*Tema mítico* : ¿Qué opináis de SwissQuote para guardar los ahorros?

Jorobar que cosa más rara me acaba de pasar.: he transferido el total de la cuenta en € de vuelta a España. En fin que en esta cuenta quedaban 1000€ + algo de intereses después de cambiar el resto a CHF, por lo que he puesto una orden de pago por todo lo que quedaba.

Pues me envían el mensaje de que ya se ha pasado la orden de transferencia por el importe total (1000€ + intereses) + 2€ de comisión, y todavía quedan unos centimos en la cuenta :roto2:

Si en la orden sale que han transferido todo lo que quedaba, por lo que la cuenta se debería quedar a 0,00€ ... ¿de dónde van a sacar los 2€ de comisión? ¿Y de dónde salen los centimos que quedan? :roto2: :roto2:
 
Jorobar que cosa más rara me acaba de pasar.: he transferido el total de la cuenta en € de vuelta a España. En fin que en esta cuenta quedaban 1000€ + algo de intereses después de cambiar el resto a CHF, por lo que he puesto una orden de pago por todo lo que quedaba.

Pues me envían el mensaje de que ya se ha pasado la orden de transferencia por el importe total (1000€ + intereses) + 2€ de comisión, y todavía quedan unos centimos en la cuenta :roto2:

Si en la orden sale que han transferido todo lo que quedaba, por lo que la cuenta se debería quedar a 0,00€ ... ¿de dónde van a sacar los 2€ de comisión? ¿Y de dónde salen los centimos que quedan? :roto2: :roto2:

Los centimos de los intereses que les debía quedar pendiente. Los 2€ del saldo negativo que te va a quedar... :roto2:
 
Justo lo que andaba buscando. Mil gracias...

Ayer llame a hacienda para informarme sobre los intereses y retenciones en depositos en cuentas extranjeras para la declaracíón de la renta y que casillas eran donde iban incluidas y me contestaron que en la casilla 22 o 24 se ponian los interes como en los bancos españoles y que en la casilla 736 se tenian que poner las retenciones que te hayan aplicado en el pais de origen con el tema de la doble imposición.
Y los que tenemos depositos en moneda diferente al euro,tenemos que calcular a como cotizaba esa moneda con respecto al euro en el dia que nos ingresaron los intereses por el bde....mandale castaña!! O sea, si a mi me dieron mi banco polaco unos intereses en zloty el dia 30 de julio de 2012 tengo que calcular a como cotizaba el zloty ese dia por el bde y hacer la conversion en euros y eso en cada mes para sumarlos todo y ponerlo en la casilla de rendimientos del capital mobiliario en la declaración de renta(casilla 22 o 24).Todo esto me dijeron por telefono en hacienda.
No sé si será así.Alguien por aqui que nos pueda despejar las dudas?

---------- Post added 05-abr-2013 at 10:58 ----------

Seria perfecto que alguien nos iluminase con un ejemplo practico pero sencillo de interes y retención en depositos extranjeros y como va en la declaración de la renta.
Pozdrawiam.
 
Ayer llame a hacienda para informarme sobre los intereses y retenciones en depositos en cuentas extranjeras para la declaracíón de la renta y que casillas eran donde iban incluidas y me contestaron que en la casilla 22 o 24 se ponian los interes como en los bancos españoles y que en la casilla 736 se tenian que poner las retenciones que te hayan aplicado en el pais de origen con el tema de la doble imposición.
Y los que tenemos depositos en moneda diferente al euro,tenemos que calcular a como cotizaba esa moneda con respecto al euro en el dia que nos ingresaron los intereses por el bde....mandale castaña!! O sea, si a mi me dieron mi banco polaco unos intereses en zloty el dia 30 de julio de 2012 tengo que calcular a como cotizaba el zloty ese dia por el bde y hacer la conversion en euros y eso en cada mes para sumarlos todo y ponerlo en la casilla de rendimientos del capital mobiliario en la declaración de renta(casilla 22 o 24).Todo esto me dijeron por telefono en hacienda.
No sé si será así.Alguien por aqui que nos pueda despejar las dudas?

---------- Post added 05-abr-2013 at 10:58 ----------

Seria perfecto que alguien nos iluminase con un ejemplo practico pero sencillo de interes y retención en depositos extranjeros y como va en la declaración de la renta.
Pozdrawiam.


Solo Intereses en la casilla 22, como si de un depósito nacional se tratase, y doble imposición en la casilla 734. Así era en la renta 2011 y anteriores, puede que este año la pasaran a la casilla 736, pero lo dudo... hay que esperar al día 10 de abril a que esté disponible PADRE 2012, en el borrador no se puede :-(

Ejemplos tienes en un link que hay varios post atrás.
 
Última edición:
Intereses y retención en la casilla 22, como si de un depósito nacional se tratase, y doble imposición en la casilla 734. Así era en la renta 2011 y anteriores, puede que este año la pasaran a la casilla 736, pero lo dudo... hay que esperar al día 10 de abril a que esté disponible PADRE 2012, en el borrador no se puede :-(

Ejemplos tienes en un link que hay varios post atrás.


Gracias Perico!! Otra cosa, al hacer la declaración individual y al estar las cuentas en conjunto con mi muyer yo tendria que poner la mitad de mis intereses y retenciones o el total? No se puede confirmar entonces con el borrador?

---------- Post added 05-abr-2013 at 12:01 ----------

En la casilla 734 o 736 de doble imposición te sale el pais donde te retienen los impuestos o es algo general? O sea, que al hacer click en la casilla 734 o 736 se te desplega la casilla por paises y tu debes de señalar cual pais es donde te retienen los impuestos....o no es asi y solo debes de poner los impuestos retenidos que ya hacienda cuando quiera saber de que pais es donde te retienen se los debes de justificar con algun documento bancario etc...?
 
Intereses y retención en la casilla 22, como si de un depósito nacional se tratase, y doble imposición en la casilla 734. Así era en la renta 2011 y anteriores, puede que este año la pasaran a la casilla 736, pero lo dudo... hay que esperar al día 10 de abril a que esté disponible PADRE 2012, en el borrador no se puede :-(

Ejemplos tienes en un link que hay varios post atrás.

Bueno, como algunos tenemos la cuenta de SQ con poco efectivo, acabo de llamar a hacienda y les he hecho la siguiente consulta:
Tengo una cuenta bancaria en un país extranjero con una pequeña cantidad de dinero y que no aparece en los datos fiscales facilitados en el borrador de la de la declaración de la renta. ¿Puedo modificar mi borrador añadiendo los intereses de esta cuenta o hay que esperar al programa padre para evitar la doble imposición?

Respuesta: La que me imaginaba, aunque no está de más confirmarlo.
Evitar la doble imposición es un derecho del contribuyente, no una obligación. Es decir, si la cantidad que te vas a ahorrar por deducir en este apartado es considerable, merece la pena esperar al programa padre (el 10 de abril te lo descargas y después hay que esperar hasta el 24 de abril para poder presentarlo telemáticamente). Ahora bien, si lo que te vas a ahorrar en este apartado es una minucia es mejor modificar el borrador, confirmar y asunto liquidao (con la ventaja de que si te sale a devolver, antes cobras).
 
Última edición:
Buenas:Alguno de vosotros se puso en contacto con SQ para saber si envian o no informacion fiscal a hacienda? ( Me refiero a los que escogimos opcion B)..Pues me sigue pareciendo raro que no figure en borrador y que tengamos que andar con pies de plomo peleando con casillas y programas Padre....Les voy a enviar un mail, a ver si me contestan
 
Buenas tardes, ya sé que el tema se ha tratado bastante... pero sigue sin quedarme nada claro. Acabo de abrir cuenta en SQB y quiero realizar la presentación del DD1. Me ha quedado claro que debo realizarlo por triplicado, una vez por cada divisa. Sin embargo, lo que no tengo nada claro es cuál es mi número de cuenta.

Si entro en el apartado de "Payment services" -> "Your bank detail" me aparece a la derecha algo así:

CH --> Country code
8781 --> Bank code
0000XXXXXX00 --> Account number (donde las X son 6 dígitos de mi cuenta).

En base a eso, no cabe duda de que mi número de cuenta sería ese: 0000XXXXXX00

Sin embargo, a su vez, en el desplegable, que dice "Account number" aparece para cada divisa: 0000XXXXXX00,0000XXXXXX01 y 0000XXXXXX02. Y aunque cambie de divisa, a la derecha sigue diciendo que mi acount number es el 0000XXXXXX00.

La pregunta por tanto es, en el DD1, ¿qué debo poner?

- 0000XXXXXX00 siempre
- 0000XXXXXX00, 0000XXXXXX01 y 0000XXXXXX02 respectivamente.
- XXXXXX tal y como se comentaba en algún mensaje anterior...

A ser posible que las respuestas tengan argumentación, gracias 🙂
 
Gracias Perico!! Otra cosa, al hacer la declaración individual y al estar las cuentas en conjunto con mi muyer yo tendria que poner la mitad de mis intereses y retenciones o el total? No se puede confirmar entonces con el borrador?

---------- Post added 05-abr-2013 at 12:01 ----------

En la casilla 734 o 736 de doble imposición te sale el pais donde te retienen los impuestos o es algo general? O sea, que al hacer click en la casilla 734 o 736 se te desplega la casilla por paises y tu debes de señalar cual pais es donde te retienen los impuestos....o no es asi y solo debes de poner los impuestos retenidos que ya hacienda cuando quiera saber de que pais es donde te retienen se los debes de justificar con algun documento bancario etc...?

En la 22 solo los intereses, y en la casilla 734 debes poner nuevamente los intereses y las correspondientes retenciones en el extranjero. No hay que señalar pais ni nada. Las retenciones en el extranjero solo en la casilla 734, en la 22 no, que arriba tuve un desliz y no me expliqué bien.
 
Bueno, como algunos tenemos la cuenta de SQ con poco efectivo, acabo de llamar a hacienda y les he hecho la siguiente consulta:
Tengo una cuenta bancaria en un país extranjero con una pequeña cantidad de dinero y que no aparece en los datos fiscales facilitados en el borrador de la de la declaración de la renta. ¿Puedo modificar mi borrador añadiendo los intereses de esta cuenta o hay que esperar al programa padre para evitar la doble imposición?

Respuesta: La que me imaginaba, aunque no está de más confirmarlo.
Evitar la doble imposición es un derecho del contribuyente, no una obligación. Es decir, si la cantidad que te vas a ahorrar por deducir en este apartado es considerable, merece la pena esperar al programa padre (el 10 de abril te lo descargas y después hay que esperar hasta el 24 de abril para poder presentarlo telemáticamente). Ahora bien, si lo que te vas a ahorrar en este apartado es una minucia es mejor modificar el borrador, confirmar y asunto liquidao (con la ventaja de que si te sale a devolver, antes cobras).



Como que evitar la doble imposición es un derecho y no una obligación por parte del contribuyente? No es una obligación declarar todos tus ingresos fuera de España asi sea que tengas pocos intereses? No me queda claro!!
Lo que quiero decir que si que es una obligación almenos poner en la casilla 22 todos tus intereses o no?

---------- Post added 06-abr-2013 at 12:39 ----------

Bueno, como algunos tenemos la cuenta de SQ con poco efectivo, acabo de llamar a hacienda y les he hecho la siguiente consulta:
Tengo una cuenta bancaria en un país extranjero con una pequeña cantidad de dinero y que no aparece en los datos fiscales facilitados en el borrador de la de la declaración de la renta. ¿Puedo modificar mi borrador añadiendo los intereses de esta cuenta o hay que esperar al programa padre para evitar la doble imposición?

Respuesta: La que me imaginaba, aunque no está de más confirmarlo.
Evitar la doble imposición es un derecho del contribuyente, no una obligación. Es decir, si la cantidad que te vas a ahorrar por deducir en este apartado es considerable, merece la pena esperar al programa padre (el 10 de abril te lo descargas y después hay que esperar hasta el 24 de abril para poder presentarlo telemáticamente). Ahora bien, si lo que te vas a ahorrar en este apartado es una minucia es mejor modificar el borrador, confirmar y asunto liquidao (con la ventaja de que si te sale a devolver, antes cobras).


Y como se sabe si lo que te vas a ahorrar en ese apartado es una minucia o no si no se puede hacerlo a traves del borrador y hay que esperar al programa Padre? Hay alguna manera de saberlo antes que salga el Padre? Porque si yo sé desde hoy que no me voy a ahorrar mucho con la doble imposición pues modifico y confirmo el borrador y no esperaría al día 10 de abril.
 
Como que evitar la doble imposición es un derecho y no una obligación por parte del contribuyente? No es una obligación declarar todos tus ingresos fuera de España asi sea que tengas pocos intereses? No me queda claro!!
Lo que quiero decir que si que es una obligación almenos poner en la casilla 22 todos tus intereses o no?

---------- Post added 06-abr-2013 at 12:39 ----------




Y como se sabe si lo que te vas a ahorrar en ese apartado es una minucia o no si no se puede hacerlo a traves del borrador y hay que esperar al programa Padre? Hay alguna manera de saberlo antes que salga el Padre? Porque si yo sé desde hoy que no me voy a ahorrar mucho con la doble imposición pues modifico y confirmo el borrador y no esperaría al día 10 de abril.

Vamos a ver un ejemplo práctico:
1) La cuenta SQ te ha producido en bruto en el año 2012 unos intereses de 10 euros de los que la hacienda Suiza te ha retenido el 35%, es decir, 3.5 euros (en neto te ha dado de interés 6,5 euros).
2) Solicitas el borrador y tu declaración de la renta te sale a devolver 100 euros pero compruebas que en tus datos fiscales no aparece la cuenta de SQ.
3) Modificas tu borrador añadiendo en la casilla 22 los 10 euros brutos que te ha producido la cuenta de SQ.
4) Ahora tu declaración te sale a devolver 97,9 euros, ¿por qué?, porque te han retenido automáticamente el 21% de 10 euros.
5) Consecuencia: hay doble imposición sobre tus 10 euros, la de la hacienda Suiza 3.5 euros y la de la hacienda española 2.1 euros.
6) Tu lo has declarado todo y estás en la legalidad.

Pero si quieres que no te cobren dos impuestos por tus 10 euros no puedes operar así. Tienes que esperar a que esté disponible el programa padre para poder aplicar una deducción y evitar la doble imposición. Estás en tu derecho y también será legal.
 
Hola. Para los que habeis escogido la opción de secreto bancario y que que os retengan en la hacienda suiza. Si el saldo a 31 de diciembre de 2012 no supera 50.000 euros NO hay obligación de declarar la cuenta a hacienda.
Art.42 bis apartado 4 e) del RD 1065/2007.

---------- Post added 07-abr-2013 at 09:04 ----------

Y además esto también ayuda:
 
Hola. Para los que habeis escogido la opción de secreto bancario y que que os retengan en la hacienda suiza. Si el saldo a 31 de diciembre de 2012 no supera 50.000 euros NO hay obligación de declarar la cuenta a hacienda.
Art.42 bis apartado 4 e) del RD 1065/2007.

---------- Post added 07-abr-2013 at 09:04 ----------

Y además esto también ayuda:

No es exacto. También existe obligación de declarar cuando el saldo medio del último trimestre es superior a 50K aunque el saldo a fin de año no sea superior a dicha cantidad. Y eso es independiente de la opción de tributación elegida en SQB.
El Real Decreto aplicable es el Real 1558/2012, de 15 de noviembre y publicado en el BOE con fecha 24 de noviembre de 2012:

El artículo 42 bis apartado 4e, dice exactamente:
"No existirá obligación de informar sobre ninguna cuenta cuando los saldos
a 31 de diciembre a los que se refiere el apartado 2.d) no superen, conjuntamente, los 50.000 euros, y la misma circunstancia concurra en relación con los saldos medios a que se refiere el mismo apartado. En caso de superarse cualquiera de dichos límites conjuntos deberá informarse sobre todas las cuentas.
"

Y el apartado 2d, dice:
"Los saldos de las cuentas a 31 de diciembre y el saldo medio correspondiente al último trimestre del año."
 
Hola. Para los que habeis escogido la opción de secreto bancario y que que os retengan en la hacienda suiza. Si el saldo a 31 de diciembre de 2012 no supera 50.000 euros NO hay obligación de declarar la cuenta a hacienda.
Art.42 bis apartado 4 e) del RD 1065/2007.

---------- Post added 07-abr-2013 at 09:04 ----------

Y además esto también ayuda:

Sí, pero esta exención se refiere al modelo 720.
En la declaración de la Renta los intereses los vas a tener que declarar de todas formas.


Interesará esto para quienes el objetivo de abrir esta cuenta es salvarse de un posible corralón y han abierto cuenta en ING Lux, país perteneciente a la UE:
(en vigor desde el 1 de enero de 2013)
 
Última edición:
dukascopy vs swissquote?

Alguien puede resumir cuales serian las difernecias entre los dos? solo veo comentarios sobre swissquote y nada de dukascopy y desconozco si es porque no es fiable o porque nadie se ha abierto cuenta y porque......gracias.

---------- Post added 08-abr-2013 at 08:56 ----------

dukascopy vs swuissquote:

Alguien puede resumir cuales serian las difernecias entre los dos? solo veo comentarios sobre swissquote y nada de dukascopy y desconozco si es porque no es fiable o porque nadie se ha abierto cuenta y porque......gracias.
 
Vamos a ver una cosa con eso de las subcuentas, si hacienda te llama y te dice que le lleves información de lo declarado en el 720, que es lo máximo que te puede pasar, sólo le podrás llevar los "Account Statement" uno en CHF, otro en EUR y otro en USD que todos llevan el membrete del IBAN acabado en 00 y/o el "Managed Account Evaluation" a 31 de diciembre donde está todo agrupado en el IBAN acabado en 00.

Realmente es que no son subcuentas ya que no vas a tener documentación de ninguna cuenta acabada en 01, ni 02, son todas 00.

No te líes por que la AEAT no tiene acceso a información "por que si" de tu cuenta, que esto no es bankia, lo que si que te puede pedir son papeles y lo que tienes es de la cuenta IBAN * 00.

.

Tienes toda la razón, Vidar. Yo estaba hecho un lío, y ahora lo has explicado de manera nítida y clara. Antes de leer tu intervención, pregunté en el blog de J.Ullastres, y me ha contestado en el sentido que tu comentas, es decir, hay que declarar una cuenta porque el IBAN es único y el mismo para las tres subcuentas; esa es la clave como tu muy bien has señalado (el saldo será la suma de las tres subcuentas).
un saludo.
 
Alguien puede resumir cuales serian las difernecias entre los dos? solo veo comentarios sobre swissquote y nada de dukascopy y desconozco si es porque no es fiable o porque nadie se ha abierto cuenta y porque......gracias.

---------- Post added 08-abr-2013 at 08:56 ----------

dukascopy vs swuissquote:

Alguien puede resumir cuales serian las difernecias entre los dos? solo veo comentarios sobre swissquote y nada de dukascopy y desconozco si es porque no es fiable o porque nadie se ha abierto cuenta y porque......gracias.

Intentaré resumir; espero que no se me olvide lo esencial:
1. Tanto las cuentas de SQ como DK son cuentas bancarias
2. Swissquote tiene tres tipos de cuentas, la de ahorro (savings), otra para operar en Forex (divisas), y otra para trading (acciones, etc.).
Creo recordar que no se exige un mínimo de cantidad para abrir cualquiera de las cuentas.
Dukascopy tiene dos tipos de cuentas, una para operar en Forex y otra cuenta corriente. La de Forex creo recordar que hay que abrirla con un mínimo de 10.000 euros (consulta en la página de DK); para abrir la cuenta corriente, el mínimo es de 50.000 euros.
3. Mientras que SQ te paga intereses en la cuenta de ahorro, DK me parece que no.
4. Entiendo que Dukascopy es una opción para diversificar. Es cierto que la cantidad de 50.000 eur. es un poco elevada, y te quedaría abrir la cuenta para Forex con una cantidad menor. Es una manera de que tu dinero también esté resguardado y sin cobrarte mantenimiento. Y además tienes la oportunidad de hacer alguna operativa en divisas.

Espero que haya servido de aclaración.
 
Última edición:
¿Dukascopy también se puede abrir sin viajar a Suiza? Si es así, interesa...

¿Alguien ha investigado si es (parece) más o menos fiable que SQB? (Tamaño, facturación etc.)

Gracias
 
Vaya plum esa cantidad, mejor un banco más serio.

Si, es verdad, uno más serio, como .....Bankia, por ejemplo

---------- Post added 09-abr-2013 at 09:08 ----------

el 4% de 50.000€ = 2000€ en bancos como ING que lo ofreció durante el 2012.


ME DESCORAZONO! :roto2:

El problema no es ING. Yo tengo cuenta con ellos; no por el 4%, sino porque ofrecen un buen servicio (pago de recibos, etc.). Tengo lo justito. El resto lo tengo fuera (en el extranjero). Como te decía, no es cuestión de la seriedad de ING (que para mi la tiene). Es cuestión de la seriedad del país (España).

---------- Post added 09-abr-2013 at 09:10 ----------

¿Dukascopy también se puede abrir sin viajar a Suiza? Si es así, interesa...

¿Alguien ha investigado si es (parece) más o menos fiable que SQB? (Tamaño, facturación etc.)

Gracias

No es necesario viajar hasta allí. La apertura es más o menos como con SQ. Parece un banco fiable. Como te digo, se puede utilizar para tener una pequeña cantidad, con el fin de diversificar.
 
Gracias, vicenmadrid.

¿Cuando dices "pequeña cantidad" en cuánto estás pensando?
¿Cuánto sería razonable tener en SQ y en Dukascopy?
Ya que según comentas tienes la mayor parte de tus ahorros en el extranjero, me interesa saber cómo lo has repartido...

Gracias
 
Tambien existe Mig Bank en el fondo de garantía suízo y online. 8:
 
Gracias, vicenmadrid.

¿Cuando dices "pequeña cantidad" en cuánto estás pensando?
¿Cuánto sería razonable tener en SQ y en Dukascopy?
Ya que según comentas tienes la mayor parte de tus ahorros en el extranjero, me interesa saber cómo lo has repartido...

Gracias

Tienes razón, perdona por ser ambiguo al hablar de "pequeña cantidad". Todo es relativo, según el patrimonio que tengas. Para que te hagas una idea, he diversificado lo más posible. Te lo diré en porcentajes (aproximadamente):
-SQ: 50%
-Dukascopy: 15%
-Mig Bank: 10%
-3 Brókers extranjeros: 25%

Hay otro banco que también puede ser interesante: Barclays; no me refiero a las sucursales que hay en España. Lo puedes hacer por internet. Son un poco pesados a la hora de pedirte documentos. Al final desistí ya que tenía otras opciones, pero si hubiera tenido más tiempo para el papeleo, la hubiera abierto. Me parece que estos te cobran algo por el mantenimiento.
Y también otra opción (no he profundizado mucho pero puede ser interesante): abrir una cuenta en Gibraltar. En su momento, cuando me informé, no se podía abrir por internet. Tenía que ser presencialmente.

Y recuerda, cualquier cuenta que abras en el extranjero debes declarar el DD1 al Banco de España, y el modelo 720 a la AEAT. Siempre dentro de la legalidad.
 
Yo lo que haría si tuviera más de 100k que no es el caso.
20% Dukascopy.
20% Mig Bank.
20% Swissquote.
20% ING LU.
20% BBVA o SAN. :ouch:
 

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