.

Sabiendo la hora real de las operaciones con tarjeta y sabiendo la hora que marcan los tickets de esas mismas operaciones en la caja de Sportown, se sabe con total precisión la exactitud de la hora de caja o los minutos de retraso o adelanto que tiene la caja y LA HORA REAL DEL TICKET DE COMPRA de las zapatillas, y si esa hora es compatible con ver a Asunta y su padre en la calle.

Esto es posible hacerlo incluso dos años después.



La hora correcta que debería marcar el ticket para ser compatible con el resto de datos: las 18 : 16 como muy tarde.

La hora en la que C.B. y su amigo deben ser registrados por la cámara del Sabadell, a las 18 : 19 como muy tarde. (10 minutos después de ser captada Rosario por la misma cámara.)







6- EN RESUMEN

-Hay una o más grabaciones de cámaras que registran a la testigo y su novio pasando por la calle General Pardiñas después de salir de la tienda Sportown. La existencia de dichas grabaciones queda acreditada por el testimonio de la cliente en cuanto al recorrido realizado, y es confirmada por el juez instructor, que informa de la existencia de al menos una grabación.

-Esa grabación no ha sido mostrada al jurado, ni tampoco imágenes de la misma.

-Ni Guardia Civil, ni juez instructor han informado nunca de la hora que señala dicha grabación.

-Con esa grabación es posible concluir si el testimonio de C.B es compatible con otros elementos conocidos del caso, o si por el contrario, es incompatible. Es probable que esa misma grabación registrase el paso de Rosario Porto a las 18 : 09 horas. Por lo que independientemente de si la hora de esa cámara es correcta, se sabe si la diferencia de minutos entre el paso de Rosario y C.B es compatible con que la testigo viese a Asunta.

-La ocultación de una información tan relevante significa probablemente que dicha información no encajaba con las tesis de la acusación, y que la hora que señalaba resultaba incompatible con otros datos e informaciones que se manejaban. (anexo 1)

-La grabación debe de existir todavía. Es posible, incluso, que esté en poder de las defensas desde hace mucho tiempo.

-Si alguien afirma que los posibles desfases horarios no permiten establecer conclusiones, no dice la verdad. Es posible sincronizar las cámaras a una de ellas. Es bastante sencillo, aunque laborioso.


-Que aún HOY es posible saber la hora real en la que se emitió el ticket de compra por medio de las operaciones bancarias realizadas en la tienda esos días.


No se entiende la desidia en confirmar la certeza de un testimonio decisivo.

-Queda en manos de expertos en leyes dilucidar si la ocultación al jurado de un elemento fundamental para tomar su decisión es una simple treta de abogados, o puede haberse incurrido en algún delito.

-Queda también en manos de abogados y jueces decidir el impacto de esta información en un caso ya juzgado.




(Plano 1)



Plano con el lugar donde se cruzaron C.B y su amigo con Asunta y Alfonso; Las cámaras que conocemos de la zona. Ahora especialmente relevantes las de Xeneral Pardiñas.

(Plano 2)

Ruta que siguieron C.B. y su amigo desde la tienda hasta la Alameda.
(Foto 1)


Cámara del banco de Sabadell que capta el momento en que Rosario se dirige al garaje para a continuación recoger a Asunta. (y desde la que tuvo que verse necesariamente por la acera más cercana al banco a C.B. y a su amigo subiendo por la calle en la misma dirección que Rosario)
Solo con esa información ya sabemos la diferencia de tiempos entre los pasos de Rosario y C.B. y la compatibilidad con el avistamiento en el cruce.

(Foto 2)


Vista exterior de Google Maps que confirma que la foto anterior (que muestra a Rosario yendo al garaje a las 16:09:45) es del banco de Sabadell en fecha 18/20 de septiembre de 2013 por la posición del alcantarillado y el árbol, y donde en ambas se distingue en la puerta el numero 154
(Foto 3)




Vista exterior del banco de Sabadell y de Bankinter a apenas 50 metros del cruce que se ve al fondo donde C.B. vio a Asunta y a Alfonso.


Anexo 1

Gracias al recurso de Belén Hospido tenemos bastante información sobre la peripecia legal de este testimonio. Una de las principales quejas de la abogada de Basterra en su escrito es que el juez instructor hizo caso omiso de los principios básicos de la instrucción y delegó en terceros (la Guardia Civil) interrogatorios y averiguaciones que le correspondían al instructor. Ello tenía como efecto que las partes, al menos las defensas, no tuviesen noticias de hechos relevantes hasta mucho después de producirse, y no tuviesen ocasión de participar y preguntar a los testigos desde el comienzo.

Hospido pone como ejemplo, precisamente, el caso de C.B. Recordemos que los padres de esta, al enterarse de que Basterra había declarado que no había salido de casa, deciden contar lo que había visto su hija. La madre de C.B contacta con el juez instructor a través de un conocido, y este la recibe en su despacho, de forma informal. Esta es la sucesión de los hechos, según el recurso de Hospido:

-12 de diciembre de 2013. B.L, madre de C.B, se entrevista con el juez Vázquez-Taín en su despacho y le comunica lo que su hija le había contado. El juez no deja constancia de dicha entrevista, e informa a B.L que en unos días se pondrá en contacto con ellas la Guardia Civil. Tampoco deja constancia del encargo que hace a los agentes de la Guardia Civil para que tomen declaraciones. No informa a las defensas, ni ese día ni en los siguientes, de la existencia del testigo ni de la investigación que está en marcha.

-16 de diciembre de 2013. Se incoa atestado policial. Y la tienda aporta el ticket de compra. Se entrevista a B.C y su madre.

-2 de enero de 2014. Tiene entrada en el juzgado el atestado policial.

-7 de enero de 2014. Se da traslado a las partes de dicho atestado.

-24 de enero de 2014. Declaración de los testigos en el juzgado, ya con las partes presentes.

Durante 26 días los abogados defensores fueron ignorantes de que había un testimonio que podía ser clave en el caso. Hay que resaltar que el mismo 16 de diciembre, cuando interrogan a C.B, obtienen el ticket de compra de las zapatillas, tal y como se puede observar en el sello. No consta lo que ocurrió entre ese día y el 2 de enero, cuando entra el atestado en el juzgado. Si el 16 ya tenían los testimonios y el ticket, es sorprendente que tardasen 17 días en enviar el informe, sin que sepamos si hay actuaciones que justifiquen ese retraso.

El 7 de enero se comunica a las partes el testimonio de C.B, e inmediatamente hay filtraciones interesadas a la prensa. En los reportajes de prensa se señalan horas que no corresponden con la del ticket, pero que son compatibles con el horario de Rosario. Alguien, con intereses desconocidos, filtró la información con datos incorrectos. Y curiosamente, esos datos incorrectos eran compatibles con la versión de la acusación, lo que no ocurría con los datos correctos.
 
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Orlandito

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El testimonio de C.B no situa a Alfonso en Teo, nunca lo hizo. Esa fue una interpretación extrema, que ha tumbado el TSXG. Lo que hace el testimonio es fundamentar la afirmación de que Basterra mintió. Y como mintió, se concluye, estaba en el ajo. Lee lo que dice el TSXG.

La grabación tiene dos implicaciones: Una de ellas es decisiva para conocer como sucedieron los hechos. La otra es que determinadas personas ocultaron información relevante, y eso, tan solo eso, sirve para poner en duda toda la investigación y la instrucción.

Fíjate que no me atrevo a descartar que estemos ante un delito.

La clave es que un periodista le pregunte al instructor y a la Guardia Civil por esas grabaciones.
 

Marina

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Aunque no existiese el testimonio de Clara, .
Como puedes ver en el pdf que subí, el testimonio de clara es decisivo para inculpación de Alfonso. sin ese testimonio, con casi total seguridad, Alfonso hubiera salido a la calle en enero de 2014
 

Buster

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Como puedes ver en el pdf que subí, el testimonio de clara es decisivo para inculpación de Alfonso. sin ese testimonio, con casi total seguridad, Alfonso hubiera salido a la calle en enero de 2014
En la rectificación que ha hecho el TSXG hace unos días, el testimonio de Clara ha pasado a ser irrelevante ya que no consideran probado que Alfonso hubiese estado en Teo. El resto de la sentencia queda como estaba y como lo que se necesitaba realmente para condenar a Alfonso por asesinato era que el jurado diera como hecho probado que existió un plan conjunto y eso no se ha modificado, el tema del testimonio de Clara no va a ningún lado.

Otra cosa es que al jurado se le hubiese "omitido" información porque no cuadraba con la teoría oficial. Habría que conocer la hora a la que la cámara captó a Clara caminando por General Pardiñas para sopesar si tenía importancia o no.
 

Orlandito

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Buster, creo que nos has leído con cuidado lo que dice el TSXG. El testimonio de C.B es más importante que nunca. Es lo ÚNICO que demuestra que Alfonso mintió sobre lo que hizo esa tarde.

Del silencio o de la falta de credibilidad de las declaraciones del padre sobre sus ocupaciones en la tarde del día 21 de septiembre, no podemos inferir, a falta de otros datos objetivos y contrastados, que subiera al coche al mismo tiempo que la niña, que participara en el acto material y físico de dar muerte por asfixia o que volviera por su cuenta a Santiago; a diferencia de lo que sucede con la compra y la administración prolongada de la benzodiacepina, de que estaba al corriente de los efectos que producía en la niña, de que no hace nada para evitarlos, de su administración también, esta vez en dosis tóxicas, a la hora del almuerzo en su casa, y de su presencia en la calle la tarde de autos junto a su hija en un momento inmediatamente anterior a que ésta subiera al coche con su madre

Es decir, sin el testimino de C.B, tan solo hay las sedaciones previas, que no lo pueden relacionar con la muerte, y el que supuestamente la droja se le administrase a Asunta en su casa, una conjetura.

Sin el testimonio de C.B, la acusación se queda coja.

Además, queda el hecho de qeu se ocultara una prueba. Más allá de que pueda tener influencia en la situación procesal de los acusados, alguien tendrá que dar explicaciones.

¿O a ti no te hacen falta?

---------- Post added 07-abr-2016 at 01:14 ----------

Otra cosa es que al jurado se le hubiese "omitido" información porque no cuadraba con la teoría oficial. Habría que conocer la hora a la que la cámara captó a Clara caminando por General Pardiñas para sopesar si tenía importancia o no.
¿Tu que hora crees que era? Te animo a hacer una conjetura. Sin compromiso.
 
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Buster

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Lo que quiero decir, por si no ha quedado claro, es que el testimonio de Clara sólo afecta a la parte del veredicto en la que el jurado consideró probado que Alfonso estuvo en Teo. Usaron su testimonio para razonar que estaba en la calle y que por lo tanto fue a Teo.

El testimonio de Clara no fue usado para ningún otro razonamiento y por lo tanto no afecta a ninguna otra parte del veredicto. Habiendo subsanado el TSXG el tema de situar a Alfonso en Teo, el resto de la sentencia creo que pasa la prueba del algodón y por lo tanto en la siguiente estación, que será el Tribunal Supremo, el recurso tampoco prosperará.

Personalmente creo que el TSXG hizo encaje de bolillos para no tener que declarar juicio nulo. Situar a Alfonso en Teo fue, al menos para un profano en derecho como yo, una clarísima violación del derecho a la presunción de inocencia. En el caso de Dolores Vázquez se ordenó repetir el juicio por falta de razonamiento. El caso de Alfonso Basterra era a mi modo de ver igual que el de Dolores.
 

Marina

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volvamos al principio, el tsxg, parte de un hecho y es que lo han condenado, esa condena se fundamenta casi únicamente en el testimonio de esa testigo.

El testimonio de Claro, no lo situa en Teo, eso es algo que se inventó el jurado, ese testimonio situa a alfonso en la calle, ese testimonio indica que Alfonso miente, ese testimonio implica que alfonso se oculta de las camaras, ese testimonio lo acerca a la hora de la muerte, ese testimonio implica que alfonso sabe (a esa hora ya esta drojada con seguridad) que asunta esta drojada y que además la ayuda a subir coche o sube el con ella. etc...
 

Buster

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¿Tu que hora crees que era? Te animo a hacer una conjetura. Sin compromiso.
Para mí no tiene sentido que Alfonso y Asunta estuvieran en esa calle en ese momento. Siempre he mantenido que no tiene lógica que estuvieran allí y siempre lo pensaré. Además, si lo recuerdas, ya comenté que supuestamente una mujer que vive en frente del edificio de Rosario las vio salir juntas del portal pasadas las seis de la tarde.

¿Estuvieron realmente Alfonso y Asunta juntos en la calle? No se puede afirmar con total seguridad e independientemente de eso que lo estuviesen tampoco me parece concluyente porque existen otros indicios que juegan en contra de que hubiese un plan conjunto.

El caso Asunta resulta imposible de desentrañar y sólo la confesión de alguno de los implicados podría dar respuesta a todas las preguntas que plantea el caso.
 

Orlandito

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Creo que tu interpretación es incorrecta. El testimonio de C.B sirve para demostrar que Alfonso mintió cuando dijo que no había salido de casa. Ese testimonio sirvió para mantenerle en prisión, y sirvió para condenarle. Leete la sentencia, por favor. El que Alfonso mienta es un elemento fundamental para estimar su culpabilidad, más allá de que lo usen para ponerle en Teo.

Estas pruebas ponen de manifiesto que don A. miente cuando dice que estuvo en su casa toda la tarde y que no salió desde el mediodía hasta las nueve y media de la noche y que también miente cuando dice que hasta que ingresó en Teixeiro pensaba que Asunta se había quedado en casa estudiando y que no sabía que había ido a Montouto.

Por tanto, las pruebas valoradas por el Jurado ponen de manifiesto que el acusado don A. B. ha mentido sobre un punto muy relevante como es el referido a lo que él estaba haciendo durante el intervalo de tiempo en que, según el informe de autopsia, se produjo la muerte de la menor. Los testimonios de doña C.B. y de don A.N., así como la prueba documental, prueban que la coartada alegada por el acusado es falsa y lo sitúan en la calle


La subida a Teo es solo parte del juego. Para el jurado, Alfonso mintió sobre lo que hizo esa tarde, y concluyen su culpablidad. Y para concluir que mintió, es indispensable el testimonio de C.B. Sin el no hay mentira.
 

Buster

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volvamos al principio, el tsxg, parte de un hecho y es que lo han condenado, esa condena se fundamenta casi únicamente en el testimonio de esa testigo.
La condena se fundamenta en los razonamientos de los 9 jurados para contestar a las preguntas del objeto del veredicto.

Para condenar a Alfonso Basterra por asesinato el jurado debía considerar probado que existió un plan conjunto para terminar con la vida de Asunta. El testimonio de Clara, dentro de los razonamientos para refrendar que existió tal plan conjunto, a penas tiene importancia ya que el peso recae sobre las compras de Orfidal por parte de Alfonso en la farmacia que está al lado de su casa, en las mentiras que contó a las profesoras de actividades sobre una supuesta alergia que padecía Asunta, que Alfonso tenía que estar al tanto de la situación por la que estaba pasando Asunta y especialmente relevante es que el jurado consideró probado que el día 21 a Asunta le dieron el orfidal durante o momentos después de la comida que Alfonso preparó en su piso y que Alfonso, junto con Rosario, fue ese día responsable del suministro de lorazepam igual que en anteriores ocasiones.

O al menos yo lo interpreto así.

Si se repitiese el juicio con el mismo jurado y la única diferencia fuese que Clara no declarase, el jurado seguiría condenando a Alfonso por asesinato.

La única forma de marcar diferencias si se celebrase otro juicio sería, como ya dije, dándole al jurado una explicación diferente al asesinato para las sedaciones previas.
 
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Orlandito

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Para mí no tiene sentido que Alfonso y Asunta estuvieran en esa calle en ese momento. Siempre he mantenido que no tiene lógica que estuvieran allí y siempre lo pensaré. Además, si lo recuerdas, ya comenté que supuestamente una mujer que vive en frente del edificio de Rosario las vio salir juntas del portal pasadas las seis de la tarde.

¿Estuvieron realmente Alfonso y Asunta juntos en la calle? No se puede afirmar con total seguridad e independientemente de eso que lo estuviesen tampoco me parece concluyente porque existen otros indicios que juegan en contra de que hubiese un plan conjunto.

El caso Asunta resulta imposible de desentrañar y sólo la confesión de alguno de los implicados podría dar respuesta a todas las preguntas que plantea el caso.
Que tu no le des validez (aunque si de la dabas cuando pensabas que validaba tu hipótesis, te lo recuerdo) no afecta al hecho de qeu se la han dado el juez instructor, la guardia civil, el fiscal, el jurado, el juez y el TSXG


Ahora imagínate que la hora a la que la cámara grabó a la testigo son las 6:50 de la tarde. A esa hora Rosario ya podría haber vuelto de Teo, según su declaración, y habría dejado a Asunta en Santiago. Si la testigo vio a Alfonso y Asunta, según dicen todos estos, se quedan sin pruebas contra Rosario. Ninguna. Deberían sacarla de la guandoca mañana mismo.


Ahora imagínate que la hora de la grabación son las 18:30. A esa hora, o bien la testigo la vio con su padre, y entonces no podía estar con Rosario camino de Teo, o bien estaba con Rosario, y no pudo verla con Alfonso. Y por lo tanto, Alfonso no mintió.

¿Ves como si es decisivo?