Pasar BITCOIN a EUROS sin que os trince Hacienda

No mientras la tarjeta haga la conversión de BTC a € y de ahí pague al comerciante.

Que tu no te enteres del paso no quiere decir que para Façenda no sea un hecho imponible (que lo es)

¿Te refieres a que si la tarjeta hace la conversión sería transparente? ¿O lo que dices es que esa conversión nunca puede serlo?
No conozco bien cómo funcionan las tarjetas que dan acceso a saldo de cripto pero...si en un wallet no se destapa el incremento patromonial....¿sí se destaparía en cualquier salida por tarjeta?
 
Esto era un inane que lo petó con las criptos y me dijo "me da igual si no lo puedo blanquear porque el JustEat acepta Paypal".
Y en vez de pagarle al fisco le pagó (como el doble) al Just Eat.
 
p2p quieres decir entre criptomonedas? porque p2p de ctipto a fiat no creo que exista pasara por el control bancario o llamas p2p a quedar en persona?
Claro que existe, es una transferencia entre particulares y punto, tu banco no sabe el motivo de la transferencia ni sabe que tienes bitcoins. Se puede usar BISQ por ejemplo para eso, es un exchange descentralizado (sólo tú y con el que negocias sabéis los datos de la transacción). Para comprar o vender unos pocos btc está bien, el problema sería vender grandes cantidades porque las transferencias serían enormes y llamarían la atención.
 
Última edición:
Se me ha ocurrido un sistema que creo que funcionaria.

Supongamos dos personas que tienen bitcoin, si uno de ellos reside en el extranjero mejor. Se hacen un préstamo de bitcoin cruzado, yo te presto 1 bitcoin y tu me prestas un bitcoin. Se vende, se hace caja y ante hacienda se justifica como un préstamo entre particulares. Luego ese crédito se impaga y listo. Si se hiciera a través de una plataforma de lending para tener justificantes mucho mejor

Esto es lo que hacen los partidos políticos con los bancos, impagan y al final les condonan y todo blanqueado. También es lo que ha hecho el rey para pagar los 4 millones, decir que amigos le han prestado el dinero, dinero que nunca devolverá.
 
Última edición:
¿Los préstamos tributan a hacienda? igual estoy preguntando una burrada, yo de estas cosas no se mucho.

Lo que tributa, si no me equivoco, son por los intereses que cobras del préstamo. Se trata de prestar a interés cero. Luego quizás se tenga que justificar que vas pagando algunas mensualidades... hasta el momento en el que eres insolvente y ya no pagas nada.

La idea parece buena. No se si funcionará bien del todo o hay que tener alguna precaución.
 
Conclusión final después de 7 páginas XD:

1 - Solo a pie de calle intercambiando criptos por metálico nadie te molesta... (o como mucho se puede hablar de transferencias, bizum y lo que uno quiera con cantidades ridículas mensuales)...

2 - A pied de calle o se hace con alguien con quien tienes mucha confianza o también es imposible :-D... A lo mejor quedas para intercambiar bitcoins por metálico y aparece allí una banda de rumanos :-D...

En resumen, la vía real es irse a países criptofriendly y después si tal traer el dinero.

Tendrias que estar 5 años fuera, si no Hacienda te pediria origen de los fondos, y tampoco lo tengo claro al 100%.
 
Si no estas verificado no. Y si estás verificado, no tengo muy claro que operen dentro de la UE. Su cuenta en € está en la isla de Jersey, lo cual suena relativamente opaco.


tio no colavoreis con la isla de jersey porfa... es un club del amor de niños literal.
 
Se me ha ocurrido un sistema que creo que funcionaria.

Supongamos dos personas que tienen bitcoin, si uno de ellos reside en el extranjero mejor. Se hacen un préstamo de bitcoin cruzado, yo te presto 1 bitcoin y tu me prestas un bitcoin. Se vende, se hace caja y ante hacienda se justifica como un préstamo entre particulares. Luego ese crédito se impaga y listo. Si se hiciera a través de una plataforma de lending para tener justificantes mucho mejor

Esto es lo que hacen los partidos políticos con los bancos, impagan y al final les condonan y todo blanqueado. También es lo que ha hecho el rey para pagar los 4 millones, decir que amigos le han prestado el dinero, dinero que nunca devolverá.

La idea puede estar bien.
Pero hay que tener en cuenta que ante Hacienda tendrás que identificar a la persona que te presta, a su vez a quien le prestas, también tendrás que darle tu identidad. Y por lo tanto esos bitcoins prestados tienen que estar legalmente declarados ante Hacienda. Si Hacienda descubre la vinculación del doble préstamo entre ambos particulares podría pensar que hay embeleco. Quizá todo sea mas fácil si se realiza entre personas de diferentes países, así Hacienda no tiene, o no podrá comprobar la legalidad de los bitcoins del ciudadano extranjero que te presta. También es importante que no se descubra el préstamo mutuo que se realiza entre ambos.
 
Lo hemos comentado muchas veces por aquí.
Depende del nivel de pasta del que hables, sin duda te sale rentable pirarte a un país tercero con convenio de doble imposición con España.
Preferiblemente criptofriendly, con cajeros, y un buen nivel de desarrollo de la comunidad bitcoin a nivel calle, que no gubernamental.

Una vez establecida tu residencia fiscal (necesitarás trabajar y pagar impuestos o comprarte una casa, o tener descendientes con una local, o casarte con una local, depende del país...), operas bien en el mismo país (en dólares, por lo general), o bien en España, en cantidades menores a 50.000 euros/año (transferencia de kraken a tu banco, por ejemplo).
Pero para esto, tienes que tener sí o sí la residencia fiscal en el tercer país, o de lo contrario vendrá Hacienda a tocarte los agallas por dos vías, la de residente y la de no residente (aunque la de residente con activos en el extranjero, este año se va al garete definitivamente).

Eso sí, lo mismo abrís los ojos y os dais cuenta de que se vive mucho mejor fuera de España que en ella, y no volvéis más que de vacaciones, y para haceros chequeos médicos gratuitos meparto: , o para trataros de un cáncer, si la vida os da ese revés. Todo pagado por los remeros residentes fiscales españoles.
 
y qué países ahora mismo son los más criptofriendly, a ser posible que no sea una pesadilla regularizar las cripto teniendo que justificar cada movimiento que has hecho en los dex.
 
y qué países ahora mismo son los más criptofriendly, a ser posible que no sea una pesadilla regularizar las cripto teniendo que justificar cada movimiento que has hecho en los dex.

Cógete la lista de países con convenio de doble imposición.
Descarta de la lista países europeos, Usa y Canadá.
Ahí lo tienes.
Investiga
 
cual es el regimen fiscal en portugal? y en base a que te haces residente en portugal?
no hay impuestos a venta de criptomonedas.

Tienes que ir a facenda, con una prueba de direccion española y el dni español y pedir un NIF.

Con el nif y el dni ir al banco y abrir una cuenta bancaria

poner dinero en la cuenta bancaria (de acuerdo a lo que me dijeron hay que probar que se tiene recursos en una cuenta portugal pero en otros paises de la UE les basta con el dinero que tienes en cuenta española)

con eso (y creo que con la prueba de tu direccion en portugal, alquiler quiza, aunque en otros paises de la UE no piden esto) y con seguro de salud anual (50 euros creo) ir a la camara municipal (ayuntamiento) y pedir la residencia
 
base a que te haces residente en portugal?
como consigues la residencia en alemania?
Cualquier ciudadano de la UE tiene derecho a residir en cualquier otro país de la UE. Habitualmente tienes un montón de papeleos con las diferentes administraciones (Interior, Hacienda, Sanidad.....) y algunos exigen que demuestres que dispones de algunos medios de subsistencia o, como Alemania, que tengas seguro de salud. Pero con ese mínimo es suficiente.

con eso (y creo que con la prueba de tu direccion en portugal, alquiler quiza, aunque en otros paises de la UE no piden esto) y con seguro de salud anual (50 euros creo) ir a la camara municipal (ayuntamiento) y pedir la residencia
No olvides que lo mas importante es el certificado de residencia fiscal del nuevo país que debes entregar en la hacienda española para que dejen de considerarte residente fiscal español. En el caso portugues te puede interesar, si entras en sus exigencias, obtener el estatus de NRH (No residente habitual). Te da 10 años de no pagar impuestos de cualquier ganancia en el extranjero y te protege de cualquier modificación fiscal sobre criptomonedas que pueda hacer Portugal.
 
Cualquier ciudadano de la UE tiene derecho a residir en cualquier otro país de la UE. Habitualmente tienes un montón de papeleos con las diferentes administraciones (Interior, Hacienda, Sanidad.....) y algunos exigen que demuestres que dispones de algunos medios de subsistencia o, como Alemania, que tengas seguro de salud. Pero con ese mínimo es suficiente.


No olvides que lo mas importante es el certificado de residencia fiscal del nuevo país que debes entregar en la hacienda española para que dejen de considerarte residente fiscal español. En el caso portugues te puede interesar, si entras en sus exigencias, obtener el estatus de NRH (No residente habitual). Te da 10 años de no pagar impuestos de cualquier ganancia en el extranjero y te protege de cualquier modificación fiscal sobre criptomonedas que pueda hacer Portugal.
ya ya, eso ya cuando hagas la primera ddclaracion. Si lo del nhr esta interesante, sobre todo cara a rendimeintos de staking quiza, o incluso prestamos de cryptos
 
el derecho tiene que estar basado en algo...

en suecia, por ejemplo, mi derecho estaba basado en que estaba casado con una sueca; en lituania, que tengo un par de empresas (logicamente, estoy empleado por esas empresas)

esta es la lista para alemania, con lo cual la base del derecho, por lo que comentais, es tener suficientes medios de subsistencia y seguro medico

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lo de portugal si que es interesante, porque no hacen mencion mas que a procedimientos administrativos (el equivalente al empadronamiento espanhol), con lo que supongo que lo de los medios de subsistencia esta reducido al maximo
Desde la directiva 2004/38EU cualquier ciudadano de la unión puede vivir en otro país con la única condición exigible que no se convierta en una carga excesiva para la asistencia social del Estado miembro. Si demuestras disponer de rentas suficientes, y de eso se trata es este caso, ningún país te puede rechazar.



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