Burbuja Económica > Foros > Burbuja Inmobiliaria > ¿En serio? Me quieren subir el 3,2% de alquiler, aunque el IPC esté al -1%
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  #11 (permalink)  
Antiguo 18-jul-2009, 09:47
Avatar de nemo4
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tag: la inversion en vivienda es una mierda
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  #12 (permalink)  
Antiguo 18-jul-2009, 11:59
Avatar de loquesubebaja
wapissimo
 
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Yo tengo un piso alquilado, y los inquilinos pagan puntualmente. Tocaba revisión en abril, pero ya en marzo les llamé bajandoles el alquiler un tres por ciento. De hecho en vista de como van las cosas y de como van a ir, estoy pensando en una nueva rebaja para octubre o noviembre. Y es que hoy en día (con la legislación protege morosos que hay y de eso tengo experiencia) un inquilino serio es una especie a proteger.

Tu casero quiere pasarse de listo y no se dá cuenta de que un inquilino cumplidor es su mejor inversión. Yo que tu le pondría las cosas claras.... y para ello lo mejor es tener un plan B preparado.
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undefinedLas excusas son como los culos...todos los pepitos tienen una"


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  #13 (permalink)  
Antiguo 18-jul-2009, 12:19
Avatar de DEPASO
wapissimo
 
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Mandalo a tomar por el culo y después le cierras su puerta (que ahora es tu puerta) en las narices........y después si eso le ingresas lo que corresponde por contrato, y cuando te llame por telefono lo mandas a la mierda y le cuelgas........Que aprenda lo que supone firmar un contrato que la gente se piensa que lo que firma son autografos.........


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  #14 (permalink)  
Antiguo 18-jul-2009, 13:00
Avatar de Spinelli
Agarrao a las kalandrakas
 
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A tí lo que te han hecho es un contrato de alquiler creciente rollo hipoteca creciente


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  #15 (permalink)  
Antiguo 18-jul-2009, 13:06
Avatar de Un-tal-Ivan
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¡¡Coño!! pues busca otro piso....ahora hay ofertas de todos los "colores" y precios...

Y sino me pensaría hablar con una abogado e ir ingresando tu renta en el Juzgado. Pero lo denunciaría sin duda.
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"Este país no lo va a conocer ni la madre que lo parió"...Alfonso Guerra

¡¡Para que luego digan que los políticos no "cumplen" lo prometido!!


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  #16 (permalink)  
Antiguo 18-jul-2009, 13:08
Avatar de bubbler
Polemico
 
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Iniciado por Gantz Ver Mensaje
Hola a todos.

Antes de nada, deciros que despues de 3 años he decidido registrarme en este interesantísimo foro. Llegué aquí a través de una web que se llamaba zulitos.blogspot, donde denunciaban los nidos de cucaracha que pretendian vender o alquilar. Desde entonces suelo pasarme por aquí asiduamente.


Tras la presentación os comento el problema y/o duda que me ha surgido como inquilino a raiz de la actualización de la renta por alquiler de vivienda.

Llevo 3 años de alquiler, con su correspondiente actualización del IPC. Este pasado mes me tocaba dicha actualización. Como el interanual de Junio es de -1%, tenía prevista una pequeña rebaja. Sin embargo, me encuentro que los propietarios me dicen que me suben la renta un 3,2% según "el IPC para la vivienda en alquiler". He mirado en la web del INE y efectivamente este índice hace referencia al llamado IPC de Vivienda en alquiler (rúbrica 33).

Sin embargo, en el contrato no se especifica nada más que la renta se actualizará según el IPC interanual del mes del contrato, sin ninguna cláusula referente a este "IPC de Vivienda en alquiler (rúbrica 33)". Ello, claro está, me ha hecho sospechar y tras estudiar detenidamente las actualizaciónes anteriores, he visto que siempre me han aplicado ese mismo índice. Confiado (y tonto) que soy...

Creo que la "rúbrica 33" no se aplica según la LAU. Si estoy en lo cierto, incluso he pagado de más en estos 3 años, ya que el incremento del IPC general es inferior al incremento del IPC del alquiler de vivienda rúbrica 33. Si este año acepto este índice, llegaría a pagar casi 600 euros más que con el IPC general.


Resumiendo, ¿Que puedo hacer? ¿Puedo aplicar de forma retroactiva lo que he pagado de más con el sistema de rúbrica 33? ¿O por el contrario estoy totalmente equivocado?

¡Muchas gracias de antemano por la ayuda!

¡Saludos!

INEbase / Indice de Precios de Consumo (Base 2006) / ¿Quiere actualizar una renta?

Obtenga un certificado de esta actualización -1% con estos cálculos en el INE y envíe dicho certificado por burofax al casero, al siguiente mes pague el alquiler según dicha actualización. De retroactivo nada de nada, eso sí, el INCREMENTO (+/-) se debe aplicar al mes siguiente de cumplir la anualidad, y avisando al casero (aunque sea un día antes del primer mes de la siguiente anualidad).

Lo demás es farándula, y por cierto, se debe aplicar el IPC el que está en el enlace, y no otro (ni IPC asociado a vivienda ni a alquiler, ya que este último no existe)...

Saludos.


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  #17 (permalink)  
Antiguo 18-jul-2009, 13:11
Avatar de bubbler
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Iniciado por sopelmar Ver Mensaje
a mi tambien me subio en enero , aunque como me lo comunico a medios de mes , la subida realmente fue en febrero, 18 euros por 11 .....198 euros , el motivo , tu ganas bien seguro que tu empresa te a subido el sueldo en enero, yo le deje hacer porque asi tengo conque tirar en caso de que las relaciones se enfrien , recuperar la fianza y cosas de esas , no creo que una persona tan mayor quiera ahora meterse en juicios

de todas formas sale mucho en la tele inquilinos que no pagan pero anda que los caseros que a pesar de la crisis y de la congelacion de sueldos y contratos en precario que en vez de aflojar un poco quieran subir el liston y sacar mas renta al pobre alquilador , ya les vale , que hipocresia hay en esta sociedad .

Según LAU, el casero debe notificar con antelación al inquilino el correspondiente incremento mediante certificación oficial del INE y de forma fehaciente antes de empezar el primer mes de la siguiente anualidad. Si no ha sido así, usted está pagando de más. No es retroactivo.


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  #18 (permalink)  
Antiguo 18-jul-2009, 16:40
Avatar de Gantz
porompompero
 
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Agradecido 1 vez en 1 mensaje
¡Muchas gracias a todos por los comentarios!

En principio pretendo llegar a un acuerdo amistoso, aplicando el IPC correcto tal como debió ser desde el principio y descontando de la próxima mensualidad lo que he pagado de más hasta ahora…

Me considero un inquilino correcto: siempre pago la renta puntualmente, tengo un contrato de trabajo indefinido, tengo la casa bien cuidada y limpia (leches, lo considero mi “hogar, dulce hogar”- que no mi casa) y no tengo conflictos comunitarios de ninguna clase. Así que la vía amistosa es la que pretendo usar. Si esto no funciona, habrá denuncia al canto.

>>47<<, además voy a seguir tu consejo, y creo que pediré una rebaja si después de estudiar el mercado de alquiler por mi zona me merece la pena. Pero al menos hasta hace unos meses, la media estaba más cara que mi alquiler actual.

Como dato puntual, decir que el propietario, es personal docente en el dpto. de Economía financiera de una Universidad de España. (Lo mismo anda por este foro...) ¿Acaso él tiene conocimiento de algún “truco” legal, para aplicar la rúbrica 33?

Sin embargo, he mirado la LAU, y según el artículo 18 dice esto:

Artículo 18. Actualización de la renta.
1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentuale xperimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.

Por otro lado, el propietario, me mandó un PDF de la página web del INE con una captura de la rúbrica 33 (el mismo enlace de mi primer mensaje), justificando así la subida. De los años anteriores conservo un PDF similar.

Os seguiré contando como prospera este caso.
¡Nuevamente, muchas gracias!

Última edición por Gantz; 19-jul-2009 a las 01:10 Razón: El enlace estaba incorrecto


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  #19 (permalink)  
Antiguo 18-jul-2009, 17:55
Avatar de El_Presi
El Padrino II Revolution
 
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Iniciado por Gantz Ver Mensaje
Como dato puntual, decir que el propietario, es personal docente en el dpto. de Economía financiera de una Universidad de España. (Lo mismo anda por este foro...) ¿Acaso él tiene conocimiento de algún “truco” legal, para aplicar la rúbrica 33?

no hay truco legal, te está tongando
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HIPOTECAS BARATAS - OCASO INMOBILIARIO 2008 - EXPLOSIÓN DE LA MOROSIDAD 2009


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  #20 (permalink)  
Antiguo 18-jul-2009, 18:07
Avatar de mac1929
Agarrao a las kalandrakas
 
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Debes actualizar a la que deberías haber pagado, es decir, coger el contrato original, actualizarlo al IPC general y pagar la cantidad que te salga.

Lo siguiente sería reclamar atrasos y ahi también puedes directamente descontarlos de una mensualidad.

No está de más comunicarle tus intenciones al arrendador por eso de la educación pero no hay negociación posible. Eso sí, no demandes a nadie! Tu simplemente ajusta tus cuentas y si él considera que lo que haces no se ajusta a la Ley que te denuncie (aunque lógicamente no lo hará).


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