Nueva "cuota de solidaridad" a "salarios altos" para pagar las pensiones. Salario alto = 56 K

Polybolis

Himbersor
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Por supuesto esto no afectará a los políticos me gusta la fruta, que el que menos ingresará 60k u 80k al año.

Por supuesto, sus sueldos estarán exentos, a parte del tramo libre de impuestos que ya tienen.

Hay que engancharlos a todos.
 

Feyerabend

Himbersor
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Großherzogtum Baden
Otra medida contraproducente. Están erre que erre diciendo que necesitan que los más cualificados se queden y no se vayan y al mismo tiempo les pretendes gravar con cosas como estas que salen de la nada y que no generan derecho de ningún tipo. Me recuerda al impuesto de solidaridad para con la antigua RDA, que se puso "temporalmente" para un anio en 1991 y luego lo prolongaron para siempre hasta que en 2021 lo redujeron a solo "loj ricoj" es decir los que cobraban algo más de 65k anuales. Ojo que ese tipo de impuesto da mucho juego y se puede usar cualquier excusa para implantarlo.
 

Economista1982

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Por supuesto esto no afectará a los políticos me gusta la fruta, que el que menos ingresará 60k u 80k al año.

Por supuesto, sus sueldos estarán exentos, a parte del tramo libre de impuestos que ya tienen.

Hay que engancharlos a todos.
Los políticos cobran una parte muy importante en dietas sin cotización, por esta misma razón. De ahí los más de 2000e /mes en dieta. Eso nadie lo protesta ni podemos, ni sumar ni bildu ni nadie.
 

Remero du merda

Himbersor
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Por supuesto esto no afectará a los políticos me gusta la fruta, que el que menos ingresará 60k u 80k al año.

Por supuesto, sus sueldos estarán exentos, a parte del tramo libre de impuestos que ya tienen.

Hay que engancharlos a todos.
Claro que no, porque los políticos tienen una gran parte de su salario exenta del IRPF, como las dietas.
 

Economista1982

Madmaxista
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Aquí os dejo los sueldos de sus señorías. Una grandísima parte encubierta en dietas y similar exentas de IRPF.

A seguir votando....


I. Retribuciones:

Todas las percepciones incluidas en este apartado están sometidas al régimen general de retención y tributación fiscales.


Las retribuciones para el año 2023 son las siguientes:


1. Asignación constitucional idéntica para todos los Diputados: 3.142,14 euros al mes.


2. A esta asignación se añaden, en su caso, los complementos en función del cargo que desempeñe la Diputada o el Diputado por ser miembro de la Mesa, o de la Junta de Portavoces, bien de la Cámara o bien de alguna Comisión. Los de cada grupo no son acumulables.


Complementos mensuales por razón del cargo:


Presidente.


- Complemento miembro de Mesa: 3.437,73 €
- Gastos de representación: 3.733,11 €
- Gastos libre disposición: 3.060,82 €



Vicepresidentes.


- Complemento miembro de Mesa: 1.353,07 €
- Gastos de representación: 1.130,72 €
- Gastos libre disposición: 790,96 €



Secretarios.


- Complemento miembro de Mesa: 1.056,48 €
- Gastos de representación: 915,53 €
- Gastos libre disposición: 757,69 €



Portavoces.


- Gastos de representación: 1.947,71 €
- Gastos libre disposición: 1.036,18 €



Portavoces adjuntos.


- Gastos de representación: 1.590,65 €
- Gastos libre disposición: 739,64 €



Presidentes de Comisión.


- Gastos de representación: 1.598,13 €


Vicepresidentes de Comisión.


- Gastos de representación: 1.168,43 €


Secretarios de Comisión.


- Gastos de representación: 778,96 €


Portavoces de Comisión.


- Gastos de representación: 1.168,43 €


Portavoces adjuntos de Comisión.


- Gastos de representación: 778,96 €


Retribuciones de los miembros de la Diputación Permanente.



Los Diputados miembros de la Diputación Permanente, tanto titulares como suplentes, percibirán a partir del primer día del mes siguiente al de la disolución de la Cámara como retribución la asignación constitucional, la indemnización y un complemento de miembro de la Diputación Permanente equivalente en su cuantía a la totalidad de los que venían percibiendo en el momento de la disolución, hasta el día anterior al de la constitución de la nueva Cámara.

III. Indemnizaciones y ayudas

Los Diputados y Diputadas tienen derecho a "las ayudas, franquicias e indemnizaciones por gastos que sean indispensables para el cumplimiento de su función" (8.2 RCD). Entre los conceptos incluidos en este precepto pueden destacarse los siguientes:


A. Indemnización


Con este concepto, que tiene una cuantía mensual de 2.018,41 euros para los Diputados de circunscripciones distintas a Madrid y de 963,43 euros para los electos por Madrid, los parlamentarios deben afrontar los gastos que les origine la actividad de la Cámara. Es una cantidad dedicada, pues, a cubrir gastos y por ello exenta de tributación, de acuerdo con lo previsto en el art. 17.2 b) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre.


B. Transporte


El Congreso de los Diputados cubre los gastos de transporte en medio público (avión, tren, automóvil o barco) de los Diputados, así como los gastos derivados del aparcamiento en las estaciones de tren y aeropuertos. Se trata de un reembolso de gasto, es decir, no se facilita una cantidad al parlamentario, sino que se le abona directamente el billete a la empresa transportista. Excepción hecha, claro está, del uso del propio automóvil en sus desplazamientos a la Cámara para el cumplimiento de sus funciones parlamentarias, en cuyo caso y previa justificación, se abona 0,26 euros por kilómetro así como, en su caso, los importes de los peajes de autopistas.
A partir del mes de mayo de 2006 la Cámara facilita a cada Diputado que no dispone de vehículo oficial una tarjeta personalizada que permite abonar el servicio de taxi en la ciudad de Madrid. La disponibilidad de dicha tarjeta tiene un límite anual de 3000 euros.


C. Gastos en viajes oficiales


Los Diputados solo perciben dietas por los desplazamientos que realizan en los viajes oficiales expresamente autorizados por la Mesa. A partir del 1 de enero de 2006, la cuantía de las dietas se cifra en 150 euros por día en el supuesto de desplazamientos al extranjero y 120 euros diarios en el de viajes dentro del territorio nacional.


D. Comunicaciones


Las convocatorias a las sesiones de la Cámara se efectúan por correo electrónico y mensajes SMS. También se distribuye por correo electrónico la documentación de los distintos órganos de la Cámara. Igualmente, el Boletín Oficial de las Cortes Generales y el Diario de Sesiones se editan electrónicamente. Por ello, el Congreso facilita a los Diputados un iPad, así como un teléfono móvil que les permitan ejercer su función.


E. Los Diputados disponen de despacho propio en el Congreso.


F. Por último, al amparo del artículo 2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, los miembros de la Mesa, los Presidentes de Comisión y los Grupos Parlamentarios, pueden proponer el nombramiento de personal de confianza para apoyarles en el ejercicio de su función:
- Al inicio de la XV legislatura, la dotación del gabinete de la Presidencia está compuesta por siete personas.
- Los miembros de la Mesa (Vicepresidentes y Secretarios) disponen de hasta tres personas cada uno para esta tarea.
- Los Presidentes de Comisión cuentan con un asistente para cada uno de ellos.
- Los Grupos Parlamentarios pueden proponer el nombramiento de un número de asistentes que no supere la ratio de 1 por Diputado. De otra parte, los Grupos Parlamentarios con 10 o menos miembros, así como el Grupo Parlamentario Mixto, pueden proponer el nombramiento, con carácter adicional, de un coordinador.
- Asimismo, los Grupos Parlamentarios pueden ceder a otros grupos parte del cupo asignado en virtud de dicha ratio

IV. Subvenciones a Grupos Parlamentarios

El artículo 28 del Reglamento del Congreso de los Diputados señala lo siguiente:


1. El Congreso pondrá a disposición de los Grupos Parlamentarios, locales y medios materiales suficientes y les asignará, con cargo a su Presupuesto, una subvención fija idéntica para todos y otra variable en función del número de Diputados de cada uno de ellos. Las cuantías se fijarán por la Mesa de la Cámara dentro de los límites de la correspondiente consignación presupuestaria.


2. Los Grupos Parlamentarios deberán llevar una contabilidad específica de la subvención a que se refiere el apartado anterior, que pondrán a disposición de la Mesa del Congreso siempre que ésta lo pida.



En aplicación de dicha norma, la Cámara ha fijado una subvención fija cuya cuantía, para cada Grupo Parlamentario, es de 30.346,72 euros mensuales y una subvención variable en función del número de Diputados de cada uno de ellos de 1.746,16 euros mensuales por cada Diputado.
 

FatalFary

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Que la base máxima de cotización empiece en los 56.000 € anuales es de grandísima vergüenza.
 

barral

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Una duda por mi parte, totalmente ignorante en leyes. ¿Puede un consejo de ministros imponer, así sin más, este robo planificado a más de 20 años vista?
 

Remero du merda

Himbersor
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Una duda por mi parte, totalmente ignorante en leyes. ¿Puede un consejo de ministros imponer, así sin más, este robo planificado a más de 20 años vista?
Pues claro que sí, y no hace falta ser ignorante o conocedor de leyes. Pueden hacer lo que les salga de los narices, y si eso el Tribunal de Justicia Europea les para los pies, como pasó con las sanciones de modeo 720, bastantes años después
 

Impactrueno

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No falta el pobre envidioso que le parece bien porque "es que ojala ganara yo eso, se lo pueden permitir". Como si meter la puntita y parar ahi fuera una promesa a cumplir por la mafia estatal.
 

ShellShock

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Remar en España es de sumisos castrados o dementes.

Aquí cuentan los funcivagos, los jubilados, las mujeres y los vagos paguiteros, ya que entre todos ellos suman una amplísima mayoría electoral. Como sólo hay que tenerlos contentos a ellos para ganar elecciones, al varón blanco heterosexual currante español se le machaca y se le exprime a impuestos para darles el dinero a los otros ya mencionados. Todo esto con un "coeficiente de rozamiento" que se cobran los políticos de turno.

Así que ya sabéis. REMAR EN ESPAÑA ES DE SUMISOS CASTRADOS O DEMENTES.

Por mi parte VA A REMAR SU querida madre.