Sofía Puente imputada por prevaricar con el pucherazo de la Ley de Nietos.

Sofía Puente imputada por prevaricar con el pucherazo de la Ley de Nietos.
RESUMEN DEL MENSAJE INICIAL · elaborado con IA

La titular del Juzgado de Instrucción Número 35 de Madrid, María Inmaculada Lova, ha admitido a trámite la querella de Hazte Oír contra Sofía Puente por prevaricación administrativa en la instrucción de la Ley de Nietos. La Fiscalía había informado en contra de admitirla.

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La titular del Juzgado de Instrucción Número 35 de Madrid, María Inmaculada Lova, ha admitido a trámite la querella de Hazte Oír contra Sofía Puente por prevaricación administrativa en la instrucción de la Ley de Nietos. La Fiscalía había informado en contra de admitirla.

La titular del Juzgado de Instrucción Número 35 de Madrid, María Inmaculada Lova, ha admitido a trámite la querella de Hazte Oír contra Sofía Puente por su instrucción en la Ley de Nietos. La juez todavía no la ha llamado a declarar como investigada, pero la imputa al admitir la querella. El auto, al que ha tenido acceso Libertad Digital, pide a la asociación querellante una fianza de 1.000 euros y sostiene que los hechos «presentan características que hacen presumir la posible existencia de delito/s de Prevaricación administrativa».

Qué se le atribuye a la instrucción de la ley

Sofía Puente dictó la instrucción de la norma que después ha dado pie a la obtención de la nacionalidad de extranjeros descendientes de personas que perdieron su condición de españoles tras la Guerra Civil. La querella considera esa instrucción falaz y le atribuye un delito de prevaricación administrativa por estos hechos, referidos a la instrucción de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, cuando Puente ejercía el cargo en el Ministerio de Justicia de Félix Bolaños.

El punto central es el alcance de la norma. El legislativo aprobó que pudiesen adherirse a la disposición de la Ley de Memoria Democrática los descendientes de exiliados por el franquismo. La instrucción de Sofía Puente ampliaba esos casos a toda persona que, por unos u otros motivos, saliese de España entre 1936 y 1955. Esa ampliación es la que el querellante califica de falaz y la que sostiene la acusación de prevaricación administrativa.

La Fiscalía pidió no admitirla

El Ministerio Fiscal informó en contra de admitir la querella a trámite y apoyaba el criterio de la propia Sofía Puente, que había pedido que se sobreseyese el caso por tratarse de una causa ya juzgada. En su escrito aludía a dos causas instruidas en los juzgados 21 y 25 de Madrid que ya habían sido archivadas.

La magistrada pidió a esos juzgados toda la documentación de las querellas anteriores contra Puente. Aunque fueron archivadas, según el auto no concurrían exactamente con la instrucción de la Ley de Nietos ni con los argumentos presentados por Hazte Oír. Con ese material, Lova considera procedente practicar diligencias previas para investigar si la hermana del ministro de Transportes incurrió en el delito.

El Supremo y el voto de los nacionalizados

La admisión a trámite coincide en el tiempo con otro frente abierto. El Tribunal Constitucional discute si debe levantar la suspensión cautelar del voto a los nacionalizados por la Ley de Nietos que decretó el Tribunal Supremo. La Junta Electoral Central no puede diferenciar los casos acogidos a la norma en los términos que aprobó el Congreso de aquellos que recibieron la nacionalidad por las normas de la instrucción.

Ante esa imposibilidad, el Supremo mantiene suspendido el voto extranjero de todo aquel que no sea capaz de demostrar individualmente que su caso se enmarca en la voluntad del legislador. El asunto tiene recorrido judicial en dos direcciones: la penal, con la imputación de Puente, y la electoral, con el alcance del sufragio de los nacionalizados.

La instrucción de la Ley de Nietos es una norma administrativa y su control judicial exige distinguir entre el margen de interpretación y el delito. Cualquier valoración sobre la responsabilidad de Puente corresponde a los tribunales.

Datos clave
  • La jueza María Inmaculada Lova admite a trámite la querella de Hazte Oír contra Sofía Puente por prevaricación administrativa.
  • El auto pide una fianza de 1.000 euros a la asociación querellante.
  • La instrucción ampliaba la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, a quienes salieron de España entre 1936 y 1955.
  • La Fiscalía informó en contra de admitir la querella y Puente pidió el sobreseimiento por causa ya juzgada.
  • El Supremo mantiene suspendido el voto de los nacionalizados que no demuestren individualmente su encaje en la norma.
Resumen generado con inteligencia artificial a partir del primer mensaje del tema.

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Un Juzgado de Madrid imputa a Sofía Puente por prevaricación en la Ley de Nietos​


La Fiscalía había informado en contra de admitirla a trámite apoyando el criterio de la hermana de Óscar Puente, que es fiscal de profesión.​


(imagen visible para usuarios registrados)Paco Cobos Seguir a paco_cobosg
21/10/2026 - 12:00

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(imagen visible para usuarios registrados) El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y la secretaria general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia de España, Sofía Puente. | Europa Press

La titular del Juzgado de Instrucción Número 35 de Madrid, María Inmaculada Lova, ha admitido a trámite la querella de Hazte Oír contra Sofía Puente por su instrucción en la Ley de Nietos. Si bien la juez todavía no la ha llamado a declarar como investigada, la imputa al admitir la querella.

Sofía Puente dictó la instrucción, a juicio del querellante de forma falaz, de la norma que posteriormente ha dado pie a la obtención de la nacionalidad de extranjeros descendientes de personas que perdieron su condición de españoles tras la Guerra Civil. Se le acusa de un delito de prevaricación administrativa por estos hechos, referentes a la instrucción de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en el año 2022, cuando Sofía Puente ejercía el mencionado cargo en el Ministerio de Justicia de Félix Bolaños. Esta instrucción habría permitido ampliar la aplicación de la ley a todos aquellos descendientes de personas que abandonaran España en un lapso de tiempo concreto y no solo de los represaliados de la guerra.

En un auto al que ha tenido acceso Libertad Digital, la juez explica que la querella reúne los requisitos para ser admitida a trámite y le pide a la asociación que realice una aportación de 1.000 euros en concepto de fianza. "Los hechos que resultan de las anteriores actuaciones presentan características que hacen presumir la posible existencia de delito/s de Prevaricación administrativa cuya instrucción corresponde a este órgano judicial", asevera el auto de la magistrada.

En este marco, la juez considera procedente llevar a cabo las diligencias previas necesarias para investigar si la hermana del ministro de Transportes incurrió en un delito de prevaricación administrativa. Estas diligencias, según explica el auto, serán acordadas con la asociación querellante después de que la Fiscalía informase en contra de admitir la querella a trámite.
El Ministerio Fiscal apoyaba el criterio de la propia Sofía Puente, que había pedido que se sobreseyese el caso por tratarse de una causa ya juzgada. En el escrito de Sofía Puente, se aludía a dos causas instruidas en los juzgados 21 y 25 de Madrid que ya habían sido archivadas; así pretendía que se archivase el caso por ser un asunto ya juzgado.

La magistrada pidió a los citados juzgados que le entregaran toda la documentación de las querellas anteriormente presentadas contra Sofía Puente que, si bien fueron archivadas, no concurrían exactamente con la instrucción de la Ley de Nietos ni con los argumentos presentados por Hazte Oír en su querella.

Esta admisión a trámite se da al mismo tiempo que el Constitucional discute si debe levantar la suspensión del voto a aquellos nacionalizados por la Ley de Nietos que ha decretado cautelarmente el Tribunal Supremo. El Supremo, ante la imposibilidad de la Junta Electoral Central (JEC) de diferenciar aquellos casos que se acogieron a la norma enmarcados en las condiciones que aprobó el Congreso y aquellos en los que recibieron la nacionalidad por las normas de la instrucción, mantiene suspendido el voto extranjero de todo aquel que no sea capaz de demostrar individualmente que su caso sí que se enmarca en la voluntad del legislador.

En concreto, el legislativo aprobó que se pudiesen adherir a la disposición de la Ley de Memoria Democrática aquellos descendientes de exiliados por el franquismo; mientras que la instrucción de Sofía Puente ampliaba esos casos a toda aquella persona que, por unos u otros motivos, saliese de España entre los años 1936 y 1955.
 
¡Por fin!

Y los fiscales, como siempre, defendiendo a los corruptos.

¿Para qué, exactamente, necesitamos funcionarios si a la mínima de cambio se pliegan a lo que les dicen los políticos? Se supone que tienen unas condiciones de trabajo envidiables a costa de los contribuyentes para mantener su independencia.
 
 

Hasta Pumpido ha votado en contra de dejar votar a los falsos nietos del exilio y el Gobierno rabia​

 
aunque por norma general que condenen a alguien por prevaricación no es facil, si el juzgado la ha fruta es que al menos hay indicios de veracidad en la denuncia y algun principio de prueba si quiera indiciaria, que apunte a que podría ser culpable
 

Los consulados admiten que nacionalizan hasta tataranietos gracias a la instrucción de la hermana de Puente​

 
aunque por norma general que condenen a alguien por prevaricación no es facil, si el juzgado la ha fruta es que al menos hay indicios de veracidad en la denuncia y algun principio de prueba si quiera indiciaria, que apunte a que podría ser culpable

Varios consulados se resistieron a aplicar la ampliación de la ley de nietos por considerarla contraria a la ley y Exteriores les ordenó acatarla​


 
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