Tenencia ilícita de armas.
Artículo 564
1. La tenencia de armas de fuego reglamentadas, careciendo de las licencias o permisos necesarios, será castigada:
- 1.º Con la pena de prisión de uno a dos años, si se trata de armas cortas.
- 2.º Con la pena de prisión de seis meses a un año, si se trata de armas largas.
El okupa alega que la casa ocupada es su domicilio y no permite recuperarlo al legítimo propietario, entonces el okupa no sólo está ocupando el immueble, también todo lo que está dentro del immueble, y por ende está en tenencia ilegítima de un arma.
¿Qué es lo que no has entendido exactamente?