plakaplaka
Madmaxista
- Desde
- 18 Sep 2007
- Mensajes
- 21.572
- Reputación
- 26.579
Eso es, 1,53 en sangre, 0,77 en aire.Sera al reves, o bien 0.7 en aire.
Hombre, ya. Partimos de que es mejor pasar la ITV y evitar jaleos, eso es evidente.Claro pero para empezar ya te vas a tener que dejar los cuartos en un abogado, que no es barato, y así evitar males mayores.
Pero si se da el caso de que tienes un accidente por tu culpa sin haber pasado la ITV, y que tu aseguradora te reclama los daños que hayas ocasionado, no te va a quedar más remedio. Eso sí, será la aseguradora que quiere eximirse del pago la que deba probar todo aquello.
Cierto. Habiendo pasado ITV, o sin haberlo hecho.Un mal equilibrado, unas pastillas defectuosas o unos neumáticos sin la rodadura suficiente ya son suficiente motivo para provocar un accidente y es algo que muchísima gente no lleva al día en sus vehículos.
Nones. No es lo mismo que el perito confirme que el vehículo tiene un elemento en mal estado a que pueda acreditar que ese defecto mecánico ha sido el causante directo del accidente.Y el tema de la avería achacable al accidente es en el momento del siniestro, luego es tan fácil como peritar el coche accidentado.
Pues habría que verlo, y habrá que ver su aplicación práctica. Casos en que Pelayo haya reclamado a su cliente las cantidades abonadas por la compañía en caso de accidente culpa de ese asegurado suyo que circulaba sin ITV. En una búsqueda rápida no he encontrado ninguna sentencia en esa línea.Pues en Pelayo, por ejemplo, lo pone bien clarito.
La alegación era que no se demostraba que la ingesta de alcohol fuese la causante del siniestro.Lo harías alegando determinadas causas o errores pero no por el hecho de la claúsula en si.
Pero vamos que la pena de prisión y la multa económica que le metieron a tu cliente debió ser fina.
S2