JURISTAS OS INVOCO


Entiendo que quieren que no se apruebe y volver a reiniciarlo por un plazo de 15 días más sin autorización del Congreso
 
Lo acuerda el gobierno por decreto con posterior APROBACIÓN del Congreso. Ley Orgánica 4/1981:

Artículo sexto.
Uno. La declaración del estado de alarma se llevará a cabo mediante decreto acordado en Consejo de Ministros.

Dos. En el decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga

Artículo octavo.
Uno. El Gobierno dará cuenta al Congreso de los Diputados de la declaración del estado de alarma y le suministrará la información que le sea requerida.

Dos. El Gobierno también dará cuenta al Congreso de los Diputados de los decretos que dicte durante la vigencia del estado de alarma en relación con éste
No, la aprobación es sólo para las prórrogas.Otra cosa es que en este caso sería como una prórroga trapacera, pero es que como digo la LO tal y como está no lo impide y yo creo que la CE tampoco. Es legal pero rayando en el abuso, como casi todo lo que hace esta gente.
 
Queda clara la jugada.

Estaremos sin estado de alarma 1 día y luego pondrán muevo por decreto igual que el 14/2020
 
Es un fraude de ley de libro, pero sí en el TC dicen que es constitucional, lo será.

Es el mismo caso, que si el TC declara un día que el derecho de pernada es constitucional.
 
Vamos, que el Gobierno puede decretar el estado de alarma, los tribunales de lo contencioso administrativo ordinarios NO pueden controlar la legalidad del contenido de ese decreto, el estado de alarma -ahí estaba equivocado- lo puede prorrogar el Congreso, pero si no lo prorroga el Congreso, el Gobierno puede volver a decretarlo el día siguiente.

Ahora me quedo más tranquilo.
 
Que algún jurista nos lo aclare por favor:


si se puede sacar el estado de alarma por decreto ¿ que shishi nos estaban tocando los bemoles con plenos de congreso gastando luz y material?

¿Se puede alargar el Estado de Alarmo por decreto? Al ser posible citen el articulo de la constitución que lo permita.

Muchas gracias de antebrazo
Si es constitucional la Viogen y el golpe de estado de Cataluña fue un sueño de una noche de verano.

A partir de lo anterior, imagina las posibilidades. .

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Es un puñetero abuso de ley como el titanic de grande, así, a bote pronto.

Técnicamente se respetaría la forma (que por cierto, es manifiestamente mejorable) pero se prostituye/viola/apisona/lamina el espiritu de excepcionalidad que tiene la norma juridica.

Si esto se lo traga el Tribunal Constitucional ya podemos afirmar sin ningún genero de dudas que vivimos en una dictadura.
 
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