No sé si puedo aclarar algo al respecto sobre la dirección y/o gestión de un tanatorio, aunque no soy especialista, y es un amigo el que me lo comenta que trabaja en la misma profesión que nuestro OP.
En mi ciudad hay un tanatorio privado cedido por concesión municipal. Con esto quiero decir que el ayuntamiento sacó a concurso la licitación para que fuese una empresa privada quien construyera y gestionara el tanatorio teniendo que cumplir el pliego de condiciones del ayuntamiento tanto de la construcción del mismo, como de la gestión y dirección de la empresa.
Finalmente, el ayuntamiento dio la concesión a una empresa privada (que ya gestiona otros 2 tanatorios en otras dos localidades diferentes). Aunque sea una empresa privada quien gestiona el tanatorio, es el ayuntamiento quien impone las condiciones. Por ejemplo, como algo aparentemente anecdótico, el tanatorio tiene que estar abierto siempre 24/7/365 aunque no haya ningún cadáver velándose en ese momento y tiene que tener 3 turnos para el personal, con un mínimo de dos personas en cada turno, aunque, como repito, no haya ningún fallecido o se quede sólo el fallecido sin ningún familiar en la sala correspondiente.
Otra condición es que el tanatorio perteneciente a esa empresa puede ser cedido a otra empresa si el tanatorio incumple alguna ley o condición previa pactada. Entiendo que el tanatorio recibe algún tipo de subvención municipal y es inspeccionado por el ayuntamiento periódicamente. Cualquier queja, reclamación o incumplimiento se dirige al ayuntamiento y es el ayuntamiento quien decide si prorrogar la licencia a la empresa privada actual para que continúe o no.