Colin W. Smith dijo:
Voy a ser breve porque no tengo tiempo para contestar exhaustivamente.
Si bien se puede plantear que existe cierto grado de inseguridad jurídica para el propietario que se plantea alquilar, y que este hecho le desincentiva para alquilar, también hay que decir que el motivo principal por el que no se alquila es porque tener un piso vacío es muy barato y la rentabilidad que añade el alquiler a la derivada de materializar la revalorización del inmueble en una futura venta ha venido siendo ridícula. Tan ridícula que no compensa los quebraderos de cabeza que pueda reportar.
Quien dice que el problema del alquiler es un problema de seguridad jurídica, o no sabe de que habla o es un demagogo. Muchos arrendadores se sienten inseguros jurídicamente cuando la ley les exige un compromiso de hasta cinco años con el arrendatario o el mantenimiento del inmueble en condiciones de habitabilidad; lo que quieren es un negocio limpio: dinero y cuando me canse de ti me devuelves la vivienda tal y como estaba. Entonces se pierde de vista que pagar por el uso de una cosa comporta un deterioro normal de la cosa usada. Y aquí cuestiono el archiconocido "alquilé un piso y me lo destrozaron"; la mayoría de los pisos alquilados no se destrozan. Claro, cuando se revierten al propietario hay que pintarlos, cambiar algún grifo, etc. pero eso es el coste del negocio. Todavía no he conocido a ningún propietario de un bar que se queje porque los clientes le desgastan la cafetera o ensucian las copas que se toman: es porque entienden que es inherente al negocio.
En cualquier caso, si alguien tiene problemas con que le puedan destrozar el piso, que recurra a una de esas agencias públicas de alquiler que con los impuestos de todos le pagan un seguro de caución. (Los agricultores deberían exigir del Estado, para ser justos, que les asegure a todos ellos sus cosechas; lo del seguro de caución a costa del erario público es la vergüenza de que el Estado asuma los riesgos de un negocio privado). Claro que igual el precio máximo que imponen esas agencias no les parece satisfactorio.
Por otro lado, me parecen ridículos los planteamientos que dicen que la ley debería facilitar el deshaucio. No pagar la renta o destrozar el inmueble es causa de resolución del contrato de alquiler. Sin contrato de alquiler no hay título jurídico que ampare la ocupación de la vivienda y en consecuencia se tiene que abandonar. Pero todo eso hay que probarlo ante un juez y éste es quien debe ejecutar el deshaucio; que la justicia sea lenta es un problema general que a todos perjudica (si les parece a los señores propietarios, se crearán juzgados especiales para estos temas, detrayendo recursos de otras jurisdicciones que tutelan derechos más importantes, como la penal o la contencioso-administrativa). En el arrendamiento de inmuebles entra en juego el derecho a la inviolabilidad del domicilio, muy superior al derecho de propiedad; al que no le convenga, que se vaya a vivir a una república bananera.
La solución al problema del alquiler es sencilla: un impuesto brutal sobre las viviendas vacías y, eventualmente, expropiación. Debe recordarse que el derecho de propiedad está supeditado al cumplimiento de su función social, y la función social de una vivienda es la de ser habitada.
Faltaría más, que ahora me pusiera yo a llorar para que a un señor al que le sobran pisos le pongamos fácil el negocio. Y un toque para los dolidos por la situación inmobiliaria que comparten el discurso del propietario desamparado: bastante tenemos con lo nuestro para hacerles la cama a estos sres./as. que lo único que quieren es mejorar su balance (he de añadir, sin trabajar).
Saludos.