Es que no hay tal... Son exageraciones de la prensa...
Los 20 días (para despido objetivo procedente) quizá se hayan ampliado, en cuanto a causas, pero han existido desde la aprobación del E.T. en 1980... Y no se aplican nunca, porque los jueces consideran (salvo raras excepciones) esos despidos como improcedentes, y toca pagar 45 días... (salvo en el caso del 'contrato de 33 días', antes raro -por las condiciones que había que reunir para poder ser contratado así- y ahora algo más frecuente, porque la reforma ha abierto la mano en cuanto a esas condiciones. Para 'los de este contrato' la indemnización por despido objetivo improcedente será de 33 días, siempre y cuando un juez no diga que hay 'trampa' de algún tipo, y aplique los 45 días...