Silvia Intxaurrondo cobra los 537.000 euros de sueldo de RTVE a través de una sociedad

Ilustración editorial de una pantalla de televisión pública y una sociedad mercantil con el sueldo de RTVE de fondo

RTVE abona 537.000 euros a Intxaurrondo a través de una sociedad creada en julio de 2023​

La cifra es la que es: 537.000 euros por dos años de contrato en RTVE. La vía de pago también: una sociedad, Sukun Comunicación SL, con 3.200 euros de capital y administrada por la presentadora junto a su pareja, Jhinaoui Farouk. La sociedad se constituyó a finales de julio de 2023, apenas diez días después de que la cadena pública abriera el expediente de renovación de Silvia Intxaurrondo, según los registros mercantiles recogidos en el material que originó esta discusión.

El detalle fiscal no es menor. El IRPF grava los rendimientos del trabajo hasta un 45%; el Impuesto de Sociedades se queda en el 25%. Entre un tipo y otro hay veinte puntos de diferencia, y ahí está el núcleo del asunto: si el rendimiento es personalísimo —una presentadora que pone su cara y su voz—, la Agencia Tributaria no admite la interposición societaria. Varios casos de futbolistas, artistas y profesionales bien pagados acabaron con liquidaciones y recargos por exactamente eso.

Qué dice el contrato de RTVE y cuánto se paga por presentar​

Los documentos internos citados describen un doble régimen. Como co-directora del programa, Intxaurrondo percibe 7.887 euros mensuales durante once meses al año, vacaciones incluidas. Como presentadora, cobra aparte: 700 euros por capítulo, previa certificación del productor. El contrato cubre del 11 de septiembre de 2023 al 10 de septiembre de 2025.

Antes de ese salto, el pago seguía otro camino: RTVE abonaba el programa a la productora Tesseo y esta pagaba el sueldo. Al internalizarse el formato, la presentadora pasó al régimen mercantil. Fuentes internas de la cadena sostienen que facturar a través de una sociedad «es algo habitual, no es a ella solamente» y que RTVE no comete irregularidad alguna: todo depende de cómo lo declare después quien cobra.

La cronología que alimenta las sospechas​

El 17 de julio de 2023 RTVE abre el expediente de renovación, el mismo día de la entrevista a Alberto Núñez Feijóo previa a las generales del 23-J. Diez días después nace la sociedad. El contrato se firma por dos años, algo que las mismas fuentes internas califican de excepcional, y más cuando todas las quinielas daban la victoria al PP.

Ese encadenado temporal es lo que convierte un debate fiscal en un debate político. Hay quien lee una simple optimización tributaria dentro de lo legal; hay quien ve una sociedad instrumental creada para convertir renta del trabajo en renta societaria. La diferencia entre ambas lecturas no la decide un titular: la decide una inspección.

El frente abierto: desmentidos, sindicato y rectificación de cifras​

La propia presentadora respondió públicamente a una información que atribuía las cifras a OKDiario, señalando que ni las cantidades ni las fechas eran correctas. UGT RTVE salió a respaldarla frente a lo que calificó de inexactitudes. Semanas después, la cifra se movió: la cantidad máxima por los dos años quedó fijada en 547.514 euros, diez mil más de lo publicado inicialmente.

El ruido mediático no se quedó ahí. El programa adicional que le encargaron, El mejor de la historia, fue retirado del prime time tras quedarse muy por debajo de la media de la cadena en sus primeras emisiones. Un contrato estrella y un formato que no arranca: el contraste alimenta por sí solo la conversación sobre qué se paga y por qué.

El argumento que desmonta el relato del ahorro fiscal​

Aquí conviene ser preciso, porque el resumen fácil engaña. Facturar mediante sociedad no equivale automáticamente a pagar menos: si el dinero se queda en la sociedad, tributa al 25%; si se extrae como dividendo, vuelve a pasar por caja. El ahorro real depende de cómo se reparta, de los gastos deducibles y del criterio de la inspección.

Lo que sí es un patrón conocido es el resultado de judicializar la estructura: cuando Hacienda considera que el servicio es personalísimo, recalifica los ingresos como rendimiento del trabajo y gira la diferencia con intereses. La pregunta no es si la sociedad existe —existe— sino si su uso resiste una comprobación.

Quién paga y quién cobra en la televisión pública​

El fondo del asunto trasciende a una presentadora. RTVE se financia con dinero público y paga sueldos que, en algunos casos, superan con holgura los de cualquier directivo de una empresa cotizada. Que la vía sea una sociedad interpuesta añade opacidad a una cifra que ya de por sí cuesta justificar ante el contribuyente.

Hay una corriente que pide cerrar o reducir drásticamente las televisiones públicas y otra que defiende su función. Entre ambas, un dato incómodo: el debate sobre el sueldo se ha comido al debate sobre el servicio. Y eso, en términos de comunicación, es una derrota para la cadena.

Con la inspección sin resolver y la cifra corregida al alza, lo previsible es que el asunto siga en los tribunales y en los titulares. Si Hacienda acaba recalificando el contrato, el precedente afectará a más de un profesional que factura por sociedad. Si no lo hace, quedará la sensación —justificada o no— de que para unos hay reglas y para otros, interpretaciones.
💬 LO QUE DICEN LOS FOREROS
«Si el servicio es personalisimo como en este caso, la Agencia Tributaria no lo admite pero ni de coña; lo sé de buena tinta ya que me ha ocurrido a mi.»
— elKaiser · Recalificación de rendimientos personalísimos
«Me extraña que caiga en ese error, pues las decenas de casos de futbolistas, artistas y profesionales bien pagados que han tenido que pagar a Hacienda ha sido por cobrar a través de sociedades unipersonales en lugar de como persona física.»
— malibux · Precedentes de inspecciones tributarias
📊 OPINIONES
Peso aproximado de cada postura en el debate. No es una encuesta.
Estructura societaria legal y habitual30%
Sociedad instrumental para pagar menos50%
Crítica al sueldo público en sí20%
📌 DATOS
537.000 euros por dos años de contrato en RTVE, según la información publicada
3.200 euros de capital social de Sukun Comunicación SL
IRPF del 45% frente a Impuesto de Sociedades del 25%
7.887 euros mensuales como co-directora y 700 euros por capítulo como presentadora
547.514 euros como cifra máxima corregida por RTVE
❓ PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué diferencia fiscal hay entre IRPF y Sociedades?
El IRPF grava los rendimientos del trabajo hasta un 45%, mientras el Impuesto de Sociedades se sitúa en el 25%. Esa brecha de veinte puntos es la que explica el interés por facturar mediante estructuras societarias, aunque extraer después el dinero como dividendo vuelve a tributar.
📅 EVOLUCIÓN
Julio 2023 RTVE abre el expediente de renovación de Intxaurrondo el mismo día de la entrevista a Feijóo
Julio 2023 Se constituye Sukun Comunicación SL con 3.200 euros de capital, diez días después
Septiembre 2023 Arranca el contrato de dos años, hasta septiembre de 2025
Meses después RTVE corrige la cifra máxima del contrato a 547.514 euros, diez mil más
Meses después El programa El mejor de la historia cae del prime time por audiencias
🔗 FUENTES
OKDiario ↗
Publica las cifras y documentos internos del contrato
El Mundo ↗
Amplía la información y publica la corrección de RTVE
El Plural ↗
Recoge el reconocimiento del Gobierno el 8M
UGT RTVE ↗
Desmiente las informaciones sobre la presentadora
💬 POR QUÉ PARTICIPAR
✓El encadenado exacto de fechas entre la apertura del expediente de renovación y la constitución de la sociedad, que es lo que sostiene la tesis de la sociedad instrumental
✓El desglose del doble régimen de pago —co-dirección y presentación— con las cantidades separadas, que permite calcular el total real del contrato
✓La corrección posterior de la cifra por parte de RTVE, diez mil euros por encima de lo publicado, un dato que casi nadie cita
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Descargo de responsabilidad: Este artículo se basa en informaciones publicadas y en documentos citados por medios; no afirma la comisión de delito alguno ni prejuzga el resultado de una eventual comprobación tributaria.
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