Dos años de cárcel que no se cumplen y una prohibición de volver que vigilará, se supone, el propio mar: la justicia española en su versión más confiada.
El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado a tres pescadores de Jovenlandia que fueron sorprendidos en junio de este año en un pase de forasteros tras un servicio ejecutado por la Guardia Civil.
Los tres pescadores, que estaban cumpliendo prisión preventiva, han aceptado penas de 2 años de cárcel, que quedan suspendidas, por lo que este mismo martes se les pone en libertad.
Pero hay un matiz importante que se les ha comunicado vía traductor. Esa pena queda suspendida durante 5 años, periodo en el que si vuelven a delinquir la cumplirán. Pero, además, queda sometida esa suspensión al cumplimiento de una medida de prohibición de entrar en Ceuta, acudir o residir.
Si se aproximan con su patera de pesca a aguas de Ceuta, habrían incumplido esa medida por lo que serían detenidos y cumplirían la prisión de cuyo suspenso se han beneficiado.
El reconocimiento de los hechos ha permitido la aplicación de la figura jurídica de la conformidad, por lo que no se ha tenido que celebrar juicio.
El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado a tres pescadores de Jovenlandia que fueron sorprendidos en junio de este año en un pase de forasteros tras un servicio ejecutado por la Guardia Civil.
Los tres pescadores, que estaban cumpliendo prisión preventiva, han aceptado penas de 2 años de cárcel, que quedan suspendidas, por lo que este mismo martes se les pone en libertad.
Pero hay un matiz importante que se les ha comunicado vía traductor. Esa pena queda suspendida durante 5 años, periodo en el que si vuelven a delinquir la cumplirán. Pero, además, queda sometida esa suspensión al cumplimiento de una medida de prohibición de entrar en Ceuta, acudir o residir.
Si se aproximan con su patera de pesca a aguas de Ceuta, habrían incumplido esa medida por lo que serían detenidos y cumplirían la prisión de cuyo suspenso se han beneficiado.
El reconocimiento de los hechos ha permitido la aplicación de la figura jurídica de la conformidad, por lo que no se ha tenido que celebrar juicio.
