El Alto Tribunal andaluz fija que la integración del personal externo supone la huida del derecho administrativo, el desprecio al Estado de Derecho y la vulneración del EBEP y la Constitución.
...un desprecio al Estado de Derecho, porque el propio Estatuto Básico integra en un único cuerpo legal básico las normas principales que se aplican a los empleados públicos sean funcionarios o personal laboral y esas normas principales como afirma el Ministerio Fiscal, fiel trasunto del artículo 23.2 han sido infringidas en el presente caso, porque todos los trabajadores que se integran como personal laboral de la Agencia han eludido el acceso por esos principios de igualdad, mérito y capacidad".
Resulta evidente la flagrante vulneración de los derechos fundamentales, pues este personal, como cualquier ciudadano, para acceder como funcionario o personal laboral de la Administración debe participar en las correspondientes pruebas selectivas de acceso libre, convocadas en ejecución de las ofertas de empleo público. Procesos reglados que el Gobierno andaluz ignora con este sistema excepcional de integración, carente de absoluta motivación como denuncia el Ministerio Fiscal y con una clara repercusión en los funcionarios, personal laboral fijo y ciudadanos que ven lesionados sus derechos de acceso en condiciones de igualdad y, a la larga, la merma de los servicios públicos.