Menuda empresaria la tipa que no puede dar la cara...
Desde mi opinion personal y la poca experiencia que tengo, en este país hay un problema grave de conceptos, que se ha llevado demasiado lejos, o que no se ha tenido en cuenta a la hora de legislar.
Creo que cae de cajón que no es igual de empresario Florentino Perez o Amancio Ortega que la autónoma peluquera de la esquina. Sin embargo en este país se le exige la misma diligencia y los mismos conocimientos a los primeros, con su ejercito de abogados que riase usted de Garrigues, que a la segunda, que sabe hacer su trabajo y poco más, y que hace el esfuerzo para contratar alguien que le heche una mano y aun así sale escaldada.
Dejemos de llamar empresarios a los que, solo lo son porque lo dce un papelito, pero que en realidad no lo son.
Esta amiga mía es una autónoma que hace su labor, y da trabajo a 2 personas más. (una a partir de hoy) y da trabajo a una asesoría que le hace las gestiones
---------- Post added 23-may-2017 at 11:23 ----------
"¿Es que la hicieron fija el primer día o qué?":XX::XX::XX::XX: Este es el nivel de analfabetismo laboral de este país.
TODOS LOS CONTRATOS LABORALES SON INDEFINIDOS POR DEFECTO, porque lo digo yo, no, porque lo dice el Estatutos de los Trabajadores Art. 15.3. Si quieres hacer un contrato temporal el motivo de la contratación tiene que estar perfectamente identificado y concretado, tiene que ser cierto, válido y en exclusiva.
---------- Post added 23-may-2017 at 11:13 ----------
Nadie me tiene que explicar nada porque he sido empresario. Y eso de que un médico firma lo que sea por "no oirlo" te lo ha contado tu cuñao en el bar ¿no? Los médicos tienen inspectores que les controlan las bajas que dan y se andan hoy día con mucho cuidadito.
Te podría dar 1 millón de CIF de empresas que presionan a sus trabajadores para que no se cojan baja, bien sea de manera implícita o explicita.
---------- Post added 23-may-2017 at 11:16 ----------
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Típico contrato temporal en fraude de ley. Espero que os denuncie y os aguante.
Y yo espero que tu te mueras de un cancer bien dolido!!! pero ya sabes que ni tus deseos ni los mios se van a cumplir. augusto!!
Y ya que eres tan listo, a ver si explicas donde está el fraude de ley en ese contrato. Que mucho hablas pero al final no dices nada. ¿Y por que no estan los inspectores de trabajo poniendose las botas con esos contratos en fraude de ley???
Contratos de duración determinada: Los contratos eventuales por circunstancias del mercado, la acumulación de tareas o el exceso de pedidos lo exigiera, se podrán celebrar contratos de esta naturaleza según lo previsto en el articulo 15.1.b) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Podrán tener una duración máxima de doce meses, dentro de un periodo de dieciocho meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas.
Si se suscribe por un período inferior a la duración máxima permitida podrá
prorrogarse, una sola vez, sin que la duración total supere la duración máxima.
Agotada la duración máxima, no se podrá realizar este tipo de contrato al mismo trabajador, en la misma empresa o grupo de empresas, con independencia de la causalidad del mismo.
Ahi tienes tu fraude de ley!!!
Yo misma he tenido dos contratos de 6 meses seguidos antes de pasar a ser indefinida en mi actual empresa.