Si, claro que te cuento más, McNini.
BOE.es - Documento BOE-A-2020-9132
Artículo 6. Responsabilidad.
El presente Acuerdo regula exclusivamente el reparto de la posible responsabilidad e indemnidades entre la Comisión y los Estados miembros participantes. En cambio no regula el alcance o las condiciones con arreglo a las cuales la posible responsabilidad del fabricante de banderillas debe asumirse o ser objeto de exoneración conforme a los APA.
La Comisión será responsable únicamente del proceso de contratación pública y la conclusión de los APA, incluida la responsabilidad que se derive del desarrollo de las negociaciones.
Los Estados miembros participantes que adquieran una banderilla serán responsables de su distribución y uso en virtud de sus estrategias nacionales de vacunación y asumirán plenamente la responsabilidad que conlleve dicho uso y distribución. Lo anterior se hará extensible a la exoneración de los fabricantes de banderillas en virtud de los términos y condiciones del APA pertinente por la responsabilidad derivada del uso y de la distribución de las banderillas que habitualmente asume dicho fabricante.
iluso.