T-34
Madmaxista
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El convenio dice: Las empresas afectadas por este Convenio, desde el quito dia de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedad de mas de treinta dias, complementaran las prestaciones por incapacidad temporal, hasta el 100 por 100 del salario durante un plazo maximo de doce meses, a partir de la baja.1) Lo hacen muchas empresas, pero está mal. En estos supuestos se deberá calcular el salario día dividiendo el salario anual entre 12 y la cantidad resultante entre 31 días, cantidad que se deberá multiplicar por el número de días trabajados en dichos meses con baja.
2) Al salario o a la base... también habría que ver el convenio qué dice exactamente, si cobras dietas o pluses extrasalariales....
Y no, no cobro dietas ni pluses a parte del plus de transporte del convenio y de una antiguedad. Y ahi estan, que ni me pagan lo del mes pasado, erre que erre que no tengo razon, y en el segundo punto, que la nomina la hace una asesoria y esta bien, no se que hacer vaya.