Nefersen
Nuncio Apostólico
- Desde
- 24 Sep 2012
- Mensajes
- 53.741
- Reputación
- 169.504
Article 8 – Right to respect for private and family life
1. Everyone has the right to respect for his private and family life, his home and his correspondence.
2. There shall be no interference by a public authority with the exercise of this right except such as is in accordance with the law and is necessary in a democratic society in the interests of national security, public safety or the economic well-being of the country, for the prevention of disorder or crime, for the protection of health or morals, or for the protection of the rights and freedoms of others.
Como podéis ver, la sentencia lo que hace es recalcar algo que ya está reconocido por el artículo. Que los límites del derecho son los intereses de seguridad nacional, .... y la protección de la salud colectiva.
Es decir, que la batalla estaba perdida de antemano, no porque lo diga este tribunal. La legislación ya autoriza al Estado para saltarse todo el respeto a la privacidad y a la vida familiar, si se alega un interés colectivo superior.
Lo verdaderamente grotesco es como los medios han utilizado la sentencia -que está ceñida a la discusión de este artículo en concreto, para sacar la conclusión de que:
El TEDH dice que la vacunación obligatoria es "necesaria en una sociedad democrática"
Es una manipulación GROTESCA.
Lo que dice el TEDH es que el derecho a la privacidad y la vida familiar puede ser interferida por causas colectivas de fuerza mayor.
1. Everyone has the right to respect for his private and family life, his home and his correspondence.
2. There shall be no interference by a public authority with the exercise of this right except such as is in accordance with the law and is necessary in a democratic society in the interests of national security, public safety or the economic well-being of the country, for the prevention of disorder or crime, for the protection of health or morals, or for the protection of the rights and freedoms of others.
Como podéis ver, la sentencia lo que hace es recalcar algo que ya está reconocido por el artículo. Que los límites del derecho son los intereses de seguridad nacional, .... y la protección de la salud colectiva.
Es decir, que la batalla estaba perdida de antemano, no porque lo diga este tribunal. La legislación ya autoriza al Estado para saltarse todo el respeto a la privacidad y a la vida familiar, si se alega un interés colectivo superior.
Lo verdaderamente grotesco es como los medios han utilizado la sentencia -que está ceñida a la discusión de este artículo en concreto, para sacar la conclusión de que:
El TEDH dice que la vacunación obligatoria es "necesaria en una sociedad democrática"
Es una manipulación GROTESCA.
Lo que dice el TEDH es que el derecho a la privacidad y la vida familiar puede ser interferida por causas colectivas de fuerza mayor.
Sé perfectamente lo que dice el texto original. El link al PDF de la sentencia está posteado en el hilo.Me estas poniendo como ejemplo a los mass hez y sin saber qué dice el texto original?????
Última edición: