AVISO BOE 03/01/12. Las CAC entran en juego. Cambio preferentes por bonos.

Moroso bancario

Madmaxista
Desde
12 Ene 2011
Mensajes
3.798
Reputación
3.912
San Google lo explica todo:

Miguel Arregui Navarro: Economía para no economistas: Las Cláusulas de Acción Colectiva

Los Gobiernos de Francia y Alemania acordaron establecer, en octubre de 2010, en plena crisis del área euro y con la solicitud del primer rescate soberano a Grecia sobre la mesa, una política europea común para limitar las pérdidas del sector público asociadas a procesos de rescate a un país. Así surgió el germen de las Cláusulas de Acción Colectiva (o CAC) que serán una realidad a partir del próximo 1 de enero de 2013 para los emisores nacionales del área euro.

Las CAC son un mecanismo por el que se facilita la reducción de la deuda pública emitida por un país si una mayoría de los inversores o tenedores de esos bonos (no todos necesariamente) aceptan un deterioro en sus condiciones. Dicho de otra forma, si el país (en este caso del área euro) está a punto de entrar en suspensión de pagos, puede proponer a sus bonistas que acepten una determinada pérdida en su inversión o una "quita". Si la mayoría acepta el cambio de condiciones, éstas se extienden obligatoriamente a todos los tenedores de bonos.

Los objetivos de las CAC son facilitar y agilizar los procesos de reestructuración de la deuda pública. Los facilita porque el país que va a modificar las condiciones de sus bonos solo necesitará negociar los cambios con una mayoría de bonistas y no con todos ellos. Y los agiliza porque incentiva a los inversores a aceptar las nuevas condiciones, aunque sean peores que las originales, ya que de no hacerlo podrían finalmente no recuperar nada de su inversión.

La introducción de estas cláusulas puede agudizar las diferencias entre los bonos de deuda pública de los distintos países del área euro en dos direcciones. Por un lado, puede elevar las primas de riesgo. El temor a asumir pérdidas podría llevar a los inversores a huir de la deuda de aquellos países donde existen más probabilidades de aplicación de las CAC y, al mismo tiempo, a refugiarse en la deuda de emisores de bajo riesgo (Alemania principalmente). Por otro lado, también fomenta cierta fragmentación del mercado de deuda pública del país en cuestión, ya que durante varios años, convivirán bonos con CAC, que son más fáciles de reestructurar, y bonos sin CAC, que en un primer momento son mayoría, pero que irán perdiendo peso con el tiempo.

Otra cuestión es el papel que puede desempeñar en estos casos el Banco Central Europeo (BCE). Supongamos un país que está bajo un programa de rescate oficial y del que el BCE está adquiriendo deuda pública a través de su mecanismo de compra de activos. Si se ejecutasen las CAC, ¿estaría el BCE obligado a aceptar las nuevas condiciones (peores a las originales)? La respuesta es incierta. Llegados a este extremo lo más probable es que el BCE: (i) no participase en las quitas (conflicto legal con el resto de bonistas), (ii) comprase bonos sin CAC (que, como hemos dicho, están abocados a desaparecer) o (iii) redujese el volumen de sus compras de deuda (limitando claramente su efecto positivo sobre las cotizaciones al disminuir la demanda de bonos). Las consecuencias serían difícilmente cuantificables, pero a buen seguro tendrían un efecto negativo para la estabilidad financiera del área euro.
Suma y sigue del esquema Ponzi.
 

MAS ALLA

Madmaxista
Desde
16 Jul 2008
Mensajes
2.063
Reputación
2.335
Así se justifica en el preámbulo:

"Se introducen algunas modificaciones de carácter técnico necesarias para cumplir con los compromisos alcanzados en el seno de las instituciones europeas. En este sentido, el 28 de noviembre de 2010, los Ministros de Economía de la zona del euro anunciaron una serie de medidas estratégicas destinadas a proteger la estabilidad financiera de la zona del euro, entre ellas la inclusión obligatoria de Cláusulas de Acción Colectiva, en adelante CAC, normalizadas en todas las nuevas emisiones de deuda soberana de la zona del euro a partir del 1 de enero de 2013. Los Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros de la zona del euro precisaron y ratificaron este compromiso en su reunión del 11 de marzo de 2011 y el Consejo Europeo lo hizo en la cumbre celebrada los días 24 y 25 de marzo de 2011. Todos los Estados miembros de la zona del euro han convenido asimismo en adoptar todas las medidas necesarias para la aplicación de las CAC normalizadas".

O sea, que no es exclusivo de España
 

azkunaveteya

Será en Octubre
Desde
17 Dic 2007
Mensajes
73.252
Reputación
95.877
6. Disposiciones complementarias

1. Modificaciones técnicas: error manifiesto, modificaciones técnicas. Sin perjuicio de que se disponga otra cosa en el presente, el emisor podrá modificar las condiciones de los bonos y cualesquiera acuerdos que regulen su emisión o administración sin el consentimiento de los tenedores:

a) para corregir un error manifiesto o eliminar una ambigüedad; o
b) si la modificación es de carácter formal o técnico o en beneficio de los tenedores de bonos.
El emisor publicará los pormenores de cualquier modificación de los bonos realizada con arreglo a este apartado dentro de los diez días siguientes a la fecha en que esta entre en vigor desde el punto de vista jurídico.

2. Aceleración y anulación de la aceleración. Únicamente en caso de que en los bonos se prevean cláusulas de aceleración:

a) Aceleración. Si se produce un supuesto de impago y este continúa, los tenedores de no menos del 25 % del principal total de los bonos en circulación podrán declarar, mediante notificación escrita al emisor, que los bonos se consideren inmediatamente vencidos y pagaderos. En el momento de cualquier declaración de aceleración realizada con las debidas formalidades con arreglo a este apartado, todas las cantidades pagaderas sobre los bonos se considerarán inmediatamente vencidas y pagaderas en la fecha en que el emisor reciba dicha notificación escrita de aceleración, a menos que el caso de incumplimiento se haya subsanado o se haya renunciado al mismo antes de la recepción de la notificación por el emisor.

b) Anulación de la aceleración. Los tenedores de más del 50 % del principal total de los bonos en circulación podrán rescindir o anular, en nombre de todos los tenedores de bonos, toda notificación de aceleración realizada con arreglo al artículo 6.2.a) del anexo.
 

sirpask

Será en Octubre
Desde
16 Oct 2009
Mensajes
51.593
Reputación
115.876
amos a ver...

si tienen el 75% de los votos puedes cambiar esto:


Por materia reservada, en relación con los bonos, se entiende cualquier modificación de los términos de los mismos o de cualquier acuerdo que regule su emisión o administración por la que:

- Se modifique la fecha de pago de cualquier cantidad relativa a los bonos;

- se reduzca cualquier cantidad, incluidas las ya vencidas, pagaderas sobre los bonos;

- se modifique el método de cálculo de cualquier importe a pagar en relación con los bonos;

- si los bonos tenían cláusulas de amortización anticipada, se reduzca el precio de amortización anticipada de los bonos o se modifique la fecha de su posible amortización anticipada;

- se modifique la moneda o el lugar de pago de cualquier cantidad pagadera sobre los bonos;

- se modifique o se imponga cualquier condición sobre la obligación del emisor de efectuar pagos sobre los bonos;

- si los bonos tenían alguna garantía conexa, se libere alguna garantía emitida en relación con los bonos o se modifiquen los términos de dicha garantía, salvo que lo permita algún acuerdo de garantía conexo;

- si los bonos están colateralizados, se libere cualquier garantía afecta al cumplimiento de las obligaciones de pago de los bonos o se modifiquen las condiciones en las que se prestó dicha garantía, salvo que lo permita algún acuerdo de garantía conexo;

- en el caso de bonos cuyos pagos son susceptibles de aceleración, se modifiquen las circunstancias de pago bajo las que los mismos pueden ser declararlos como vencidos y pagaderos antes de la fecha de vencimiento declarada;

- se modifique la prioridad de pago o categoría del bono;

- si los bonos se rigen por una legislación extranjera, se modifique la legislación que regule los bonos;

- si el emisor se ha sometido a la jurisdicción de un tribunal extranjero o ha renunciado expresamente a su inmunidad jurisdiccional, se modifique el tribunal a cuya jurisdicción se ha sometido el emisor o la inmunidad jurisdiccional a la que este haya renunciado en relación con materias relativas a los bonos;

- se modifique el principal de los bonos en circulación o, en caso de modificación de varias series, el principal de los títulos de deuda de cualquier otra serie necesario para aprobar una modificación propuesta sobre los bonos, el principal de los bonos en circulación necesario para que exista quórum, o las normas para determinar si un bono está en circulación a estos efectos; o

- se modifique la definición de la materia reservada, y tiene el mismo significado en relación con los títulos de deuda de cualquier otra serie, con la salvedad de que las referencias anteriores a los bonos o a los acuerdos que rigen su emisión o administración se entenderán hechas a esos otros títulos de deuda o a cualquier acuerdo que regule su emisión o administración.


Y si tienes el 75 de los votos, un texto firmado por el 66% de los tenedores o el 66% de los votos o un texto de mas del 50% (aqui es donde me pierdo)


Podras hacer:

7. Por modificación de varias series se entenderá una modificación que afecta:

- A los bonos o a cualquier acuerdo que regule su administración o emisión, y

- a los títulos de deuda de una o más series, o a cualquier acuerdo que regule la emisión o administración de dichos títulos.
 
Última edición:

MAS ALLA

Madmaxista
Desde
16 Jul 2008
Mensajes
2.063
Reputación
2.335
Han estado a punto de llamarlas "Cláusulas de Acción Colectiva Armonizadas", pero el acrónimo no era muy alentador.:roto2:
 

Moroso bancario

Madmaxista
Desde
12 Ene 2011
Mensajes
3.798
Reputación
3.912
O sea, que no es exclusivo de España
Claro que no, son un mecanismo que el FMI ha ido implementando a lo largo y ancho del mundo (ahora le toca a Europa pero llevan tiempo funcionando en hispanoamérica y otros lugares).

Es simplemente una forma de forzar quitas por una mayoría de tenedores de la deuda.

Vamos, que saben muy bien a dónde vamos.
 

Señor Calopez

Baneado
Desde
23 Abr 2011
Mensajes
12.815
Reputación
24.896
Esto es un timo... comprar bonos a partir de ahora es someterte a lo que decida el BCE.

Si al BCE le interesa y está dispuesto a perder X, todo el mundo se joroba.

Lo malo es que obliguen a cambiar el dinero de los depósitos por bonos, y a continuación el BCE diga que admite una quita del 50%... ellos le dan a la impresora y no pierden nada, pero quitan de un plumazo la mitad de los ahorros de toda la vida a todos los españoles.
 

Monsieur George

Será en Octubre
Desde
6 Feb 2009
Mensajes
15.172
Reputación
58.971
Aquí el problema está en quienes son los acreedores de la deuda pública. Aunque uno individualmente no tenga deuda pública, la puede tener tu banco, tu empresa, la seguridad social, tu fondo de pensiones privado. TE vas a la cosa sí o sí.
 

MAS ALLA

Madmaxista
Desde
16 Jul 2008
Mensajes
2.063
Reputación
2.335
Esto es un timo... comprar bonos a partir de ahora es someterte a lo que decida el BCE.

Si al BCE le interesa y está dispuesto a perder X, todo el mundo se joroba.

Lo malo es que obliguen a cambiar el dinero de los depósitos por bonos, y a continuación el BCE diga que admite una quita del 50%... ellos le dan a la impresora y no pierden nada, pero quitan de un plumazo la mitad de los ahorros de toda la vida a todos los españoles.
¿cómo va a obligar a cambiar el dinero de los depósitos por bonos?¿de los depósitos de quien?¿españoles?¿extranjeros?¿ambos?¿en qué moneda?¿en qué banco? No creo que se haya visto jamás que obliguen a comprar deuda pública.
 

sirpask

Será en Octubre
Desde
16 Oct 2009
Mensajes
51.593
Reputación
115.876
Esto es un timo... comprar bonos a partir de ahora es someterte a lo que decida el BCE.

Si al BCE le interesa y está dispuesto a perder X, todo el mundo se joroba.

Lo malo es que obliguen a cambiar el dinero de los depósitos por bonos, y a continuación el BCE diga que admite una quita del 50%... ellos le dan a la impresora y no pierden nada, pero quitan de un plumazo la mitad de los ahorros de toda la vida a todos los españoles.
Segun hemos ido leyendo en este foro no es que vayan a obligar, es que los depositos van a dar rentabilidad negativa si metemos Inflaciones, y demas variables que restan ya que nos estan preparando para que en España al igual que en otros paises Europeos no den mas que un 1% aprox.
 

Monsieur George

Será en Octubre
Desde
6 Feb 2009
Mensajes
15.172
Reputación
58.971
Por cierto. Mil gracias al autor del hilo. Las noticias importantes siempre aparecen en el BOE y no en los telediarios ni medios de comunicación escritos. :Aplauso: :Aplauso: :Aplauso:
 

Insert Coin

Madmaxista
Desde
10 Oct 2011
Mensajes
7.007
Reputación
16.604
Lugar
Borde exterior al sur de Tabarnia
Aquí el problema está en quienes son los acreedores de la deuda pública. Aunque uno individualmente no tenga deuda pública, la puede tener tu banco, tu empresa, la seguridad social, tu fondo de pensiones privado. TE vas a la cosa sí o sí.
Total, que cuando nos rescaten, a sacar la pasta antes de que se haga la quita y bloqueen un Bank run, bancolchon mode on

Enviado desde mi MT11i usando Tapatalk 2
 

azkunaveteya

Será en Octubre
Desde
17 Dic 2007
Mensajes
73.252
Reputación
95.877
Yo creo que los tiros van por otro lado...


Alemania esta pasando toda la cosa al BCE, luego este va a ser el tenedor ultimo. supongamos que mirando la ultima tabla de deuda publica:

http://www.tesoro.es/doc/SP/home/estadistica/Genesp2.pdf

Un banco cualquiera, pongamos por ejemplo.... uno al azar..... uno rojo, que posea X miles de millones, veamos:

http://www.burbuja.info/inmobiliaria/burbuja-inmobiliaria/191133-riesgo-soberano-del-santander.html

Se pone en complicidad con el BCE, y decida lo que es bueno y lo que no para el pueblo

ya me entendeis...
 

Desencantado

Será en Octubre
Desde
2 Abr 2008
Mensajes
29.991
Reputación
76.823
Qué simples! Poner eso en el BOE precisamente ahora que ya no necesitamos el rescate... OH! WAIT!
 

Monsieur George

Será en Octubre
Desde
6 Feb 2009
Mensajes
15.172
Reputación
58.971
Yo creo que los tiros van por otro lado...


Alemania esta pasando toda la cosa al BCE, luego este va a ser el tenedor ultimo. supongamos que mirando la ultima tabla de deuda publica:

http://www.tesoro.es/doc/SP/home/estadistica/Genesp2.pdf

Un banco cualquiera, pongamos por ejemplo.... uno al azar..... uno rojo, que posea X miles de millones, veamos:

http://www.burbuja.info/inmobiliaria/burbuja-inmobiliaria/191133-riesgo-soberano-del-santander.html

Se pone en complicidad con el BCE, y decida lo que es bueno y lo que no para el pueblo

ya me entendeis...
Pero en realidad la deuda pública está en manos de corporaciones privadas, no en manos del BCE. El BCE no ha prestado directamente a los Estados. Ha hecho subastas de dinero, al que han acudido bancos, y luego esos bancos han prestado a los Estados.