Ejercer de abogado con más de treinta años…

workforfood

Madmaxista
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En derecho un porcentaje muy alto de los licenciados jamás se han planteado la abogacía.

Se reparten los licenciados entre administraciones públicas, procuradores y trabajos de todo tipo en la empresa privada.

Es una carrera muy amplia en cuanto posibilidades de empleo. Ser abogado es una de ellas.
Lo de los procuradores lo van a quitar ya no se sostiene esa función, la comisión europea va a poner un multazo por infrigir de continuo el derecho comunitario por parte del estado Español la útima ley borda por completo el esperpento. Y lo de que hay mucho trabajo en la administración si oposiciones que piden el BUP y se meten licenciados en derecho. Vamos no vengas con chorradas el OP ha visto lo que hay fuera y sabe que la única opción es meter cabeza en la abogacía, espero que pueda hacer pasantía en algún despacho.
 

workforfood

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En derecho un porcentaje muy alto de los licenciados jamás se han planteado la abogacía.

Se reparten los licenciados entre administraciones públicas, procuradores y trabajos de todo tipo en la empresa privada.

Es una carrera muy amplia en cuanto posibilidades de empleo. Ser abogado es una de ellas.
Claro y tú te lo planteaste a la primera de cabeza, cuando hay miles de opciones fuera de la abogacía. Hay miles de opciones que ganas en dos días de 8 horas no calentando silla 100 €, como han dicho aquí "matándonse a trabajar". Si no hay más abogados es porque es un mundo completamente saturado, con hermetismo y con mucho contacto y ya no digo entrar como abogado en sindicatos que son trifásicos, no tus fantasías de las mil opciones.
 

workforfood

Madmaxista
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Las mil opciones quitando oposiciones con bachillerato, las oposiciones jurídicas como no tengas memoria fotográfica es perder el tiempo es decir ser un loro, siempre acaban en 0.
 

FOYETE

Himbersor
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Sólo tienes que comprarte un babero y unas rodilleras.
 

Josvermar3

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Conocí a un licenciado en derecho de los 90 trabajando de carretillero, mandó a toda los despachos de la provincia para ofrecerse como pasante sabéis cuántas respuestas recibió pues 0. Es un mundo muy hermético.
Muy clasista también
 

Josvermar3

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Lo de los procuradores lo van a quitar ya no se sostiene esa función, la comisión europea va a poner un multazo por infrigir de continuo el derecho comunitario por parte del estado Español la útima ley borda por completo el esperpento. Y lo de que hay mucho trabajo en la administración si oposiciones que piden el BUP y se meten licenciados en derecho. Vamos no vengas con chorradas el OP ha visto lo que hay fuera y sabe que la única opción es meter cabeza en la abogacía, espero que pueda hacer pasantía en algún despacho.
Tam difícil será encontrar un despacho que te acepte? Teniendo en cuenta que trabajas gratis…
 

Josvermar3

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Lo de los procuradores lo van a quitar ya no se sostiene esa función, la comisión europea va a poner un multazo por infrigir de continuo el derecho comunitario por parte del estado Español la útima ley borda por completo el esperpento. Y lo de que hay mucho trabajo en la administración si oposiciones que piden el BUP y se meten licenciados en derecho. Vamos no vengas con chorradas el OP ha visto lo que hay fuera y sabe que la única opción es meter cabeza en la abogacía, espero que pueda hacer pasantía en algún despacho.
Uno de mis profesores, de cuyo nombre no quiero acordarme, decía que era una especie de cartero legal…
¿Tendría razón?
 

angrymorty

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(...)
Sin embargo ya te han dicho que si te esfuerzas y aguantas prosperas. Y un compañero de carrera se licenció con 50 años.
(...)
¿Y sabes cómo le va a este en concreto o perfiles similares? Gracias, me interesa.
 

europeo

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Uno de mis profesores, de cuyo nombre no quiero acordarme, decía que era una especie de cartero legal…
¿Tendría razón?
Hay compañeros que no saben ir a miccionar sin procurador, pero yo opino que son totalmente prescindibles.


El más claro ejemplo de que en el momento en que los hagan opcionales van a desaparecer: En el social y en el contencioso no suelen intervenir porque las respectivas leyes procesales nos permiten a los abogados representar al cliente, ponemos nosotros las demandas y no se ha muerto nadie.

La función del procurador es básicamente mandarle por correo electrónico una demanda o escrito, y ellos la presentan por lexnet al juzgado. Cuando notifican se la envían a él y luego te la rebota por correo electrónico. En el social envías y recibes tú las notificaciones por lexnet directamente, sin el intermediario.

Por rebotar correos 300-400€. Pasas siempre un rato divertido explicándole al cliente quién es ese señor y qué ha hecho, y por qué tiene que pagar (los procuradores a los clientes ni los conocen).


Hay procuradores útiles porque son unos hachas en procesal y saben arreglar los fregados de los funcionarios, te dan consejos bastante buenos. Además como están por allí se suelen codear con los de tramitación y tienen capacidad para mover las cosas o no. Alguno viejo incluso se lee la demanda que le has mandado y te da su punto de vista, a veces muy acertado.


Pero la realidad es que ese tipo de procurador escasea. Es una profesión tomada por charos que lo único que saben hacer es rebotar el correo electrónico que le mandas e irse con la carpetita al Juzgado a preguntar por asuntos o recoger los mandamientos, me río yo de los que afirman que si eliminan a los procuradores se pasarían a la abogacía... algunas llevan sin abrir una ley desde que terminaron la carrera hace 30 años.





Tam difícil será encontrar un despacho que te acepte? Teniendo en cuenta que trabajas gratis…

Quieras que no, le tienes que dedicar tiempo.

Yo con mi maestro me iba a todos sus juicios, hablábamos sobre lo que habíamos estudiado y el enfoque de los asuntos, buscaba jurisprudencia le hacía los escritos y el les echaba un ojo dándome consejos, etc. En mis primeros juicios se venía conmigo y luego a analizar errores y aciertos.

En un despacho con volumen vamos siempre hasta el cuello. Si el pasante es avispado y pilla las cosas acabará siendo un compañero que te desatascará tu pila de trabajo, porque pronto empezará a volar solo, pero si es un zote lo único que hará es pasar meses y meses sin que veas que tiene soltura, haciéndote perder el tiempo.

Lógicamente, si lo aceptas a ver como lo echas...


Y nuestra experiencia con los alumnos en prácticas es que hay muy poca gente válida. Tienen unas lagunas de conocimiento brutales (en parte propiciadas por el plan bolonia) y tampoco parecen mostrar habilidades deductivas para saber dar encaje jurídico a lo que te explica el cliente.





En los 90 la colegiación era directa tras licenciarse y el acceso al turno era más fácil.
Podría haber empezado solo sin pasantía aunque en mi opinión es recomendable pegarse a un abogado experto.

Siendo carretillero pues podría ir haciendo cosas ayudando a sus compañeros e incluso meterse en el sindicato para llevar cosas laborales al final quien busca algo encuentra.
Yo soy de la última promoción de licenciados. En mi caso solo tuve que aportar un certificado de antecedentes penales con el diploma y estaba dentro del club.

Hoy flipas con los requisitos de master, examen, prácticas, tres años de experiencia mínima para entrar al turno, master de especialista en violencia de género... supuestamente para que el abogado esté bien formado, pero lo cierto es que los diplomados no tienen ni astuta de como funciona el ejercicio real.




Muchos o alguno? Por lo que me comentan mis compañeros de carrera que hoy por hoy están ejerciendo, el típico cliente del turno de oficio suele ser más pobre que las ratas, por lo que se suele relacionar con gente de su mismo estatus.
No tiene por qué.

En un día de guardia no solo asistes a detenidos. Te pueden llamar del Juzgado porque tienen la mañana llena de declaraciones y muchos investigados se presentan sin abogado porque no conocen a nadie, con lo cual te toca asistirlos. Mucha gente directamente te dice que no cumple los requisitos de la Justicia Gratuita y te dicen que pases del papeleo de la solicitud y que se lo lleves tú, porque les transmites confianza.

Por supuesto te abonan provisión de fondos y a posteriori te van remitiendo otras cosas. Que si a mi hijo lo han despedido, que si las humedades del baño, que si tuvimos un accidente con el coche... y como dice el compañero, no todos los conocidos de los pobres son pobres.


Además ten en cuenta que aparte del cobro de las indemnizaciones si hay una condena en costas las mismas son para el letrado de oficio. En el turno civil son habituales los monitorios de cofidis y tal, que al oponerte por cláusulas abusivas les cascas unas buenas costas. Al final currarte el asunto puede tener consecuencias agradables.


Es cierto que en el turno hay elementos de lo peor y que está muy mal pagado, pero también tiene cosas buenas. Es muy reconfortante poder ayudas a gente que no tiene recursos a solucionar sus problemas, son muy agradecidos y luego hablaran bien de ti, muchos me traen regalos al despacho (corbatas, quesos, vino... de todo).
 

workforfood

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Uno de mis profesores, de cuyo nombre no quiero acordarme, decía que era una especie de cartero legal…
¿Tendría razón?
Es un cartero de lujo que cobra por arancel así por la cara y no solo el procedimiento sino también la cuantía. Es una figura decimonónica que antes de la existencia de CORREOS pues tenía su razón de ser que era comunicar las notificaciones judiciales del juzgado al abogado, pero ahora solo rebotan lo que les mandan de lexnet. Muchos abogados ven que esto ya se pasa de cachondeo una figura que es absolutamente anacrónica y que en Francia desaparecieron en el 2000. Aquí han hecho una ley que parece redactada por el presidente del colegio de procuradores, el abogado puede ejercer la procura siempre que lo haga en un procedimiento que no actúe como defensa y que esté también colegiado en el colegio de procuradores, es decir han redactado una ley que retuerce por completo el sentido del derecho comunitario que es sencillamente que no haya reserva legal y que el abogado pueda a la vez representar y defender a la vez, pero esto es España y a vuelven lo de siempre, no permitir ni por asomo el ejercicio simultáneo. De las 1000 oportunidades que se dice que hay en derecho, los procuradores debe ser el único colectivo que no ve las 999 restantes. Lo de la procura en España acabará con multas millonarias al estado Español que pagaremos todos.
 

Josvermar3

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Es un cartero de lujo que cobra por arancel así por la cara y no solo el procedimiento sino también la cuantía. Es una figura decimonónica que antes de la existencia de CORREOS pues tenía su razón de ser que era comunicar las notificaciones judiciales del juzgado al abogado, pero ahora solo rebotan lo que les mandan de lexnet. Muchos abogados ven que esto ya se pasa de cachondeo una figura que es absolutamente anacrónica y que en Francia desaparecieron en el 2000. Aquí han hecho una ley que parece redactada por el presidente del colegio de procuradores, el abogado puede ejercer la procura siempre que lo haga en un procedimiento que no actúe como defensa y que esté también colegiado en el colegio de procuradores, es decir han redactado una ley que retuerce por completo el sentido del derecho comunitario que es sencillamente que no haya reserva legal y que el abogado pueda a la vez representar y defender a la vez, pero esto es España y a vuelven lo de siempre, no permitir ni por asomo el ejercicio simultáneo. De las 1000 oportunidades que se dice que hay en derecho, los procuradores debe ser el único colectivo que no ve las 999 restantes. Lo de la procura en España acabará con multas millonarias al estado Español que pagaremos todos.
Claro pero tarde o temprano supongo que algún gobierno le pondrá el cascabel al gato y terminaran por quitarle sus “privilegios”. Igual que debería suceder con los farmacéuticos que requieren de licencias de cientos de miles de euros para mantener su oligopolio.
 
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europeo

Madmaxista
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A ver... hasta el año 2015 tenían su función medianamente lógica porque se trabajaba en papel.


Hasta ese momento pasaban por el despacho e iban a diario al Juzgado. A llevar y a recoger notificaciones, de cualquier escrito tenías que llevar tres copias al órgano y que las sellaran. Luego pasaban por el casillero a recoger las que el procurador contrario te había dejado, para luego ir haciendo una ruta por los despachos con los que trabajaba repartiendo notificaciones.


Eso a diario era una paliza para que lo pudiera hacer el abogado. Por no mencionar que si estabas en otro partido judicial era esencial porque no podías estar chupándote hora y media de coche todos los días a ver si había algo. La procuradora del asunto en Madrid se pasaba y la recogía, y luego te la hacía llegar por correo/mensajero urgente, y en los últimos años escaneada.

Tenían una labor esencial en la tramitación de los asuntos, pero a día de hoy es que los Juzgados ni los pisan. A la mía la llamo muchas veces para ver cuando va a ir por allí y que pregunte por algo urgente.

Todos los procuradores actualmente están en su casa en calzoncillos rebotando los correos que les entran.
 

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A ver... hasta el año 2015 tenían su función medianamente lógica porque se trabajaba en papel.


Hasta ese momento pasaban por el despacho e iban a diario al Juzgado. A llevar y a recoger notificaciones, de cualquier escrito tenías que llevar tres copias al órgano y que las sellaran. Luego pasaban por el casillero a recoger las que el procurador contrario te había dejado, para luego ir haciendo una ruta por los despachos con los que trabajaba repartiendo notificaciones.


Eso a diario era una paliza para que lo pudiera hacer el abogado. Por no mencionar que si estabas en otro partido judicial era esencial porque no podías estar chupándote hora y media de coche todos los días a ver si había algo. La procuradora del asunto en Madrid se pasaba y la recogía, y luego te la hacía llegar por correo/mensajero urgente, y en los últimos años escaneada.

Tenían una labor esencial en la tramitación de los asuntos, pero a día de hoy es que los Juzgados ni los pisan. A la mía la llamo muchas veces para ver cuando va a ir por allí y que pregunte por algo urgente.

Todos los procuradores actualmente están en su casa en calzoncillos rebotando los correos que les entran.
Claro en la jurisidicción social siempre se ha funcionado sin procurador y en lo contencioso igual al menos en primera instancia el abogado lleva la representación. Y no me hagas reír las notificaciones judiciales sino hay procurador se hacen por carta certificada o burofax, no tiene que ir para nada el abogado al juzgado para ser notificado. Trabajas como abogado o te lo inventas. Cuando no existía LEXNET las notificaciones siempre han sido por correo certificado a coste de correos. La procura dejó de tener sentido cuando empezó a funcionar CORREOS a principios de siglo XX. Muchas veces las notificaciones judiciales en vez de correos los hacen los juzgados de paz, hay muchos procedimientos que no se necesita ni abogado ni procurador y se usa CORREOS.
 

europeo

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Claro en la jurisidicción social siempre se ha funcionado sin procurador y en lo contencioso igual al menos en primera instancia el abogado lleva la representación. Y no me hagas reír las notificaciones judiciales sino hay procurador se hacen por carta certificada, no tiene que ir para nada el abogado al juzgado para ser notificado. Trabajas como abogado o te lo inventas. Cuando no existía LEXNET las notificaciones siempre han sido por correo certificado a coste de correos.
No. El que se equivoca eres tú.

Los procuradores están obligados a hacer el llamado "traslado de copia", es decir, de todo escrito no inicial que se presente deben darle una copia al procurador contrario. Ojito porque la consecuencia de no hacerlo es que el acto se tiene por no realizado.

Inadmisión del Recurso por Falta de Traslado de Copias – SÁNCHEZ RECUERO & ASOCIADOS (srecueroabogados.es)


Antaño los traslados de copia se hacían mediante casillero. Por eso llevaba el procurador tres copias selladas. Una para ti, otra para el órgano y otra para el colegio de procuradores, para hacer el traslado.

En casa Juzgado cada procurador tenía un casillero tipo apartado de correos en los que le colegio les iba dejando los traslados de copia. Y al recogerlos firmaban.

El lexnet de los procuradores y de los abogados no es igual. El suyo tiene más opciones, entre ellas el botón de traslado de copia y una opción para señalar quién es el procurador contrario y que le llegue por vía telemática.


Lo que pasa es que los abogados o los propios ciudadanos que ponen un pleito inferior a 2.000€ no estamos obligados a hacer traslado de copia, incluso si el contrario tiene procurador. Es el órgano el que lo tiene que hacer porque lógicamente los ciudadanos no tenían casillero en el colegio de procuradores.

De ahí que a los abogados que ponían pleitos se les hiciera el traslado de escritos y resoluciones por correo certificado, y hoy por lexnet. Pero en un pleito con procurador se funcionaba con casillero:



El 276.1 LEC: cuando las partes estuvieren representadas por procurador, cada uno de éstos deberá trasladar a los procuradores de las restantes partes las copias de los escritos y documentos que presente al tribunal. Lo anterior, no será de aplicación si se trata del traslado de la demanda u otro escrito que constituya la primera comparecencia en juicio (artículo 276.4 de la LEC).

Si no consta que se ha realizado el preceptivo traslado de las copias a las demás partes personadas, el letrado de la Administración de Justicia no admitirá la presentación de dichos escritos y documentos (artículo 277 de la LEC).