Diario de compra de una casa en España

Coconut

Madmaxista
Desde
28 Sep 2010
Mensajes
878
Reputación
1.337
Lugar
Málaga
Sobre lo de pagar en un maletín, ¿no es eso aparte un problema para el vendedor y el comprador?
Al vendedor por el riesgo que implica ir por la calle con tanto dinero. Además, ¿cómo justificas el gasto de tal cantidad?
En cuanto al comprador, como habéis comentado, ¿cómo va a ingresar esa burrada de pasta en el banco?
Disculpad mi ingenuidad.
¿Cuánto suele ser la comisión por ingresar un cheque de estas cantidades?

Sent from my SM-N910F using Tapatalk
 

sepultada en guano

Madmaxista
Desde
7 Ene 2016
Mensajes
46.933
Reputación
38.147
Pese a las malas formas, estoy mas de acuerdo contigo que con el autor del hilo. Hacer tu todos los tramites tiene su miga, pero contarlo como una odisea de la antigua Grecia es tener mucha imaginacion.

Lo primero que te dice muy correctamente el forero y que no aceptas es que tu no tienes que ir a avisar al ayuntamiento de nada sobre el IBI. Eso lo has hecho porque eres el tipico pesado que no se entera y va a preguntar 20 veces lo mismo al ayuntamiento (si, cuando los tengo delante preguntando chorradas e insistiendo me pongo de morros).

Lo que es totalmente incorrecto y por las respuestas parece que estas liando a algun forero que intenta entrar a buscar informacion a tu hilo (entiendo que son compradores con todavia menos idea que tu) es que el comprador tiene que pagar la plusvalia municipal. Totalmente mentira, a no ser que ese sea el acuerdo al que se ha llegado y asi aparezca reflejado en escritura. Lo habitual o lo aceptado en caso de omision en la misma es que ese gasto precisamente corre a cuenta del vendedor.

Luego es de juzgado de guardia el lio que te montas con el pago del impuesto de tp en la comunidad de madrid (menos mal que no has tenido ajd al no haber tenido que formalizar hipoteca, porque entonces ya te da un sincope). Cada sujeto pasivo esta obligado a declarar, rellenar y pagar su carta de pago por la parte que le corresponde en la venta.

En resumen, os recomiendo buscar otros hilos sobre tramites en compras de pisos (que los hay) porque este mas que ayudar puede confundir bastante.
A mi me emocionó sinceramente cuando dijo lleno de santa indignación que en el ayuntamiento o consejería había también un registro, pero que no era lo mismo que el Registro de la propiedad.:))
 

pakopako

Madmaxista
Desde
29 Feb 2016
Mensajes
966
Reputación
1.024
A mi me emocionó sinceramente cuando dijo lleno de santa indignación que en el ayuntamiento o consejería había también un registro, pero que no era lo mismo que el Registro de la propiedad.:))
Creo que aquí a lo que se refería era a que tuvo que dejar un escrito o alguna documentación en el Registro del Ayuntamiento, pero como lo cuenta tan mal parece que mezcle los dos Registros.

El problema de todo el post es que mezcla muchos conceptos y lo cuenta de una manera "estilo aventuras fantasticas" que hace que parezca todo más dificil de lo que es. De esta forma parece que está confundiendo dichos Registros y también muchos conceptos tributarios del comprador.

Yo no recomendaria seguir este hilo como guía a nadie que quiera comprar una casa y hacer el mismo los tramites y papeleos porque confunde más que ayuda.
 
Última edición:

XXavier

Madmaxista
Desde
7 Jun 2010
Mensajes
24.219
Reputación
22.995
si fuiste con hipoteca no la paga el notario, te la cobra el banco en gastos de hipoteca, y no es poco. Ahora con la famosa sentencia del tribunal incluso lo podrias reclamar. pero yo no voy con hipoteca así que quise hacerlo yo.
No, en mi caso no había hipoteca de por medio.

---------- Post added 14-feb-2018 at 10:36 ----------

Sobre lo de pagar en un maletín, ¿no es eso aparte un problema para el vendedor y el comprador?
Al vendedor por el riesgo que implica ir por la calle con tanto dinero. Además, ¿cómo justificas el gasto de tal cantidad?
En cuanto al comprador, como habéis comentado, ¿cómo va a ingresar esa burrada de pasta en el banco?
Disculpad mi ingenuidad.
¿Cuánto suele ser la comisión por ingresar un cheque de estas cantidades?

Sent from my SM-N910F using Tapatalk
Eso de pagar parte en 'oscuro' es cosa del pasado. Cada día es más difícil y complicada la gestión de dinero en billetes, y el medio de pago utilizado en las compraventas de propiedades suele ser un cheque bancario. El notario exige prueba de la titularidad de la cuenta bancaria a la que se ha cargado la emisión (otra norma anti-blanqueo), y lo normal es que no se cobre ninguna comisión bancaria por su ingreso en cuenta. A mí, al menos, no recuerdo que me la hayan cobrado nunca...
 

Neu___

Madmaxista
Desde
5 Dic 2006
Mensajes
2.237
Reputación
1.558
Pese a las malas formas, estoy mas de acuerdo contigo que con el autor del hilo. Hacer tu todos los tramites tiene su miga, pero contarlo como una odisea de la antigua Grecia es tener mucha imaginacion.

Lo primero que te dice muy correctamente el forero y que no aceptas es que tu no tienes que ir a avisar al ayuntamiento de nada sobre el IBI. Eso lo has hecho porque eres el tipico pesado que no se entera y va a preguntar 20 veces lo mismo al ayuntamiento (si, cuando los tengo delante preguntando chorradas e insistiendo me pongo de morros).

Lo que es totalmente incorrecto y por las respuestas parece que estas liando a algun forero que intenta entrar a buscar informacion a tu hilo (entiendo que son compradores con todavia menos idea que tu) es que el comprador tiene que pagar la plusvalia municipal. Totalmente mentira, a no ser que ese sea el acuerdo al que se ha llegado y asi aparezca reflejado en escritura. Lo habitual o lo aceptado en caso de omision en la misma es que ese gasto precisamente corre a cuenta del vendedor.

Luego es de juzgado de guardia el lio que te montas con el pago del impuesto de tp en la comunidad de madrid (menos mal que no has tenido ajd al no haber tenido que formalizar hipoteca, porque entonces ya te da un sincope). Cada sujeto pasivo esta obligado a declarar, rellenar y pagar su carta de pago por la parte que le corresponde en la venta.

En resumen, os recomiendo buscar otros hilos sobre tramites en compras de pisos (que los hay) porque este mas que ayudar puede confundir bastante.
Bueno, creo que sufris de leer por encima. Yo no digo que tenga que pagar la plusvalia, digo que tengo que notificar la plusvalia. ¿Ves como es un poco lioso?.

En cuanto a que sirva de guia, creo que son imaginaciones tuyas. Es un post de desahogo, lo pone al principio.

Si alguien ve que para comprar una casa, aparte del que paga y el que vende, intervengan:
1)notario
2)ayuntamiento
3)hacienda del ayuntamiento
4)hacienda de la comunidad autonoma
5)banco para pagar el impuesto de la comunidad autonoma.
5)registro de la propiedad

De los cuales el ayuntamiento le tienes que avisar 3 veces, una para cambiar la domiciliacion del IBI, otra, el vendedor, para notificar su plusvalia, otra el comprador para notificar que el vendedor tiene una plusvalia.

Si no veis que esto es una fruta locura, y no aporta absolutamente nada, creo que teneis un problema de conceptos.

Compara con como lo explica el forero de finlandia, van los dos al banco se paga y a correr.

Creo que los que opinan que esta todo correcto realmente viven de eso, si no, no se explica. Imagina que para comprar un coche tengas que visitar 6 ventanillas diferentes. O para comprar un ordenador. ¿Estamos locos?. A mi todo esto me parece una odisea, quizas porque vengo de la empresa privada, entornos LEAN, y una burocracia así dura 2 dias.

pero sera lo normal, que se yo.

---------- Post added 14-feb-2018 at 12:09 ----------

No, en mi caso no había hipoteca de por medio.

---------- Post added 14-feb-2018 at 10:36 ----------



Eso de pagar parte en 'oscuro' es cosa del pasado. Cada día es más difícil y complicada la gestión de dinero en billetes, y el medio de pago utilizado en las compraventas de propiedades suele ser un cheque bancario. El notario exige prueba de la titularidad de la cuenta bancaria a la que se ha cargado la emisión (otra norma anti-blanqueo), y lo normal es que no se cobre ninguna comisión bancaria por su ingreso en cuenta. A mí, al menos, no recuerdo que me la hayan cobrado nunca...
Pagar en billetes es cosa del pasado, pero te ampara la ley siempre y cuando seas particular. Yo aprovecho mientras puedo. Efectivo no significa oscuro, efectivo significa haber ahorrado en el colchon. Yo tengo una bonita nómina, como cachopo defraudo.

---------- Post added 14-feb-2018 at 12:12 ----------

Lo primero que te dice muy correctamente el forero y que no aceptas es que tu no tienes que ir a avisar al ayuntamiento de nada sobre el IBI. Eso lo has hecho porque eres el tipico pesado que no se entera y va a preguntar 20 veces lo mismo al ayuntamiento (si, cuando los tengo delante preguntando chorradas e insistiendo me pongo de morros).
repito, eso será en vuestro ayuntamiento, en el de Alcala, NO, lo tienes que domiciliar, cada tributo, cada vez que te compras un vehiculo. El ayuntamiento no pilla tu cuenta corriente de otras domiciliaciones. Aquí tienes que domicilar cada tributo expresamente.

No teneis razón por mucho que os empeñeis. Que lo podría haber hecho dentro de un año, correcto, pero hay que hacerlo. El ayuntamiento no lo hace por ti.
 

XXavier

Madmaxista
Desde
7 Jun 2010
Mensajes
24.219
Reputación
22.995
(...)
(...)
(...)

Pagar en billetes es cosa del pasado, pero te ampara la ley siempre y cuando seas particular. Yo aprovecho mientras puedo. Efectivo no significa oscuro, efectivo significa haber ahorrado en el colchon. Yo tengo una bonita nómina, como cachopo defraudo.
Puede ser como dices, pero estoy seguro de que –en ese caso– el notario está obligado a notificar al Sepblanc, y caerá una inspección fiscal/antiblanqueo con toda seguridad... Probar que los billetes tenían procedencia 'limpia' no es nada fácil, aunque realmente la tuvieran.
 

sepultada en guano

Madmaxista
Desde
7 Ene 2016
Mensajes
46.933
Reputación
38.147
Creo que aquí a lo que se refería era a que tuvo que dejar un escrito o alguna documentación en el Registro del Ayuntamiento, pero como lo cuenta tan mal parece que mezcle los dos Registros.

El problema de todo el post es que mezcla muchos conceptos y lo cuenta de una manera "estilo aventuras fantasticas" que hace que parezca todo más dificil de lo que es. De esta forma parece que está confundiendo dichos Registros y también muchos conceptos tributarios del comprador.

Yo no recomendaria seguir este hilo como guía a nadie que quiera comprar una casa y hacer el mismo los tramites y papeleos porque confunde más que ayuda.
Igual es que tiene una agencia y como no le entra nadie, quiere convencer a la basca que es todo dificilísimo y siniestro para captar clientes.... :D
 
Desde
17 Oct 2008
Mensajes
593
Reputación
979
Tenía entendido que no se podía pagar más de unos 3000 euros en efectivo pero he visto lo siguiente:



Nota informativa - Agencia Tributaria

¿Sabéis si sería legal hacer pagos en efectivo de decenas de miles de euros en efectivo entre particulares?
Sí, lo es. Yo también he ido a comprobarlo. Supongo que una de las reservas que habrá hecho el notario, por la Ley de Blanqueo de Capitales y Prevención del Terrorismo es que no ha podido verificar el pago.
https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/iafriafrc05f
 

bk001

Madmaxista
Desde
22 Ago 2008
Mensajes
4.218
Reputación
10.560
Lugar
Torres gemelas 10-S
Pese a las malas formas, estoy mas de acuerdo contigo que con el autor del hilo. Hacer tu todos los tramites tiene su miga, pero contarlo como una odisea de la antigua Grecia es tener mucha imaginacion.

Lo primero que te dice muy correctamente el forero y que no aceptas es que tu no tienes que ir a avisar al ayuntamiento de nada sobre el IBI. Eso lo has hecho porque eres el tipico pesado que no se entera y va a preguntar 20 veces lo mismo al ayuntamiento (si, cuando los tengo delante preguntando chorradas e insistiendo me pongo de morros).

Lo que es totalmente incorrecto y por las respuestas parece que estas liando a algun forero que intenta entrar a buscar informacion a tu hilo (entiendo que son compradores con todavia menos idea que tu) es que el comprador tiene que pagar la plusvalia municipal. Totalmente mentira, a no ser que ese sea el acuerdo al que se ha llegado y asi aparezca reflejado en escritura. Lo habitual o lo aceptado en caso de omision en la misma es que ese gasto precisamente corre a cuenta del vendedor.

Luego es de juzgado de guardia el lio que te montas con el pago del impuesto de tp en la comunidad de madrid (menos mal que no has tenido ajd al no haber tenido que formalizar hipoteca, porque entonces ya te da un sincope). Cada sujeto pasivo esta obligado a declarar, rellenar y pagar su carta de pago por la parte que le corresponde en la venta.

En resumen, os recomiendo buscar otros hilos sobre tramites en compras de pisos (que los hay) porque este mas que ayudar puede confundir bastante.
mucho ojo con las negritas, eso depende de cada hay-untamiento. Conozco uno en el que los funcionarios tienen montada una mafia con los impagos de los ibis. Pasan 5 años sin pagar el IBI, que bien , que poco pago y cuando te vienes a dar cuenta unos funcionarios te ha puesto el piso en subasta y lo han subastado por la deuda ante el hayuntamiento . Por supuesto, de la subasta solo se enteran , casualmente, familiares de los funcionarios.
 

sepultada en guano

Madmaxista
Desde
7 Ene 2016
Mensajes
46.933
Reputación
38.147
mucho ojo con las negritas, eso depende de cada hay-untamiento. Conozco uno en el que los funcionarios tienen montada una mafia con los impagos de los ibis. Pasan 5 años sin pagar el IBI, que bien , que poco pago y cuando te vienes a dar cuenta unos funcionarios te ha puesto el piso en subasta y lo han subastado por la deuda ante el hayuntamiento . Por supuesto, de la subasta solo se enteran , casualmente, familiares de los funcionarios.
Peliculas para vender tu moto averiada. A otro perro con ese hueso.
 

pakopako

Madmaxista
Desde
29 Feb 2016
Mensajes
966
Reputación
1.024
Bueno, creo que sufris de leer por encima. Yo no digo que tenga que pagar la plusvalia, digo que tengo que notificar la plusvalia. ¿Ves como es un poco lioso?.

En cuanto a que sirva de guia, creo que son imaginaciones tuyas. Es un post de desahogo, lo pone al principio.

Si alguien ve que para comprar una casa, aparte del que paga y el que vende, intervengan:
1)notario
2)ayuntamiento
3)hacienda del ayuntamiento
4)hacienda de la comunidad autonoma
5)banco para pagar el impuesto de la comunidad autonoma.
5)registro de la propiedad

De los cuales el ayuntamiento le tienes que avisar 3 veces, una para cambiar la domiciliacion del IBI, otra, el vendedor, para notificar su plusvalia, otra el comprador para notificar que el vendedor tiene una plusvalia.

Si no veis que esto es una fruta locura, y no aporta absolutamente nada, creo que teneis un problema de conceptos.

Compara con como lo explica el forero de finlandia, van los dos al banco se paga y a correr.

Creo que los que opinan que esta todo correcto realmente viven de eso, si no, no se explica. Imagina que para comprar un coche tengas que visitar 6 ventanillas diferentes. O para comprar un ordenador. ¿Estamos locos?. A mi todo esto me parece una odisea, quizas porque vengo de la empresa privada, entornos LEAN, y una burocracia así dura 2 dias.

pero sera lo normal, que se yo.

---------- Post added 14-feb-2018 at 12:09 ----------



Pagar en billetes es cosa del pasado, pero te ampara la ley siempre y cuando seas particular. Yo aprovecho mientras puedo. Efectivo no significa oscuro, efectivo significa haber ahorrado en el colchon. Yo tengo una bonita nómina, como cachopo defraudo.

---------- Post added 14-feb-2018 at 12:12 ----------


repito, eso será en vuestro ayuntamiento, en el de Alcala, NO, lo tienes que domiciliar, cada tributo, cada vez que te compras un vehiculo. El ayuntamiento no pilla tu cuenta corriente de otras domiciliaciones. Aquí tienes que domicilar cada tributo expresamente.

No teneis razón por mucho que os empeñeis. Que lo podría haber hecho dentro de un año, correcto, pero hay que hacerlo. El ayuntamiento no lo hace por ti.
Tu no tienes que notificar nada de la plusvalia, deja de liar a la gente. Si no se ha establecido de otra forma, esta recae sobre el vendedor porque es el titular durante los años en los que se ha devengado el impuesto. Tiene un mes para pagarla o además acumulará sanción o intereses en función del Ayuntamiento.

Lo otro que comentas del IBI tampoco es cierto. La domiciliación es una opción de pago. En todos los ayuntamientos de España, el medio de pago por defecto de este impuesto es la carta de pago. Si quieres domiciliar es una opción que tú has elegido y por su puesto tienes que ir al Ayuntamiento a notificarlo (hay algunos ayuntamientos que puede hacerse de manera telemática. Te repito mi opinión: lias más que aclaras.
 
Última edición:

Neu___

Madmaxista
Desde
5 Dic 2006
Mensajes
2.237
Reputación
1.558
Tu no tienes que notificar nada de la plusvalia, deja de liar a la gente. Si no se ha establecido de otra forma, esta recae sobre el vendedor porque es el titular durante los años en los que se ha devengado el impuesto. Tiene un mes para pagarla o además acumulará sanción o intereses en función del Ayuntamiento.

Lo otro que comentas del IBI tampoco es cierto. La domiciliación es una opción de pago. En todos los ayuntamientos de España, el medio de pago por defecto de este impuesto es la carta de pago. Si quieres domiciliar es una opción que tú has elegido y por su puesto tienes que ir al Ayuntamiento a notificarlo (hay algunos ayuntamientos que puede hacerse de manera telemática. Te repito mi opinión: lias más que aclaras.
Anda, deja tu de liarla. Tu tienes que incluir en el registro de la propiedad una prueba de que la notificacion de la plusvalia se ha realizado. ¿Correcto?. La notificacion la hace el vendedor pero es el comprador el que lo tiene que llevar al registro. Ergo es el comprador quien, al final, lo tiene que hacer porque al vendedor ya no le ves mas el pelo cuando sale del notario.

Lo del IBI. En Alcala, si quieres beneficiarte de descuentos lo tienes que domiciliar, por tanto al final, hay que domiciliarlo o bien, pagarlo con la carta de pago tooooodos los puñeteros años. Por tanto, conviene la domiciliacion. Pero te la puedes saltar claro. YO he decidido domiciliarlo. Para ello he tenido qeu ir a la delegacion de hacienda del ayuntamiento, rellenar un formulario, me lo sellan, coger ese formulario sellado y llevarlo, unas calles mas alla, a otro sitio que se llama registro del ayuntamiento.

¿Lo entiendes ahora? Se nota que no te has peleado o bien que vives de ello y lo ves "normal"
 

Tisone

Madmaxista
Desde
28 Nov 2008
Mensajes
2.299
Reputación
8.326
Pués mirad las tablas por comunidades autónomas, aquí en Valencia un 10 en vez del 6 de Madrid.

Enviado desde mi Mi Note 3 mediante Tapatalk