¿En serio? Me quieren subir el 3,2% de alquiler, aunque el IPC esté al -1%

Hola a todos.

Antes de nada, deciros que despues de 3 años he decidido registrarme en este interesantísimo foro. Llegué aquí a través de una web que se llamaba zulitos.blogspot, donde denunciaban los nidos de cucaracha que pretendian vender o alquilar. Desde entonces suelo pasarme por aquí asiduamente.


Tras la presentación os comento el problema y/o duda que me ha surgido como inquilino a raiz de la actualización de la renta por alquiler de vivienda.

Llevo 3 años de alquiler, con su correspondiente actualización del IPC. Este pasado mes me tocaba dicha actualización. Como el interanual de Junio es de -1%, tenía prevista una pequeña rebaja. Sin embargo, me encuentro que los propietarios me dicen que me suben la renta un 3,2% según "el IPC para la vivienda en alquiler". He mirado en la web del INE y efectivamente este índice hace referencia al llamado IPC de Vivienda en alquiler (rúbrica 33).

Sin embargo, en el contrato no se especifica nada más que la renta se actualizará según el IPC interanual del mes del contrato, sin ninguna cláusula referente a este "IPC de Vivienda en alquiler (rúbrica 33)". Ello, claro está, me ha hecho sospechar y tras estudiar detenidamente las actualizaciónes anteriores, he visto que siempre me han aplicado ese mismo índice. Confiado (y simple) que soy...

Creo que la "rúbrica 33" no se aplica según la LAU. Si estoy en lo cierto, incluso he pagado de más en estos 3 años, ya que el incremento del IPC general es inferior al incremento del IPC del alquiler de vivienda rúbrica 33. Si este año acepto este índice, llegaría a pagar casi 600 euros más que con el IPC general.


Resumiendo, ¿Que puedo hacer? ¿Puedo aplicar de forma retroactiva lo que he pagado de más con el sistema de rúbrica 33? ¿O por el contrario estoy totalmente equivocado?

¡Muchas gracias de antemano por la ayuda!

¡Saludos!

INEbase / Indice de Precios de Consumo (Base 2006) / ¿Quiere actualizar una renta?

Obtenga un certificado de esta actualización -1% con estos cálculos en el INE y envíe dicho certificado por burofax al casero, al siguiente mes pague el alquiler según dicha actualización. De retroactivo nada de nada, eso sí, el INCREMENTO (+/-) se debe aplicar al mes siguiente de cumplir la anualidad, y avisando al casero (aunque sea un día antes del primer mes de la siguiente anualidad).

Lo demás es farándula, y por cierto, se debe aplicar el IPC el que está en el enlace, y no otro (ni IPC asociado a vivienda ni a alquiler, ya que este último no existe)...

Saludos.
 
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No encuentro dicho índice en la web del INE y tampoco nada referente a lo arriba indicado por el forero (además su enlace no funciona).

Es verdad, el enlace no funcionaba pero ya lo he arreglado (a no ser que caduque). Prueba con este. Si tampoco, simplemente accede a esta página para calcular el nuevo valor de la renta según el IPC GENERAL que es el especificado en la LAU; y aquí para ver las variaciones del IPC y los "subtipos" que hay.
 
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