Bernaldo
Madmaxista
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nada de eso, en la propia norma queda claro
eso de "está obigado" y "no puede negarse" no es más la clásica petición desesperada del "no puedes hacerme esto" de quien ve peligro precisamente de QUE SE ACABE HACIENDO
perfectamente puede negarse, pero será mucho más hábil si no tiene que llegar a ese extremo, es decir ACOJONANDO AL VIRU
para esto ayudará mucho que esta bola se vaya haciendo más y más grande
en este foro entran todos los días periodistos, politiquillos asesores, etc... y gracias a los varios hilos que existen abiertos más la intensidad del debate ya ha saltado a la calle
el Viru puede llevarse el hostión de la legislatura, e incluso ser evacuado antes de lo que creíamos, esto se le está volviendo en contra
eso de "está obigado" y "no puede negarse" no es más la clásica petición desesperada del "no puedes hacerme esto" de quien ve peligro precisamente de QUE SE ACABE HACIENDO
perfectamente puede negarse, pero será mucho más hábil si no tiene que llegar a ese extremo, es decir ACOJONANDO AL VIRU
para esto ayudará mucho que esta bola se vaya haciendo más y más grande
en este foro entran todos los días periodistos, politiquillos asesores, etc... y gracias a los varios hilos que existen abiertos más la intensidad del debate ya ha saltado a la calle
el Viru puede llevarse el hostión de la legislatura, e incluso ser evacuado antes de lo que creíamos, esto se le está volviendo en contra
“El rey está constitucionalmente obligado” a firmar y “no puede negarse”
Los expertos en Derecho Constitucional consultados por RTVE no dejan lugar a dudas al asegurar que “el rey está constitucionalmente obligado” a firmar y “no puede negarse” porque “son actos debidos”. El deber de firmar la medida de gracia, si el Gobierno así la acuerda, queda establecida en los artículos 62 de la Constitución, mientras que el artículo 64 de la Carta Magna le exime de toda responsabilidad.
Agustín Ruiz Robledo, de la Universidad de Granada, explica que España es una monarquía parlamentaria en la que “el rey reina pero no gobierna”. “Si leemos todo el artículo 62 de la Constitución”, que establece entre otras cuestiones que corresponde al rey “sancionar y promulgar las leyes” y "ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales", se aprecia que "sistemáticamente tiene la obligación de firmar aquello que le presente el Gobierno”, asegura. El monarca, prosigue, “no es guardián de la Constitución” y no tiene la potestad ni el deber de “analizar la legalidad o no de cada acto”.
El Rey está obligado en todo caso a sancionar la ley aprobada por el Parlamento; y deberá hacerlo en el plazo de quince días, promulgándola y ordenando su inmediata publicación, como taxativamente determina el artículo 91 (más adelante a propósito del procedimiento legislativo se tratará con más detalle ese último precepto
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