Recopilación de casos de corrupción de la PP... he decidido petar el foro. A la hez con tó!

Gigatr0n

Satan's Circus
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137. Caso Los Bonales



Uno más que se suma al ya largo "rosario" de políticos del Partido Popular que gobiernan las instituciones como si administraran "su cortijo". Esta vez ha sido el que fuera alcalde de la localidad ciudadrealeña de Horcajo de los Montes durante 16 años, Alfredo Prado.
El juzgado número 3 de Ciudad Real lo considera culpable de un delito de prevaricación administrativa y le condena a 7 años de inhabilitación para empleo o cargo público, porque según la sentencia, la ilegalidad es "evidente, patente, flagrante y clamorosa".
Prado dictó una resolución a favor de Marien Valdenebro Torregrosa, a su vez concejala, diputada regional y presidenta del PP en Puertollano y actualmente directora de expansión de Cysa Grupo, tal como aparece en su perfil público de Linkedin. Esa resolución dictada por su compañero de partido (PP) era para la extracción de zahorra de un monte público que pertenece al municipio y no al alcalde, llamado "Los Bonales" en el año 2012. El objetivo de disponer a su antojo del monte era hacer edificable una parcela de la empresa CYSA Promociones y Construcciones S.L., para una promoción inmobiliaria Todo ello realizado al margen del procedimiento legal establecido al efecto.
Los ciudadanos vamos perdiendo la cuenta con el enésimo político popular involucrado en este tipo de causa. Ahora ya no pensamos “punto final”, aunque sigan enarbolando la bandera de la limpieza y la anticorrupción, sino que seguiremos pensando en “suma y sigue”.
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rejon

Madmaxista
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127....Caso Plaza/Naves

El Tribunal Supremo ha anulado la primera condena relacionada con el caso Plaza. La Sala de lo Penal ha revocado la condena a cuatro años de guandoca impuesta al empresario Agapito Iglesias, al gerente de la Plataforma Logística de Zaragoza (Plaza), Ricardo García Becerril y al ex viceconsejero de Obras Públicas del Gobierno de Aragón y ex consejero delegado de Plaza Carlos Escó. La Audiencia Provincial de Zaragoza les había considerado responsables de un delito de malversación de caudales públicos (8,7 millones de euros) en el denominado caso Codesport, en relación a un presunto sobrecoste en la construcción de 119 naves de la Plataforma. La clave de la absolución es que los magistrados no han detectado que existiera ánimo de lucro ilícito o propósito apropiativo de los fondos públicos de Plaza por parte de los acusados.

El Supremo estima el recurso de los tres acusados pese a rechazar la tesis que sostenían de que los fondos de Plaza no eran de naturaleza pública, lo que impedía la comisión del delito de malversación de caudales públicos. A raíz de este caso, el Pleno de la Sala Penal llegó a un acuerdo que permitía la acusación por malversación en casos de empresas mixtas como Plaza.

Sin embargo, los magistrados resaltan que para considerar cometido el delito de malversación de dichos fondos públicos deben concurrir también otros elementos, como es el ánimo de lucro o el propósito apropiativo, que no se ha acreditado.

El Supremo rechaza además el recurso planteado por el Gobierno de Aragón, que perseguía incrementar la cuantía de 8,7 millones de euros que los acusados fueron condenados a pagar a Plaza en concepto de responsabilidad civil, hasta los 13 millones. En ese sentido, el Supremo absuelve a los acusados del delito con todas las consecuencias favorables, alzando cuantas trabas y embargos pudieran haberse constituido, y considera que solo cabe reservar a las partes, para dilucidar sus controversias, las acciones civiles, no penales, que pudieran corresponderles.

El Supremo, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado José Ramón Soriano, destaca que no no hubo intención de apropiarse de los fondos públicos por varios motivos. En relación a Agapito Iglesias, establece que "ningún acto o conducta relativa a un desapoderamiento injusto de los fondos de titularidad pública sin propósito de reintegrar aflora en las actuaciones".

En cuanto al gerente de Plaza, el Supremo señala que "es evidente que si quien recibió el dinero de los cuatro pagarés, Agapito Iglesias (Codesport), constructor de las obras, le correspondía en toda su integridad percibir el importe de las que realizó sin ningún defecto y a satisfacción, es obvio que no aflora ánimo alguno de apropiarse de lo ajeno, o dicho de otro modo, si la sentencia declara debidas y procedentes las cantidades reclamadas (sólo cuestiona la Audiencia de origen que el acreedor pasara las facturas a cargo de Plaza y no de Autocity que a su juicio, es la verdadera deudora), los pagos realizados son legítimos".

En cuanto al ex viceconsejero Escó, el Supremo razona que "si quien recibió el dinero, Codesport (Sr. Iglesias García) había realizado las obras en su integridad, sin deficiencia ni defecto alguno y la cantidad reclamada era correcta y le era debida, no puede afirmarse de este legítimo acreedor que se lucrara ilícitamente cuando reclama lo suyo, esto es, lo que le pertenecía. En suma, si quien percibió el dinero no se lucró, mucho menos quien facilitó que lo cobrase".

  • Partido/Org: PSOE
  • Lugar: Aragón
  • Coste aprox.: 8.700.000 €
  • Total implicados: 3
  • Año de los hechos:2018
  • Estado judicial: Abierto
PSOE
 

Gigatr0n

Satan's Circus
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138. Caso Maldonado



Francisco Javier Maldonado (PP) ha presentado hoy su dimisión como alcalde de Gójar (Granada) y ha solicitado la suspensión cautelar de militancia hasta que el Tribunal Supremo (TS) resuelva el recurso de casación planteado tras ser condenado a 17 años inhabilitación por prevaricación.
Según ha informado el PP en un comunicado, Maldonado ha dimitido tras conocer la sentencia de la Audiencia de Granada que lo ha condenado a un año de guandoca y otros 17 de inhabilitación para cargo público por prevaricación, según han detallado a Efe fuentes del PP.
Maldonado ha adelantado que formalizará un recurso de casación ante el Supremo tras la sentencia condenatoria por una causa en la que la Fiscalía solicitó dos años y tres meses de guandoca, el pago de una multa de 400.000 euros y 22 años de inhabilitación especial para cargo público por una licencia de obras ilegal a la promotora de su hermano.
El juicio por esta causa se celebró en mayo de este año por un delito de prevaricación continuada, prevaricación urbanística y tráfico de influencias después de que el Ayuntamiento permitiera la construcción de una promoción de viviendas irregular impulsada por una firma participada por el hermano del ya exalcalde.
En un comunicado a su partido, Maldonado ha explicado que formaliza su "renuncia al acta de concejal, a la alcaldía de Gójar, solicitando también mi suspensión cautelar de militancia para preservar las siglas del Partido Popular, hasta que se resuelva el recurso de casación que se presentará en el Tribunal Supremo".
El secretario general del PP de Granada, Pablo García, ha mostrado su apoyo a Maldonado y le ha agradecido su gesto para defenderse "sin dañar a Gójar ni a las siglas del PP", tras lo que ha confiado en que el Supremo resuelva "favorablemente" el recurso.
García ha calificado al ya exalcalde como "un hombre de partido que ha trabajado duramente todos estos años".
Los hechos que han motivado la condena y la renuncia de Maldonado se remontan al 22 de agosto del 2005 cuando suscribió, como alcalde de Gójar, un convenio de gestión urbanística con la entidad Cavifer en la que su hermano Fernando, también acusado, era administrador mancomunado, y que omitía que parte de los terrenos afectados eran suelo urbano no consolidado.
Durante el juicio, Maldonado defendió que siguió los informes técnicos municipales para firmar un convenio y otorgar las licencia de obras al proyecto de una empresa participada por su hermano, dato que aseguró desconocer para negar que cometiera tráfico de influencias, delito por el que no ha sido condenado.
Maldonado aseguró además que el convenio pretendía evitar la expropiación de parte de los terrenos para construir un vial que le costaría al pueblo unos 130.000 euros. EFE

Rejona!!! a ver si curramos un poquito que te llevo 10 de ventaja... Y SOLO VOY POR LA "L"!!!
 

rejon

Madmaxista
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3 Ene 2015
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128.....Caso Pokémon
El 20 de septiembre de 2012, Galicia se despertaba sobresaltada por el estallido de la denominada «operación Pokemon», una macrocausa contra la presunta corrupción en distintos ayuntamientos gallegos coordinada desde el Juzgado de Instrucción nº1 de Lugo. Su titular, Pilar de Lara, ocupó todas las portadas y minutos de informativos al destapar una supuesta red corrupta alrededor de Vendex y Aquagest —entre otras empresas— que obtendría contratos públicos gracias a mordidas y regalos a funcionarios, concejales, asesores y alcaldes. La mancha de oscuro aceite se extendía en un primer momento desde Lugo hasta Orense, pasando por Compostela. Pero pocos meses después, alcanzaba a Ferrol o La Coruña, entre otros concellos.

Las pesquisas de la juez, que se sirvió de Vigilancia Aduanera como brazo ejecutor de sus decisiones para la investigación, habían comenzado en 2011, y dos años más tarde (en un auto de noviembre de 2013), con decenas de imputados ya señalados en periódicos, radios y televisiones, De Lara decide una primera división de la macrocausa «Pokemon», dividiéndola en nueve piezas principales, a las que luego seguirían otras secundarias que se derivarían a otros juzgados.

De ese núcleo de nueve piezas, solo una espera fecha para el juicio oral, mientras que las restantes han embarrancado en disputas competenciales entre juzgados o, directamente, han ido al cajón de los sobreseimientos por falta de indicios para continuar la instrucción. Por el camino, políticos y empresarios condenados a la pena de telediario: unos, acumulando desimputaciones; otros, esperando porque en algún momento se diluciden los hechos. La «Pokemon» se ha convertido para muchos en un laberinto sin salida.

Pieza 1: la grúa de Lugo | Orozco, desimputado

La «pieza principal», que se remonta a 2011, perseguía «presuntos delitos de blanqueo de capitales y contra la hacienda pública» cometidos por Francisco Fernández Liñares —el principal acusado de la trama, que confesó el cobró de mordidas para beneficiar a empresas—, su mujer y dos personas más, Javier Reguera y Manuel Santiso. Las irregularidades rodeaban la concesión del servicio de grúa en el Concello de Lugo durante el mandato de José López Orozco (también imputado), así como otras anomalías detectadas por la juez en su investigación, fruto en su gran mayoría de pinchazos telefónicos. Esta pieza volvió al foco mediático la pasada semana, cuando la Audiencia Provincial aceptaba el recurso de su defensa y desimputaba a López Orozco, al que la juez acusaba de recibir dinero y regalos de la adjudicataria de la grúa, así como de interceder para que se enchufara a terceras personas en el servicio. La causa no está cerrada —salvo para el exalcalde lucense— y sigue instruyéndose, al menos hasta el próximo 6 de diciembre.

Pieza 2: Véndex | Pendiente de envío a Madrid

Otra de las patas principales de la «trama Pokemon», investigaba los manejos de José María Tutor y Rolando Rodríguez, responsables de la empresa Vendex, con los concellos de Santiago, Orense, Lugo, Boqueixón y O Carballiño. Los exalcaldes Ángel Currás, Francisco Rodríguez, López Orozco, Adolfo Gacio y Argimiro Marnotes están imputados en la causa, entre otros.

Según la instructora, a cambio de «regalos a diversas autoridades púbicas y funcionarios» o enchufes a familiares de estos, la empresa conseguía información privilegiada de concursos públicos que finalmente obtenía, o que directamente se amañaban a través de procedimientos negociados sin publicidad con otras empresas. Según Aduanas, el «beneficio ilícito» de Vendex y sus filiales —una «organización criminal» según De Lara— habría sido cercano a los 295 millones de euros.

En teoría, la instructora decretó su inhibición en esta pieza en favor de los Juzgados Centrales de Instrucción (con sede en la Audiencia Nacional) en 2015, pero en abril de este año trascendió que daba la orden para que se remitiera la documentación, e incluso el pasado agosto tomó nuevas declaraciones a los directivos de Véndex, a pesar de su inhibición. Varias partes han indicado a ABC que la causa se encuentra pendiente de que la Audiencia Provincial de Lugo resuelva distintos recursos, entre ellos uno sobre si debe remitirse a Madrid o permanecer en el juzgado de De Lara.

Pieza 3: Miño-Sil | La única a la espera de juicio

Su instrucción concluyó en enero de este mismo año, según informó el TSXG. En ella se acusa al expresidente de la Confederación Hidrográfica, Francisco Fernández Liñares, de haber urdido un mecanismo para adjudicar obras desde este organismo a un constructor, a cambio de una comisión de entre el 15 y el 20% del valor de las inversiones. Esto se abonaba en metálico o a través de regalos de lujo, según determinó la investigación. Aduanas certificó además el enriquecimiento patrimonial de Liñares, quien llegó a reconocer que cobraba estas mordidas, aunque en abril de este año, en una entrevista en El Progreso, se corregía a sí mismo afirmando que «me inventé que era un corrupto porque me amenazaron con tirarme la casa con una pala». La pieza está a la espera de que se determine fecha para juicio oral. Junto a Liñares y el principal beneficiado, están imputados otros doce constructores y dos trabajadores de la Confederación Hidrográfica.

Pieza 4: Aquagest | Devuelta por el Supremo a Lugo

Otra de las piezas mollares de la trama, probablemente la más embarrancada de todas. De Lara realizó una instrucción prolongada que abarcaba conductas supuestamente delictivas de esta gestora de aguas en ayuntamientos de Galicia, Asturias, Murcia y Valencia. De nuevo, presuntos sobornos a funcionarios y cargos políticos para obtener concesiones de servicios públicos. Unió todas las actuaciones y decidió inhibirse en favor de la Audiencia Nacional en julio de 2015. Sin embargo, como ha sido habitual, no envió la documentación hasta dos años y medio más tarde, en enero de este año.

La juez Carmen Lamela, a la que le cae la pieza tras el reparto, la devuelve a Lugo por entender que no se dan las condiciones para que sea asumida por la Audiencia, y además afea a De Lara su «inhibición tardía», esto es, que en lugar de remitir la causa en un momento preliminar para que el juzgado correspondiente realizara la instrucción, fue ella misma quien avanzó en ella, hasta el punto de ordenar diligencias estando ya inhibida.

Tras este revés, De Lara planteó una cuestión de competencia al Tribunal Supremo para que determine qué juzgado debe continuar con la causa, no sin antes recibir un tirón de orejas de la Audiencia Provincial, visiblemente molesta por la tardanza de dos años y medio en enviar el expediente a la Audiencia Nacional. En septiembre de este año, el TS avaló la decisión de Lamela y consideró que la competente para continuar la instrucción era De Lara. Eso sí, debería remitir las investigaciones relativas a ayuntamientos de Valencia y Murcia a sus correspondientes juzgados territoriales, para que allí se rematen las respectivas instrucciones.

Curiosamente, la Audiencia de Lugo ya había metido tijera a la ambición de De Lara a investigar fuera de su jurisdicción. Según desveló ABC en abril de este año, la instancia provincial ordenó la anulación del grueso de las investigaciones de la instructora de Lugo en el Levante, por considerar que era incompetente, y la instaba a derivar las piezas a los juzgados correspondientes. Algo similar le dijo también el TS en las causas asturianas.

Así las cosas, y reconociendo De Lara que todavía le falta por incorporar a la pieza diversos informes de Aduanas, no se vislumbra fecha de juicio próxima.

Pieza 5: Concello de Santiago | Rechazada por la juez López-Suevos

La capital de Galicia tuvo pieza propia para esclarecer la (breve) gestión de Gerardo Conde Roa respecto a la compra de autobuses para la flota municipal a la empresa Talleres La Campiña, la adjudicaciones de varios contratos de servicios, la supuesta financiación irregular del PP compostelano, la retirada de multas o la colocación de «enchufados» en concesionarias. De Lara se inhibió de la causa en mayo de 2014 pero no fue hasta el 21 de mayo de 2018 cuando el expediente llega a la mesa de la titular de Instrucción nº1 de Santiago, Ana López-Suevos.

La juez de Compostela rechaza la inhibición y la manda de regreso a Lugo, alegando que en ese lapso de cuatro años se siguió instruyendo la causa, hasta el punto de que su juzgado «se encuentra imposibilitado de conocer cuál es el objeto y los sujetos investigados». «Nos resulta imposible determinar, con la simple lectura de las actuaciones, qué hechos y qué delitos se imputan a cada quien». La pieza tiene visos de acabar, de nuevo, en el Supremo, y que este Tribunal determine quién asume su instrucción.

Pieza 6: Cataluña | A la espera del Supremo

La rama catalana de la «operación Pokemon» se denominó «caso Manga», y se centraba en adjudicaciones ilícitas y tráfico de influencias «cometidos en el seno del Consell Comarcal de La Selva», con su presidente y alcalde de Sant Hilari, el convergente Robert Fauria, como principal acusado. De nuevo, supuestos concursos amañados. A través de seguir el hilo de la consultora GRS Arc Local, la instructora acabó investigando un contrato de comedores en este Consell por valor de 29 millones de euros, e imputó a una decena de personas, entre ellas los empresarios Alex Ros y Josep María Franch, según publicó en marzo de 2017 Economía Digital.

Este mismo medio informó en enero de este año que el Juzgado de Instrucción nº3 de Santa Coloma de Farners devolvió la causa alegando que los hechos investigados correspondían a otra jurisdicción, y en la actualidad el Supremo estaría resolviendo otra cuestión de competencia presentada por De Lara.

Pieza 8: Asturias | Rechazada por la juez de Avilés

Esta séptima pieza de la macrocausa «Pokemon» ponía el foco en varios «conseguidores» de Aquagest y la empresa GRS, y sus relaciones con los ayuntamientos de Tapia de Casariego, Pila Siero, San Martín del Rey Aurelio, Cangas del Narcea, las empresas Sabico y Hunosa e incluso la presidenta del PP de Asturias, Mercedes Fernández, a la que se señala por haber «justificado un pago de 25.000 euros por un trabajo que en el mejor de los casos estaría valorado en 3.000€». Los presuntos delitos son los habituales: cohecho, falsedad documental, tráfico de influencias, información privilegiada y blanqueo de capitales.

Pero la titular de Instrucción nº7 de Avilés rechaza la causa por dos motivos. Por un lado, considera que la jurisdicción corresponde a la Audiencia Provincial de Asturias; por otro, considera que De Lara ha incurrido en «inhibición tardía». A su juicio, «carece de todo tipo de justificación» que Pilar de Lara «mantener abierta la investigación» cuando «las primeras diligencias son de 2011 y las que afectan directamente» a la pieza que se remite a Avilés «se inician en 2014».

Devuelta la causa, la juez de Lugo pregunta de nuevo a la Fiscalía antes de pedirle al Tribunal Supremo que resuelva el lío de la competencia para finalizar la instrucción. Sin visos de juicio a corto plazo.

Pieza 8: PSOE de Santiago | Prescrita, según el juez Lago Louro

Mismo modus operandi de la pieza 5. De Lara se inhibe el 26 de mayo de 2014 pero los 77 tomos no entraron en Instrucción nº3 de Santiago hasta el 21 de mayo de 2018. De un primer «breve análisis», el juez Andrés Lago Louro considera que los hechos, relativos a una supuesta financiación irregular del PSOE de Compostela a través de facturas falsas emitidas por la Imprenta Ibérica, «es muy probable que se hallen prescritos», al haber transcurrido más de cinco años desde que tuvieron lugar.

Además, Lago Louro consideró en su auto que se habían excedido los plazos para la instrucción judicial establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. «Cualquier tipo de diligencia de investigación estaría viciada de nulidad», finaliza el juez de Santiago, que le da carpetazo a la causa y la revuelve a Lugo. De Lara ha preguntado a la Fiscalía sobre la idoneidad de plantear cuestión de competencia en el Supremo para ver quién la asume.

Pieza 9: O Carballiño | Archivada desde 2016

El «pecado» de Argimiro Marnotes (PP) fue que, durante su mandato como alcalde de este municipio orensano, se adjudicó el contrato de desbroces a un empresario que figuraba en la lista de beneficiarios de Fernández Liñares en la Confederación Hidrográfica. De Lara lo imputó en febrero de 2013 y envió la pieza a un juzgado de O Carballiño. Allí, el juez encargado del caso lo archivó por falta de indicios en junio de 2016. En esos 871 días que estuvo investigado, Marnotes perdió la alcaldía en las municipales de 2015, donde su imputación fue una de las piezas de artillería empleadas por la oposición para atacarle.

  • Partido/Org: PSOE
  • Lugar: Galicia
  • Coste aprox.: 1.882.155.745 €
  • Total implicados: 100
  • Año de los hechos: 2012
  • Estado judicial: Abierto
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Joete gigatrona y lo que queda...... meparto: meparto:
 

Gigatr0n

Satan's Circus
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139. Caso Mar Blau



Los doce ex altos cargos públicos y empresarios acusados en el marco del caso Mar Blau serán juzgados en los próximos meses ante la Audiencia Provincial de Palma y, junto a las empresas investigadas en la presunta trama de amaños, deberán hacer frente a una fianza civil de 50 millones de euros.
Esa es la suma en la que el juez instructor, siguiendo la tesis acusatoria que esgrimen la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones particulares, ha cuantificado el posible perjuicio económico generado a resultas del presunto «arreglo ilegal» de tres puertos deportivos en Mahón, Ibiza y Formentera, más de 700 exclusivos amarres cuya adjudicación está bajo sospecha.
El más cuantioso de los negocios náuticos investigados es el de Ibiza Nueva, una concesión pública otorgada por la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) para explotar más de 500 puestos de atraque en la rada de Ibiza cuyo beneficio ha sido valorado por las acusaciones en más de 20 millones de euros.
Entre los acusados destaca la figura del ex presidente de la APB durante el gobierno del PSOE entre los años 2007 y 2011, Francesc Triay, para quien la Fiscalía reclama 10 años de guandoca. También, por su relevancia en el sector público portuario,la del histórico ex director de la APB Ángel Matías, que afronta peticiones de hasta 18 años de prisión; o la del conocido empresario madrileño Gerardo Díaz Ferrán, antiguo presidente de la patronal CEOE a finales de la pasada década y actualmente cumpliendo condena carcelaria por el caso Marsans. Díaz Ferrán ocupaba entonces el vértice del conglomerado empresarial que a tenor de la investigación resultó favorecido de forma presuntamente ilegal por los políticos de la APB, agrupado bajo la marca Trapsa Yates.
Cabe recordar que el escándalo realmente empezó a fraguarse bajo el mandato del antecesor de Triay al frente de la APB, Joan Verger, histórico miembro de la vieja guardia del PP, quien figuraba desde el inicio como uno de los principales acusados, pero falleció en plena instrucción del caso.
El caso se originó precisamente a raíz de que EL MUNDO desvelase unas grabaciones del año 2005 en las que se podía escuchar cómo Verger sugería a los empresarios que aspiraban a explotar un puerto deportivo en Mahón un plan para alterar el sentido del concurso a cambio de dinero y amarres para grandes yates en favor para los empresarios vinculados a Trapsa. Sólo esos amarres se han valorado en 4,5 millones de euros.
En un auto recién dictado y que hace propias las conclusiones de la Fiscalía publicadas hace dos semanas por este diario, el Juzgado de Instrucción número 8 de Palma decreta ahora la apertura de juicio oral y concluye la larga investigación judicial iniciada en 2008, hace ya más de ocho años. De hecho, el fiscal aplicará por este motivo la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, que favorecerá a la defensa de los acusados, quienes han negado siempre los cargos y piden su absolución.
El juez Antoni Rotger, que en anteriores pronunciamientos señaló la presunta existencia de un estado de presunta «corrupción sistémica» larvada en el seno de la APB durante años, eleva ahora el caso a la Audiencia e impone esa abultada fianza, que da la medida de la magnitud de los negocios que se investigan.
Lo hace, como fija la ley, «para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran serles impuestas a los acusados por la Audiencia». Cabe recalcar que no se trata de una fianza para eludir prisión -salvo Díaz Ferrán, ningún acusado ha sido privado de libertad- sino para garantizar que, en caso de que finalmente hubiera condena por los delitos que se imputan, la Justicia tuviera recursos afianzados para poder resarcir el daño económico.
Las empresas que se alzaron con los negocios o estuvieron implicadas en los hechos han sido declaradas responsables subsidiarias en caso de que las personas acusadas no respondan por el dinero. Algo que presumiblemente ocurrirá.
El escrito de acusación del fiscal, suscrito por el fiscal Juan Carrau, mantiene que «los acusados se concertaron para llevar a cabo diversas actuaciones que evitaban cumplir la legalidad sobre contrataciones públicas». Y va más allá al afirmar que estas acciones «suponían un favorecimiento arbitrario a determinadas empresas y personas».
Según el Ministerio Público, Triay conocía el estado del concurso de Mahón cuando fue nombrado presidente de la APB en 2007 y «pese a tener evidencia de las graves irregularidades cometidas y de los ilegales acuerdos» no hizo nada. «No sólo no las subsanó sino que participó activamente en diversas reuniones relativas al arreglo ilegal del concurso de Mahón y de Ibiza Nueva».
El fiscal denuncia además que altos cargos de la APB aceptaron cocinas de una constructora y recalca que a cambio de información privilegiada, uno de ellos, también fallecido, obtuvo una «compraventa en términos favorables» de un apartamento en la isla de Formentera como «compensación por información privilegiada y trato de favor».
Tanto la Fiscalía Anticorrupción como las acusaciones particulares reclamarán a la Audiencia Provincial que declare nulas algunas de las concesiones portuarias que están siendo objeto de investigación en tres de las cuatro islas. Una circunstancia que, de producirse, provocaría un auténtico problema en la Autoridad Portuaria, ya que el proceso de adjudicación de un puerto es largo, complejo y aviva todo tipo de intereses enfrentados en un sector que tiene una importancia capital para el archipiélago. Es habitual que no pocas concesiones acaben centrando sonados litigios en los tribunales del ámbito contencioso-administrativo, como ha ocurrido sin ir más lejos con la concesión del puerto de Andratx sobre la que acaba de fallar el Supremo
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rejon

Madmaxista
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3 Ene 2015
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129......Caso Pokemon/Grúa de Lugo
La Audiencia Provincial de Lugo ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones respecto al exalcalde socialista de la ciudad Xosé López Orozco, en la pieza sobre la adjudicación del servicio de la grúa a la empresa Cechalva dentro de la macrocausa de la Pokémon que lleva la juez Pilar de Lara. En el auto se señala que “respecto a la adjudicación del servicio de grúa sostiene la imputación la instructora en la declaración de José Luis Álvarez, administrador inicial de Cechalva, y respecto de la cual podría desprenderse que tuvo una posición de privilegio frente a sus competidoras en esta adjudicación". Pero el testimonio de José Luis Álvarez "es un testimonio de referencia, pues la participación de por aquel entonces alcalde de Lugo le viene atribuida por terceras personas, sin que él de manera directa pueda dar referencia alguna que sustente la intervención" de Orozco "ni en el desarrollo de las negociaciones tendentes a la concesión del servicio de grúa, ni en los posteriores pagos que efectuó la empresa adjudicataria a través de Javier Reguera”, éste último también imputado en la Pokémon y exresponsable del servicio de aparcamientos en superficie (ORA) en el Ayuntamiento de Lugo.

La audiencia responde así al recurso presentado por el hasta ahora exalcalde investigado, y apela en el documento a jurisprudencia del Supremo de octubre de 2017 de que la “declaración incriminatoria del coimputado cuente con un elemento externo de corroboración mínima sobre la veracidad objetiva de la declaración”. El tribunal continúa el auto puntualizando que con respecto a la declaración del administrador de Cechalva (José Luis Álvarez) no se ve corroborada por el testimonio de ningún otro actuante en el presente procedimiento”. “Javier Reguera, que junto con Manuel Santiso llevaron a cabo las gestiones para la concesión del servicio, reconocen contactos con diversas personas para lograr el concurso, pero en ningún momento señalan que una de ellas fuese López Orozco", sigue argumentando la audiencia. "Quien llevó a cabo el pliego de condiciones que a la postre regiría el concurso, Pablo Fuentes, y que pudo tener alguna indicación de terceras personas para favorecer la concesión a Cechalva, en ningún momento apunta a la persona de López Orozco, como tampoco lo señalan los técnicos del servicio de contratación del concello de Lugo”.

En virtud de ello se estima, por la Audiencia Provincial, que la “declaración de José Luis Álvarez se apoya en las manifestaciones de Javier Reguera, quien le decía que era necesario aportar dos mil euros para el alcalde, con la finalidad de que prosperase la concesión del servicio”. “Y consta a medio no solo del testimonio de quien así lo refiere, sino también de una supuesta contabilidad B, que mensualmente se abonaban dos mil euros a Reguera a tal fin". Según los magistrados, José Luis Álvarez "entendió" que "esa cantidad iba destinada al alcalde, aún cuando a lo largo de los años fue modificando su creencia y orientado más ese destino a quien figuraba como concejal encargado del área de economía” el también imputado y pieza principal de la Pokémon, Francisco Fernández Liñares. “Ningún dato, salvo la manifestación de referencia de José Luis Álvarez, apunta a que López Orozco hubiese recibido cantidad alguna, como contraprestación en efectivo” por la adjudicación de la grúa.

Desde la Audiencia Provincial se pone de manifiesto que la “investigación sobre su patrimonio no refleja ningún incremento patrimonial digno de mención, y en segundo lugar, porque Reguera señala que el dinero se lo entregaba a Liñares”. En el auto se subraya, igualmente, que “en cuanto a los regalos que se dicen recibidos por el recurrente, no puede obviarse que toda esta actividad se constriñe a la recepción de un regalo efectuado por una persona vinculada a la adjudicación de la grúa por un importe de 174 euros, con lo cual", deduce el fallo de seis folios, "huelga toda invocación a los denominados regalos de cortesía sobre los que se ha pronunciado ya el Tribunal Suprermo”.

En cuanto a un posible delito de tráfico de influencias, por parte del exalcalde, el alto tribunal lucense concluye que ello “exige una sugestión, invitación o instigación que una persona lleva a cabo sobre otra para alterar el proceso motivador de ésta”. Es por ello que finalmente se resuelve “un sobreseimiento respecto a las cuestiones analizadas, pero en este caso será provincial, y no libre como interesa el recurrente”.

Orozco salva así otra imputación, a la espera ahora de que se resuelva la pieza sobre la ORA, dentro de la Pokémon, para lo que va a pedir su archivo y otra donde también interesará el sobreseimiento en cuanto a la urbanización del Garañón. Aún le quedaría por sortear otra investigación, junto con la alcaldesa Lara Méndez, en una denuncia presentada por el sindicato CSIF por un supuesto retraso en la ejecución de una sentencia en materia de personal, para lo que ambos, tanto Méndez, como el ex alcalde Orozco, y la funcionaria afectada han sido llamadas a declarar por Pilar de Lara el 18 de octubre.

  • Partido/Org: PSOE
  • Lugar: Galicia
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  • Total implicados: 5
  • Año de los hechos:2018
  • Estado judicial: Abierto
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140.
Caso Mar Menor Golf Resort



El juzgado de lo Penal 2 de Cartagena ha condenado a Daniel García Madrid, exalcalde de Torre Pacheco, a cinco años de inhabilitación especial para cargo o empleo público por un delito de prevaricación administrativa, en la modalidad de 'muy cualificada'. Cabe matizar que la resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación.
La sentencia, que se ha emitido hoy, ha estipulado como probado que el acusado, siendo alcalde, autorizó la permuta de un solar urbano municipal por cuatro parcelas en suelo rústico propiedad de Mar Menor Golf Resort en 2007.
Todo ello, según recoge la resolución sin la existencia de un expediente administrativo previo, informe o dictamen de ningún tipo con unas "mínimas consideraciones de tipo técnico, económico o jurídico que amparasen o acreditasen su necesidad concreta por razones de interés público, ni tampoco la razón por la cual se acude a la permuta como medio excepcional de enajenación de bienes de titularidad municipal".

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Quien se cargó el Mar Menor de los iluso de los murcianicos?... EL PEPÉ!!!
... ahora que se joroben.
 

rejon

Madmaxista
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130......Caso Pokemon/Miño-Sil
La instrucción del caso Pokémon, que salió a la luz pública con la detención del socialista Francisco Fernández Liñares en septiembre de 2012, empieza a ver el final del camino con el cierre de la primera gran pieza en las que se multiplicó la macrocausa. Con un auto de 113 folios, Pilar de Lara, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, da traslado al fiscal y a las partes personadas de la investigación que destapó el presunto negocio paralelo que había montado Liñares a costa de su cargo como primer presidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil. La juez da un plazo de 10 días, ampliables a 20 por la dimensión de la causa, para que el ministerio público formule su escrito de acusación que presumiblemente dará paso a la apertura de juicio oral.

Durante su mandato como presidente de la Confederación, Liñares, que llegó a cumplir prisión y reconoció parte de los hechos ante la instructora, participó supuestamente en la "adjudicación de contratos de obras y servicios a determinados empresarios con los que se habría concertado previamente, sin garantizar el cumplimiento de los criterios legalmente establecidos en los procesos de contratación publica, quebrantando los principios de transparencia, libre concurrencia e igualdad". Para ello, según el auto, manipuló ofertas y precios, y ocasionó "un perjuicio económico a la administración pública, al eliminar la posibilidad de que el contrato se pudiera haber adjudicado a la empresa que hiciera la oferta realmente más ventajosa, causando así un grave fraude a un ente público y consiguientemente al bienestar social y a la ciudadanía".

Todo esto, afirma De Lara, "a cambio de regalos, obsequios de elevado importe, tales como botellas de Vega Sicilia, relojes, joyas, plumas, antigüedades y otras prebendas", además de "dinero y comisiones", que según los investigadores "podrían oscilar entre el 15% y el 20% del presupuesto licitado, ya acordado previamente entre ambas partes, al ser este presupuesto modificado, redactado y aumentado o inflado en muchas ocasiones por el propio Liñares". El hombre que había sido mano izquierda del alcalde Orozco en el Ayuntamiento de Lugo antes que presidente de la nueva Confederación creada para Galicia reconoció ante la magistrada estos pagos de diferentes empresas beneficiarias de obras. En su casa guardaba papeles y libretas donde iba registrando estos abonos mensuales.

El exconcejal por el PSOE en Lugo y expresidente de la Confederación fue compensado además por varias empresas con la realización de obras, reparaciones y reforestaciones de sus fincas. Los pinchazos telefónicos y los seguimientos que ordenó la juez desde el 5 de abril de 2011, cuando abrió diligencias previas, destaparon la supuesta plantación de miles de eucaliptos en tierras del político y su periódico avituallamiento con piezas de caza como "conejos y perdices", además de cabritos. El propio chófer de Liñares contó en el juzgado cómo había visto varias veces que uno de los empresarios le metía bolsas en el maletero, presuntamente con agasajos de este tipo.

"Esta circunstancia era pública y notoria" en la Confederación, asegura la juez en su auto. Tanto, que en una conversación grabada, una trabajadora del organismo encargado de velar por la cuenca le comentaba a otra mujer, cuando se conoció el traslado de Liñares al llegar el PP al Gobierno central: “El Liñares va para Lugo y mejoró,.... y con todo lo que llevó, que arrapañó todo lo que quiso.... chupó más pasta.... porque aquí se llevan obras y licencias”.

Parte del "dinero procedente de esta actividad ilícita", sigue la magistrada, "fue desviado por Liñares a la adquisición de un importante patrimonio inmobiliario y a su participación en distintas sociedades, algunas de las cuales tienen relevantes contratos con Administraciones Públicas". Para evitar que este patrimonio fuera descubrierto, Liñares "ocultaba sus pertenencias, no registrando tales bienes o comprando los mismos a través de terceras personas". Por esto, la juez le atribuye un presunto delito de blanqueo.

La magistrada archiva la causa para algunas de las personas imputadas en este brazo de la Pokémon pero mantiene como investigados, además de a Liñares, a algunos funcionarios y a diversos empresarios por presuntos delitos de fraude y exacciones ilegal, falsedad documental, tráfico de infuencias, intervención fraudulenta en contrataciones públicas, manipulación para alterar el precio de concursos públicos y aprovechamiento de información privilegiada. Además del cohecho relacionado con los presuntos pagos de comisiones y los regalos, atribuye a Liñares los delitos de prevaricación, negociación prohibida a funcionarios y revelacion de secretos. La práctica habitual era adjudicar las obras mediante un procedimiento negociado sin publicidad. Supuestamente Liñares y la empresa que iba a ser contratada organizaban todo. La Confederación invitaba a tres empresas competidoras, pero todas ellas, cree De Lara, estaban de acuerdo. Ganaba la que había presentado un presupuesto más bajo y las grabaciones evidencian los amaños entre compañías: "es posible", apunta la magistrada, "que las mismas empresas acordaran un reparto de las obras".

Según la juez, los servicios por parte de Liñares a cambio de supuestos pagos, regalos y favores de empresarios continuaron después de su cese como jefe supremo de la Confederación: "a posteriori estaría certificando la realización de obras y amañando facturas en connivencia" con un empresario "hasta que por orden del nuevo presidente fue apartado de estas funciones". Esto "desagradó" al expresidente, tanto que él y el gerente de una de las firmas beneficiadas "presumiblemente llegaron a tratar el tema con el subdelegado del Gobierno", dice De Lara. Liñares velaba tanto por los empresarios presuntamente protegidos en su etapa que, según revelan los pinchazos, llegó a llamar a alguno para instruirlo sobre lo que debía responder si le telefoneaba una responsable de medio ambiente en la confederación. Ella le preguntaría sobre el obligatorio sistema de desinfectado de las herramientas para la tala de los alisos enfermos, afectados por una plaga que se propaga y avanza en Galicia. Y él, según Liñares, debía responder que con su empresa no había riesgo: "Tú dices que tienes dos motosierras, una para los árboles sanos y otra para los enfermos".

  • Partido/Org: PSOE
  • Lugar: Galicia
  • Coste aprox.: ? €
  • Total implicados: 6
  • Año de los hechos:2018
  • Estado judicial: Abierto
PSOE
 

Gigatr0n

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141. Caso Marchelo



El juez de Santa Fe que acaba de poner punto y seguido a la fase de instrucción del caso Marchelo (que con 12 años de duración ya es un caso histórico en España), ha puesto cifras concretas a los posibles perjuicios económicos para las arcas públicas provocados por las supuestas actividades delictivas de las 16 personas que ya han sido procesadas. En total, la suma de las cantidades señaladas es de 27,3 millones de euros, un dinero que habría perdido el Ayuntamiento de Alhendín en cuatro grandes operaciones urbanísticas desarrolladas a comienzos de la década anterior en el área metropolitana de Granada. Estos datos revelan que se trata del caso de posible corrupción urbanística más importante de la historia de esta provincia y uno de los más gravosos para un ayuntamiento en el territorio nacional.
La puntualización sobre las cantidades económicas supuestamente defraudadas es el dato más relevante y diferenciador que el instructor ha aportado ahora, respecto a lo que había en octubre de 2009, cuando el primer juez encargado del caso dictó otro auto similar a éste que ponía fin a la instrucción y abría el camino para la celebración del juicio, a los tres años de haberse iniciado las pesquisas.
Pero aquella resolución fue recurrida por el Ayuntamiento de Alhendín (con el apoyo de la Fiscalía), al considerar que aún cabía practicar más diligencias de investigación para apuntalar la acusación contra los entonces imputados.
La Audiencia Provincial de Granada estimó al recurso y ordenó dar marcha atrás para hacer más averiguaciones, con rapapolvo incluido al juez por finalizar la fase de instrucción sin haber finalizado algunas averiguaciones. De este modo, la investigación se reanudó con una prórroga que al final ha durado 9 años (más los 3 iniciales), hasta ahora, en que no es previsible otra vuelta atrás, porque ya se han practicado todas las pruebas solicitadas, en especial la entrega de un informe pericial de tipo económico.
Novosur
Ese informe técnico de un perito externo ha permitido establecer el desfase entre el dinero que el promotor de la urbanización Novosur (con más de 1.500 viviendas construidas al borde de la autovía de la Costa) pagó al Ayuntamiento y el que tenía que haber abonado por la compra de los aprovechamientos urbanísticos que le correspondían al municipio. La diferencia es de 578.000 euros que no llegaron a las arcas municipales porque, según el juez Pedro de Dios Hernández, el convenio firmado entre el empresario Fernando Rodríguez Acosta y el gobierno local incurría en una larga lista de ilegalidades. En primer lugar, la ley obliga a que se justifique por qué es conveniente que el Ayuntamiento se deshaga de los derechos urbanísticos que le corresponden a cambio de una compensación económica. Esto no consta.
Además, la valoración de esa operación debería estar realizada por técnicos municipales, en base a criterios objetivos, algo que tampoco aparecía en el expediente. La cantidad que acordaron como contraprestación (1,2 millones de euros) estaba por debajo de los 1,7 millones que ha estimado ahora el perito judicial.
El juez argumenta que hay indicios en la causa de que el concejal de Urbanismo, Manuel Fernández (el principal imputado del caso), "pudiera haber recibido del promotor inmobiliario una dádiva en especie consistente en una vivienda sita en la urbanización Altos de Vista Nevada", valorada en 340.000 euros. En el comienzo de este caso, en 2006, la Policía intervino el teléfono de este concejal durante casi un año. En las escuchas que aparecen en el sumario ha conversaciones donde ambos mencionan ese piso con el que supuestamente el edil habría recibido el pago a su trato de favor con el empresario.
Marchalhendín
Las principales sumas económicas del posible perjuicio para los intereses públicos investigado en este caso están relacionadas con la operación del parque empresarial de Marchalhendín. En este asunto también sostiene el juez que el concejal de Urbanismo habría maniobrado para favorecer los intereses de los empresarios promotores a cambio de una futura participación en la sociedad del 1,5%.
Para el desarrollo de aquellos terrenos (inicialmente rústicos) fue necesaria la firma de un convenio con el Ayuntamiento, que como en el caso de Novosur, también contenía una serie de irregularidades, especialmente la de la falta de justificación de las cuantías a pagar mediante una valoración adecuada de los técnicos del Ayuntamiento. La empresa se comprometió a abonar 9,5 millones de euros, que eran 6,5 millones menos de la cantidad a la que tendría que haber ascendido esa compensación, según los informes con los que cuenta el juez instructor.
Pero eso no es todo. Los empresarios procesados por esta operación se hicieron con el proyecto del parque empresarial algunos años después de que la sociedad inicialmente propietaria de los terrenos hubiera firmado un primer convenio con el Ayuntamiento para la reclasificación de los terrenos en el años 2000. En aquel documento se pactaron una serie de contraprestaciones millonarias para el Ayuntamiento y para los empresas locales. Estas obligaciones tenían que haber sido asumidas de forma subrogada por la nueva sociedad creada para el desarrollo del parque.
Pero ese nuevo convenio que firmaron los empresarios con el Ayuntamiento de Alhendín en 2005 no contenía referencia alguna a esas obligaciones que, de ese modo, quedaron diluidas con el consecuente perjuicio económico para el municipio.
Se trataba de la entrega al Ayuntamiento de una parcela valorada en 4,1 millones de euros y de los 14,1 millones de euros de los terrenos que se tendrían que haber puesto a disposición de empresarios locales a precios limitados, según aquel acuerdo anterior alcanzado con el municipio en el año 2000 para impulsar el cambio de clasificación urbanística de las 342 hectáreas de suelo rústico. Todo eso quedó olvidado en el segundo convenio y el juez sostiene que los concejales que lo aprobaron eran conscientes de ello.
Un parque 'a dedo'
La otra operación que pudo suponer perjuicio económico al municipio fue la adjudicación por 2 millones de euros de la obra de un parque municipal para mercadillo a Tarje SA, la sociedad de los hermanos Muñoz Tamara, que lideraban también el proyecto de Marchalhendín. Esta licitación que se investiga se produjo un año después de que firmaran con el Ayuntamiento el convenio del parque empresarial antes citado, lo que revela que la vinculación entre políticos y empresarios se mantuvo de una forma transversal.
En aquel concurso, especialmente gravoso para un Ayuntamiento como el de Alhendín, la de Tarje fue la única oferta presentada al concurso y, según el juez, se manipuló a petición del concejal de Urbanismo para que esa sociedad reuniera las condiciones y pudiera acceder al contrato sin competencia y sin necesidad de rebajar su oferta.
Licencia para gasolinera
La operación urbanística que más incrimina al exalcalde de Alhendín, José Guerrero, es la concesión de una licencia para la instalación de una gasolinera en unos terrenos calificados como suelo de uso residencial. El negocio estaba vinculado a sus propios intereses, dado que el terreno fue adquirido por su familia por 9.000 euros antes de la revisión urbanística y luego revendido a otra empresa por 180.000 euros.
Fuente


Peperos haciendo sus peperías... cuadrilla de ijoputas TODOS!
estulto el que vote al pp.
 

rejon

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131...Caso Pokemon/Vendex

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, Pilar de Lara, ha enviado a la Audiencia Nacional una de las piezas principales del caso Pokemon, la relacionada con las adjudicaciones del grupo Vendex por toda España y en la que está incluida la rama coruñesa de la supuesta trama de tratos de favor entre empresas y distintas administraciones, la operación Pikachu. De Lara ordena el traslado a Madrid después de que la Audiencia Provincial se interesara por el estado de esta pieza y dos años y medio después de que la propia juez decidiera inhibirse en favor del Audiencia Nacional -en octubre de 2015- y más de seis años desde que comenzara la instrucción.

En la providencia remitida por la instructora de la Pokemon a Madrid figuran un centenar de investigados, entre los que se encuentran el exteniente de alcalde de A Coruña Julio Flores o los exalcaldes de Lugo y Santiago Xosé López Orozco y Gerardo Conde Roa, entre otros cargos públicos.

De Lara dictó el pasado 27 de marzo la citada providencia, un documento de tan solo dos folios, pero no fue notificada a las partes hasta el pasado 6 de marzo, según informa Efe. En ese escrito, la juez instructora ordena el traslado a la Audiencia Nacional de la causa abierta para investigar supuestas irregularidades en la tramitación de contratos públicos por parte de diversas administraciones a favor de Vendex. Se trata de una de las piezas en las que ha sido dividido el sumario de operación Pokemon, iniciada en 2012 y que investiga supuestos tratos de favor entre empresas y distintas administraciones, sobre todo en Galicia.

En esa providencia, De Lara ordena que se cumpla "de inmediato lo ordenado" y "se remita testimonio de la causa al Juzgado Decano de los Juzgados Centrales de Instrucción". Ahora será la Audiencia Nacional la que decidirá si acepta o no la causa. No sería la primera vez que la rechaza, como ha sucedido con otra la que se investiga supuesto trato de favor a Aquagest en varios ayuntamientos gallegos y asturianos.

Instrucción interminable

En este caso, no solo la rechaza, sino que reprocha a la juez de Lugo que se inhibiera en julio de 2015, pero no la enviase hasta ahora, además de poner en duda que existan algunos de los delitos que se recogen. En un auto dictado el pasado 25 de enero, según avanzó esta semana ABC, la Audiencia Nacional afeó a De Lara la interminable instrucción del caso y cuestionó procedimientos de la juez, como los seis años que acumula de investigación de la presunta trama de adjudicaciones irregulares. Uno de los reproches más duros por parte de la magistrada que firma el escrito, la titular del Juzgado Central de Instrucción nº 3 Carmen Lamela, encargada de la investigación a los mandos intermedios del Gobierno catalán por el referéndum del pasado octubre, se refiere a la forma que tiene De Lara de instruir sus causas: la práctica de nuevas diligencias de investigación después de haber decretado su propia inhibición en la pieza en cuestión y ordenar su remisión a la Audiencia Nacional. La magistrada reprocha además que no "se exprese ni se argumente cuál es el motivo para persistir durante más de seis años" en la instrucción de Pokemon, tiempo en el que "han sido innumerables las medidas de investigación llevadas a cabo" por orden de la instructora de Lugo, según detalla ABC.

  • Partido/Org: PSOE
  • Lugar: Galicia
  • Coste aprox.: ? €
  • Total implicados: 49
  • Año de los hechos: 2009
  • Estado judicial: Abierto
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Gigatr0n

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142. Caso María Casado



Quien fuera alcaldesa de Alpedrete por el Partido Popular (PP) durante 12 años y actual concejal por la oposición y asesora de la Viceconsejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad de Madrid, María Casado Nieto, ha sido condenada por la Audiencia Provincial de Madrid “a siete años de inhabilitación para el ejercicio de empleo o cargo público” por considerarla autora de un delito de “prevaricación administrativa”.
Con esta sentencia en firme queda revocada la absolución que el 15 de diciembre de 2017 había dictado el Juzgado de lo Penal número 3 de Madrid, y como “no cabe interposición de recurso”, la concejal popular se verá obligada a dejar las funciones que ocupa en la actualidad.
“Condenamos a la acusada, María Casado Nieto, como autora de un delito de prevaricación administrativa, del artículo 404 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, a la pena de siete años de inhabilitación para el ejercicio de empleo o cargo público, con expresa imposición de las costas causadas, excepto las que haya podido devengar la acción popular”, dice la sentencia de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid en su resolución fechada el 30 de octubre.
La sentencia remite a una demanda presentada hace ocho años, en 2010, en respuesta a la contratación laboral de dos personas por un trabajo de seis meses como peones en el Departamento de Obras de la localidad, según cuenta a El Salto la secretaria general de la Sección Sindical de Comisiones Obreras (CC OO) en el Ayuntamiento de Alpedrete, Montserrat Gomis.
“Entonces contrataron a dos personas, como se suele decir, a dedo, sin dar la oportunidad a otras que también necesitaran ese trabajo a tener la posibilidad de acceder a ese empleo público en condiciones de mérito y capacidad”, recuerda Gomis, cuyo sindicato fue el responsable de la interposición de la querella.
Uno de los contratados, además, era familiar de la ahora condenada. “Era un primo de la alcaldesa, e incluso ambas personas en algún momento ya habían trabajado en el Ayuntamiento. Pero, aunque hubieran trabajado, siempre tiene que hacerse ese proceso selectivo para dar seguridad de que todo el mundo puede acceder al empleo público. No puedes contratar a quien quieras y cuando quieras, por eso lo denunciamos, no por el vínculo. Era una contratación de seis meses, pero da igual que fuera para seis meses o para toda la vida, que contraten a dos o a cien personas, el hecho es hacer algo a sabiendas de que está mal”, afirma la representante de CC OO.
El agravante, en este caso, es que un informe de Secretaría del Ayuntamiento advertía de que estaba llevándose a cabo una contratación fuera del procedimiento reglamentario. Pese a ello, María Casado Nieto decidió seguir adelante.
“Había un informe negativo, ella firmó conforme de que lo había recibido, de que era consciente de ello, y aun así contrató a estas dos personas, por eso la prevaricación, porque era consciente de que estaba dictando una resolución a sabiendas de ir contra del ordenamiento jurídico laboral”, enfatiza Gomis.
En esa ocasión la entonces alcaldesa habría argumentado que se trataba de sustituciones con carácter de urgencia e inaplazables. “En realidad era por la jubilación y las vacaciones de unos compañeros. Desde hacía tiempo se sabía que en verano hay que sustituir por vacaciones y cuando un compañero se jubila, se sabe con antelación. No es algo sobrevenido, se sabe con tiempo”, desmintió la representante sindical.
La causa, iniciada hace ocho años, ha llegado a su fin con sentencia condenatoria firme contra la que no cabe interposición de recurso. “Lo denunciamos y ha tenido todo el recorrido de estos ocho años desde la instrucción. Luego pasó a lo penal, y aunque en un principio se estimó que no había delito, apelamos y ahora la Audiencia Provincial en base a la documentación que siempre hemos presentado, muy decisivas y con mucha carga probatoria de que esto se hizo así, pues al final ha fallado una condena de siete años de inhabilitación para todo cargo público, por prevaricación administrativa”, afirma Gomis, destacando la importancia de una resolución condenatoria de este tipo, por la dificultad que implican.
“Es un éxito porque es muy difícil que los Juzgados vean la prevaricación administrativa, parece incluso que para la sociedad y para todo el mundo es algo menor. Pero estamos hablando de que el derecho que tenemos todos al empleo público no se puede coartar y no puede hacerse de forma caprichosa. Hay mucho paro, hay mucha gente que quiere trabajar en la administración, que se preparan para ello y ven cómo no pueden acceder porque entra gente a dedo, y eso hay que pararlo”, sentencia la representante de Comisiones Obreras.
Dos décadas en cargos públicos y defendida por Cifuentes
María Casado Nieto, conocida como “Marisol” entre las vecinas y vecinos del pueblo, es una histórica referente del Partido Popular en esta localidad de la sierra norte de Madrid. Según describe su biografía en la Web del Ayuntamiento de Alpedrete, ha sido empresaria desde 1992 y desde el año 1995 ocupa cargos en el Ayuntamiento. “En 1995 me incorporé al Ayuntamiento de Alpedrete como concejal del equipo de gobierno del Partido Popular, y desde entonces compaginé mi vida política con la laboral. Durante los siguientes cuatro años (1999 a 2003) fui concejal de la oposición y portavoz del Grupo Municipal Partido Popular. Desde junio de 2003 a junio de 2015 he sido alcaldesa de Alpedrete con dedicación exclusiva, siendo actualmente la portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular (cargo que he vuelto a compaginar con mi trabajo)”, detalla.
En la actualidad, Marisol Casado Nieto compagina sus funciones de concejala con la de asesora en la Viceconsejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad de Madrid, cargo por el que, según el portal de transparencia de la Comunidad, percibe un sueldo anual de 53.640,16 euros y que se verá obligada a dejar a partir de esta sentencia judicial que no admite recurso.
El 20 de septiembre de 2017 la diputada del Grupo Parlamentario de Podemos por la Comunidad de Madrid, María Espinosa de la Llave, preguntó a la entonces presidenta de la Comunidad, Cristina Cifuentes, si se planteaba cesar a María Casado, tras la apertura de juicio oral contra ella. La respuesta, según consigna el portal El Boletin fue escueta y contundente. “No se plantea el cese”, contestó.
Con esta resolución judicial, María Casado Nieto se verá obligada a abandonar todos los cargos públicos que ostenta y queda en suspenso si decidirá poner fin a su extensa carrera política. “Esta sentencia en ese sentido es un éxito y creo que es una lección para todos los cargos públicos”, finaliza la representante del sindicato CC OO, Montserrat Gomis, no sin antes recordar aquella frase que en enero de 2013 en la apertura de la Vigésima Intermunicipal Popular pronunció María Dolores de Cospedal: “En el PP quien las hace las paga”.
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rejon

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Escándalo en España, en Europa y en todo el puñetero mundo, hasta los narices de la mafia sociata y sus tentáculos en la justicia!!! :mad

 

Gigatr0n

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Escándalo en España, en Europa y en todo el puñetero mundo, hasta los narices de la mafia sociata y sus tentáculos en la justicia!!! :mad
Escandalo en los Muy de derechas!!! que cachopo!
Para escándalo un partido podrido disfrazado de politico CONDENADO en EJERCICIO de sus funciones por CORRUPCIÓN!!!
 

rejon

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Escandalo en los Muy de derechas!!! que cachopo!
Para escándalo un partido podrido disfrazado de politico CONDENADO en EJERCICIO de sus funciones por CORRUPCIÓN!!!
Aqui el único partido condenado en ejecución es el psoe....augusto de hez... pensando: :mad