¿Qué opina la ley sobre las canciones creadas con SUNO?

¿Qué opina la ley sobre las canciones creadas con SUNO?
RESUMEN DEL MENSAJE INICIAL · elaborado con IA

La letra que escribes y registras en la SGAE está protegida como obra humana y puedes demandar por plagio si alguien la copia. La música instrumental que genera Suno no tiene esa protección, porque la ley no la reconoce como creación humana.

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Si registras tu letra en la SGAE y creas la canción con Suno (en un plan de pago), el escenario ante un plagio sería el siguiente:

Tu letra NO se puede copiar: Está plenamente protegida. Si alguien utiliza tus versos, frases o la estructura de tu texto en otra canción sin tu permiso, puedes demandarlo por plagio y la SGAE intervendrá para reclamar tus derechos de autor y tus regalías. Tu texto está totalmente blindado.

La música instrumental SÍ se podría "copiar" (con matices):

La música instrumental SÍ se podría "copiar" (con matices):Como la música (los arreglos instrumentales, los ritmos y las armonías de fondo) fue generada de forma automatizada por el algoritmo de Suno, la ley no la reconoce como "creación humana". Si otra persona toma esa pista instrumental exacta generada por la IA y le pone una letra completamente diferente escrita por ella, legalmente no estarías protegido por derechos de autor sobre esa música.

La única excepción: El "Secuestro" del audio (Copyright de Grabación)

Hay una diferencia importante entre que alguien te copie la idea musical (volver a tocar los mismos acordes) y que alguien robe tu archivo de audio real*

Si pagas el plan Pro de Suno, tú eres el dueño del archivo de sonido. Si alguien descarga tu canción de Spotify y la resube tal cual para lucrarse, los sistemas de protección digital (como Content ID de YouTube) la detectarán y bloquearán por infringir tus derechos de distribución comercial sobre ese archivo físico de audio, no porque la composición musical esté protegida por la SGAE.

*A ver, voy a explicar esto: Si un grupo cogiera los acorde he hiciera una canción con otra letra con los acordes de mi canción la música no está protegida, pero si coge la música digital de mi canción y le quita la letra y le pone otra, esa música si está protegida. Solo no estaría protegida en el caso de que un grupo "tocase" los acordes de mi canción con otra letra.
 
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Y si haces una versión de mi canción, eso lo sabrá mejor la SGAE mejor que nadie es muy antiguo eso de las versiones, no es como un artículo comercial, una versión del grupo Tequila que haga Ivan Ferreiro, aunque cambie letra sabrá mejor la SGE como está porque eso es muy antiguo, eso de las versiones es muy antiguo.

Búscalo y verás
 
Si alguien toma tu canción generada en Suno, modifica parte de la letra y cambia parte de la música, entramos en el terreno de las obras derivadas y las transformaciones.

El éxito de tu reclamación dependerá de qué parte exacta hayan copiado y si el público aún puede reconocer tu obra original. El escenario legal se divide estrictamente en dos partes:

1. La Letra (Tu terreno fuerte)

Aunque el infractor modifique fragmentos de tu letra, sigue cometiendo un plagio o una infracción de derechos si tu texto original sigue siendo reconocible o es la base de la nueva canción.

Modificaciones menores: Cambiar palabras sueltas, sinónimos o el orden de algunas frases no le libra de la infracción. Legalmente se considera una "obra derivada no autorizada".

Para hacerlo legalmente: Esa persona habría necesitado tu permiso explícito (una licencia de adaptación). Al estar tu letra inscrita en la SGAE, puedes denunciar la infracción. La SGAE retendrá los ingresos de esa canción hasta que se resuelva el conflicto o se pacte un reparto de derechos de autor.

Puede cambiar el estribillo: Pero si el público la reconoce la obra es tuya.

2. La Música (Tu terreno débil)

Como la música fue generada por el algoritmo de Suno, la situación con los cambios musicales es la siguiente:

No hay base por composición: Si esa persona modifica los acordes o la estructura musical que hizo Suno, no puedes reclamar nada por esa vía. Como explicamos antes, esa música instrumental pertenece técnicamente al dominio público al no tener autor humano.
 
Yo hice el ridículo en un pub musical de Valencia porque dije que esta canción es Miña terra galega de Siniestro total:

(vídeo visible para usuarios registrados)

(vídeo visible para usuarios registrados)
 
¿Y qué hay de la idea de la canción?

La protección de la SGAE empieza en el momento en que esa idea se convierte en palabras y estructuras musicales específicas hechas por un humano:

Si esa persona escribe su propia letra sobre el robot con sus propias rimas y metáforas, es legal.
Si esa persona utiliza tus mismas frases, tus combinaciones exactas de palabras, tu misma estructura de estrofas o copia la trama de tu letra paso a paso (un plagio argumental literal), entonces sí está infringiendo tus derechos sobre la letra

¿Y que hay de que SUNO se queda el 15% de beneficios?

Eso es una leyenda, resumiendo SUNO se queda los derechos para mejorar su inteligencia artificial, pues como se dice en este subapartado la IA también genera letras.
 
En la Sgae ni idea, pero en SEDA tienes que decir claramente si el tema musical esta hecho con IA o no cuando incorporas la obra al catálogo.

Aparte de eso, donde se registra la propiedad intelectual es aqui:

 
En la Sgae ni idea, pero en SEDA tienes que decir claramente si el tema musical esta hecho con IA o no cuando incorporas la obra al catálogo.

Aparte de eso, donde se registra la propiedad intelectual es aqui:

Eso es como la estrofa que quería poner yo en una canción vintaje de los 40 "¿me quieres un café?" "si el tema musical esta hecho con IA o no cuando incorporas la obra al catálogo." El tema musical no, lista, la música solo.
 
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