El Parlamento ultima la ley que convertirá en fijos a 660.000 interinos de la Administración II

MUGALARI

Madmaxista
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La decisión ha sido adoptada por el Pleno de la Sala de lo Social del alto tribunal español, en una sesión no jurisdiccional, con la intención de llevar a cabo su correcta interpretación, y ante la existencia de importantes interrogantes acerca de su alcance en determinados aspectos. Según ha señalado el Supremo en un comunicado, la Sala ha acordado iniciar las actuaciones a fin de formular una cuestión prejudicial ante el TJUE.

La Sala de lo Social del TS entiende de personal laboral, no es competente respecto los funcionarios.

Para funcionarios toca la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

¿Alguna noticia sobre la Sala de lo Contencioso?

Todo lo que vas trayendo habla de personal laboral indefinido no fijo y no de funcionarios interinos.

Del enlace

De este modo, el TJUE —que respondió a una cuestión prejudicial elevada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid— insta al Ejecutivo a que convierta en fijos, a todos los efectos, a todos empleados temporales de larga duración (personal laboral indefinido no fijo), que según distintas fuentes podrían llegar a varios cientos de miles. El fallo va más allá y apunta que serán los tribunales españoles los que deben “modificar la jurisprudencia nacional consolidada” si su interpretación se basa en las disposiciones nacionales, incluso constitucionales, incompatible con los objetivos de la Directiva 1999/70 y, en particular, del Acuerdo Marco europeo, que regula las medidas para impedir que las administraciones abusen del empleo temporal.
Cierto. Pero también es cierto que las prejudiciales del contencioso salen en unos meses. Y aquí lo veremos.
Y mientras tanto veamos el final de este articulo El Supremo pregunta a Europa por el futuro de miles de interinos tras la sentencia que obliga a hacerlos fijos (eldiario.es) .


"También pregunta, en segundo lugar y todavía en relación con el empleo público, cómo encaja esta doctrina con las normas españolas que “garantizan el derecho de acceso al empleo público conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad”. En definitiva, cómo se puede hacer trabajador fijo de la administración a todos estos interinos de larga duración existiendo procesos de oposición para obtener un puesto de trabajo en la administración pública.

Está por ver si ahora los jueces españoles, en especial el Supremo, paralizan la tramitación de recursos relacionados con estas problemática que afecta a miles de trabajadores."
 

flarispogursio

onomatopeyon
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Los laborales (indefinidos no fijos) no hay dudas.

Ya postearás qué pasa con las prejudiciales de los funcionarios que aún no han salido.

Respecto a la jurisdicción contenciosa del Supremo, a la espera de que el TJUE resuelva las prejudiciales del Juzgado 17 Contencioso de Barcelona, mantienen sus tesis muy restrictivas sobre la reclamaciones de estos profesionales temporales. De esta manera, con fecha de 6 de marzo del 2024, volvían a inadmitir a través de una providencia un recurso de casación por falta de interés casacional de una funcionaria temporal en abuso.

La Sala, con Pablo Lucas Murillo a la cabeza, presidente de la misma, sigue con sus planteamientos de antaño pese al fallo del TJUE último y señala que no todo abuso genera daños al funcionario temporal. Sin embargo, abre la puerta a responsabilidad patrimonial del Estado en el caso que el profesional pueda demostrar que ha sufrido daños, algo muy complicado con la normativa existente en nuestro país que obliga a cumplir muchos requisitos.
 

flarispogursio

onomatopeyon
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Está por ver si ahora los jueces españoles, en especial el Supremo, paralizan la tramitación de recursos relacionados con estas problemática que afecta a miles de trabajadores."

Pues va a ser que...


De esta manera, con fecha de 6 de marzo del 2024, volvían a inadmitir a través de una providencia un recurso de casación por falta de interés casacional de una funcionaria temporal en abuso.
 

MUGALARI

Madmaxista
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Pues va a ser que...


De esta manera, con fecha de 6 de marzo del 2024, volvían a inadmitir a través de una providencia un recurso de casación por falta de interés casacional de una funcionaria temporal en abuso.

PUES NO , NO SE PARALIZA.

Los tribunales dan la razón a ELA y decretan que debe ser calificada como fija una trabajadora laboral temporal del IFAS.

Los tribunales dan la razón a ELA y decretan que debe ser calificada como fija una trabajadora laboral temporal del IFAS — ELA Sindikatua
 

flarispogursio

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PUES NO , NO SE PARALIZA.

Los tribunales dan la razón a ELA y decretan que debe ser calificada como fija una trabajadora laboral temporal del IFAS.

Los tribunales dan la razón a ELA y decretan que debe ser calificada como fija una trabajadora laboral temporal del IFAS — ELA Sindikatua

¿No ves la diferencia o no la quieres ver? :rolleyes:


De esta manera, con fecha de 6 de marzo del 2024, volvían a inadmitir a través de una providencia un recurso de casación por falta de interés casacional de una funcionaria temporal en abuso.



Laboral temporal ---> Sala de lo Social ----> Adelante con los faroles

Funcionaria temporal ---> Sala de lo Contencioso ----> Quieta pará
 

risto mejido

no soy el periodista , quede claro
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Que hagan oposiciones sin concurso, sería lo más justo
 

MUGALARI

Madmaxista
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¿No ves la diferencia o no la quieres ver? :rolleyes:


De esta manera, con fecha de 6 de marzo del 2024, volvían a inadmitir a través de una providencia un recurso de casación por falta de interés casacional de una funcionaria temporal en abuso.



Laboral temporal ---> Sala de lo Social ----> Adelante con los faroles

Funcionaria temporal ---> Sala de lo Contencioso ----> Quieta pará
La veo perfectamente. Ahora están con los laborales. Veremos que pasa pero tiene pinta que el supremo optara por patadon para delante con prejudiciales , esas que hasta ahora se negaban a cursar a Europa.. Para junio puede ser la sentencia del TJUE para funcionarios y estatutarios. Iremos viendo y aquí lo plasmaremos.
 

flarispogursio

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La veo perfectamente. Ahora están con los laborales. Veremos que pasa pero tiene pinta que el supremo optara por patadon para delante con prejudiciales , esas que hasta ahora se negaban a cursar a Europa.. Para junio puede ser la sentencia del TJUE para funcionarios y estatutarios. Iremos viendo y aquí lo plasmaremos.
Los laborales están claros. La pelota está en el tejado de los funcionarios. No confundamos al personal y demos expectativas que a lo mejor no se cumplen. Son dos jurisdicciones distintas y falta ver si el TJUE aplica las reglas de una jurisdicción (lo Social) a otra (lo Contencioso) y el cuate aquí hay tomate que se puede montar.

De hecho ya ves que en el artículo que has puesto cada Sala dice una cosa conforme las reglas de las normas de sus respectivas jurisdicciones.
 

MUGALARI

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luron

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Esto va a suponer un buen palo a nivel anímico para mucha gente que conozco.

Yo les decía que lo de hacerles fijos no lo veo nada claro y que, a lo sumo, pasarán a ser indefinidos no fijos y que en el momento en que la plaza que ocupan se cubra tras oposición derivada de convocatoria de empleo público, lo justo será que les indemnicen conforme a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente.
 

flarispogursio

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Esto va a suponer un buen palo a nivel anímico para mucha gente que conozco.

Yo les decía que lo de hacerles fijos no lo veo nada claro y que, a lo sumo, pasarán a ser indefinidos no fijos y que en el momento en que la plaza que ocupan se cubra tras oposición derivada de convocatoria de empleo público, lo justo será que les indemnicen conforme a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente.
Es lo mismo que dice el TSJ


La tesis mayoritaria que recogen las sentencias señala que no se puede reconocer la fijeza porque iría en contra de la Constitución, ni tampoco indemnización porque no hay daño si está el contrato vigente. Lo que procede, por tanto, es que el Estado establezca medidas sancionadoras por la inspección de trabajo y legislativas para atajar el problema.